Área de Trabajo y Diversidad Sexual

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Transcripción de la presentación:

Área de Trabajo y Diversidad Sexual

Area Trabajo y Diversidad Sexual El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, atento al respeto de los postulados de trabajo digno para todas y todos, ha incorporado en su agenda la protección y promoción de derechos del colectivo de la diversidad sexual en el ámbito laboral.

Convenio MTEySS N°165/11 Entre el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI), se firma el Convenio Marco de Cooperación en materia de Trabajo y Diversidad Sexual, cuya finalidad es la mutua colaboración en el desarrollo y coordinación de acciones para la promoción y protección de derechos del colectivo LGTBI en el ámbito laboral.

Convenio MTEySS N°165/11 Contribuye al cambio cultural orientado a la no discriminación de lesbianas, gays, personas trans, y bisexuales, y su inclusión igualitaria en el ámbito laboral.

La discriminación en el ámbito laboral La discriminación consiste en la exclusión social legitimada constituyendo una violación a los Derechos Humanos. El ejercicio de la discriminación en el ámbito laboral, se manifiesta como el trato no igualitario que se le dispensa a un trabajador o trabajadora basado en razones de etnia, religión, sexo, nacionalidad, orientación sexual, identidad de género, etc, impidiendo alcanzar la igualdad de oportunidades: base fundamental de un trabajo digno. .

Trabajo que dignifica Es el que respeta los principios y derechos laborales fundamentales. Permite desarrollar las propias capacidades, percibir un ingreso justo y proporcional al esfuerzo realizado, gozar de los beneficios de la seguridad social, sin discriminación de género o de cualquier otro tipo.

Primera Acción Conjunta Convocatoria a las Organizaciones LGTBI a participar en Mesas de Trabajo. Espacios de diálogo que permiten: Identificar dificultades de la comunidad LGTBI en el mundo del trabajo. Encontrar coincidencias para la elaboración de propuestas

Principales dificultades identificadas Organización del sistema administrativo y valorativo en función de un paradigma heteronormativo Negación de acceso al empleo (mayoritariamente personas trans) Negación de ascensos Despidos Denegación de prestaciones de la seguridad social para la pareja del mismo sexo o los/as hijos/as Exclusión, rechazo, burlas, chistes homofóbicos. Automarginación Ocultamiento de la orientación sexual (invisibilización) Crímenes de odio Suicidios

AREA TRABAJO Y DIVERSIDAD SEXUAL Contribuir al fortalecimiento de las políticas públicas orientadas a la protección de los derechos de la comunidad LGTBI en el ámbito laboral. Promover la creación de normativa específica sobre la materia, o propuestas para la reformulación de la reglamentación y/o legislación existente, en caso de que fuese necesario. Promover la incorporación de la perspectiva de la diversidad sexual en la negociación colectiva Promover la inclusión laboral del colectivo LGTBI. Realizar estudios, investigaciones y diagnósticos, en conjunto con sectores gremiales, empresariales, gubernamentales o académicos. Elaborar material de difusión y realizar campañas de sensibilización con el objetivo de erradicar la discriminación del colectivo LGTBI en el ámbito laboral. Transversalizar la temática en las diferentes áreas del MTEySS.

AREA TRABAJO Y DIVERSIDAD SEXUAL Contribuir al fortalecimiento de las políticas públicas orientadas a la protección de los derechos de la comunidad LGTBI en el ámbito laboral. Promover la creación de normativa específica sobre la materia, o propuestas para la reformulación de la reglamentación y/o legislación existente, en caso de que fuese necesario. Promover la incorporación de la perspectiva de la diversidad sexual en la negociación colectiva Promover la inclusión laboral del colectivo LGTBI. Realizar estudios, investigaciones y diagnósticos, en conjunto con sectores gremiales, empresariales, gubernamentales o académicos. Elaborar material de difusión y realizar campañas de sensibilización con el objetivo de erradicar la discriminación del colectivo LGTBI en el ámbito laboral. Transversalizar la temática en las diferentes áreas del MTEySS.

