ACCIDENTE DE TRABAJO.

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Transcripción de la presentación:

ACCIDENTE DE TRABAJO

REGLAMENTO TECNICO PARA TRABAJOS EN ALTURAS Res 1409/2012

La comunicación es la mejor herramienta para evitar incidentes. DEFINICIONES INCIDENTE DE TRABAJO Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relación con este, que tuvo el potencial de ser un accidente, en el que hubo personas involucradas sin que sufrieran lesiones o se presentaran daños a la propiedad y/o pérdida en los procesos (Artículo 3 de la Resolución 1401 de 2007). La comunicación es la mejor herramienta para evitar incidentes.

¿QUÉ ES UN ACCIDENTE DE TRABAJO? Es todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte”. “…aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo”.

¿QUÉ ES UN ACCIDENTE DE TRABAJO? “… el que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador”. “También se considera accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función”.   “De igual forma se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actué por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de la empresa de servicios temporales que se encuentren en misión”.

ELEMENTOS ESENCIALES DEL AT 1.) LA OCURRENCIA DE UN SUCESO REPENTINO. 2.) QUE ESE SUCESO REPENTINO OCURRA POR CAUSA O CON OCASIÓN DEL TRABAJO. 3.) QUE EL SUCESO REPENTINO, ACAESIDO POR CAUSA O CON OCASIÓN DEL TRABAJO, PRODUZCA EN EL TRABAJADOR UNA LESIÓN ORGANICA, UNA PERTURBACIÓN FUNCIONAL, PERTURBACIÓN PSIQUIATRICA, LA INVALIDEZ O LA MUERTE.

DEFINICIONES Suceso repentino Cuando decimos “suceso repentino” significa que el accidente no es el resultado de algo planeado o programado con anticipación por otros, sino que ocurre de un momento a otro, de repente.

DEFINICIONES Con causa Decimos “con causa” si el accidente sucede cuando se esta realizando una actividad que no hace parte de las tareas propias del oficio, pero se esta cumpliendo ordenes del empleador. Por ejemplo, si el jefe inmediato de una secretaria le pide que reemplace una bombilla de la bodega, y durante esta operación le sucede un accidente.

DEFINICIONES Con ocasión El termino “con ocasión” indica que el accidente ocurre cuando el trabajador esta haciendo algo que si se relaciona directamente con las tareas y actividades propias de su oficio. Por ejemplo, la quemadura que sufra un soldador o la cortadura que pueda sufrir un técnico de mantenimiento.

DEFINICIONES Lesión orgánica Una “lesión orgánica” quiere decir que como resultado de un accidente, se afecta algún órgano o alguna parte del cuerpo.

DEFINICIONES Perturbación funcional o psiquiátrica El termino “perturbación funcional”, significa que como resultado del accidente alguna funcional o psiquiátrica o actividad del cuerpo ya no funciona bien. Por ejemplo, un golpe en un ojo afecta tanto el órgano (ojo) como su función (ver). HASTA EL 5%.......INDENMIZACIÓN EN DINERO DE 50% EN ADELANTE…..PENSIÓN POR INVALIDEZ

DEFINICIONES Invalidez Una persona se considera invalida cuando no es capaz de valerse por si misma para las actividades de la vida cotidiana: comer, vestirse, bañarse, etc.

NO ES ACCIDENTE DE TRABAJO El sufrido por el trabajador, fuera de la empresa, durante los permisos remunerados o sin remuneración. El sucedido en una actividad recreativa, deportiva o cultural organizada por SUS COMPAÑEROS DE TRABAJO. El provocado intencionalmente o de manera dolosa por un trabajador. El sufrido por el trabajador en estado de alicoramiento. Durante el desplazamiento desde su casa al trabajo, a pie, en su moto, en su carro, en transporte publico, en la moto o carro de otro compañero de trabajo

En caso de accidente de trabajo: Infórmele a su jefe inmediato Comuníquese con la Línea de Atención ARL SURA en Colombia: Línea en Medellín: 444 45 78 Línea Nacional: 01 8000 511414 14

Gestión integral de salud Trabajador lesionado Línea de atención Institución Prestadora de servicios de Salud Equipo integral de salud ARL SURA EMPRESA Seguimiento clínico Visita hospitalaria Rehabilitación integral Reintegro laboral 15

Derecho a las prestaciones Prestaciones económicas Prestaciones asistenciales

Prestaciones asistenciales Asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica Servicios de hospitalización Servicios odontológicos Servicios de diagnóstico y tratamiento Medicamentos Prótesis y órtesis Gastos de traslado en condiciones normales Servicios de rehabilitación Física y profesional

Prestaciones económicas Subsidio por Incapacidad Temporal Indemnización Por Pérdida Permanente Parcial Pensión de Invalidez Pensión de Sobrevivientes Auxilio Funerario

Tratamiento del riesgo RESPONDEMOS Tratamiento del riesgo Reducción de las consecuencias Luego de ocurrido un evento ATEP Pago de incapacidades Pago de pensiones Incapacidad temporal Incapacidad permanente parcial Pensión de invalidez Pensión de sobrevivientes Auxilio funerario Nuestra responsabilidad se traduce en la protección y tranquilidad de las familias, los trabajadores y la empresa. En ARL SURA estamos siempre preparados para responder de forma cercana, oportuna y transparente, a través del aseguramiento y un excelente manejo de los recursos. Reaseguramiento con sólidas firmas internacionales Asesoría jurídica para la empresa Excelente manejo de las reservas de dinero para respaldar los siniestros y contingencias Garantía de pago máximo en 10 días hábiles (después de cumplir requisitos legales) Respaldo del Grupo de Inversiones Suramericana 19

Seguimiento Médico : 4444578 (Medellín) Para programar las consultas y atenciones medicas y hospitalarias que se generen posterior a la atención inicial de urgencias, solo requerirán su llamada telefónica a la línea salvavidas 4444578 (Medellín) Línea nacional: 01 8000 0511414 20