IFRS 1 Adopción por Primera Vez de IFRS

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Transcripción de la presentación:

IFRS 1 Adopción por Primera Vez de IFRS Una firma miembro de Deloitte Touche Tohmatsu

El principio general es que a la fecha efectiva de reporte de Plan de Convergencia de los Principios Contables Chilenos a las Normas Internacionales de Información Financiera PRESENTACION DE IFRS 1 IFRS 1 establece los procedimientos que la entidad debe seguir cuando adopte por primera vez IFRS. El principio general es que a la fecha efectiva de reporte de transición, los principios de contabilidad deben ser aplicados retroactivamente en el balance de apertura. Sin embargo, existen importantes excepciones a esta norma general.

REVELACIONES REQUERIDAS POR IFRS Plan de Convergencia de los Principios Contables Chilenos a las Normas Internacionales de Información Financiera PRESENTACION DE IFRS 1 Se reconocerán todos los activos y pasivos requeridos por IFRS (incluso los no reconocidos con PCGA previos). Se reclasificarán los elementos, de acuerdo con la clasificación IFRS. Registro del efecto en patrimonio. No se reconocerán los activos y pasivos que no cumplan con IFRS. Se valorarán los activos y pasivos reconocidos de acuerdo con IFRS. REVELACIONES REQUERIDAS POR IFRS

Plan de Convergencia de los Principios Contables Chilenos a las Normas Internacionales de Información Financiera PRESENTACION DE IFRS 1 Determinación de la fecha de adopción Preparación de un balance de apertura Preparación información comparativa Presentación primeros estados financieros IFRS Selección de políticas contables Determinación de estimaciones

ASPECTOS ESPECIFICOS DE IFRS 1 Plan de Convergencia de los Principios Contables Chilenos a las Normas Internacionales de Información Financiera ASPECTOS ESPECIFICOS DE IFRS 1 A. Aplicación opcional de otras IFRS (13) Prohibición de aplicación retroactiva de otras IFRS (4) Prohibición de efectuar revelaciones comparativas (4)

ASPECTOS ESPECIFICOS DE IFRS 1 Aplicación opcional de otras IFRS Plan de Convergencia de los Principios Contables Chilenos a las Normas Internacionales de Información Financiera ASPECTOS ESPECIFICOS DE IFRS 1 Aplicación opcional de otras IFRS Combinaciones de negocios Valor justo o revalorización como costo atribuido Beneficios a los empleados Diferencias de traducción acumuladas Instrumentos financieros compuestos Activos y pasivos de afiliados, coligadas y negocios conjuntos Designación de instrumentos financieros reconocidos anteriormente en otra clasificación

ASPECTOS ESPECIFICOS DE IFRS 1 Plan de Convergencia de los Principios Contables Chilenos a las Normas Internacionales de Información Financiera ASPECTOS ESPECIFICOS DE IFRS 1 A. Aplicación opcional de otras IFRS (continua) Transacciones con Pagos basados en acciones (IFRS 2) Contratos de seguro (IFRS 4) Cambios en pasivos existentes por retiro de servicio, restauración y similares incluidos en el costo de los activos fijos Arrendamientos Valorización a valor justo de activos financieros o pasivos financieros Acuerdos de concesiones de obras públicas

ASPECTOS ESPECIFICOS DE IFRS 1 Plan de Convergencia de los Principios Contables Chilenos a las Normas Internacionales de Información Financiera ASPECTOS ESPECIFICOS DE IFRS 1 B. Prohibición de aplicación retroactiva de otras IFRS Eliminación de las cuentas contables de activos financieros y pasivos financieros Contabilización de coberturas Estimaciones Activos clasificados como mantenidos para la venta y operaciones descontinuadas

ASPECTOS ESPECIFICOS DE IFRS 1 Plan de Convergencia de los Principios Contables Chilenos a las Normas Internacionales de Información Financiera ASPECTOS ESPECIFICOS DE IFRS 1 C. Prohibición de presentar información comparativa Exención del requerimiento de re-expresar la información comparativa para IAS 32, 39 e IFRS 4 Exención del requerimiento de presentar información comparativa para la NIIF 6 Exención del requerimiento de revelar información comparativa para la NIIF 7 Información comparativa y resúmenes históricos no preparados de acuerdo con las NIIF

II. PRESENTACION DE IFRS 1 Plan de Convergencia de los Principios Contables Chilenos a las Normas Internacionales de Información Financiera II. PRESENTACION DE IFRS 1 C. Prohibición de presentar información comparativa Exención del requerimiento de re-expresar la información comparativa para IAS 32, 39 e IFRS 4 Exención del requerimiento de presentar información comparativa para la NIIF 6 Exención del requerimiento de revelar información comparativa para la NIIF 7 Información comparativa y resúmenes históricos no preparados de acuerdo con las NIIF

Septiembre 2007 IAS 1 – PRESENTACION DE ESTADOS FINANCIEROS Presentar un estado de situación financiera (Balance General) al comienzo del primer período comparativo del set completo de estados financieros que se este presentando cuando una entidad efectúa un cambio contable o está realizando una re-emisión de estados financieros (“restatement”).

