ACUÍFERO TECOLUTLA, ESTADO DE VERACRUZ Y PUEBLA

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Transcripción de la presentación:

ACUÍFERO TECOLUTLA, ESTADO DE VERACRUZ Y PUEBLA SUBDIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ACUÍFERO TECOLUTLA, ESTADO DE VERACRUZ Y PUEBLA Macizo de Teziutlán, Pue. Cascada La Olla, Zacapoaxtla, Pue. Tétela de Ocampo, Pue. Río Tecolutla (Gutiérrez Zamora Ver. ) Manglares Tecolutla Ver.

LOCALIZACIÓN DEL ACUÍFERO TECOLUTLA VERTICE LONGITUD OESTE LATITUD NORTE OBSERVACIONES GRADOS MINUTOS SEGUND OS GRADO S 1 98 15 17.5 19 43 0.5 DEL 1 AL 2 POR EL LIMITE ESTATAL 2 13 22.5 46 42.9   3 11 48.7 50 40.1 4 12 47.5 53 54.2 5 28.5 54 55.9 DEL 5 AL 6 POR EL LIMITE ESTATAL 6 10 22.1 57 58.2 7 9 45.0 56 6.7 8 14.2 44.9 97 59 51.3 4.9 21.8 20 57.4 34.1 41.5 4.0 48 13.6 31.3 14 47 31.2 3.3 40 54.4 9.3 16 31 1.8 57.5 17 23 56.9 29 2.5 18 25.1 37.1 24 51.0 33 57.3 22 41.1 38 18.3 21 49.8 37 32.2 52.6 47.7 DEL 22 AL 23 POR LA LINEA DE BAJAMAR A LO LARGO DE LA COSTA 96 27 58.8 50.5 22.3 25 59.2 52.1 26 44.3 19.7 54.1 34.8 28 19.4 46.1 8.2 26.0 30 45.2 27.4 16.7 52 39.6 32 18.2 51 56.1 DEL 32 AL 33 POR EL LIMITE ESTATAL 53.3 42 52.3 34 2.4 41 15.0 35 6.1 6.5 36 51.1 31.1 52.0 43.8 39 44 23.6 58.0 26.1 53.4 9.6 31.7 27.1 DEL 42 AL 1 POR EL LIMITE ESTATAL Límites publicados en el DOF el 28-agosto-2009 Extensión: 7,584.26 km2 7,584.26 km² Limite Acuífero Tecolutla

MUNICIPIOS EN ACUÍFERO TECOLUTLA (3002) De 69 municipios; existen 51 integrados en un 100% dentro de la superficie del acuífero y constituyen el 37% del área total de este y el resto, 63% (4,776 km2) se integra, con el área parcial de los otros 18 municipios. Limite Acuífero Tecolutla

Distribución de la población urbana y rural, ACUIFERO TECOLUTLA (3002) Localidad Población total Población femenina Población masculina Rural 620148 315444 302582 Urbana 488364 256408 231956 Total 1108512 571852 534538 *La sumatoria de la población femenina y masculina no coincide con el total debido a que muchas localidades, por ser una población muy pequeña, se consideran datos confidenciales, según INEGI.

CONDICIONES CLIMATOLÓGICAS, ACUÍFERO TECOLUTLA (3002) El clima es desde Cálido húmedo, Semicálido húmedo a Templado. La temperatura media anual es de 23.6 °C. La precipitación total anual es de 2,600 mm. La evaporación potencial media anual es de 1,685 mm. 22% (A)C(fm) 18% A(C)w1(w) 16% Am(f) 10% C(m) 7% Aw1 7% C(w2) 7% Aw2 6% C(fm) 5% Af(m) Temperatura media anual en el área del acuífero Tecolutla = 23.6 °C Precipitación media anual en el área del acuífero Tecolutla = 1482.5 mm Distribución del clima en el área del acuífero.

GEOLOGÍA EN EL ACUÍFERO TECOLUTLA, (3002)

HIDROLOGÍA SUPERFICIAL, ACUÍFERO TECOLUTLA (3002) GOLFO DE MÉXICO Tecolutla Río TECOLUTLA Ubicado en la RH 27 Norte de Veracruz, donde el 84 % del acuífero se ubica en la cuenca del Río Tecolutla, el 10% se ubica en la cuenca Llanuras de Tuxpan, el 4% se ubica en la cuenca Nautla y el 2% se ubica en la cuenca Cazones. La red hidrográfica del acuífero Tecolutla la constituyen 4 ríos principales: Río Hondo, Río Cozotepec, Río Tlaxcoxolo y Río Xoloaco. El Río Tecolutla recibe 50.90 metros cúbicos/seg, como flujo base. RH 27Ba Río Coatzacoalcos

PROFUNDIDAD AL NIVEL ESTÁTICO EN m (2014)

ELEVACIÓN DEL NIVEL ESTÁTICO EN m.s.n.m. (2014)

EVOLUCIÓN DEL NIVEL ESTÁTICO en m (2011-2014)

CAPTACIONES DE AGUA SUBTERRÁNEA EN EL ACUÍFERO TECOLUTLA (REPDA 2015) La cuantificación del REPDA para el 30 de septiembre del 2014, es de 2199 captaciones de agua subterránea: 38 son pozos, 2159 son norias, 1 galería y un manantial.

