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¿Qué es la liquidación de un contrato, orden o convenio?

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Presentación del tema: "¿Qué es la liquidación de un contrato, orden o convenio?"— Transcripción de la presentación:

1 Secretaría Distrital de Integración Social Liquidación de los Convenios, Ordenes o Contratos
¿Qué es la liquidación de un contrato, orden o convenio? Es el acto mediante el cual las partes determinan el estado económico final de las prestaciones pactadas, estableciendo si alguna es deudora de la otra, o si hay equilibrio entre las obligaciones pactadas y las prestaciones cumplidas caso en el cual se declaran a paz y salvo. En el acta de liquidación constarán los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas y así poder declararse a paz y salvo.

2 Secretaría Distrital de Integración Social Liquidación de los Convenios, Ordenes o Contratos
¿Cuando hay lugar a la liquidación de un contrato, orden o convenio? Por regla general y según lo establecido en la Ley 80 de 1993, la Secretaría liquidará los contratos (órdenes y convenios) de tracto sucesivo, es decir, aquellos cuya ejecución o cumplimiento se prolongue en el tiempo. También se liquidarán aquellos contratos, órdenes o convenios en los que a su terminación exista duda sobre la existencia o no de obligaciones pendientes ya sea a favor de la Secretaría o del contratista.

3 Secretaría Distrital de Integración Social Liquidación de los Convenios, Ordenes o Contratos
¿Que tipos de liquidación existen? Mutuo acuerdo o bilateral: se presenta cuando concurren el contratista y la entidad, a la suscripción del documento para efectos de declararse a paz y salvo. Es una etapa previa que debe surtirse para que proceda la liquidación unilateral. Unilateral: se realiza a través de un acto administrativo motivado, de parte de la entidad.

4 Secretaría Distrital de Integración Social Liquidación de los Convenios, Ordenes o Contratos
¿Cuál es el plazo para realizar la liquidación de un contrato, orden o convenio? Liquidación de común acuerdo: Dentro del término fijado en el pliego de condiciones o términos de referencia, o del plazo acordado en el contrato, orden o convenio, si no se pacto nada al respecto, a más tardar antes del vencimiento de los cuatro meses siguientes a la finalización de los mismos o la expedición del acto administrativo que ordene la terminación, o a la fecha del acuerdo que la disponga. Liquidación Unilateral: Si el contratista no se presenta a la liquidación o las partes no llegan a acuerdo sobre su contenido dentro de los plazos anteriormente señalados, será efectuada unilateralmente por la Secretaría dentro de los dos meses siguientes y mediante acto administrativo motivado proyectado por la Subdirección de Contratación.

5 Secretaría Distrital de Integración Social Liquidación de los Convenios, Ordenes o Contratos
¿Qué documentos se requieren como mínimo para la liquidación del contrato, orden o convenio? Formato MC-13 totalmente diligenciado por parte del supervisor-a. Situación financiera expedida por el-la coordinador-a del área de contabilidad de la Secretaría. Acta de inicio del contrato, orden o convenio. Informe final de supervisión o interventoría, que contenga el valor total de los pagos realizados, el valor total de lo ejecutado por el contratista, los saldos a favor de alguna de las partes, los ajustes y demás valores y circunstancias pertinentes y de manera obligatoria certificación que indique que el contratista cumplió a cabalidad con el pago mes a mes de sus aportes a salud, pensión y pago de parafiscales, según el caso. Ajuste de la vigencia de la póliza única de garantía y demás contempladas dentro del contrato, orden o convenio, a la fecha del acta de inicio.

6 Secretaría Distrital de Integración Social Liquidación de los Convenios, Ordenes o Contratos
Para la liquidación se exigirá al contratista la extensión o ampliación, si es el caso, de la garantía del contrato en los amparos que sean pertinentes, en general, para avalar las obligaciones que debe cumplir el contratista con posterioridad a la extinción del contrato. El último pago, se hará en el porcentaje señalado en la cláusula correspondiente en el contrato, orden o convenio, una vez se haya suscrito el acta de liquidación.

7 Secretaría Distrital de Integración Social Liquidación de los Convenios, Ordenes o Contratos
El ejercicio de la supervisión comprende, entre otras, las siguientes atribuciones: Atribuciones Administrativas. Presentar al Coordinador del Proyecto, los informes de seguimiento de la ejecución del contrato, orden o convenio, que permitan conocer el avance y demás aspectos relevantes del proyecto. Los informes deben contener: Descripción del avance físico y presupuestal del proyecto, los atrasos presentados, los problemas, compromisos o soluciones planteadas y los asuntos pendientes por resolver. Análisis de las situaciones presentadas en desarrollo del contrato, orden o convenio, especificando los puntos críticos o relevantes para el desarrollo adecuado del proyecto. Evaluación de cumplimiento y concepto técnico. Presentar al Coordinador del Proyecto, para su revisión y visto bueno, el proyecto de Acta de liquidación del contrato, orden o convenio, en los eventos que se requiera, informando allí los pagos realizados, los saldos a favor, los ajustes y demás valores y circunstancias pertinentes, en el formato MC-23 y los procedimientos contemplados en este manual (ver capítulo liquidación de contrato). Atribuciones Financieras. Conocer el estado financiero del contrato, orden o convenio. Revisar y tramitar ante la Oficina de Contabilidad y Recursos Financieros, las solicitudes de pago formuladas por el contratista, y llevar un registro cronológico de los pagos, ajustes y deducciones efectuados.


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