Enero 2008 Reestructuración de IFRS 1: -El directorio del IASB propuso reestructurar IFRS 1 Adopción por primera vez de los Estándares Internacionales de Información Financiera. El principal cambio propuesto es eliminar algunas cláusulas de transición relacionadas con IFRS. -La reestructuración no alterará el contenido técnico de la IFRS 1. No obstante, algunas cláusulas de transición han sido eliminadas pues ya no son pertinentes.

Mayo 2008 Luego de la revisión, el 22 de mayo el IASB emitió un documento que modifica IFRS 1, sobre el tratamiento de la valorización de las inversiones en subsidiarias, coligadas y negocios conjuntos, para quienes adoptan IFRS por primera vez. Esta modificación recoge la preocupación sobre la dificultad de medir retroactivamente el costo de dichas inversiones bajo IFRS, bajo las consideraciones de costo versus beneficios de migrar a IFRS, que incluso en ciertas circunstancias podría no ser determinado de manera confiable, o sencillamente indeterminable.

Mayo 2008 Dicha modificación permite que quien adopta IFRS por primera vez y ha escogido contabilizar tales inversiones al costo, mida ese costo usando el enfoque de “costo estimado” o atribuido, el que puede ser determinado como: -El valor razonable (determinado de acuerdo con IAS 39) a la fecha de la transición de la entidad hacia IFRS en sus estados financieros individuales; o -El anterior valor en libros PCGA de la inversión a esa fecha.

Mayo 2008 (continuación) A quienes adoptan por primera vez se les permite escoger cuál medición usar para cada inversión, haciéndolo sobre una base individual, por lo que algunas inversiones podrían ser medidas de acuerdo con las reglas generales de IAS 27, y algunas al costo estimado; y, para las medidas al costo estimado, la opción entre el valor razonable y el anterior valor en libros PCGA sería medido sobre una base individual. Las enmiendas a IFRS 1 y a IAS 27son efectivas para los períodos anuales que comienzan en o después del 1 de enero del 2009, permitiéndose la aplicación temprana.

Mayo 2008 (continuación) Revelaciones requeridas cuando se usa el costo estimado: De la entidad que ha elegido usar, en su estado de posición financiera IFRS de apertura, la alternativa del costo estimado disponible según el IFRS 1 revisado, se requiere que revele lo siguiente en sus primeros estados financieros IFRS: -El costo estimado agregado de las inversiones para las cuales el costo estimado es su valor en libros PCGA anterior; -El costo estimado agregado de las inversiones para las cuales el costo es el valor razonable; y -Los ajustes agregados a los valores en libros reportados según los PCGA anteriores.

Mayo 2008 (continuación) Las enmiendas a IFRS 1 son efectivas para los períodos anuales que comienzan en o después del 1 de enero del 2009, permitiéndose la aplicación temprana.

Septiembre 2008 El IASB publicó un borrador que contiene cambios propuestos a IFRS 1 Adopción por primera vez de las Normas Internacionales de Información Financiera. Las propuestas abordan la aplicación retroactiva de las IFRS en las áreas seleccionadas y tienen como objetivo asegurar que el costo de migrar a IRFS por primera vez, no supere al beneficio del mismo.

Septiembre 2008 (Continuación) El borrador propone: dejar exentas a ciertas compañías que operen con activos en fase de exploración y desarrollo en la industria de petróleo y gas, compañías con operaciones sujetas a la regulaciones de tarifa de la aplicación retroactiva de IFRS, permitiendo la aplicación del método de costo atribuido, ya que incluso esto podría resultar en la medición mayor de un activo, que si hubiera estado en régimen

Septiembre 2008 (Continuación) Oil y gas: 19A una entidad podría elegir medir activos de petróleo o gas a la fecha de transición a IFRS sobre las siguientes bases: (a) activos de exploración y evaluación al costo, menos cualquier deterioro, determinado de acuerdo a IFRS 6 . (b) otros activos, como por ejemplo aquellos en fase de desarrollo o producción, asumir como costo atribuido el monto determinado bajo el GAAP anterior, previamente ajustado por reconocimiento de retiros o restauraciones de dicho activo, medido de acuerdo a NIC 37, el cual puede ser alocado a pro-rata utizando volúmenes de reserva, etc.

