EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL

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Transcripción de la presentación:

EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL

Presentación de la Empresa Sociedad Comercializadora de artículos de seguridad industrial Celume y González S.A. Nombre de fantasía “SeguryCel S.A.”

Organigrama

Marco Legal Código del trabajo LIBRO II : DE LA PROTECCIÓN A LOS TRABAJADORES Título I NORMAS GENERALES Art. 184. El empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, informando de los posibles riesgos y manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales.

Marco Legal Decreto Supremo 594 “ Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo” párrafo 4 de los Equipos de protección personal, articulo 53. El empleador deberá proporcionar a los trabajadores libre de costo los elementos de protección personal adecuados al riesgo y el adiestramiento necesario para su correcto empleo.

Marco Legal Articulo 54: Los elementos de protección personal usados en los lugares de trabajo, sean estos de procedencia nacional extranjera, deberán cumplir con las normas y exigencias de calidad que rijan a tales artículos según su naturaleza, de conformidad a lo establecido en el decreto Nº 18 de 1982 del ministerio de salud.

Marco Legal Ley 16.744 “ sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales” Artículo Nº68: establece que las empresas deberán proporcionar a sus trabajadores, los equipos e implementos de protección necesarios, no pudiendo en caso alguno cobrarles su valor.

Clasificación de Equipo de Protección Personal Definición de equipo de protección personal ( EPP ). “Todo aparato o dispositivo especialmente proyectado y fabricado para preservar el cuerpo humano, en todo o en parte, de riesgos específicos de accidentes del trabajo o enfermedades profesionales" (Art. 1º Decreto Supremo Nº 173, de 1982, del Ministerio de Salud).

Clasificación de EPP Protección de la cabeza. Protección auditivos. Protección ocular y de la cara. Protección de las vías respiratorias. Protección de manos y brazos. Protección de pies y piernas. Protección a la piel. Protección del tronco y el abdomen. Protección total de cuerpo.

Clasificación de EPP

Protección de la Cabeza El casco de seguridad es el equipo de protección personal que proporciona la protección para la cabeza frente a golpes localizados.

Protección auditivos Los elementos de protección auditiva (EPA.), son elementos de protección personal cuyas propiedades de atenuación sonora tienen por objeto prevenir los efectos dañinos en el órgano de la audición, reduciendo los niveles de presión sonora que llegan al oído.

Protección Ocular y de la Cara Los ojos son muy sensibles e irremplazables y los daños producidos son, en la mayoría de los casos, irreversible.

Protección de las Vías Respiratorias Los equipos de protección respiratoria son equipos de protección individual de las vías respiratorias, cuya función es reducir la concentración de los contaminantes presentes en el ambiente de trabajo, manteniéndolos por debajo de los límites establecidos recomendados.

Protección de Manos y Brazos Las manos se usan prácticamente en todos los trabajos y por consiguiente son muy vulnerables a sufrir daños. Los guantes se clasifican según el material con que se fabricación y por su uso ante los distintos riesgos como materiales calientes, abrasivos, corrosivos, cortantes y disolventes, chispas de soldaduras, electricidad, frío etc.

Protección a la Piel Dentro de las radiaciones invisibles está la luz ultravioleta, compuesta por rayos UVB y UVA que son los causantes de la mayoría de los problemas en la piel como la quemadura solar.

Protección Total de Cuerpo La caída de trabajadores de altura es un accidente laboral, por lo general muy grave o fatal, que ocurre en diferentes sectores productivos, y en distintas circunstancias, cuando el trabajador accede o se retira del puesto de trabajo, o bien cuando está realizando su tarea.

Certificaciones Según Resolución Exenta 2450 del Instituto de Salud Publica de Chile ( ISP ). Cancela a Cesmec como entidad certificadora de protección de caída. Según Resolución Exenta 1203 del Instituto de Salud Publica de Chile ( ISP ). En el punto 5 establece ante la no existencia de entidades de servicio de certificación en el país. Se acepta la comercialización de este tipo de producto certificado bajo norma extranjera. Se establece un registro voluntario de empresas con sus EPP certificados internacionalmente y validados por ISP.