NORMATIVIDAD DE LA UMeL Avance 50%

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Transcripción de la presentación:

NORMATIVIDAD DE LA UMeL Avance 50% REGLAMENTO INTERIOR DE LA UNIVERSIDAD MEXICANA EN LINEA CAPITULO 1 DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO 2 AUTORIDADES ACADEMICAS Y DIRECTIVAS CAPITULO 3 PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO CAPITULO 4 PERSONAL ACADÉMICO CAPITULO 5 ALUMNOS CAPITULO 6 INGRESO Y REINSCRIPCIÓN CAPITULO 7 MEDIDAS ACADÉMICAS CAPITULO 8 EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE CAPITULO 9 SERVICIO SOCIAL Y TITULACIÓN CAPITULO 10 CONVENIOS INTERINSTITUCIONALES CAPITULO 11 RESPONSABILIDADES Y SANCIONES CAPITULO 12 OTRAS DISPOSICIONES ARTICULOS TRANSITORIOS

DISPOSICIONES GENERALES MISIÓN La UMeL es una Institución Educativa encaminada a la formación de profesionales capaces de afrontar el entorno dinámico y comprometido con el desarrollo del país a través de la permanente vinculación laboral y universitaria a nivel nacional e internacional. Está dirigida a personas interesadas en colaborar tanto en el medio empresarial como en el social de forma eficiente y productiva, asegurando así mismo su propio ascenso profesional. VISIÓN Es la mejor opción para jóvenes y adultos que deseen conquistar su futuro profesional y financiero. OBJETIVOS Excelenciaacadémica. La Universidad a través del Consejo académico, evalúa los planes y programas de estudio de nuestra oferta educativa con el objetivo de garantizar el desarrollo personal, académico y profesional de los alumnos, logrando así una permanente vinculación laboral. Formación Ética Modelo Educativo centrado en el Estudiante Mediante un Ambiente colaborativo, tutoría especializada, accesibilidad al conocimiento, progreso laboral, dominio de la tecnología para tu inserción en la modernidad, introduciendo y reforzando al alumno al autoestudio. Actitud de Servicio La Universidad fomenta una creciente actitud de servicio, ofreciendo condiciones culturales y académicas, centradas en la calidad humana. Contribución al Entorno Social La Universidad contribuye a la sociedad preparando personas comprometidas y competentes preparadas para afrontar y contribuir al desarrollo del país en un entorno dinámico, con compromiso social que, a través del ejercicio profesional, colaboren al desarrollo de México.

AUTORIDADES ACADÉMICAS Y DIRECTIVAS Las autoridades académicas y directivas de la Universidad ejercerán sus funciones, responsabilidades y actividades en completo apego a la Misión, Visión y Objetivos institucionales, así como al propio reglamento, por lo que su desempeño deberá dirigirse a cubrir y considerar las necesidades del personal académico, alumnos y personal administrativo. Las autoridades académicas y directivas de la universidad se integran por: A). Colegiados. I.   Consejo de Administración II.   Consejo Académico III.  Consejo de Rectoría B). Autoridades. IV. Presidente del Consejo de Administración V. Rector VI. Presidente del Consejo Académico VII. Los demás que el Consejo de Administración determinen,. en sus respectivos ámbitos de competencia

CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN El Consejo de Administración está integrado por los miembros que han sido designados por el mismo, a su vez designará a un Presidente del Consejo de Administración representando la máxima autoridad de la Universidad.   El Presidente del Consejo de Administración está dotado de todas las facultades para la mejor organización, planeación y ejecución de las actividades académicas y administrativas de la Universidad. Facultades y atribuciones del Presidente del Consejo de Administración. Facultad de nombrar y remover a los miembros del Consejo Académico, Consejo de Rectoría y al Rector; Convenir lo referente a la administración y disposición del patrimonio universitario. Conocer y solucionar los asuntos trascendentales de la Universidad, señalando las disposiciones definitivas que se precisen para su óptima resolución. Proponer al Consejo de Rectoría, la terna de candidatos para el nombramiento del Rector. Promover la obtención de recursos económicos para la Universidad.    Analizar y aprobar las inversiones significativas de los activos de la Universidad Analizar y aprobar las operaciones que origines endeudamientos importantes para la Universidad. Aprobar el presupuesto para cada ejercicio y las modificaciones que al mismo se practiquen en la Universidad, así como los estados financieros . Aprobar la adquisición de activos inmuebles y las inversiones significativas. Aprobar al Consejo de Rectoría, sobre los compromisos que relacionen a la Universidad con centros de investigación y docencia y representen responsabilidades de importancia para la institución, miembros y colaboradores. Modificar los Estatutos de la Universidad.  Solicitar al Rector los informes que considere convenientes para la toma de decisiones.

