LOS ORGANOS SOCIALES DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA

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Transcripción de la presentación:

LOS ORGANOS SOCIALES DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA Instituto de Capacitación Jurídica 08 de setiembre del 2011 Dr. Oswaldo Hundskopf Exebio

Perfiles de las Sociedades a) Sociedad como Persona Jurídica b) Sociedad como Empresa c) Sociedad como Contrato

Sociedad como Persona Jurídica - Sujeto de derechos y obligaciones, distinto a los miembros que la conforman. - Atributos particulares: Nombre Actividad económica determinada Patrimonio social Domicilio - Nacionalidad Órganos sociales y/o representantes Relaciones familiares (Matrices y filiales o subsidiarias)

Características especiales del Contrato de Sociedad 1.- Plurilateral; 2.- De Organización; 3.- De Tipo Asociativo; 4.- De Prestaciones concurrentes y autónomas; y, 5.- De Intereses coincidentes. SOCIEDAD A E B C D Conclusión: No son contratos de prestaciones recíprocas (Ver Artículo 223 y 1434 del Código Civil)

Contenido del Estatuto (S.A.) (Artículo 55) 1.- Denominación o Razón Social - Artículo 9° 2.- Objeto Social- Actos Ultra Vires – Artículos 11° y 12° 3.- Domicilio – Artículos 20° y 21° 4.- Plazo de Duración - Artículo 19° 5.- Monto del Capital Social 6.- Organos Sociales 7.- Requisitos para la modificación del pacto social y/o el estatuto 8.- Normas sobre la gestión social 9.- Normas para la distribución de utilidades 10.- Régimen de disolución y liquidación Otros a) Pactos Lícitos b) Convenios societarios

J.G.A. DIRECTORIO GERENCIA Organización Jurídica de la Sociedad Anónima J.G.A. Organo de Propiedad Accionistas Minoritarios SVM ex CONASEV DIRECTORIO Fiscalización Externa Organos de administración y gestión GERENCIA Organización Administrativa y Técnica

Junta General de Accionistas 1.- Concepto y Generalidades (Art. 111) 2.- Tipos de Juntas 3.- Convocatorias (Art. 116 al 119) Junta Obligatoria Anual – Atribuciones (Art. 114) Juntas Generales de Accionistas – Atribuciones (Art. 115) Directorio A pedido de los accionistas - Extra – judicial Notarial y/o Judicial - Asuntos trascendentales y no trascendentales - Requisitos y plazos – Art. 116 - Junta Universal – Art. 120 - Juntas Especiales – Art. 132 Denegatorio de la solicitud de los accionistas Para la J.O.A.

Asuntos trascendentales y no trascendentales Cuales son? Art. 126º Exigencias Quórum Calificado Mayoría Calificada ¿Cuáles son? Exigencias Quórum simple Mayoría simple

4.- Derecho de Concurrencia – Arts. 121º y 256º 5.- Representación y Registro de Poderes – Art. 122º 6.- Lista de Asistentes – Art. 123º 7.- Normas generales sobre el Quórum (Art. 124 8.- Adopción de Acuerdos. Requisitos – Arts. 127º, 128º y 133º 9.- Presidencia y Secretaría de las juntas – Art. 129 Simple y/o Calificado Cómputo del quórum Potestad de los accionistas Derecho de voto

10. Derecho de aplazamiento (Art. 131) 11. Suspensión de derecho de voto (Art. 133) 12. Presencia del notario 13. Rol del Notario en las Juntas. 14. Actas, formalidades, contenido, aprobación y validez. Hojas sueltas (Arts. 134 y 135) 15. Copias certificadas (Art. 137) Arts. 117° y 119° (Mandato judicial) Art. 138° (Voluntaria)

Impugnación de Acuerdos de Juntas de Accionistas Acuerdos Impugnables (Art. 139) Legitimación activa e intervención coadyuvante (Arts. 140 y 141) Plazos de Caducidad 4) Vías Procesales 5) Normas Procesales - Sumarísimo (Art. 143) - Abreviado (Art. 143) - Conocimiento (Art. 150) a) Judicial - Ad Hoc - Institucional- b) Arbitraje Condición del impugnante (Art. 141) Suspensión de la ejecución del Acuerdo (Art. 145) Acumulación de pretensiones (Art. 146) Medida Cautelar (Art. 147) Ejecución de la sentencia (Art. 148) Sanción para el demandante de mala fe (Art. 149) Cláusula Arbitral (Art. 48)

Directorio Concepto y elección por clases – Art. 153º- Principio rector que no está en la LGS Número de miembros – Art. 155º Clases Calidades para el ejercicio del cargo, e impedimentos – Art. 159º, 160º y 161º Causales de vacancia y vacancias múltiples – Art. 157º y 158 º Duración – Art. 163º Retribución – Art. 166º Titulares Suplentes Alternos

