 José Artigas no sólo se destacó como el principal dirigente de la Revolución Oriental de 1811 sino también por sus ideas políticas, económicas y sociales.

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Transcripción de la presentación:

 José Artigas no sólo se destacó como el principal dirigente de la Revolución Oriental de 1811 sino también por sus ideas políticas, económicas y sociales. A través de ellas, intentó organizar a la Provincia Oriental así como a las provincias que habían surgido en el territorio del antiguo Virreinato del Río de la Plata.

Artigas defendió los principios de:  Independencia: de “estas colonias” de la corona de España, y la familia de los Borbones. “…la declaración de la independencia absoluta de estas Colonias..” (Art.1  República: El fin del gobierno es conservar “la igualdad, libertad y seguridad de los pueblos”. Para ello reconoce la división de poderes. “…se dividirán en poder legislativo, ejecutivo y judicial” (Art.5) y agregaba que “Estos tres resortes jamás podrán estar unidos entre sí…” (Art.6).  Confederación: Existirá un pacto recíproco entre las provincias que forman nuestro Estado contra toda violencia o ataques, cualquiera sea el pretexto. “No admitirá otro sistema que el de la confederación para el pacto recíproco con las Provincias que forman nuestro Estado” (Art.2)

 El pueblo oriental. Por lo tanto, Artigas reunido con el pueblo, pierde su carácter de jefe y se convierte en un ciudadano más. Y es el pueblo el que debe resolver todos los problemas. Detalle en blanco y negro de la obra del pintor uruguayo Melchor Méndez Magariños ( ) "El Éxodo del Pueblo Oriental".

También pensaba que los pueblos mediante un pacto debían construirse en provincias, las que se proclamarían soberanas como lo vemos en la séptima condición del Acta de Reconocimiento del 5 de abril de 1813: “…se dejará a esta Banda (Oriental) en la plena libertad que ha adquirido como provincia compuesta de pueblos libres”. Provincias Unidas del Río de la Plata

Derechos individuales “…el objeto y fin del gobierno debe ser conservar la igualdad, libertad y seguridad de los ciudadanos y de los pueblos”. En esta república se previa la defensa de los derechos individuales, derechos humanos, pues, como lo establece el artículo cuarto “…el objeto y fin del gobierno debe ser conservar la igualdad, libertad y seguridad de los ciudadanos y de los pueblos”.

División de poderes “…dividirá en poder legislativo, ejecutivo y judicial”. Para garantizar estos derechos decía que el gobierno se “…dividirá en poder legislativo, ejecutivo y judicial”. Estos tres resortes jamás podrán estar unidos entre sí y serán independientes en sus facultades (Artículos 5 y 6) Palacio Legislativo Poder Legislativo Corte de Justicia Palacio Piria Poder Judicial Casa de Gobierno Poder Ejecutivo

En las Instrucciones se planteaba la organización de las Provincias Unidas en dos etapas sucesivas: CONFEDERACIÓN FEDERACIÓN Las Provincias Unidas realizarían pactos ofensivo-defensivos entre sí, mientras durara la guerra. Terminada la guerra, se elaboraría una constitución que organizaría a las provincias como una federación.

Gobierno Supremo Cada Provincia sería autónoma, pudiendo resolver sus propios asuntos y sus propias necesidades “…esta provincia tendrá su constitución territorial; y …ella tiene el derecho de sancionar la general de las Provincias Unidas que forma la Asamblea Constituyente” artículo 16 En la Federación las provincias pasan a ser autónomas, dependiendo de un gobierno central El gobierno Supremo atiende los asuntos Generales a las Provincias. La capital debe estar fuera de Buenos Aires. Cada provincia tendrá su propia constitución y su gobierno autónomo. G.P. G.P. Gobierno Provincial

 José Artigas planteará en este documento un concepto máximo que hoy en la actualidad, podemos hacer una muy directa comparación con lo que es la Redistribución de la Riqueza.  Podemos apreciar el espíritu de equidad a través de la asignación de parcelas de tierra a los sectores más desheredados de la sociedad,  La actitud condice con aquello de que “los más infelices sean los más privilegiados, como idea rectora de Artigas, además de su empeño por una sólida Educación, para, a través de ella, formar a los nuevos ciudadanos.

 Tuvo un elevado sentido de la justicia social.  Sólo él, en todo el continente, comprendió y defendió la dignidad de los indígenas.  Amparó a los miembros débiles de la sociedad (criollos pobres, zambos, viudas con hijos). DE ESTA MANERA QUEDA DEMOSTRADO QUE:

Artigas no pensaba fundar una república independiente; lo que quería era conseguir autonomía como provincia. De todos modos sigue presente en nosotros porque forma parte de nuestra identidad como pueblo oriental.

“No hay circunstancia capaz de inducirme a variar de opinión. Esclavo de mi grandeza, sabré llevarla a cabo, dominado siempre de mi justicia y razón. Podrán arrancarme la vida pero no envilecerme. El honor ha formado siempre mi carácter. Él reglará mis pasos.” José Artigas, carta al General Sarratea, 11 de febrero de 1813.