Supervisión del Sistema Financiero y Bancario

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Transcripción de la presentación:

Supervisión del Sistema Financiero y Bancario Estudiantes Joseph Flores Fernández B32627 Fabricio Molina Jiménez B24197 Diego Cordero Rojas B12009 Minor Cordero H A81889 Keylor Arrieta Montero B20636 Legislación Comercial, Bancaria y Financiera Lic. Juan Carlos Cháves Mora

Objetivos General Desarrollar un proyecto mediante el cual se logre explicar qué es el sistema financiero y bancario de Costa Rica así las funciones de las instituciones que lo fiscalizan.

División capitular Capítulo I: el presente capitulo abordara información acerca de historia de la banca pública, los antecedentes de la banca costarricense, historia de la fiscalización, definición de los conceptos de sistema financiero y bancario Capitulo II: el presente capitulo tiene como finalidad dar a conocer información acerca de la Contraloría General de la Republica

Capitulo III: este capítulo está orientado a conocer sobre la institución del estado Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (CONASSIF) en cuanto al cumplimiento de sus funciones de fiscalizador. Capitulo IV: Este capítulo está dirigido a conocer Identificar las funciones y los objetivos que desempeñan las distintas superintendencias en Costa Rica que promueven la eficiencia del Sistema Financiero y Bancario del país.

Banca en Costa Rica algunos aspectos generales inicia en los años 1850 aumento producción de café entre los años 1843 a 1870, da un importante impulso a cambios en la forma de financiar como en los factores socio económicos del país Presidente Madriz realiza intentos de crear un Banco, todos fracasan 1847-1849 1867 nace un segundo Banco Nacional de Costa Rica cambia su nombre a BCR En año 1976 se crea el Banco Internacional de Costa Rica Bancos estatales para la fecha: Nacional, Bancrédito, Costa Rica y Anglo

Actualidad instituciones bancarias presentan requerimientos por lo que es necesario que los bancos mejoren en cuanto a tecnologías de la información para optimizar y dinamizar con ello favoreciendo a al crecimiento

Sistema financiero y bancario sector financiero el cual básicamente se trata del conjunto de instituciones que están autorizadas por el estado para captar, administrar e invertir el dinero de las personas tanto físicas como jurídicas

De acuerdo con Dueñas Ricardo (2008) el sistema financiero se compone de tres elementos los cuales son Activos Financieros los cuales expresa que son títulos expedidos por las personas físicas o jurídicas con necesidad de crédito. Los títulos son negociables tienen tres características importantes las cuales a expresa que son Liquidez Bajo riesgo Rentabilidad

Intermediarios Financieros Entidades de crédito las cuales tienen diferentes funciones como captar depósitos del público Entidades que NO son de crédito las cuales son básicamente inversionistas como lo son las Entidades aseguradoras Mercados Financieros Es un espacio donde asisten compradores y vendedores, entre las funciones de estos mercados están Ponen en contacto a los participantes fijan los precios de los activos financieros entre otros

Supervisión del sistema financiero

Sistema Bancario El sistema bancario son el conjunto de entidades o instituciones que dentro de la economía prestan sus servicios, además es llamado Banca

Estructura del sistema financiero costarricense

Contraloría General de la República Fue creada en la Constitución Política de 1949 Encargada de vigilar el uso de los recursos públicos que utilizan las instituciones del Estado. Es dirigida por un Contralor/a General y un Subcontralor/a General. Les elige la Asamblea Legislativa por ocho años y pueden reelegirse indefinidamente

Antecedentes históricos

Principales funciones de la Contraloría General de la República

Funciones antes de que las instituciones gasten el dinero (Controles previos) : Aprobación de presupuestos Revisión de contratos (refrendo)

Funciones después de que las instituciones gastan el dinero (Controles posteriores) Estudios a instituciones del Gobierno Sanciones

Relaciones externas de la CGR La potestad de realizar auditorías como pilar fundamental de la labor que realiza la Contraloría General de la República en su deber de fiscalizar la Hacienda Pública

La potestad de aprobación de presupuestos públicos por parte de la Contraloría General de la República, régimen jurídico vigente

Organización de (CONASSIF) se le conoce como el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, y éste fue creado mediante el artículo 169 de la Ley Reguladora del Mercado de Valores. A criterio de la Procuraduría General de la República, es al Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero al que la ley le encarga dictar las normas atinentes a la regulación, supervisión, fiscalización y vigilancia que ejecutarán las tres superintendencias y un poder directivo sobre el sistema financiero en su conjunto

Funciones de organización y de agotamiento de la vía administrativa En orden de jerarquía, el CONASSIF se encuentra en la cúspide del sistema de supervisión. Bajo su control están todas las superintendencias Se conoce como “Auditoría Interna” Funcionar como superior jerárquico de las superintendencias . Por ello, las resoluciones dictadas por las superintendencias tienen apelación ante el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero resolver los conflictos de competencia que se presenten entre las superintendencias.

