Abog. CPCC. Julián Contreras Llallico

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Transcripción de la presentación:

Abog. CPCC. Julián Contreras Llallico CONTROL GUBERNAMENTAL Abog. CPCC. Julián Contreras Llallico Lima - 2011

Constitución Política del Perú

CONSTITUCIÓN POLÍTICA Artículo 82º.- La Contraloría General de la República es una entidad descentralizada de Derecho Público que goza de autonomía conforme a su ley orgánica. Es el órgano superior del Sistema Nacional de Control. Supervisa la legalidad de la ejecución del Presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA Artículo 81°.- Presentar anualmente el informe de auditoría practicado a la Cuenta General de la República. Fiscalizar la ejecución del presupuesto de las Regiones y Municipalidades. Artículo 199°.-

CONSTITUCIÓN POLÍTICA Facultad de iniciativa legislativa en materia de control. El principio de no ser privado del derecho de defensa en ningún estado del proceso. Artículo 107°.- Artículo 139º.- num. 14

GESTIÓN INSTITUCIONAL GESTIÓN PÚBLICA Es el conjunto de acciones mediante las cuales las entidades tienden al logro de sus fines, objetivos y metas, los que están enmarcados por las políticas gubernamentales establecidas por el Poder Ejecutivo. GESTIÓN INSTITUCIONAL Es la gestión pública de cada entidad, traducida en los procesos que desarrollan para alcanzar sus fines, objetivos y metas, con eficiencia, eficacia, economía y transparencia.

Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la CGR LEY Nº 27785

La Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, promulgada el 22.JUL.2002, consta de un total de 44 artículos, 3 D.T. y 9 D.F., que se resume a continuación:. Ley N° 27785 . Titulo I - Disposiciones Generales (11 Arts.) . Titulo II - Sistema Nacional de Control (10 Arts.) . Titulo III - Contraloría General de la República (23Arts.) . Disposiciones Transitorias (3) . Disposiciones Finales (9)

Objeto de la Ley Control Gubernamental Prevenir y verificar la correcta, eficiente y transparente. Utilización y gestión de recursos y bienes del Estado. El desarrollo honesto y probo de las autoridades, funcionarios y servidores públicos. Cumplimiento de metas y resultados. Art. 2º Ley 27785

CONTROL GUBERNAMENTAL Supervisión, vigilancia y verificación de los actos y resultados de la gestión pública. En atención al grado de eficiencia, eficacia, transparencia y economía en el uso y destino de los recursos y bienes del Estado. Art. 6º Ley Nº 27785

CONTROL GUBERNAMENTAL Cumplimiento de las normas legales y de los lineamientos de política y planes de acción. Evalúa los Sistemas de Administración, Gerencia y Control, con fines de su mejoramiento a través de la adopción de acciones preventivas y correctivas. Art. 6º Ley Nº 27785

EFICIENCIA Relación existente entre bienes y servicios producidos y los recursos utilizados o consumidos para este fin.

EFECTIVIDAD Grado en el cual una entidad, programa o proyecto gubernamental logran sus objetivos y metas u otros beneficios que pretendían alcanzarse, previstos en la legislación o fijados por otra autoridad

Calidad y cantidad requerida, En el momento previsto, ECONOMÍA Términos y condiciones, para adquirir recursos financieros, humanos, físicos, tecnológicos, obteniendo: Calidad y cantidad requerida, En el momento previsto, En el lugar indicado Al menor costo posible.

LEY DE CONTROL INTERNO DE LAS ENTIDADES DEL ESTADO LEY Nº 28716 PUBLICADO 18 DE ABRIL DE 2006

OBJETO DE LA LEY Regular la elaboración, aprobación, implantación, funcionamiento, perfeccionamiento y evaluación del Control Interno en las Entidades del Estado. Cautelar y fortalecer los sistemas administrativos y operativos con acciones y actividades de control previo, simultáneo y posterior, contra los actos y prácticas indebidas o de corrupción. Art. 1º Ley

SISTEMA DE CONTROL INTERNO Conjunto de acciones, actividades, planes, políticas, normas, registros, organización, procedimientos y métodos. Actitud de las autoridades y el personal de cada entidad para la consecución de los objetivos institucionales . Art. 3º Ley

