IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS DEPARTAMENTO PARA LA FISCALIDAD Y LAS FINANZAS.

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Transcripción de la presentación:

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS DEPARTAMENTO PARA LA FISCALIDAD Y LAS FINANZAS

La reforma del IRPF aprobada hoy por el Consejo de Diputados supone la actualización y adaptación del Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas a las demandas, necesidades y circunstancias reales de los guipuzcoanos y guipuzcoanas de hoy. La reforma tiene en cuenta por ejemplo, la evolución del precio de la vivienda, su carestía, o la realidad del mercado de alquiler; tiene en cuenta la necesidad de mejorar el tratamiento de colectivos desfavorecidos o el reto de hacer frente a la dificultad para ahorrar que tienen las familias guipuzcoanas. Se trata en definitiva, de utilizar la política fiscal como herramienta para lograr una sociedad más equilibrada y equitativa. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

Por ello y de manera resumida, diría que la reforma contempla una reducción en las tarifas que beneficiará especialmente, a las rentas medias y bajas, Un paquete de mejoras notables en el tratamiento de las rentas de personas mayores, personas con discapacidad y mayores dependientes, Y un aumento sustancial en las deducciones por inversión en vivienda que pretende acompasar de alguna manera, no sólo la evolución de los precios de las viviendas y las cuantías de las deducciones, sino también los cambios sociales que se dan en nuestra sociedad, de manera que las medidas fiscales no contemplen un solo modelo de unidad familiar.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Incluye asimismo, medidas para fomentar el ahorro, a través principalmente, de la imposición de un tipo único de tributación al 18% que favorecerá a casi 200 mil contribuyentes guipuzcoanos. Y finalmente, antes de pasar a una exposición más detallada de las modificaciones aprobadas, querría subrayar un aspecto que puede parecer meramente técnico pero de gran calado de la reforma del IRPF: la simplificación del impuesto. Esta simplificación permitirá por un lado, la posibilidad de aumentar el número de preliquidaciones de la declaración de la renta, con lo que ello supone de comodidad para el contribuyente guipuzcoano a la hora de cumplir con sus obligaciones tributarias; y por otro, y más importante si cabe, permitirá liberar recursos que se destinarán a reforzar la lucha contra el fraude.

Se introduce una reducción en la tarifa del impuesto que beneficia especialmente a rentas medias y bajas: Se reduce el tipo máximo del 48 al 45% Se incorpora una deducción general de 1250 Se reducen a 5 los tramos de la escala del impuesto El coste de la reducción de tarifa asciende a IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

Se da mayor importancia al fomento del ahorro: El ahorro tributará a un tipo fijo del 18% No se tiene en cuenta el periodo en el que se ha generado la renta o la ganancia patrimonial Se establece una exención de para los dividendos Se prevé la linealización de los coeficientes de abatimiento para los bienes adquiridos antes de 1994 Beneficia a contribuyentes guipuzcoanos. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

Tratamiento de la vivienda Deducción por inversión en vivienda: Individualización de la deducción (antes era por vivienda y ahora por contribuyente) Incremento del crédito fiscal de a Aumento del porcentaje de deducción de la inversión del 15% al 18%, con un límite anual de por persona. Especial tratamiento para menores de 35 años y familias numerosas: porcentaje del 23% y límite de Esta deducción afecta a contribuyentes IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

Tratamiento de la vivienda Fomento del alquiler de vivienda con respecto al arrendatario: Deducción para el arrendatario (inquilino) del 20% con un límite de anuales Especial tratamiento para menores de 35 años y familias numerosas con la deducción al 25% y el límite de anuales IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

Tratamiento de la vivienda Fomento del alquiler de vivienda con respecto al arrendador: Los rendimientos por arrendamiento de vivienda tributarán al 18% en lugar de a la escala general Para el cálculo del rendimiento neto se establece una bonificación del 20% sobre el rendimiento íntegro. Únicamente son deducibles los gastos de financiación IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Con estas medidas se pretende fomentar la salida al mercado de más viviendas de alquiler

Tratamiento de la vivienda Se suprime el rendimiento presunto por la titularidad de inmuebles. Ya no se tributará por las viviendas diferentes a la vivienda habitual que no estén alquiladas. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

Mejoras en el tratamiento de las personas mayores, con discapacidad y dependientes. Aumento de la deducción para personas mayores : 300 para mayores de 65 años (incremento del 44%) 550 para mayores de 75 años (incremento del 32%) IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Se da un tratamiento favorable a la hipoteca inversa. Las rentas obtenidas por las personas mayores por esta modalidad no tendrán la consideración de renta Estas medidas afectan a guipuzcoanos, con un coste de

Mejoras en el tratamiento de las personas mayores, con discapacidad y dependientes. Medidas para personas con discapacidad: Aumento de la bonificación del rendimiento del trabajo: IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS 100% (antes 75%) para personas con un grado de minusvalía entre el 33% y el 65% 250% (antes 150 ó 200%) para personas con minusvalía superior al 65% o inferior con movilidad reducida Aumento de la deducción en la cuota por discapacidad: desde 700 a Nueva deducción del 30% para aportaciones al patrimonio protegido de las personas discapacitadas El coste de estas medidas asciende a

Mejoras en el tratamiento de las personas mayores, con discapacidad y dependientes. Medidas para personas dependientes: Se equiparan las deducciones para las personas dependientes a las deducciones para personas con discapacidad Estas deducciones no existen ni en territorio común ni en Araba y Bizkaia Las aportaciones que se realicen a seguros de dependencia son reducibles de la base imponible del impuesto IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

Tratamiento de la familia. Aumento de las deducciones por hijo. Desde 500 por el primero hasta por el quinto. En declaraciones se practicaron estas deducciones en la última campaña del impuesto. El coste de estas modificaciones supone IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

Rendimientos del Trabajo. Aumentan en 150 los importes de las bonificaciones del trabajo, con un coste de Se mantiene el tratamiento de las prestaciones percibidas de las entidades de previsión social voluntaria, incluso si se perciben en forma de capital. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

Rendimientos de Actividades Económicas. Se mantienen los métodos y modalidades anteriores, con un único procedimiento de Estimación Directa Simplificada. Se someterá a retención a los rendimientos de actividades económicas de contribuyentes que tributen por el sistema de módulos. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

TRAMOS DE BASE LIQUIDABLE Total Hasta De 6.000De De De Mayor de a a a a Nº declaraciones Tributación Tributación reforma Diferencia % dif. Sobre ,030,614,37,15,13,26,8 Promedio diferencia

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS IMPACTOS PARCIALES POR GRUPOS DE MEDIDAS 1. Cuotas sindicales Gastos de defensa jurídica Bonificación de trabajo Rendimiento de capital inmobiliario Rendimiento de capital mobiliario Reducción por declaración conjunta Tarifa Descendientes Abono de anualidades Ascendientes Discapacidad Edad Adquisición vivienda habitual Otras deducciones SUMA DE EFECTOS PARCIALES Efecto neto conjunto IMPACTO GLOBAL En euros