FUNDACION UNIVERSITARIA TRABAJO SEGURO EN ALTURAS

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Transcripción de la presentación:

FUNDACION UNIVERSITARIA TRABAJO SEGURO EN ALTURAS INPAHU FUNDACION UNIVERSITARIA TRABAJO SEGURO EN ALTURAS BOGOTÁ - 2012

Trabajo seguros en Alturas Resolución 3673 - 2008

FUNDAMENTOS POLITICA DE ESTADO: Basado en las necesidades de la población, las cuales son mandato. MARCO NORMATIVO LEGAL NACIONAL: Iniciando con la CPC/1991, CST, Ley 100 de 1993, Decreto Ley 1295 de 1994 y el desarrollo normativo Internacional de trabajo en alturas enfocado a la prevención y protección contra caídas en trabajo en alturas, permiso de trabajo y procedimiento de rescate.

TEMAS A TRATAR Marco legal Nacional e Internacional de trabajo en alturas. Marco conceptual sobre prevención y protección contra caídas en trabajo en alturas, permiso de trabajo y procedimiento de rescate. Programa de protección contra caídas y rescate

POR QUE CAPACITARSE EN ALTURAS Exigencia legal. Estrategia para apoyar la gestión de la calidad en las empresas y recurso humano. Inversión cuyo retorno se debe concretar en: Evitar ATEP Evitar responsabilidad penal, civil y laboral Incremento de la productividad Incremento de la competitividad

POR QUÉ CAPACITARSE EN ALTURAS? PERCEPCION DE LA SEGURIDAD COMPORTAMIENTOS INSEGUROS COMPORTAMIENTOS SEGUROS RESULTADOS POSITIVOS ACCIDENTE DE TRABAJO

POR QUÉ CAPACITARSE EN ALTURAS? ¿Necesito que me capaciten en seguridad? Siempre lo hemos hecho así: Siempre ha sido igual. Nunca me ha pasado nada. Yo soy experto en la labor que llevo a cabo. Es imposible hacerlo de otra forma. Los estrategias de seguridad me incomodan, me hacen demorar más en realizar mi trabajo, no rindo y puedo ser despedido por esto.

Porcentaje de muertes por caídas vs antigüedad del trabajador POR QUÉ CAPACITARSE EN ALTURAS? Porcentaje de muertes por caídas vs antigüedad del trabajador

Casos mortales por mecanismo causal 2009

CASOS MORTALES POR MECANISMO CAUSAL 2009

CASOS MORTALES POR MECANISMO CAUSAL 2009

NORMAS DE TRABAJO SEGURO EN ALTURAS EN COLOMBIA. Circular 89341 De 2011 Resolución 2291 de 2010. Circular 070 de 2009 Resolución 3673 de 2008

REGLAMENTO TECNICO DE TRABAJO SEGURO EN ALTURAS RESOLUCIÓN 3673 SEPTIEMBRE 26 DE 2008. OBLIGACIONES DE EMPLEADOR Incluir en el programa de S.O, los procedimientos, elementos y disposiciones establecidas en la presente resolución. Implementar el Programa de Protección contra Caídas 3. Medidas de control contra caídas de personas y objetos que deben ser dirigidas a su prevención en forma colectiva, antes de implementar medidas individuales de protección contra caídas. Garantizar que la estructura de anclaje utilizada tenga como mínimo una resistencia de 5000 libras ( 2.272 Kg) por persona conectada.

REGLAMENTO TECNICO DE TRABAJO SEGURO EN ALTURAS RESOLUCIÓN 3673 SEPTIEMBRE 26 DE 2008. OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR 5. Disponer de personal capacitado, competente y calificado para las actividades con trabajos en alturas. 6. Garantizar un programa de capacitación y entrenamiento a todo trabajador que esté expuesto al riesgo de trabajo en alturas, antes de iniciar tareas y uno de reentrenamiento, por lo menos una vez al año. 7. Garantizar la operatividad de un programa de inspección, de los sistemas de protección contra caídas por lo menos una vez al año.

REGLAMENTO TECNICO DE TRABAJO SEGURO EN ALTURAS RESOLUCIÓN 3673 SEPTIEMBRE 26 DE 2008. OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR: 8. Solicitar las pruebas que garanticen el buen funcionamiento del sistema de protección contra caídas o los certificados que lo avalen. 9. Asegurar la compatibilidad de los componentes del sistema de protección contra caídas. 10. Incluir dentro de su Plan de Emergencias un procedimiento para rescate en alturas con personal entrenado.

REGLAMENTO TECNICO DE TRABAJO SEGURO EN ALTURAS RESOLUCIÓN 3673 SEPTIEMBRE 26 DE 2008. OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR: Asistir a la capacitación, participar en las actividades de entrenamiento y reentrenamiento programados por el empleador y aprobar satisfactoriamente las evaluaciones de conocimientos y de desempeño. Cumplir todos los procedimientos establecidos por el empleador. Informar sobre cualquier condición de salud que le genere restricciones antes de realizar cualquier tipo de trabajo en alturas. Utilizar las medidas de prevención y protección contra caídas que sean implementadas por el empleador. Reportar el deterioro o daño de los sistemas colectivas o individuales, de prevención y protección contra caídas. Participar en la elaboración y el diligenciamiento del permiso de trabajo en alturas, así como acatar las disposiciones del mismo.

Evaluación de ingreso, egreso y periódico cada año. REGLAMENTO TECNICO DE TRABAJO SEGURO EN ALTURAS RESOLUCIÓN 3673 SEPTIEMBRE 26 DE 2008. REQUERIMIENTOS PARA LOS TRABAJADORES El empleador debe diseñar los perfiles exigidos para la vinculación de trabajadores que realicen trabajos en alturas, de acuerdo con la actividad económica y la tarea a realizar . El empleador DEBERÁ: Evaluación de ingreso, egreso y periódico cada año. Solo el medico ocupacional determina si el trabajador es APTO o no para realizar trabajos en altura

REQUISITOS PARA CAPACITAR EN TRABAJO SEGURO EN ALTURAS Certificado de existencia y representación legal o Cédula. Entrenadores y/o personal con licencia en SO vigente. Programas de capacitación homologados según norma, recursos técnicos, propios o contratados, para realizar el entrenamiento. Basico Intermedio Avanzado 8 horas 24 horas 40 horas

RESPONSABILIDADES CIVIL ADMINISTRATIVA PENAL

COMPORTAMIENTOS INADECUADOS DE TRABAJOS EN ALTURAS CON ALTA PROBABILIDAD DE CAIDAS.

De tipo doméstico

De tipo laboral

Mmmmm!!!!!

Elementos mínimos de Protección contra caídas: Programa de Protección contra caídas en alturas Capacitación y entrenamiento EPP: Selección, Compra, Inspección, Mantenimiento, etc. Perfil del trabajador: Profesiograma, exámenes médicos, examen médico de aptitud para trabajo en alturas, PVE Condiciones y actos inseguros Plan de Emergencias Procedimientos Documentos Indicadores

Gracias Por su Atención