“Política de Emprendimiento e Innovación 2010-2014” XIX Congreso Nacional CONFEDECHTUR Tomás Flores Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño.

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Transcripción de la presentación:

“Política de Emprendimiento e Innovación ” XIX Congreso Nacional CONFEDECHTUR Tomás Flores Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño Santiago, 30 de Marzo de 2011

Política de Emprendimiento Antecedentes Generales Diagnóstico: Según el informe Doing Business 2011 del Banco Mundial que elabora el ranking del tiempo para iniciar un negocio, Chile se ubica, este año, en el puesto número 43 de 183 países. Chile escaló 7 puestos respecto de los resultados del Ranking anterior donde se encontraba en el puesto número 49, quedando en el cuarto lugar en América Latina. Todavía nos superan: Perú, que avanzo del puesto 46 al 36; México que paso del numero 41 al 35 y Colombia que se ubica en el puesto 39, habiendo retrocedido un puesto con respecto al ranking anterior. Nuestra Meta: Facilitar la creación de empresas. Eliminar las trabas burocráticas que hoy la dificultan, factor clave para alcanzar una tasa de crecimiento potencial del PIB de 6,0%. Aumentar la tasa neta de creación de empresas a por año para así crear nuevos emprendedores al Gobierno de Chile | Ministerio de Economía2

Política de Emprendimiento Nuestro programa:remover obstáculos Eliminar barreras a la entrada, fomentar competencia, evaluar normas que dañan el dinamismo empresarial. Reducir el número de días necesarios para crear una empresa: de 22 a 7, según medición del Banco Mundial. Ley oficializada el 27 de enero de 2011 Establecer fórmulas simplificadas y expeditas para la constitución de sociedades. Se reduciría a un día la constitución de una sociedad. Proyecto de ley en tramitación en el Congreso Remover los escollos burocráticos que retardan las inversiones. Creación Comité Interministerial Agilizar los permisos de edificación y otras autorizaciones. Gobierno de Chile | Ministerio de Economía 3

Política de Emprendimiento Antecedentes Generales Diagnóstico: Según el informe Doing Business 2011 del Banco Mundial que elabora el ranking del tiempo para iniciar un negocio, Chile se ubica, este año, en el puesto número 43 de 183 países. Chile escaló 7 puestos respecto de los resultados del Ranking anterior donde se encontraba en el puesto número 49, quedando en el cuarto lugar en América Latina. Todavía nos superan: Perú, que avanzo del puesto 46 al 36; México que paso del numero 41 al 35 y Colombia que se ubica en el puesto 39, habiendo retrocedido un puesto con respecto al ranking anterior. Nuestra Meta: Facilitar la creación de empresas. Eliminar las trabas burocráticas que hoy la dificultan, factor clave para alcanzar una tasa de crecimiento potencial del PIB de 6,0%. Aumentar la tasa neta de creación de empresas a por año para así crear nuevos emprendedores al Gobierno de Chile | Ministerio de Economía4

Política de Emprendimiento Comenzar un Negocio en Chile Disminución de costos Disminución de tiempo Disminución de costos y costo Gobierno de Chile | Ministerio de Economía5

Política de Emprendimiento Descripción General de la Ley Ley que busca facilitar la creación formal, apertura e iniciación de empresas, en particular de aquellas que no requieren trámites sanitarios, a través de: –Reducción del costo y tiempo de constitución de empresa como persona jurídica, al disminuir los costos de publicación en el Diario Oficial y facilitar el trámite mismo de publicación. –Reducción del tiempo de espera para el timbraje de documentos tributarios en el SII, al optar por facturación electrónica y/o prescindir de la verificación de actividades en terreno previo al timbraje. –Reducción del tiempo de espera a nivel municipal frente a la solicitud de una patente municipal. Gobierno de Chile | Ministerio de Economía6

Política de Emprendimiento Contenidos de la Ley I.Publicación en el Diario Oficial II.Modificación del Código Tributario III.Modificación de la Ley de Rentas Municipales Gobierno de Chile | Ministerio de Economía7

Política de Emprendimiento Publicación en el Diario Oficial Se faculta al contribuyente a que –Las publicaciones que según las leyes se deban realizar en el Diario Oficial para la constitución, modificación y disolución de personas jurídicas de derecho privado, incluyendo entre otras la fusión, división y transformación, se puedan realizar en la página Web que deberá habilitar el Diario Oficial para estos efectos. –Para aquellas sociedades con capital social inicial inferior a Unidades de Fomento la publicación es costo $0. –Para aquellas sociedad con Capital inicial superior a UF pagan 1 Unidad tributaria Mensual de costo de Publicación. Comenzará a regir transcurridos 60 días de la publicación del reglamento. Gobierno de Chile | Ministerio de Economía8