EXTRACCIÓN POR TIPO DE APROVECHAMIENTO (REPDA 2014)

EXTRACCIÓN Y USO DEL AGUA SUBTERRÁNEA, POR TIPO DE APROVECHAMIENTO (REPDA 2014) Uso Norias Pozos Galerias Manantiales Vol. Extracción (hm3/anual) Publico Urbano 2083 7   1 10,588,409.70 Pecuario 12 10,816.50 Agrícola 20 5 1,232,140.88 Servicios 42 158,831.09 Industrial 2 6 1,459,519.00 Total 2159 38 13,449,717.17 Nodo

ENTRADAS (Millones de m3/año) SALIDAS (Millones de m3/año) ACTUALIZACIÓN DEL BALANCE DE AGUA SUBTERRÁNEA, ACUÍFERO TECOLUTLA (3002) ENTRADAS (Millones de m3/año) SALIDAS (Millones de m3/año) Entrada por flujo subterráneo 14.9 Salida por flujo subterráneo 0.9 Recarga vertical natural 166.1 Extracción 9.0 Recarga inducida por riego   Manantiales 86.8 Evapotranspiración 84.3 Recarga total 181.0 Salidas del área de balance 181.00 Cambio de almacenamiento

DISPONIBILIDAD DE AGUA SUBTERRÁNEA ACUÍFERO TECOLUTLA (3002), 2014 (en hm3 anuales) Disponibilidad media anual de agua subterránea Recarga total media anual = - Descarga natural comprometida Volumen concesionado e inscrito en el REPDA CLAVE ACUÍFERO Estado R DNCOM VCAS DAS CANTIDADES EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES 3002 Tecolutla Puebla-Veracruz 181.00 129.00 13.449717 38.550283 R: Recarga media anual DNCOM: Descarga natural comprometida VCAS: Volumen concesionado de agua subterránea DAS: Disponibilidad media anual de agua subterránea La terminología anotada corresponde a la contenidas en los numerales 3 y 4 de la Norma Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-200. Disponibilidad, con fecha de corte al 30 de septiembre de 2014. Determinada conforme al método establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000. El volumen máximo de agua que puede extraerse del acuífero Tecolutla en condiciones sustentables es de 52 millones de metros cúbicos anuales, cifra que se obtiene de restar al volumen de recarga media anual que recibe el acuífero la descarga natural comprometida.

VEDAS VIGENTES DE AGUA SUBTERRÁNEA, ACUÍFERO TECOLUTLA (3002) EL ACUÍFERO ESTÁ PARCIALMENTE VEDADO Actualmente el acuífero se encuentra sujeto a los siguientes instrumentos jurídicos:   “DECRETO que establece veda por tiempo indefinido para el alumbramiento de aguas del subsuelo de la Cuenca Cerrada denominada Oriental, en los Estados de Puebla y Tlaxcala”, publicado en el DOF el 19 de agosto de 1954. “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento en las porciones no vedadas, no reglamentadas o no sujetas a reserva de los 175 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013. Delimitación del acuífero y zona de veda ARTÍCULO PRIMERO establece que por causas de interés y de utilidad públicos se suspende provisionalmente el libre alumbramiento de las aguas del subsuelo en los acuíferos a partir de su entrada en vigor: No se permite la perforación de pozos, la construcción de obras de infraestructura o la instalación de cualquier otro mecanismo que tenga por objeto el alumbramiento o extracción de las aguas nacionales, ni se permite el incremento de volúmenes autorizados o registrados previamente por la autoridad, sin la autorización previa de la Conagua.

PROBLEMÁTICA , ACUÍFERO TECOLUTLA (3002) Riesgo de sobreexplotación: En el acuífero Tecolutla, la descarga natural comprometida es de 129.0 millones de metros cúbicos anuales; mientras que la recarga que recibe el acuífero está cuantificada en 181.0 millones de metros cúbicos anuales; lo que lleva a una disponibilidad de  38.550283 millones de metros cúbicos por lo cual no se halla sobreexplotado. sin embargo es indispensable mantener el equilibrio y evitar abatimientos por sobreextracción. En la Cuenca de Tampico-Misantla, en la que se ubica el acuífero Tecolutla, clave 3002, se espera un incremento en la demanda de agua, debido a la perforación de pozos exploratorios y de desarrollo para extracción de hidrocarburos, mediante técnicas no convencionales como el fracturamiento hidráulico, lo que implica un incremento en la demanda de agua que será utilizada en este proceso. Estas actividades pueden detonar un crecimiento de la actividad industrial que traería como consecuencia el incremento en la demanda para satisfacer los usos industriales y de servicios. En caso de que en el futuro se establezcan en la superficie del acuífero grupos con ambiciosos proyectos agrícolas o industriales y de otras actividades productivas que requieran gran cantidad de agua, como ha ocurrido en otras regiones, demanden mayores volúmenes de agua que la recarga que recibe el acuífero Tecolutla, clave 3002, podría originar un desequilibrio en la relación recarga-extracción y causar sobreexplotación del recurso.

