VIVIANA MARTINEZ TANGARIFE

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Transcripción de la presentación:

VIVIANA MARTINEZ TANGARIFE

TEMAS OBJETIVOS QUE ES IDENTIFICACIÓN CARACTERISTICAS DIFERENCIAS RETENCIONES PAGOS TERMINACIÓN CONCLUSIONES VIDEO

OBJETIVO Aclarar las inquietudes que hay sobre el contrato de prestación de servicios, su significado, sus características, y diferencias con respecto a un contrato laboral.

QUE ES ? Es el contrato mediante el cual una persona, normalmente un profesional con conocimientos especializados en algún área determinada, se obliga con respecto a otra a realizar una serie de servicios a cambio de una retribución económica

El contratista tiene total autonomía e independencia ejecución de labores basadas en la experiencia, capacitación y formación profesional de una persona en determinada materia La vigencia del contrato es por el tiempo justo para ejecutar un objeto específico El contratista tiene total autonomía e independencia No admite relación laboral

CARACTERISTICAS BILATERAL INTUITUS PERSONAE ONOROSO CONSENSUAL ES DE TRACTO SUCESIVO PRINCIPAL INTUITUS PERSONAE

DIFERENCIAS CONTRATO LABORAL CONTRATO PRESTACIÓN S. salario como retribución del servicio. Cuentan con un tiempo determinado según el tipo de contrato CONTRATO PRESTACIÓN S. Su forma de remuneración es por honorarios La vigencia del contrato es temporal y, por lo tanto, su duración debe ser por tiempo limitado.

RETENCIONES HONORARIOS 10% para las personas no declarantes 11% paras las declarantes Descuentan 1% adicional para el impuesto de Industria y Comercio Agregado (ICA

pensión 16% sobre el 40% del valor bruto facturado (es decir el 6,4% sobre el valor total del contrato sin descontar la retención) salud, el 12,5% sobre el 40%, (esto es, el 5% sobre el total del contrato). P AGO S

TERMINACIÓN DE CONTRATO La única forma posible en que se puede terminar el contrato de servicios de forma unilateral, es que el contratista incurra en el incumplimiento de las causales del contrato expresamente pactadas allí o por acuerdo entre las partes. 

CONCLUSIONES El contrato no puede seguir siendo utilizado para vincular a trabajadores con un claro desconocimiento de las finalidades del mencionado contrato. No puede el trabajador en aras de la necesidad sacrificar su dignidad y renunciar a los derechos y garantías que tanto la constitución y la ley le otorga

VIDEO https://www.youtube.com/watch?v=3JiZzv3JVRs