OBLIGACIONES DEL TITULAR Y FUNCIONARIOS Disponer inmediatamente las acciones correctivas pertinentes, ante cualquier evidencia de desviaciones o irregularidades. Implementar oportunamente las recomendaciones y disposiciones emitidas por la propia entidad, los órganos del Sistema Nacional de Control y otros entes de fiscalización. Art. 6º Ley

RESPONSABILIDAD La inobservancia de la presente Ley genera responsabilidad administrativa funcional, y da lugar a la imposición de la sanción de acuerdo a la normativa aplicable, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que hubiere lugar, de ser el caso. Art. 8º Ley

NORMAS DE CONTROL INTERNO R.C Nº 320-2006-CG Publicado el 03.Nov.2006. Deja sin efecto R.C Nº 072 - 98-CG del 26.JUN.98. “Normas Técnicas de Control Interno para el Sector Público”

CONCEPTO DE LAS NORMAS DE CONTROL INTERNO Constituyen lineamientos, criterios, métodos y disposiciones para la aplicación y regulación del control interno en las principales áreas de la actividad administrativa u operativa de las entidades.

RESPONSABILIDAD DE LA IMPLEMENTACIÓN Los titulares, funcionarios y servidores de cada entidad son los responsables de establecer, mantener, revisar y actualizar la estructura de control interno en función a la naturaleza de sus actividades y volumen de sus operaciones . Es obligación de los titulares la emisión de normas específicas aplicables a su entidad.

OBJETIVOS DE LAS NORMAS DE CONTROL INTERNO Servir de marco de referencia en materia de control interno para la emisión de la respectiva normativa institucional. Orientar y unificar el control interno en las entidades.

DEFINICIÓN DEL CONTROL INTERNO Proceso integral diseñado para enfrentar a los riesgos y para dar seguridad razonable de que en la consecución de la misión de la entidad se alcanzaran los objetivos gerenciales siguientes:

OBJETIVOS DEL CONTROL INTERNO Promover la eficiencia, eficacia, transparencia y economía de la entidad, asi como la calidad de los servicios que presta. Cuidar y resguardar los recursos y bienes del Estado contra todo hecho irregular o situación perjudicial. Cumplir la normatividad aplicable a la entidad.

OBJETIVOS DEL CONTROL INTERNO  Garantizar la confiabilidad y oportunidad de la información.  Fomentar e impulzar la práctica de valores institucionales.  Promover la rendición de cuentas por los fondos y bienes públicos a cargo de los funcionarios o servidores públicos o por una misión u objetivo encargado.

PRINCIPIOS APLICABLES AL SISTEMA DE CONTROL INTERNO Autocontrol Controlar su propio trabajo, detectar deficiencias y efectuar correctivos para el mejoramiento. Autorregulación Capacidad institucional para desarrollar las disposiciones, métodos y procedimientos que le permitan cautelar, realizar y asegurar la eficacia, eficiencia, transparencia y legalidad en los resultados de los procesos y actividades.

PRINCIPIOS APLICABLES AL SISTEMA DE CONTROL INTERNO Autogestión Compete a cada entidad conducir, planificar, ejecutar, coordinar y evaluar las funciones a su cargo con sujeción a las normas y objetivos previstos.

LIMITACIONES A LA EFICACIA DEL CONTROL INTERNO Puede verse afectado por causas asociadas a los Recursos Humanos y materiales, tanto como a cambios en el ambiente interno y externo como cambios organizacionales y en la actitud del titular y funcionarios.

CONTROL INTERNO Comprende las acciones de cautela previa, simultanea y de verificación posterior que realiza la entidad, con la finalidad que la gestión de sus recursos, bienes y operaciones se efectúen correcta y eficientemente. El Control Interno es: previo, simultáneo y posterior.

Responsables del Control Interno en la entidad. El control interno es efectuado por diversos niveles, cada uno con responsabilidades importantes. Todos los directivos, auditores internos y otros funcionarios contribuyen a su efectividad, eficacia y economía. El Titular de la entidad, es responsable de fomentar y supervisar el funcionamiento y confiabilidad del control interno para la evaluación de la gestión y el efectivo ejercicio de la rendición de cuentas, propendiendo a que éste contribuya con el logro de la misión y objetivos de la entidad a su cargo (4to. Párrafo del Art. 7° de la Ley N° 27785). Asimismo, está obligado a definir las políticas institucionales en los planes y/o programas anuales que se formulen, los que serán objeto de las verificaciones a que se refiere la Ley N° 27785. (5to. Párrafo del Art. 7° de la referida Ley)

