Artículo 76. OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS MORALES

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Características de los Comprobantes de Pago
Advertisements

UC&CS Panama, S.C. NORMAS DE ADECUACIÓN A LOS TRATADOS O CONVENIOS PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL.
RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO
Operativo Control de Ingresos
Cargill Venezuela, S.R.L.
INDICE ESQUEMA 2010 FACTURACION IMPRESA FACTURACION POR MEDIOS PROPIOS FACTURACION POR MEDIO DE UN PROVEEDOR AUTORIZADO DE COMPROBANTES FISCALES DIGITALES.
Condonación de multas y recargos de acuerdo al articulo 16, apartado C, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011.
Comprobantes fiscales FBA Artículo 29.- Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes, deberán reunir los requisitos. 29-A.-I.-
ARTÍCULO 2. Empleado. Una persona natural residente en el país se considera empleado para efectos tributarios si en el respectivo año gravable cumple con.
[Nombre y firma del trabajador]
ESTÍMULO FISCAL EN RELACIÓN CON LOS PAGOS POR SERVICIOS EDUCATIVOS D.O.F. 15 de Febrero de 2011 Colegiaturas.
Sesión 5: Facultad revisora o de comprobación. Primera parte.
I DIPLOMADO EN TRIBUTACIÓN
REGIMEN DE INCORPORACION FISCAL
Reforma Fiscal Pagarán el IVA, a través de cualquiera de las siguientes opciones:  En los términos generales que la Ley establece  Mediante estimativa.
PAGOS A CUENTA DEL IMPUESTO A LA RENTA
Agenda Antecedentes de la Contabilidad electrónica.
FISCALIZACION TRIBUTARIA MUNICIPAL
Auditoria y Dictamen fiscal.
EL DIRECTOR RESPONSABLE DE OBRA Y LOS FRACCIONAMIENTOS URBANOS.
INFRACCIONES Por su parte, el CFF establece en su artículo 71 quien es el infractor, cuando menciona que el responsable es la comisión de infracciones,
APLICACIÓN PRÁCTICA DEL CFF
IVA SOBRE FLUJOS DE EFECTIVO
LIBROS Y REGISTROS CONTABLES
Pasos para implementar un plan de pensiones en una empresa.
SOCIEDAD COOPERATIVA DE CONSUMO
Contabilidad por Internet
DEVOLUCIONES AUTOMÁTICAS Fecha: 08/02/ CRITERIOS PARA DEVOLUCIONES AUTOMATICAS CRITERIOS 1.- Es una facilidad administrativa para el contribuyente.
Estadísticas sobre el comportamiento de la
Nueva contabilidad fiscal obligatoria para empresas
M. En D. Luis Eduardo Ugalde Tinoco. Especialidad en Derecho Notarial
Subsecretaría de Industria y Comercio Marzo 16 de 2007 Modificaciones a la Regla IMMEX versión 2.0 Nancy Graciela Oropeza Chapa.
Por: Dr. Víctor Manuel Peña Briseño
PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS
Jhalena Giraldo patiño 11 b
Presentación Código Fiscal de la Federación
HERENCIAS, LEGADOS Y TESTAMENTOS II PARTE FISCAL C.P. y M.I. PATRICIA DEL ANGEL RIVAS.
Antecedentes históricos de la empresa y la contabilidad
CAPTACIÓN Presentamos el nuevo producto Retiro Dinámico Inbursa, el cual ofrece: Un Instrumento de Ahorro a Largo Plazo para el Retiro/Jubilación.
SESION 8/ /03/2015 LUNES COMUNIDAD VIRTUAL ANAFINET TABULLARI.- Tenedores de libros, antecedente de los CONTADORES PUBLICOS. ATTORNATOS.- Abogados.
PAGOS PROVISIONALES Personas Morales 2007 ISR
FISCALIDAD CORPORATIVA E INTERNACIONAL
1. Días inhábiles I Para los efectos del artículo 12, primer y segundo párrafos del CFF, se consideran días inhábiles para el SAT, además del 2.
PARTES RELACIONADAS PRECIOS DE TRANSFERENCIA
Aspectos relevantes en el envío de la contabilidad a la autoridad fiscal Expositores: C.P. Nicolás Pérez Méndez.
Universidad Autónoma de Coahuila Facultad de Ciencias de la Administración Sistema Impositivo Extranjero Artículos: 101, 103 y 110 C.P. Narciso Caballero.
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE COAHUILA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA ADMINISTRACION LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA ART. 1° Y 2° YANETH BERENICE ALBA LOMAS BEATRIZ.
Consejero Fiscal Eva García Villegas Julio 9 de 2015
GRUPO ARES GT 07  José Rafael Alas Vides  Adriana Nicole Campos Escamilla  Clarissa Yasmín Pineda Lara  José Humberto Ramos Guardado  Blanca Yanira.
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE COAHUILA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA ART. 4 EQUIPO # 3 FACULTAD DE CIENCIAS DE LA ADMINISTRACION SISTEMA IMPOSITIVO EXTRANJERO.
ACTIVIDAD EMPRESARIAL.  Si tiene un negocio comercial o industrial, como los que se enlistan a continuación y sus ingresos percibidos por estas actividades.
DEPRECIACIÓN Art. 30 LISR.
TESIS II: DERECHO TRIBUTARIO
LIBROS CONTABLES 1. LIBRO DIARIO.
SISTEMA IMPOSITIVO EXTRANJERO
IMPUESTO SOBRE LA RENTA (MISCELANEA FISCAL 2015)
PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE EL USO DEL COMPLEMENTO CONTENIDO EN LA REGLA DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2015 M. En D. Luis Eduardo.
INSTITUTO MEXICANO DE CONTADORES PUBLICOS DE TAMPICO
Requisitos fiscales de los registros contables 2015 Expositor: C.P. NICOLAS PEREZ MENDEZ.
OTRAS DEDUCCIONES PARA PERSONAS NATURALES Art. 33 LISR
LIBROS CONTABLES La práctica empresarial y de los profesionales de la contaduría pública es la de utilizar como libros obligatorios y en consecuencia sujetos.
“TRANSFORMACIÓN DE SOFOM A S. A. O S. A. P. I
LA ACTUACION DE LAS AUTORIDADES FISCALES
1 Expositor: C.P. Nicolás Pérez Méndez.
Aspel COI 7.0 implementando la contabilidad electrónica del SAT. 1.
Aspectos formales y aplicación práctica del Registro de Ventas Rocío Valdivia Montes de Oca.
Resolución DGI Nº 890/012 Montevideo, 22 de mayo de 2012 VISTO: el artículo 68 literal E) del Código Tributario. RESULTANDO: I) que la Administración.
Lic. Sergio Luis Pérez Cruz
Incompatibilidad de la determinación presuntiva de ingresos y utilidad fiscal con la facultad de presumir ingresos los depósitos bancarios no registrados.
Regímenes Aduaneros Salvador Reyes 2012.
Transcripción de la presentación:

Artículo 76. OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS MORALES INTEGRANTES: ELODIA MARESA PEÑA ROSALES INGRID GEORGINA SALAS SÁNCHEZ

ARTICULO 76 IX. Obtener y conservar la documentación comprobatoria, tratándose de contribuyentes que celebren operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero, con la que demuestren que el monto de sus ingresos y deducciones se efectuaron de acuerdo a los precios o montos de contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables, la cual deberá contener los siguientes datos:

ARTICULO 76° a) El nombre, denominación o razón social, domicilio y residencia fiscal, de las personas relacionadas con las que se celebren operaciones, así como la documentación que demuestre la participación directa e indirecta entre las partes relacionadas. b) Información relativa a las funciones o actividades, activos utilizados y riesgos asumidos por el contribuyente por cada tipo de operación. c) Información y documentación sobre las operaciones con partes relacionadas y sus montos, por cada parte relacionada y por cada tipo de operación de acuerdo a la clasificación y con los datos que establece el artículo 179 de esta Ley. d) El método aplicado conforme al artículo 180 de esta Ley, incluyendo la información y la documentación sobre operaciones o empresas comparables por cada tipo de operación. La documentación e información a que se refiere esta fracción deberá registrarse en contabilidad, identificando en la misma el que se trata de operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero.

ARTICULO 76 X. Presentar, conjuntamente con la declaración del ejercicio, la información de las operaciones que realicen con partes relacionadas residentes en el extranjero, efectuadas durante el año de calendario inmediato anterior, que se solicite mediante la forma oficial que al efecto aprueben las autoridades fiscales. XII. Tratándose de personas morales que celebren operaciones con partes relacionadas, éstas deberán determinar sus ingresos acumulables y sus deducciones autorizadas, considerando para esas operaciones los precios y montos de contraprestaciones que hubieran utilizado con o entre partes independientes en operaciones comparables. Para estos efectos, aplicarán los métodos establecidos en el artículo 180 de esta Ley, en el orden establecido en el citado artículo.

ARTICULO 76° XVII. Los contribuyentes residentes en el país que tengan establecimientos en el extranjero, además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley, tendrán las siguientes: a) Llevar los libros de contabilidad y los registros que correspondan al establecimiento en el extranjero, en los términos que señale esta Ley y su Reglamento. Los asientos correspondientes podrán efectuarse de acuerdo con lo siguiente: 1. En idioma español o en el oficial del país donde se encuentren dichos establecimientos. Si los asientos correspondientes se hacen en idioma distinto al español deberá proporcionarse traducción autorizada a las autoridades fiscales cuando éstas así lo requieran en el ejercicio de sus facultades de comprobación. 2. Registrando las operaciones en moneda nacional o en la moneda de curso legal en el país donde se encuentren dichos establecimientos. Si se registra en moneda distinta de la nacional, la conversión podrá hacerse, a elección del contribuyente, por cada operación o conforme al tipo de cambio que tenga la moneda extranjera en México al último día de cada mes de calendario.

ARTICULO 76 b) Conservar los libros, los registros y la documentación comprobatoria de los asientos respectivos y los comprobantes de haber cumplido con sus obligaciones fiscales, relacionados únicamente con el establecimiento en el extranjero, durante el término que para tal efecto señalan esta Ley y el Código Fiscal de la Federación. Podrán conservarse en dicho establecimiento siempre que se cumplan los requisitos y condiciones que fije el Reglamento de esta Ley.