Conceptos sobre SALUD OCUPACIONAL. Dra. Cindy nieto

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Transcripción de la presentación:

Conceptos sobre SALUD OCUPACIONAL. Dra. Cindy nieto

MARCO LEGAL. Art. 5 de la Ley de 1990. El trabajo es toda actividad humana, libre, ya sea material o intelectual, permanente o transitoria, que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra, y cualquiera que sea su finalidad siempre efectúe en ejecución de un contrato de trabajo.

MARCO LEGAL La Ley 9º de 1979 o Código Sanitario Nacional. La Resolución 2400º Estatuto de Seguridad Industrial. El Decreto 614/84, que implementó el Plan Nacional de Salud Ocupacional. La Resolución 2013/86 que reglamenta los COPASO (Comité Paritario de Salud Ocupacional)`. La Resolución 1016 que reglamenta los programas de Salud Ocupacional para las empresas.

MARCO LEGAL El Decreto 1295 del 94 de la Ley establece la Administración de los Riesgos Profesionales. La Resolución2463 del 01 reglamenta la integración, financiación y funcionamiento de las Juntas de Calificación de Invalidez. Norma global Ley 100 de 1993 estructura de la Seguridad Social en Colombia.

MARCO LEGAL Norma global Ley 100/1993-estructura de la Seguridad Social en Colombia. Decreto-Ley 1295/94 Legislación del Sistema de Riesgos Profesionales. Ley 1010 de 2006-Por medio de la cual se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo.

REGLAMENTACIÓN EN COLOMBIA SOBRE SEGURIDAD SOCIAL Y SALUD OCUPACIONAL. La Ley 100 de 1993 estableció la estructura de la Seguridad Social en el país, la cual consta de tres componentes como son: El Régimen de Pensiones. La Atención en Salud. El Sistema General de Riesgos Profesionales

SALUD OCUPACIONAL Consiste: en la Planeación, organización, ejecución, control y evaluación de todas aquellas actividades tendientes a preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los trabajadores con el fin de evitar accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. El principal objetivo de un programa de SO: es proveer de seguridad, protección y atención a los empleados en el desempeño de su trabajo.

SALUD OCUPACIONAL Se define: como la disciplina que busca el bienestar físico, mental y social de los empleados en sus sitios de trabajo.

TEORIA DEL RIESGO RIESGO: Min trabajo. Posibilidad de que un objeto, sustancia, material o fenómeno pueda desencadenar alguna perturbación en la salud o integridad física del trabajador.

DEFINICIONES Ambiente de trabajo: Conjunto de condiciones que rodean a la persona y que directa o indirectamente influyen en su estado de salud y en su vida laboral. Riesgo: Es la probabilidad de un evento. Ejemplo Riesgo de una caída, o el riesgo de ahogamiento. Ausentismo: Es la ausencia al trabajo de la persona que lo realiza, ya sea por enfermedad o por causas variadas y diferentes(sociales, familiares, administrativas, entre otros.)

DEFINICIONES Factor de riesgo: Elemento, fenómeno o acción puede provocar daño en la salud de los trabajadores, equipos o instalaciones. Ejemplo, sobre esfuerzo físico, ruido, monotonía. Riesgos profesionales: Suceso al que se encuentra expuesto el trabajador por la actividad que desarrollo en ejercicio de una relación de trabajo. Comprende dos especies: los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales. (Art. 8, capitulo II, decreto 1295, ley 100). Riesgos psicosociales(factores): interacciones entre el trabajo, su medio ambiente, la satisfacción en el trabajo y las condiciones de su organización.

ELEMENTOS DEL PROCESO LABORAL Objeto de trabajo: Es la materia o realidad transformable. Medios o instrumentos de trabajo: El tipo de medio, su creación y uso diferencian una época de la otra.

Actividad e inteligencia humana: Acción, básica y exclusiva del ser humano. Organización del trabajo: Relaciones intra e interpersonales como participación en el trabajo social Producción y producto final: Resultado de la interacción hombre-naturaleza. Bien de uso, consumo e intercambio comercial.

SALUD OCUPACIONAL Es un componente de la atención integral que implica el desarrollo de actividades y logro de objetivos de prevención, atención médica y prestaciones económicas, relacionadas con los riesgos del trabajo. Se dedica al estudio de los FR presentes en el trabajo para:

Preservar la salud e integridad física de los trabajadores. Permitir que se enriquezca la productividad de las organizaciones empresariales.

OBJETO DE LA S.O El comité mixto de la OIT y la OMS: Promueven y mantienen el más alto grado de bienestar, físico, mental y social de los trabajadores en todas las profesiones, prevenir daño causado a la salud por las condiciones de trabajo; protegerlos contra los riesgos resultantes de la existencia de los agentes nocivos y colocarlos en un empleo acorde con sus aptitudes fisiológicas y psicológicas, y en resumen, adaptar el trabajo al hombre y el hombre al trabajo.

PROGRAMA DE SALUD OCUPACIÓN DE EMPRESAS Es la planeación, organización, ejecución y evaluación de actividades de: Medicina preventiva y del trabajo. Higiene Industrial. Seguridad Industrial. Desarrolladas en forma integral e interdisciplinaria. Debe desarrollarse con la actividad económica de la empresa y contenida en un documento escrito.

ELEMENTOS DEL PSOE Características de la empresa. Organización de la SO en la empresa Política gerencial Dependencia Administrativa del Programa. Panorama de Factores de Riesgo Actividades del Subprograma:

1)Medicina Preventiva y del trabajo. Medicina preventiva: Actividades dirigidas a la identificación precoz de agentes y enfermedades y la rehabilitación una vez el daño se ha presentado. Medicina del Trabajo: Es una rama de la anterior dirigida a la promoción, prevención y control de la salud de los trabajadores, protegiéndolos de los riesgos ocupacionales y ubicándolos en puestos apropiados a sus características físicas y mentales.

FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCPACIONAL Organismo asesor que controla y vigila que se cumpla es PSO, conformado por igual número de representantes de empleador y trabajadores con funciones y organizaciones propia. Esta reglamentado por la Resolución 02013 de junio 6 de 1986.

REGLAMENTO Las empresas que tengan menos de 10 trabajadores deben nombrar un Vigía Ocupacional. Los comités deben ser conformados, registrados y capacitados. El empleador debe proporcionar cuando menos 4 horas/semana para activarse de SO. El período de vigencia es de dos años.