CONTROL EXTERNO Políticas, normas, métodos y procedimientos técnicos que compete aplicar a la Contraloría General u otro órgano del Sistema. la gestión, la captación y el uso de recursos del Estado Supervisar Vigilar Verificar Puede ser preventivo o simultáneo. Es selectiva y posterior

SISTEMA NACIONAL DE CONTROL Es el conjunto de Órganos de Control Normas Métodos Procedimientos estructurados e integrados funcionalmente, destinados a conducir y desarrollar el ejercicio del control gubernamental en forma descentralizada. (Artículo 12º - Ley Nº 27785)

Órganos del Sistema Nacional de Control El Sistema Nacional de Control, esta conformado por : LA CONTRALORÍA GENERAL, “Es el ente técnico rector del Sistema Nacional de Control dotado de autonomía administrativa, funcional, económica y financiera, que tiene por misión dirigir y supervisar con eficiencia y eficacia el control gubernamental, orientando su accionar al fortalecimiento y transparencia de la gestión de las entidades. AUTONOMÍA Administrativa: Normativa que regula su función. Estructura orgánica. Funcional: Facultad para ejercer funciones. Elaborar programas, informes y puntos a ser auditados. Económica: Seguridad de contar con asignación presupuestal. Financiera: Facultad de solicitar recursos financieros. Art.13º Ley Nº 27785

SISTEMA NACIONAL DE CONTROL ÓRGANOS DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL Todas las unidades orgánicas responsables de la función del control gubernamental, de las entidades que se mencionan en el Art. 3° de su Ley Orgánica, sean de carácter sectorial, regional, institucional o se regulen por cualquier otro ordenamiento organizacional Las Sociedades de Auditoría Externa Independientes, cuando son designadas por la CGR y contratadas durante un período determinado, para realizar servicios de auditoría en las entidades: económica, financiera, de sistemas informáticos, de medio ambiente y otros.

Esquema de las Fases de la Auditoría Gubernamental Origen de la Auditoría: Plan Anual - Denuncia – Solicitud del Titular, Congreso - Ley Plan de Auditoria Programa de Auditoria Planeamiento de la Auditoría Comunicación de Hallazgos Ejecución del Programa de Auditoría Borrador de Informe Trabajo de Campo Emisión del Informe Informe

Resumen de los Resultados de la Auditoría Gubernamental Condiciones reportables detectadas referidas al diseño u operación del control interno Memorando de Control Interno (NAGU 3.10) Condiciones susceptibles de mejorar la gestión, sistemas y controles, y la Identificación de la Responsabilidad Administrativa Informe de Auditoría (NAGU 4.40) Según la naturaleza del hallazgo de auditoría AF Informe Corto (Auditoría Financiera SI La identificación de los Indicios razonables de Comisión de Delitos y de la Responsabilidad Civil Informe Especial (NAGU 4.50) 37 37

ACCIÓN DE CONTROL Es la herramienta esencial del SNC Comprende la aplicación de normas, procedimientos y principios que regulan el control gubernamental Efectúa la verificación y evaluación objetiva y sistemática de los actos y resultados producidos por la entidad en la gestión y ejecución de los recursos, bienes y operaciones institucionales. Se realizan de acuerdo a un Plan. Como consecuencia se emiten Informes de auditoria, incluyendo el señalamiento de las responsabilidades que se hubiera identificado. (Art. 10°)

Tipos de Acciones de Control I. AUDITORÍA FINANCIERA II. EXÁMENES ESPECIALES ACCIONES DE CONTROL III. AUDITORÍA DE GESTIÓN IV. AUDITORÍA AMBIENTAL V. AUDIT. DEL PATRIM.CULT

Atribuciones del Sistema Formular recomendaciones Efectuar supervisión, vigilancia y verificación de la gestión y utilización de bienes del Estado Impulsar modernización y mejoramiento de gestión pública Propugnar capacitación de funcionarios

Atribuciones del Sistema Exigir a funcionarios y servidores Públicos responsabilidad por sus actos. Emitir informes con sustento Técnico y legal. Brindar apoyo técnico al Procurador público

ATRIBUCIONES DE LA CONTRALORÍA GENERAL c) Supervisar cumplimiento de recomendaciones. a) Acceso a registros, documentos e información b) Ordenar acciones de control e) Normar y velar por implantación de OAI’s d) Disponer inicio de acciones legales. f) Presentar Informe de la Cuenta General. g) Absolver consultas y emitir pronunciamientos. Art.22º Ley Nº 27785

