DERECHOS HUMANOS AMBIENTALES: Su ejercicio como derecho y responsabilidad DEFENSORÍA DELEGADA DEL ESTADO BOLÍVAR Abg. Andrés Maza Abg. Andrés Maza Defensor.

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Transcripción de la presentación:

DERECHOS HUMANOS AMBIENTALES: Su ejercicio como derecho y responsabilidad DEFENSORÍA DELEGADA DEL ESTADO BOLÍVAR Abg. Andrés Maza Abg. Andrés Maza Defensor Delegado del Estado Bolívar Teléfono: , correo electrónico:

DERECHOS HUMANOS AMBIENTALES La Defensoría del Pueblo Promover la defensa y vigilancia de los derechos humanos ambientales Generar las condiciones para que las personas y las comunidades se propongan sin vacilaciones la defensa de sus derechos ambientales. Favorecer la comprensión de los derechos humanos ambientales así como conocer su alcance. Ofrecer herramientas para la vigilancia y defensa de los derechos humanos ambientales. Identificar las competencias ambientales de algunos órganos del Estado.

DERECHOS HUMANOS AMBIENTALES Reconocidos expresamente en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en el Capítulo IX “De los derechos ambientales” del título III “De los derechos humanos y garantías y de los deberes ”

DERECHOS HUMANOS AMBIENTALES Artículo 127 “ Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro. Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, los recursos genéticos, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica. El genoma de los seres vivos no podrá ser patentado, y la ley que se refiera a los principios bioéticos regulará la materia. Es una obligación fundamental del Estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley.”

Artículo 128 “ El Estado desarrollará una política de ordenación del territorio atendiendo a las realidades ecológicas, geográficas, poblaciones, sociales, culturales, económicas, políticas, de acuerdo con las premisas del desarrollo sustentable, que incluya la información, consulta y participación ciudadana. Una ley orgánica desarrollará los principios y criterios para este ordenamiento.” DERECHOS HUMANOS AMBIENTALES

Artículo 129 “ Todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben ser previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y sociocultural. El Estado impedirá la entrada al país de desechos tóxicos y peligrosos, así como la fabricación y uso de armas nucleares, químicas y biológicas. Una ley especial regulará el uso, manejo, transporte y almacenamiento de las sustancias tóxicas y peligrosas. En los contratos que la República celebre con las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, o en los permisos que se otorguen, que afecten los recursos naturales, se considerará incluida aun cuando no estuviera expresa, la obligación de conservar el equilibrio ecológico, de permitir el acceso a la tecnología y la transferencia de la misma en condiciones mutuamente convenidas y de restablecer el ambiente a su estado natural si éste resultare alterado, en los términos que fije la ley.” DERECHOS HUMANOS AMBIENTALES

¿ QUÉ PROTEGEN? DERECHOS HUMANOS AMBIENTALES Condiciones ambientales que se consideran necesarias para el desarrollo de una vida digna. Estándares específicos del ambiente que hacen posible la existencia, transformación y desarrollo de la especie humana y demás seres vivos El ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado, como requisitos indispensables para el bienestar humano.

Derecho a un ambiente sano DERECHOS HUMANOS AMBIENTALES Condiciones ambientales adecuadas que generen bienestar social e individual. Exige la adopción de medidas destinadas a prevenir, controlar o limitar los desastres, las plagas y las enfermedades.

DERECHOS HUMANOS AMBIENTALES Derecho a un ambiente seguro Garantía de un entorno que conlleve la menor cantidad de riesgos (socionaturales y tecnológicos). Este derecho exige del Estado una labor de control de las actividades de desarrollo, industriales, económicas, científicas o de otra índole que pudieran ocasionar desequilibrios ambientales o arriesguen a las personas individual y colectivamente.

DERECHOS HUMANOS AMBIENTALES Derecho a un ambiente ecológicamente equilibrado El equilibrio ecológico es esencial para el mantenimiento de la especie humana. La diversidad biológica sirve de apoyo a los ecosistemas para regular las aguas y la atmósfera y es también la base de la producción agrícola. El reconocimiento de este derecho implica para el Estado la obligación de proteger la diversidad biológica y sus hábitats, los recursos genéticos, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica.