Política de Emprendimiento Modificación del Código Tributario Se incorpora en el Párrafo 4°, intitulado “Derechos de los Contribuyentes”, ubicado en el Título Preliminar del Código Tributario, los artículos 8° ter y 8º quáter, nuevos. Los contribuyentes que inician actividades tendrán derecho a que: 1.Se les autorice en forma inmediata la emisión de los documentos tributarios electrónicos, si: –Entregan una declaración jurada simple respeto al domicilio y efectividad de las instalaciones para el giro solicitado. –Cumplen con los requisitos de certificado digital y otros. Esto sin perjuicio de las facultades de fiscalización del SII. El SII deberá además contar en 3 meses con los sistemas informáticos que permitan la utilización y fiscalización inmediata de facturas electrónicas 2.Se les autorice en forma inmediata el timbraje de los siguientes documentos no electrónicos: –Tantas boletas de venta y guías de despacho como sean necesarias, sin perjuicio de la facultad del SII de diferir por resolución fundada el timbraje de dichos documentos. –Facturas que no dan derecho a crédito fiscal y facturas de inicio (el agente retenedor es el comprador o beneficiario de los servicios). Éstas deberán cumplir con condiciones definidas por el SII. Gobierno de Chile | Ministerio de Economía9

Política de Emprendimiento Modificación de la Ley de Rentas Municipales Se modifica el artículo 26 del Decreto N° que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales. la Municipalidad estará obligada a: 1.Otorgar la patente definitiva en forma inmediata: –Si el contribuyente acompaña los permisos de emplazamiento, sanitarios y otros, o la Municipalidad verificó su cumplimiento. –Si se trata de patentes de profesionales y patentes de sociedades de profesionales. 2.Otorgar patente provisoria en forma inmediata si: –El contribuyente acompaña los permisos requeridos (emplazamiento, especiales, sanitarios definitivos o provisorios) quedando pendiente sólo la verificación por parte de la Dirección de Obras Municipales. –La actividad no requiere de autorización sanitaria expresa y ya se han solicitado los permisos sanitarios que corresponden. –Luego de 30 días, la patente provisoria se convierte en definitiva. Si hubiera observaciones subsanables, se define un período provisorio (máximo un año). Si las observaciones no son subsanables o se rechazare la autorización sanitaria pendiente, la patente provisoria caducará de forma inmediata 3.Podrá otorgar patente provisoria aún cuando se requiera autorizaciones sanitaria expresa o permisos especiales si cuenta con la autorización de la autoridad competente y dicte la ordenanza correspondiente. Verificará el cumplimiento en un plazo no superior a un año. Gobierno de Chile | Ministerio de Economía10

Política de Emprendimiento Otras iniciativas para facilitar el emprendimiento Nueva Ley de Quiebras para rehabilitar emprendedores y empresas viables. Equipo multidisciplinario trabajando en propuestas de simplificación y mejora de ley Mejorar al acceso al mercado de capitales a los nuevos emprendedores. Evaluación de los programas de apoyo financiero y acceso a bancarización de agencias de fomento (Corfo, Sercotec) Ley , artículo 14 Quáter: Empresas con ventas menores a 28 mil UTM al año no pagan impuesto a la renta por las utilidades reinvertidas con un tope de UTM. Gobierno de Chile | Ministerio de Economía 11

Política de Innovación Pilares 12 Gobierno de Chile | Ministerio de Economía

Política de Emprendimiento e Innovación Acelerar el Crecimiento es Posible La revolución de la productividad exige desencadenar la energía creadora del emprendimiento. El crecimiento económico se acelera cuando las buenas ideas empresariales son llevadas a la práctica: cómo producir más con menos. Pero el camino del emprendimiento está sembrado de arduos obstáculos que desalientan a muchos. Hay que superar barreras burocráticas, enfrentar mercados no siempre competitivos y transparentes, sobreponerse a una cultura que desalienta la toma de riesgos y condena el fracaso. Nuestra tarea es hacer de Chile tierra de oportunidades y de emprendimiento. Gobierno de Chile | Ministerio de Economía 13