Procedimientos de elección- Voto acumulativo Art.164º Remoción – Art. 154º Convocatoria, Quórum y Acuerdos. Sesiones no presenciales – Art. 169º Actas. Observaciones y oposiciones – Arts. 170° y 178° Ejercicio del cargo y reserva – Art. 171º Facultada de gestión y representación. Deberes y Derechos Delegación de facultades – Art. 174° Obligaciones y supuestos de responsabilidad – Arts. 176° y 177° Exención de responsabilidad – Art. 178° Contratos, créditos, préstamos o garantías – Art. 179° Conflicto de intereses – Art. 180° Pretensiones de responsabilidad social e individual – Arts. 181° y 182° Caducidad de la responsabilidad – Art. 184°

Nueva causal de Responsabilidad Social . El artículo tercero de la Ley 29720, adiciona una causal de responsabilidad social de los directores y gerentes de los emisores con acciones inscritas en las bolsas de valores, son responsables civilmente por los daños y perjuicios que ocasionen a la sociedad, las transacciones en las que hubieran participado, que generen un perjuicio económico o de otra índole al emisor. Y asimismo estipula que no son responsables los gerentes y directores que hubiesen manifestado su disconformidad en el momento del acuerdo o cuando lo conoció, y que dicha oposición conste en acta o carta notarial.

Requisitos para el ejercicio de la nueva causal - El artículo cuarto de la Ley 28720, instituye que para los fines de aplicación del artículo 181 de la LGS, tratándose de emisores con acciones inscritas en las bolsas de valores, para poder ejercer directamente la pretensión social de responsabilidad, se requiere ser titular de al menos el diez por ciento del capital social de dicho emisor. En tal caso, no constituye requisito previo para iniciar la pretensión social de responsabilidad, la celebración de la junta general de accionistas ni la falta del acuerdo respectivo. Igualmente, la Ley señala que durante el proceso judicial, los demandantes pueden solicitar al directorio todos los documentos relacionados al acto o decisión que se investiga y el directorio debe proporcionarlos. Dicho pedido se tramita ante el juez competente. Finalmente, la indemnización por daños y perjuicios a favor de la sociedad, incluye la restitución del beneficio obtenido en dicha transacción, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pueda surgir.

Directorios Independientes ¿Qué son?, ¿quiénes son? Práctica de Buen Gobierno Corporativo Básicamente en sociedades listadas en Bolsa Beneficios, ventajas y desventajas Renovaciones periódicas

Trilogía de la Responsabilidad de los Directores por daños y perjuicios Actos o Acuerdos contrarios a la Ley o al Estatuto Dolo Abuso de facultades Negligencia Grave Sociedad Accionistas Terceros o Acreedores DIRECTORES

Tipología de la responsabilidad de los directores ¿Es individual o colectiva? (Arts. 170 y 178) ¿Es subjetiva u objetiva? ¿Es contractual o extra-contractual? ¿Es civil o es penal? ¿Es absoluta o es relativa?. Caso de las pérdidas.

Gerencia Designación y Número.- Artículo185º La sociedad cuenta con uno o más gerentes designados por el directorio, salvo que el estatuto reserve esa facultad a la junta general. Cuando se designe un solo gerente éste será el gerente general y cuando se designe más de un gerente, debe indicarse en cuál o cuáles de ellos recae el título de gerente general. A falta de tal indicación se considera gerente general al designado en primer lugar.

Gerencia Persona Jurídica – Artículo193º Cuando se designe gerente general a una persona jurídica ésta debe nombrar a una persona natural que la represente al efecto, la que estará sujeta a las responsabilidades señaladas por ley, sin perjuicio de las que correspondan a los directores y gerentes de la entidad gerente y a ésta.

Gerencia Duración – Artículo186º La duración del cargo de gerente es por tiempo indefinido, salvo disposición en contrario del estatuto o que la designación se haga por un plazo determinado.

Gerencia Remoción – Artículo187º - Por el Directorio; ó - Por la Junta General Es nula la disposición del estatuto o el acuerdo de la junta general o del directorio que establezca la irrevocabilidad del cargo de gerente o que imponga para su remoción una mayoría superior a la mayoría absoluta.

Gerencia - Atribuciones del Gerente – Art. 188º - Responsabilidad - Triple responsabilidad por daños y perjuicios - Particular – Art. 190º - Solidaria – Art. 191º - Cuestionamiento a los efectos del Acuerdo de Responsabilidad – Art. 195º - Caducidad – Art. 197º