DERECHOS HUMANOS AMBIENTALES ¿A QUIÉN O QUIENES CORRESPONDEN? La titularidad, el ejercicio y la exigencia de la garantía de los derechos humanos ambientales corresponde a todas las personas universalmente -pertenecen por igual a nacionales y extranjeros- sin discriminación, de manera individual y colectiva. Estos derechos involucran la dimensión jurídica y biológica del ser humano. Estos derechos presuponen la protección de la vida bajo estándares que procuren bienestar, ya no solo de los sujetos actualmente presentes, sino que también exige garantizarlos a las generaciones futuras

DERECHOS HUMANOS AMBIENTALES A los fines de ejercer la participación se debe conocer : Quienes pueden/deben participar A cuales órganos del Estado corresponde garantizar la participación En cuales asuntos se puede o debe participar

DERECHOS HUMANOS AMBIENTALES ¿En cuáles asuntos se puede/debe participar? En cualquier hecho que atente contra el ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado. En la formulación, adopción, ejecución y control de las políticas, planes, proyectos y otras medidas dirigidas a la conservación del ambiente En el marco de un proceso de solicitud de instrumento de control previo ambiental, se puede presentar una oposición, expresando las razones de hecho y de derecho que le asisten, acompañado de documentos probatorios.

¿En cuáles asuntos se puede/debe participar? En cualquier hecho que atente contra el ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado. En la formulación, adopción, ejecución y control de las políticas, planes, proyectos y otras medidas dirigidas a la conservación del ambiente En el marco de un proceso de solicitud de instrumento de control previo ambiental, se puede presentar una oposición, expresando las razones de hecho y de derecho que le asisten, acompañado de documentos probatorios. DERECHOS HUMANOS AMBIENTALES

¿En cuáles asuntos se puede/debe participar? DERECHOS HUMANOS AMBIENTALES En el otorgamiento de concesiones, asignaciones, licencias de aprovechamiento de aguas y licencias de vertido por la afectación al ambiente y generación de impactos ambientales y socioculturales irreversibles. En la gestión integral de las aguas. En la gestión forestal. En la gestión de residuos y desechos sólidos.

¿A cuales órganos del Estado corresponde garantizar la participación?: DERECHOS HUMANOS AMBIENTALES A Todos los órganos de la Administración Pública en sus tres niveles El Ejecutivo Nacional en lo que respecta a la reglamentación de los mecanismos para hacer efectivo el ejercicio legítimo de la participación ciudadana. Las Direcciones Estadales Ambientales (DEA). A los fines de exigir la aplicación de sistemas de control ambiental; el derecho a la información y participación en los estudios de impacto ambiental y la denuncia de ilícitos ambientales.

¿A cuales órganos del Estado corresponde garantizar la participación?: Los municipios (Alcaldías) en lo que respecta a la conservación y resguardo de los bosques nativos ubicados en ejidos municipales; la planificación y ejecución de programas y obras de protección y recuperación del patrimonio forestal municipal, incluido el seguimiento y control de las actividades de mantenimiento y poda de árboles fuera de bosque y otras formaciones vegetales Los municipios en lo concerniente a la gestión de los residuos y desechos sólidos. DERECHOS HUMANOS AMBIENTALES

Conocer los alcances de estos derechos. Conocer las herramientas de las que se dispone para reivindicarlos. Participar activamente. Estado Sociedad DESAFÍO Plantea

DERECHOS HUMANOS AMBIENTALES Este desafío exige que las personas se encuentren motivadas, ya que no se encuentra exento de obstáculos de la más variada índole que pudieran generar frustración y la renuncia temprana de quienes no se encuentren plenamente conscientes de lo que está en juego cuando hablamos de derechos ambientales.

PROTEJAMOS NUESTRO AMBIENTE! ES MOMENTO PROPICIO PARA REFLEXIONAR SOBRE NUESTRA MANERA DE ATENDER NUESTRO ENTORNO NATURAL, ENTENDAMOS QUE NOS DEBEMOS INTEGRAMENTE A LA NATURALEZA QUE NOS RODEA. PONGAMOS NUESTRO GRANITO DE ARENA DEFENDIENDOLO E INCENTIVANDO A TODOS Y TODAS A CUIDARLO Y A QUERERLO! GRACIAS POR SU ATENCION Y POR PROCURAR LA CONSERVACION DE NUESTRO AMBIENTE! FELIZ Y SALUDABLE DIA