EL FIN LICITO Abg. Wilver Caballero Condori Docente de Derecho Civil: UNSAAC-UAC-UAP CUSCO.

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Transcripción de la presentación:

EL FIN LICITO Abg. Wilver Caballero Condori Docente de Derecho Civil: UNSAAC-UAC-UAP CUSCO.

INTRODUCCION Según Rene David Navarro el fin del acto jurídico es la causa, que es un requisito de existencia. La causa, es una de las temáticas más complejas del Derecho Civil. Es compleja, porque existen variadas teorías que tratan de explicarla, incluso, existen posturas doctrinales, que niegan la existencia de la causa como requisito del acto.

LA CAUSA ILICITA Según Rene David Navarro es: La prohibida por ley, o La contraria a las buenas costumbres y el orden publico.

DEFINICION Según Rene David Navarro la causa del acto jurídico es el motivo que induce al acto o contrato.

TEORIAS ACERCA DE LA CAUSA DEL AJ Según Rene David Navarro las mas relevantes son: Teoría de la causa eficiente Teoría de la causa motivo o sicológica Teoría de la causa final

TEORÍA DE LA CAUSA EFICIENTE Según Rene David Navarro esta teoría tiene su origen en el Derecho Romano, y se define aquí la causa como aquello cuya acción produce un efecto. La causa eficiente le da origen a algo que antes no existía; lo que le da vida: la fuente de dónde emana. Se ha descartado esta teoría.

TEORÍA DE LA CAUSA MOTIVO O SICOLÓGICA Según Rene David Navarro esta teoría, expresa que la causa es el fin lejano y variable del acto, y es de carácter sicológico. Se entiende por causa el motivo que induce al acto o contrato. La mayoría de los autores, descarta esta teoría porque es muy subjetiva y poco certera.

TEORÍA DE LA CAUSA FINAL Según Rene David Navarro esta teoría, es la más aceptada por la doctrina nacional. Para determinar la causa, en esta teoría, es preciso distinguir entre las siguientes categorías de contratos: - contratos bilaterales; - contratos reales; y - contratos gratuitos.

LA CAUSA FINAL EN LOS CONTRATOS BILATERALES Según Rene David Navarro el contrato es bilateral cuando las partes contratantes se obligan recíprocamente. La causa final, en los contratos bilaterales, es la obligación de la contraparte.

LA CAUSA FINAL EN LOS CONTRATOS REALES Según Rene David Navarro los contratos reales, son aquellos que se perfeccionan mediante la entrega o la tradición de la cosa. El mutuo (préstamo de consumo) se perfecciona con la tradición. El comodato (préstamo de uso) se perfecciona con la simple entrega. La causa de la obligación del deudor, en los contratos reales es su forma de perfeccionamiento, vale decir, según el caso: la tradición o la entrega.

LA CAUSA FINAL EN LOS CONTRATOS GRATUITOS Según Rene David Navarro el contrato es gratuito o de beneficencia cuando sólo tiene por objeto la utilidad de una de las partes, sufriendo la otra el gravamen. La causa final en los contratos gratuitos es la mera liberalidad. La liberalidad, es la disposición de bienes a favor de alguien sin ninguna prestación suya.

POSTURAS ANTICAUSALISTAS Según Rene David Navarro expresan que la noción de causa es oscura y anacrónica; además, no se refiere ninguna de las teorías a la causa del contrato o del acto, sino que a la causa de la obligación.

ACTOS ABSTRACTOS O SIN CAUSA Según Rene David Navarro se sostiene en la doctrina del Derecho Comercial, que existen los llamados actos abstractos o sine causa. En términos simples los actos abstractos, son aquellos que se bastan a sí mismos, no requieren causa; en otros términos, se desprenden o desligan del acto generador, basal o causal que los genera.