Funciones reglamentaria El CONASSIF se encarga de aprobar las normas atinentes a la autorización, regulación, supervisión, fiscalización y vigilancia que, conforme a la ley, deben ejecutar la Superintendencia General de Entidades Financieras, la Superintendencia General de Valores y la Superintendencia de Pensiones

reglamenta el intercambio de información que realizan entre sí las diferentes superintendencias se encarga de aprobar las normas aplicables a los procedimientos, requisitos y plazos para la fusión o transformación de las entidades financieras Las normas contables y de auditoría serán aprobadas por el CONASSIF, de conformidad con las NIF

Funciones sancionatorias y precautorias El CONASSIF puede suspender o revocar la autorización otorgada a los sujetos regulados por las distintas superintendencias o la autorización de realizar la oferta pública, cuando se incurra en un incumplimiento de los requisitos de ley o los reglamentos dictados por el Consejo Nacional, o cuando la continuidad de la autorización pueda afectar los intereses de ahorrantes, inversionistas, afiliados o la integridad del mercado.

también tiene la potestad de dictar medidas precautorias para efectos de su labor fiscalizadora, como las de ordenar la suspensión de las operaciones y la intervención de los sujetos fiscalizados por las superintendencias, además de decretar la intervención y solicitar la liquidación ante las autoridades competentes

Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF) La SUGEF es el ente supervisor y fiscalizador de los intermediarios financieros de Costa Rica y de otras personas físicas y jurídicas  asignadas por ley, que vela por mantener la solidez y estabilidad del sistema financiero en cumplimiento de los requerimientos legales y otros, propios de su actividad

Objetivo Esta entidad tiene como objetivo principal velar por la estabilidad, la solidez y el funcionamiento eficiente del sistema financiero nacional, con estricto apego a las disposiciones legales y reglamentarias y de conformidad con las normas, directrices y resoluciones que dicte la propia institución, todo en salvaguarda del interés de la colectividad.

Funciones Velar por la estabilidad, la solidez y el funcionamiento eficiente del sistema financiero nacional. Fiscalizar las operaciones y actividades de las entidades bajo su control. Dictar las normas generales que sean necesarias para el establecimiento de prácticas bancarias sanas. Establecer categorías de intermediarios financieros en función del tipo, tamaño y grado de riesgo. Fiscalizar las operaciones de los entes autorizados por el Banco Central de Costa Rica a participar en el mercado cambiario. Dictar las normas generales y directrices que estime necesarias para promover la estabilidad, solvencia y transparencia de las operaciones de las entidades fiscalizadas. Presentar informes de sus actividades de supervisión y fiscalización al Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero.

Superintendencia de Pensiones (SUPEN)

Es la encargada de autorizar, regular, supervisar y fiscalizar los planes, fondos, gestores y regímenes contemplados en el marco normativo que regula el Sistema Nacional de Pensiones, en Costa Rica. La SUPEN nace en agosto del año 1996 producto de la aprobación de la Ley del Régimen Privado de Pensiones Complementarias y sus reformas

Función La SUPEN es la encargada de planificar, dirigir y coordinar todas aquellas dependencias de la misma, apoyada por todas las leyes, reglamentos y resoluciones del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (CONASSIF). La Superintendencia de Pensiones (SUPEN) es la encargada de autorizar, regular, supervisar y fiscalizar los planes, fondos, gestores y regímenes contemplados en el marco normativo que regula el Sistema Nacional de Pensiones, en Costa Rica

Creación: En 1977 bajo la Ley Reguladora del Mercado de Valores 7732 Objetivo: Regular los mercados de valores, las personas físicas o jurídicas que intervengan directa o indirectamente en ellos, los actos o contratos relacionados con tales mercados y los valores negociados en ellos

Superintendencia General de Valores (SUGEVAL) Fines Velar por: La transparencia de los mercados de valores La formación correcta de los precios en dichos mercados La protección de los inversionistas Difusión de la información necesaria para asegurar la consecución de estos fines

Funciones generales de la SUGEVAL: Regular, supervisar y fiscalizar: Los mercados de valores La actividad de las personas físicas o jurídicas que intervengan directa o indirectamente en ellos Los actos o contratos relacionados con ellos

Entes supervisados por la SUGEVAL: Bolsas de valores Puestos de bolsa Sociedades administradoras de fondos de inversión y sus fondos Emisores de valores Sociedades calificadoras de riesgo Grupos financieros no bancarios Centrales de valores Entidades de custodia Proveedores de precios de mercado Sociedades de anotación en cuenta Cualquier otro que disponga la legislación vigente

Superintendencia General de Seguros (SUGESE)

¿Qué es la SUGESE? Busca facilitar el desarrollo y funcionamiento del mercado de seguros costarricense, de forma transparente y eficiente. Se crea mediante Ley Reguladora del Mercado de Seguros No 8653, de 7 de agosto de 2008. Funciones Es responsable de la autorización, regulación y supervisión de las personas, físicas o jurídicas, que intervengan en los actos o contratos relacionados con la actividad aseguradora, reaseguradora, la oferta pública y negocios de seguros.

Objetivos generales de la SUGESE: Según la Ley Reguladora del Mercado de Seguros (Artículo 29, Ley 8653): Velar por la estabilidad y eficiente funcionamiento del mercado de seguros. Entregar la más amplia información relevante a los asegurados, de manera clara y oportuna.