Actividades Difusión de la nueva legislación en entidades gremiales, empresariales, gubernamentales (nacionales, provinciales y municipales), y ongs Sensibilización y capacitación sobre la temática: - para dirigentes sindicales y delegados/as gremiales, a través de talleres, charlas, jornadas, que les brinde recursos, tanto para prevenir como para acompañar a trabajadores/as en caso de situaciones de discriminación por orientación sexual e identidad de género . - para el sector empleador, a través de talleres, charlas, jornadas, que les brinde recursos para identificar y prevenir la discriminación por orientación sexual e identidad de género. - para diversas jurisdicciones del país, con la participación de entidades gremiales y empresariales locales, así como a organizaciones LGTBI. .

Actividades Mesas de Trabajo: - con el sector sindical: con el objetivo de incorporar la perspectiva de la diversidad sexual en la negociación colectiva. - con el sector empleador con el objetivo de elaborar protocolos de identificación y prevención de la discriminación. Investigación conjunta entre el MTEySS, el Inadi y delegados/as gremiales sobre el impacto que la nueva legislación produjo, en el espacio laboral en que desarrollan sus actividades

Establecimiento de lazos de cooperación con otros organismos del Estado Nacional: Creación del “Grupo de Organismos del Estado Nacional para la promoción y protección de derechos de las personas LGTBI” Convenio de Cooperación entre el Ministerio de Turismo, el Inadi y el MTEySS, en materia de trabajo y diversidad sexual en el sector turístico. - Elaboración del Protocolo de Derivación, entre INADI y MTEySS

Recomendaciones para asegurar la igualdad El reconocimiento a la diversidad sexual debe expresarse en el lenguaje, la comunicación, el sistema administrativo. Utilizar un lenguaje adecuado y respetuoso hacia las personas LGTBI, ya que crea sentido y valoraciones positivas o negativas. Evitar chistes y términos despectivos ya que favorecen la LGTBfobia, y contribuyen a crear prejuicios. No presuponer la heterosexualidad de trabajadores/as. Incorporar la diversidad sexual desde la naturalidad, sin prejuicios, con el objetivo de garantizarle a todos y todas un espacio laboral inclusivo. Ser gay, lesbiana, bisexual, o trans no es un problema. La homofobia, lesbofobia, bifobia y transfobia sí lo son.

República Argentina Constitución Nacional (Art. 14; art.19; art.33; art. 75 inc. 19) Ley de Contrato de Trabajo (Arts. 17 prohibición de discriminar, y 81 Igualdad de Trato) 1992, Comienzan las Marchas del Orgullo en Argentina 2003, Ley 25.673, Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, Ministerio de Salud de la Nación 2005, Plan Nacional contra la Discriminación, Decreto Nº1086 2006, Ley 26.150 Programa Nacional de Educación Sexual Integral 2006, Ley 26.206, Ley Nacional de Educación 2009, Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual 2010, Ley 26.618 , Matrimonio Igualitario 2010, Ley 26.657 Ley Nacional de Salud Mental 2012, Ley 26.743 Ley de Identidad de Género. 2012, Ley 26.791 Ley de Femicidio

Normativa Internacional 1948, Declaración Universal de los Derechos Humanos 1958, O.I.T., Convenio 111, Relativo a la Discriminación en el trabajo. 1990 , O.M.S., retira a la homosexualidad de la lista de enfermedades mentales. 1998, O.I.T., Declaración Relativa a los principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo 1998, MERCOSUR, Declaración Sociolaboral, relativa a la igualdad y la no discriminación en el trabajo. 2007, Creación de los Principios de Yogyakarta sobre los Derechos Internacionales de las personas LGTBI. 2007, OIT establece nuevas formas de discriminación en el ámbito laboral, entre las cuales se encuentra la Orientación Sexual 2008, OIT Concepto de Trabajo Decente (Digno). 2011, Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas: Declaración Conjunta contra la Discriminación por Orientación Sexual e Identidad de Género 2011, La OIT ratifica que la discriminación por orientación sexual e identidad de género es un objetivo pendiente de cumplirse

Área de Trabajo y Diversidad Sexual diversidadsexual@trabajo.gob.ar Tel.: 5411-4310-5997