Septiembre 2008 (Continuación) Oil y gas: El costo atribuido para activos de petróleo y gas determinado de acuerdo a lo anterior, debería ser sometido a la evaluación de deterioro a la fecha de transición a IFRS. Para propósito de este párrafo, se entenderá como activos de petróleo o gas solamente a aquellos utilizados en la exploración, evaluación, desarrollo o producción de dichos recursos. Se deberá revelar los hechos y circunstancias que determinaron el uso de pro-rateo.

Septiembre 2008 (Continuación) Industrias de tarifa regulada: Algunas compañías han capitalizado , como parte del costo histórico de PP&E, montos no permitidos de capitalizar bajo IFRS, como por ejemplo, costos no directamente atribuibles. En muchos casos estos costos fueron capitalizados como parte del costo total de un ítem de PP&E y no han sido controlados por separado después de su inclusión Debido a la naturaleza de esta industria, intensiva en PP&E, la antigüedad de muchos ítems y la dificultad de obtener un fair value, la opción del uso del fair value se hace impracticable.

Septiembre 2008 (Continuación) Industrias de tarifa regulada: Por lo tanto, se propone incluir una excepción para adoptantes por primera vez de IFRS para que puedan elegir utilizar el valor libro de un ítem de PP&E (conteniendo montos capitalizados previamente que no están de acuerdo a IFRS) como costo atribuido a la fecha de transición. En cualquier caso, El costo atribuido para activos en industrias de tarifa regulada determinado de acuerdo a lo anterior, debería ser sometido a la evaluación de deterioro a la fecha de transición a IFRS.

Septiembre 2008 (Continuación) Contratos de arrendamiento existentes: - dejar exentas a las compañías que tengan contabilizados contratos de arrendamiento existentes bajo IFRIC 4 Determinación de si un acuerdo contiene un arrendamiento, de la re-evaluación de la clasificación efectuada de estos contratos de acuerdo con las IFRS, cuando la misma clasificación se haya hecho previamente de acuerdo con los previos Principios Contables Generalmente Aceptados (por ejemplo US GAAP EITF 01-08). Los comentarios a este ED se esperan hasta el 23 de enero de 2009.

Marzo, Mayo y Septiembre 2008 Cambios que se están analizando a futuro: Eliminación de las cuentas contables de activos financieros y pasivos financieros Re-evaluación contable bajo GAAP anterior Restatement retroactivo de fair value

Cambios que se están analizando a futuro: Eliminación de las cuentas contables de activos financieros y pasivos financieros la excepción se refiere a baja de activos y pasivos financieros en el GAAP anterior anteriores a enero 1, 2004, aunque en la realidad numerosos países están aplicando IFRS con una fecha de transición muy posterior a la indicada (ejemplo: Cánada 2011)

Cambios que se están analizando a futuro: Re-evaluación contable bajo GAAP anterior Existen países que han estado aplicando IFRS gradualmente en fases, en los cuales IFRS individuales se están aplicando antes de cumplir con todas las IFRS. Se propone eliminar la re-evaluación del ítem previamente contabilizado bajo el GAAP anterior retroactivamente y proveer la misma regla de transición de acuerdo a IFRS 1, salvo en lo referido a la fecha de transición.

Cambios que se están analizando a futuro: Re-evaluación contable bajo GAAP anterior Se recomienda permitir a una compañía que adopta por primera vez IFRS no re-evaluar la transacción pasada a la fecha de transición, basados en los hechos y circunstancias a la fecha, cuando el GAAP anterior introdujo la misma contabilización que IFRS.

Cambios que se están analizando a futuro: Restatement retroactivo de fair value Se propone prohibir a una compañía que adopta por primera vez IFRS determinar fair value de manera retroactiva, anterior a la fecha de transición a IFRS, en el caso que dicho fair value no estaba disponible cuando IFRS determinó que fuera requerido. Una entidad, en este caso, debería utilizar el valor libro determinado bajo el GAAP anterior a la fecha de transición a IFRS.

Plan de Convergencia de los Principios Contables Chilenos a las Normas Internacionales de Información Financiera Deloitte se refiere a uno o más entre Deloitte Touche Tohmatsu, una asociación suiza, sus firmas miembro, y sus respectivas filiales o afiliadas. Como una asociación suiza, ni Deloitte Touche Tohmatsu ni cualquiera de sus firmas miembro tienen responsabilidad por los actos u omisiones cometidos por otra de las partes. Cada una de las firmas miembro es una entidad legal separada e independiente que funciona bajo los nombres de "Deloitte", "Deloitte & Touche", "Deloitte Touche Tohmatsu", u otros nombres relacionados. Los servicios son proporcionados por las firmas miembro, sus filiales o afiliadas y no por la asociación suiza Deloitte Touche Tohmatsu. Una firma miembro de Deloitte Touche Tohmatsu