Conversatorio: La coyuntura migratoria actual en la región y los riesgos asociados a los delitos de trata de personas y tráfico ilícito de migrantes: Retos.

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Transcripción de la presentación:

Conversatorio: La coyuntura migratoria actual en la región y los riesgos asociados a los delitos de trata de personas y tráfico ilícito de migrantes: Retos para la modernización normativa 1 de diciembre de 2010, San Salvador Retos planteados por la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes en la región: Perspectiva desde la Protección de los Refugiados

Temas por abordar: (1) Situación actual de los refugiados en la región de la CRM - Situación Colombia - Movimientos migratorios mixtos (migrantes y refugiados) (2) Consideraciones sobre la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes: - Interés del ACNUR - Principales retos para la protección de refugiados - Aspectos vinculados a los marcos normativos

Situación actual de los refugiados en la región de la CRM

El Desplazamiento Forzado en Cifras (2009) Refugiados: Solicitantes de asilo: Desplazados internos:  Población inferior a

Migración Mixta y Protección de Refugiados Los refugiados se desplazan por causas diferentes a los migrantes y gozan de un estatus jurídico específico bajo el Derecho Internacional Migración mixta: Incluye personas con diferentes motivaciones y con diferentes necesidades de atención y protección: - Predominan migrantes económicos - Pequeño porcentaje de refugiados - También hay otros grupos con necesidades específicas (no necesariamente como refugiados): niños no acompañados, víctimas de trata, rescate en altamar, migrantes que han sufrido abusos

Migración Mixta y Protección de Refugiados Peligros asociados al cruce de fronteras internacionales Riesgos a la vida Violencia contra los migrantes y refugiados Riesgos específicos a los refugiados Obstáculos para lograr acceso al territorio No ser identificado como refugiado Riesgos de devolución

Migración Mixta y Protección de Refugiados Sistemas para los refugiados constituyen con frecuencia el único mecanismo de protección disponible

Consideraciones sobre la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes

Interés del ACNUR Trata de personas Podría afectar a personas Podría producir que se encuentran yaque persona bajo mandato del ACNURingrese al ámbito del mandato del ACNUR (Riesgo de protección) (Definición de refugiado)

Principales Retos para la Protección de Refugiados - Avances importante en la protección de las personas tratadas, principalmente desde la perspectiva de su carácter de víctima de un delito - Énfasis en asistencia y satisfacción de necesidades inmediatas, con la repatriación como la medida por excelencia

Vacíos de Protección (Perspectiva de Protección a Refugiados) Medidas generales de Protección ____ No son suficientes para víctimas de trata que temen persecución en su país de origen 1 Procedimien- tos para determinar condición de refugiado ___ Garantizar acceso a las víctimas de trata 2 Definición de refugiado ___ Garantizar interpretación adecuada en casos de trata de personas 3

Estados partes reconocen que todas las acciones emprendidas de conformidad con este instrumento internacional, incluyendo la determinación que una persona es una víctima de trata, no debe afectar la aplicación de la Convención de 1951 y su Protocolo, en particular la definición de refugiado y el principio de no devolución. Cláusula de salvaguardia (Artículo 14, Protocolo de Palermo)

Ley contra la violencia sexual, explotación y trata de personas de 2009 estipula: Repatriación para víctimas de trata debe realizarse “sin perjuicio del derecho de asilo” (artículos 16 y 17) Víctimas tienen derecho a información sobre sus derechos y los servicios que se encuentran a su alcance, así como “sobre el procedimiento de asilo, la búsqueda de su familia y la situación en su país de origen” (artículo 2.h) Guatemala

Ley Federal sobre trata de personas (2007) prevé la capacitación obligatoria en derecho internacional de refugiados Oficio del INM sobre víctimas de trata (2010) prevé expresamente el derecho de asilo y la posibilidad de solicitar el reconocimiento del estatuto de refugiado México

Protocolo para la Repatriación de NNA víctimas de trata contiene cláusula de salvaguardia sobre el principio de no devolución y hace referencia a Directrices del ACNUR sobre la aplicación de la Convención de 1951 a las víctimas de trata Costa Rica

Lineamiento regionales para la protección especial de NNA víctimas de trata establecen: “[e]n los casos en que el país que protege tenga motivos razonables para concluir que la repatriación conlleva un serio riesgo para la víctima o su familia, podría ofrecer alternativas jurídicas y/o humanitarias temporales o permanentes a la repatriación, incluyendo la posibilidad, cuando sea aplicable, de asegurar el acceso al procedimiento de determinación de la condición de refugiado, de conformidad con lo establecido en la legislación nacional de cada país”. Conferencia Regional sobre Migración

Casos reconocidos en Canadá, Colombia, Costa Rica, Ecuador y Estados Unidos de América Reconocimiento formal del estatuto de refugiado a víctimas de trata

Interés del ACNUR Tráfico Ilícito de Migrantes Es un hecho aceptado y una causa de preocupación que los refugiados y solicitantes de tal condición se pueden ver forzados a recurrir a traficantes y otras formas de movimientos clandestinos como una forma de lograr el acceso a la protección e otro país

Principales Retos para la Protección de Refugiados - Necesidad de distinguir entre migrantes en general y refugiados (existen reglas diferentes para su tratamiento) - Forma de ingreso no debe repercutir en las necesidades de protección como refugiado - Aplicación indiscriminada de medidas de control migratorio puede afectar la capacidad de los refugiados de tener acceso a la protección en otro país

Estados partes reconocen que todas las acciones emprendidas de conformidad con este instrumento internacional debe afectar la aplicación de la Convención de 1951 y su Protocolo, en particular la definición de refugiado y el principio de no devolución. Cláusula de salvaguardia (Artículo 19, Protocolo de Palermo)

1. Los Estados Contratantes no impondrán sanciones penales, por causa de su entrada o presencia ilegales, a los refugiados que, llegando directamente del territorio donde su vida o su libertad estuviera amenazada en el sentido previsto por el artículo 1, hayan entrado o se encuentren en el territorio de tales Estados sin autorización, a condición de que se presenten sin demora a las autoridades y aleguen causa justificada de su entrada o presencia ilegales.  …  Artículo 31, Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951

Autoridades competentes (migratorias, policiales) garantizarán que las personas objeto de tráfico ilícito de migrantes que buscan protección internacional sean remitidas a la autoridad responsable para determinar su caso Se debe garantizar el acceso del ACNUR a estas personas Ley Modelo de UNODC (Artículo 28)

Aspectos vinculados a los marcos normativos En materia de protección, ¿hace falta una reforma legal en los países de la CRM para ser más efectivos frente a las víctimas de la trata de personas y las personas objeto del tráfico ilícito de migrantes?