CONSEJO ACADÉMICO Son funciones y atribuciones del Consejo Académico: El Consejo Académico estará formado por el número de miembros que determine el Presidente del Consejo de Administración. El cargo de consejero es personal y no podrá desempeñarse por mandatarios o representantes. El Presidente del Consejo Académico será nombrado por el Presidente del Consejo de Administración, quien a su vez forma parte del Consejo Académico como miembro honorario. El Consejo Académico designará un Secretario quien se encargará de convocar a las juntas, levantar el acta de las mismas, llevar el registro de sesiones del Consejo y de los consejeros, transmitir las resoluciones del Consejo a los funcionarios correspondientes, así como las demás funciones que le encomiende el propio Presidente del Consejo de Administración. Son funciones y atribuciones del Consejo Académico: a ) Realizar las actividades que le señalen el Consejo de Administración y el Consejo de Rectoría. b) Auxiliar a l Rector en los proyectos y actividades que éste deba cumplir. c) Hacer las recomendaciones pertinentes al Rector, para el buen funcionamiento de la Universidad. d) Aprobar los planes y programas académicos de la Universidad, así como dar seguimiento a la realización de los mismos. e) Revisar los programas docentes. f) Estudiar y decidir todos aquellos asuntos de orden académico y disciplinario que sometan a su consideración el Rector y el Presidente del Consejo e Administración. g) Adoptar los métodos que, dentro de las normas de los Estatutos de la Universidad y de las disposiciones del Consejo de Administración a través de su Presidente y del Rector estimen convenientes para facilitar las actividades académicas y de investigación h) Asesorar al Consejo de Rectoría en la orientación académica de la Universidad, y recomendar los objetivos y metas que deben tenerse en cuenta en el futuro desarrollo de la Universidad

CONSEJO DE RECTORÍA El Consejo de Rectoría vigilará que se cumplan los Principios Institucionales y los Estatutos de la Universidad; que las funciones se realicen de manera colegiada y solidaria, a fin de que la misión y objetivos de la Universidad tengan prioridad sobre los intereses particulares de sus integrantes. Los cargos del Consejo de Rectoría son personales y no podrán desempeñarse por representantes. El Consejo de Rectoría estará integrado por el Rector, el Presidente del Consejo de Administración y un representante del Consejo Académico. El Presidente del Consejo de Administración como máxima autoridad de la Universidad y como miembro del Consejo de Rectoría tendrá las siguientes atribuciones: I. Nombrar y remover a los directivos, personal administrativo y docente de la Universidad. II. Disponer las medidas oportunas para que se cumplan los principios, objetivos y fines de la Universidad. III. Definir el Plan Anual, darle seguimiento y evaluar su aplicación. IV. Determinar las estrategias para lograr sinergia entre las diversas áreas de la Universidad. V. Proponer y dar origen a nuevas áreas, carreras, planteles, departamentos, planes y programas de estudio en los que se otorgue título o grado académico. VI. Definir los criterios generales sobre la investigación en la Universidad y aprobar, en su caso, el Reglamento de Investigación. VII. Aprobar los programas y planes de estudio en la formación, capacitación y desarrollo de profesores, investigadores y alumnos. VIII. Aprobar el presupuesto para cada ejercicio y las modificaciones que al mismo se practiquen, así como el general de la Universidad y los estados financieros de cada ejercicio, presentándolos al Consejo de Administración para su aprobación definitiva. IX. Aprobar todos los Estatutos de la Universidad.

EL RECTOR El Rector es la máxima figura de autoridad académica y ejecutiva de la Universidad y goza de todas las facultades que no están reservadas para el Presidente del Consejo de Administración, el Consejo Académico y el Consejo de Rectoría. Una de sus principales funciones es observar que la Universidad Mexicana en Línea logre los máximos niveles de excelencia en la formación, preparación y desempeño de sus alumnos, como del personal docente y administrativo cumpliendo sus actividades ética y competitivamente. El Rector garantizará la ejecución de los acuerdos del Consejo de Rectoría, a través de las áreas correspondientes y supervisará que se logren las metas establecidas, verificará que los mecanismos y condiciones para que se realicen satisfactoriamente los acuerdos del Consejo de Administración, Consejo Académico y del Consejo de Rectoría. El Rector dirigirá los actos académicos que se realicen en la Universidad. El Rector será designado por el Presidente del Consejo de Administración y podrá ser reelegido. El Rector de la Universidad tendrá las siguientes atribuciones: I. Dirigir la gestión educativa de la Universidad. II. Designar al personal Académico y docente. III. Fomentar actividades de formación y desarrollo Académico y Docente. IV. Someter a aprobación del Presidente del Consejo de Administración los estados financieros, compras de activos inmobiliarios, aumentos generales de sueldos y cualquier otro gasto que repercuta significativamente a la Universidad. V. Verificar que los planes y programas de estudio de cada licenciatura, se desarrollen de conformidad con los objetivos. VI. Contratar y remover al personal académico y administrativo de la Universidad, previa aprobación del Presidente del Consejo de Administración; VII. Someter a aprobación del Consejo Académico el plan de estudios de las carreras, así como las adecuaciones que se considere llevar a cabo; VIII. Promover la superación y desarrollo del personal académico de la Universidad; IX. Vigilar el cumplimiento de los reglamentos, objetivos y principios señalados en los Estatutos de la Universidad. X. Asegurar que las actividades académicas y profesionales sean practicadas con niveles de excelencia; XI. Las demás que determine el Presidente del Consejo de Administración.

PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIOS      La Universidad imparte programas de educación superior en línea, bajo las características que permiten cursar estos niveles a todo alumno que cuente con la disponibilidad y voluntad de superación. La Universidad desarrollará los planes y programas de estudios que aseguren un contenido académico de excelencia y proporcionen las herramientas prácticas al egresado para trabajar con mayor eficacia en el entorno social que caracteriza la vida moderna. Las propuestas de creación y mejora a los planes y programas de estudios deberá remitirse al Consejo Académico, a través del Consejo de Rectoría e incluirá los siguientes requisitos: a)  Objetivos generales, perfil del egresado, campo de trabajo, oferta y demanda educativa. b)  Referencias bibliográficas. c)  Requisitos de laboratorios y talleres. d)  Experiencia de aprendizaje. e)  Criterios y procedimientos de evaluación. f) Opciones de Titulación g)  Propuesta de planta docente con la documentación que acredite los estudios y la experiencia necesaria.