DERECHO EMPRESARIAL PROFESOR DEL CURSO:

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Transcripción de la presentación:

DERECHO EMPRESARIAL PROFESOR DEL CURSO: CÉSAR A. FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ; PhD

NORMAS CONSTITUCIONALES: Artículo 2°. Toda persona tiene derecho: Inciso 14: A contratar con fines lícitos, siempre que no se contravengan leyes de orden público. Inciso 17: A participar, en forma individual o asociada, en la vida política, económica, social y cultural de la Nación.

NORMAS CONSTITUCIONALES: DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Art. 58°. La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de mercado. Bajo este régimen, el Estado orienta el desarrollo del país, y actúa principalmente en las áreas de promoción de empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura. Art. 59°. El Estado estimula la creación de riqueza y garantiza la libertad de trabajo y la libertad de empresa, comercio e industria…”

NORMAS CONSTITUCIONALES: Art.60°. El Estado reconoce el pluralismo económico. La economía nacional se sustenta en la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa….” Art. 61°. El Estado facilita y vigila la libre competencia. Combate toda práctica que la limite y el abuso de posiciones dominantes o monopólicas. Ninguna ley ni concertación puede autorizar ni establecer monopolios…”

NORMAS CONSTITUCIONALES: Art. 62°. La libertad de contratar garantiza que las partes pueden pactar válidamente según las normas vigentes al tiempo del contrato. Los términos contractuales no pueden ser modificados por leyes u otras disposiciones de cualquier clase….” Mediante contratos-ley, el Estado puede establecer garantías y otorgar seguridades...”.

NORMAS CONSTITUCIONALES: Art.63°. La inversión nacional y la extranjera se sujetan a las mismas condiciones. La producción de bienes y servicios y el comercio exterior son libres. Si otro país o países adoptan medidas proteccionistas o discriminatorias que perjudiquen el interés nacional, el Estado puede, en defensa de éste, adoptar medidas análogas…”

EN RESUMEN: Libre iniciativa privada en un marco de economía social de mercado y pluralismo económico. Libertad de trabajo, empresa, comercio e industria. Libre competencia y la prohibición de establecimiento de monopolios y el combate al abuso de la posición de dominio. Libertad de contratar. La facultad del estado de establecer garantías y otorgar seguridades mediante contratos ley. La igualdad en el trato para la inversión nacional y extranjera