ATRIBUCIONES DE LA CONTRALORÍA GENERAL i) Efectuar acciones de control ambiental y Patrimonio Cultural. j) Emitir opinión previa sobre adquisiciones secretas. h) Aprobar Plan Nacional de Control l) Informar previamente sobre operaciones, fianzas, avales y otras garantías que otorgue el Estado.0 k) Autorización previa de Presupuestos adicionales de obra. ll) Designar a las Sociedades de Auditoria. m) Requerir apoyo y/o destaque de funcionarios.

ATRIBUCIONES DE LA CONTRALORÍA GENERAL o) Participar en procesos judiciales. n) Recibir y atender denuncias y sugerencias. ñ) Promover Participación ciudadana, q) Verificar cumplimiento de prohibiciones e incompatibilidades de funcionarios públicos. p) Recibir y fiscalizar declaraciones juradas de ingresos y de bienes y rentas. s) Dictar disposiciones para articular control con planes y programas nacionales. r) Citar y tomar declaraciones a personas

ATRIBUCIONES DE LA CONTRALORÍA GENERAL v) Asumir defensa del personal de la institución incurso en acciones legales w) Establecer procedimiento de control de donaciones del exterior. u) Establecer proced. para rendición de Ctas. por fondos, bienes y gestión. y) Regular proced. Requisitos plazos del ejercicio de control previo, previsto en la Ley. x) Control del desempeño de ejecución presupuestal z) Celebrar convenios de cooperación institucional.

PRINCIPIOS DEL CONTROL GUBERNAMENTAL Potestad de controlar todas las actividades de la entidad y a todos los funcionarios. UNIVERSALIDAD Evaluar de manera cabal y completa procesos y operaciones CARÁCTER INTEGRAL Organizarse y ejercer funciones con independencia técnica. AUTONOMIA FUNCIONAL Organizarse y ejercer funciones con independencia técnica. CARÁCTER PERMANENTE

CARÁCTER TÉCNICO Y ESPECIALIZADO EFICIENCIA, EFICACIA Y ECONOMIA PRINCIPIOS DEL CONTROL GUBERNAMENTAL CARÁCTER TÉCNICO Y ESPECIALIZADO Sujeción a normativa constitucional, legal y reglamentaria aplicable a su actuación. Opera bajo exigencias de calidad, consistencia y razonabilidad en función a entidad. . LEGALIDAD Observancia de derechos de entidades y personas, reglas y requisitos establecidos. A través de ellos el proceso de control logra objetivos con calidad y optima utilización de recursos DEBIDO PROCESO DEL CONTROL EFICIENCIA, EFICACIA Y ECONOMIA

PRINCIPIOS DEL CONTROL GUBERNAMENTAL Acciones de control en el Momento y circunstancias debidas y pertinentes. . OPORTUNIDAD Acciones de control con imparcial evaluación de fundamentos de hecho y de derecho, sin subjetividades OBJETIVIDAD Actuar sobre operaciones de mayor significancia económica o relevancia en la entidad. MATERIALIDAD Se ejercen en entidades, órganos o actividades críticas o con mayor riesgo. CARÁCTER SELECTIVO

ACCESO A LA INFORMACIÓN PRINCIPIOS DEL CONTROL GUBERNAMENTAL Salvo prueba en contrario funcionarios han actuado con arreglo a la ley y normas administrativas. . PRESUNCION DE LICITUD Potestad de requerir, conocer y examinar toda la información y documentación aunque sea secreta. ACCESO A LA INFORMACIÓN RESERVA De actividades o funcionamiento de la entidad al efectuar acción de control. CONTINUIDAD Durante ejecución de control no se debe revelar información que pueda causar daño a entidad o personas

PARTICIPACION CIUDADANA PRINCIPIOS DEL CONTROL GUBERNAMENTAL Difusión oportuna de resultados de acciones de control . PUBLICIDAD Contribución de la ciudadanía en el control gubernamental PARTICIPACION CIUDADANA FLEXIBILIDAD Otorgar prioridad al logro de metas, respecto a formalismos que no resulten relevantes

… Gracias por permitirme aprender con ustedes… Abog. CPCC Julián Contreras LL.