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Publicada porLino Negrin Modificado hace 9 años
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Los Residuos Domiciliarios en el Nuevo Derecho Ambiental Argentino
Universidad Tecnológica Nacional FADEA Defensoría del Pueblo de la Nación Agosto de 2005
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Constitución Nacional 1853 I- Sistema de Gobierno
Estados Provinciales Cada provincia dicta su Constitución Conserva todo el poder no delegado a la Nación
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Nación Poderes Exclusivos
Competencias Delegadas expresamente (viejo Art. 67 ahora 75 Ej. Códigos civil, penal y minería) Ahora art. 41 CN Poderes concurrentes o conjuntos con las pcias.
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Leyes Nacionales: eran de aplicación en pcias
Leyes Nacionales: eran de aplicación en pcias. SOLO por adhesión, jurisdicción nac. o interjurisdiccional Agua: 2797 Bosques: 13273 Aire: 20284 Suelo: 22428 Residuos Peligrosos: 24051
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III- Décadas 80/90 : Camino a la Institucionalización.
Reformas constitucionales Creación de organizaciones ambientales Leyes ambientales provinciales Jurisprudencia ambiental Conferencias y Tratados Ambientales Desarrollo de sociedad civil COFEMA y Pacto Federal Ambiental Ley nacional de residuos peligrosos
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La reforma constitucional de 1994 y la nueva legislación ambiental
Nuevo Derecho Ambiental
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Caracteres 1. Reconocimiento expreso de los derechos ambientales: del derecho personalísimo a vivir con calidad de vida y del derecho colectivo a construir un ambiente digno. 2. Nueva relación Nación –Provincias. Federalismo de concertación Rol del Estado: conductor 3. El Estado, como Nación organizada, se convierte en planificador global de los destinos sociales 4. Bien jurídico protegido: el Ambiente. No antropocentrista
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Nueva visión de Ambiente
Subsistema Social Político-institucional Económico Ciencia y tecnología Subsistema Natural Agua Aire/atmósfera Suelo Biota
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5. Fuerte revalorización de lo COLECTIVO / Interés general- la “res pública” (daño ambiental en la CN) 6. Derecho para el s. XXI. Función ambiental de los bienes públicos y privados 7. Contextual- no objetual. Policausalidad vs. Unicausalidad
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Fundamentos: Época de transición de la sociedad industrial a la postindustrial /sociedad del conocimiento Fracaso de la visión simple de la ciencia y de la gestión: Paradigma de la complejidad. Teoría de la incertidumbre
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Marco lógico: El DERECHO AMBIENTAL, como derecho consolidado, expansivo, transformador, revolucionario. El derecho de la sustentabilidad o la sustentabilidad en el derecho. “Tiene como fin resguardar el equilibrio dinámico en que naturaleza y cultura se desenvuelven “ (Moyano) No es el derecho civil, ni el de daños, ni el constitucional, ni el de los recursos naturales
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Nuevos artículos 41, 43 y 124. Acta COFEMA y Pacto Federal. Leyes nacionales de P.M. y provinciales complementarias
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Ley General del Ambiente
Art. 41, 43 y 124 CN Ley General del Ambiente Leyes de Presupuestos Mínimos Leyes Complementarias Provinciales
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Es un poco cansador?
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LEY DE GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS DOMICILIARIOS
Establece los PRESUPUESTOS MINIMOS que todas las provincias deben aplicar en la gestión de RD (sean resultantes de actividad residencial, urbana, comercial, sanitaria, industrial o institucional que no tenga una ley específica)
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Excluidos Residuos industriales o actividades de servicio
Residuos patogénicos, especiales y de agroquímicos en la pcia. De Bs. As. Residuos radioactivos
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Definiciones Gestión integral Res. Domiciliarios
Conjunto de actividades interdependientes y complementarias entre sí, que son proceso de acciones para el manejo de RD para proteger el amb. y calidad de vida Res. Domiciliarios Elementos, objetos o sustancias que como consecuencia de los procesos de consumo y desarrollo de actividades humanas, son desechados y/ o abandonados
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Etapas de la GIRD Generación Disposición inicial – general o selectiva
Recolección – general o diferenciada Transferencia Tratamiento Disposición final
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Objetivos Adecuado y racional manejo
Valorización de RD, a través de métodos adecuados Minimización de impactos negativos Minimización de residuos que van a disposición final. Implementación progresiva de programas
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Disposición final Lugares especialmente acondicionados y habilitados por la autoridad para disposición permanente Exige EIA para la habilitación con plan de monitoreo de variables amb. Alejados de centros urbanos, considerando planificación territorial y uso del suelo. No se pueden ubicar en áreas protegidas o sitios de relevancia para el patrimonio natural y cultural Otros requisitos los impone la aut. Comp.
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Aspectos institucionales
Cada provincia designa su autoridad competente Se debe coordinar a través del COFEMA
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Provincia de Buenos Aires
Decreto-ley No es ley complementaria por contradecir la Monopolio institucional: del CEAMSE para la disposición final. Gestión interjurisdiccional Monopolio tecnológico: relleno sanitario
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