PROBLEMÁTICA , ACUÍFERO TECOLUTLA (3002) Presión por la obtención del recurso: El mejoramiento y ampliación de la cobertura de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento. Con el fin de ubicar los niveles de servicio, dentro del rango mínimo que establecen las políticas nacionales del Sector, se pretende incrementar coberturas, hacia el año 2020 tenderían a igualarse por arriba del 80% las coberturas urbana y rural de agua potable y más de la mitad de las localidades rurales contaría con alcantarillado. Para lograr esas metas, es necesario mantener un ritmo considerable de acciones que permita atender los rezagos existentes y, simultáneamente, las nuevas demandas. Riesgo de contaminación y deterioro de la calidad del agua subterránea. A pesar de que actualmente no se han identificado problemas de calidad del agua subterránea, por tratarse de un acuífero costero, existe el riesgo potencial de que la intrusión marina incremente la salinidad del agua subterránea, en caso de que la extracción intensiva del agua subterránea provoque abatimientos tales que ocasionen la modificación de la dirección del flujo de agua subterránea, y consecuentemente el agua marina pudiera migrar hacia las zonas de agua dulce, lo que provocaría que la calidad del agua subterránea se deteriore, hasta imposibilitar su utilización sin previa desalación; lo que implicaría elevados costos y restringiría el uso del agua, que sin duda afectaría al ambiente, a la población, a las actividades que dependen del agua subterránea y el desarrollo económico de la región. .

CONCLUSIONES DAS = es 38.550283 hm³ al 30 de septiembre de 2014. En el acuífero Tecolutla, clave 3002, existe disponibilidad media anual para otorgar concesiones o asignaciones; sin embargo, el acuífero debe estar sujeto a una extracción, explotación, uso y aprovechamiento controlados, para lograr la sustentabilidad ambiental, y prevenir la sobreexplotación del acuífero. El incremento de la extracción del agua del subsuelo hace indispensable controlar la extracción en el acuífero Álamo-Tuxpan, clave 3014, para prevenir el deterioro de la calidad del agua subterránea, por efecto de la intrusión marina. El acuífero Tecolutla, clave 3002, se encuentra sujeto a las disposiciones de los instrumentos jurídicos referidos en el Considerando Noveno del presente; no obstante dichos instrumentos han permitido disminuir los efectos de la explotación intensiva, aún persiste el riesgo de que la extracción supere la capacidad de renovación del acuífero, con los consecuentes efectos adversos de la sobreexplotación, tales como el abatimiento del nivel de saturación, el incremento de los costos de bombeo, la disminución o desaparición del caudal base en el Río Tecolutla y demás descargas naturales, así como el deterioro de la calidad del agua subterránea, en detrimento del ambiente y de los usuarios del agua subterránea.  

CONCLUSIONES El Acuerdo General de suspensión del libre alumbramiento, establece que estará vigente en la porción no vedada del acuífero, hasta en tanto se expida el instrumento jurídico que la Comisión Nacional del Agua, por conducto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales proponga al titular del Ejecutivo Federal, misma que permitirá realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo en el acuífero Tecolutla, clave 3002. De los resultados expuestos, en el acuífero Tecolutla, clave 3002, se presentan las causales de utilidad e interés público, referidas en los artículos 7 y 7 BIS de la Ley de Aguas Nacionales, relativas a la protección, mejoramiento, conservación y restauración del acuífero, a la atención prioritaria de la problemática hídrica en acuíferos con escasez del recurso, al control de la extracción, explotación, uso o aprovechamiento de las aguas del subsuelo, la sustentabilidad ambiental y la prevención de la sobreexplotación del acuífero, causales que justifican el establecimiento de un ordenamiento legal para el control de la extracción, explotación, aprovechamiento y uso de las aguas del subsuelo, que abarque la totalidad del acuífero, para alcanzar la gestión integrada de los recursos hídricos. El ordenamiento procedente aportará las bases para obtener un registro confiable y conforme a derecho, de usuarios y extracciones; y con ello se organizará a todos los asignatarios y concesionarios del acuífero.

RECOMENDACIONES Suprimir en la porción correspondiente al acuífero Tecolutla, clave 3002, la veda establecida mediante el “DECRETO que establece veda por tiempo indefinido para el alumbramiento de aguas del subsuelo de la cuenca cerrada denominada Oriental, en los Estados de Puebla y Tlaxcala”, publicado en el DOF el 19 de agosto de 1954. Decretar el ordenamiento procedente para el control de la extracción, explotación, uso y aprovechamiento de las aguas subterráneas en toda la extensión del acuífero Tecolutla, clave 3002, y que en dicho acuífero quede sin efectos el “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento en las porciones no vedadas, no reglamentadas o no sujetas a reserva de los 175 acuíferos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, en términos de lo dispuesto por su artículo primero transitorio. Una vez establecido el ordenamiento procedente, integrar el padrón de usuarios de las aguas subterráneas, conforme a los mecanismos y procedimientos que al efecto tenga establecidos la Comisión Nacional del Agua.