FP DUAL. CARACTERÍSTICAS BÁSICAS DEL PROGRAMA SON LAS SIGUIENTES: Alumnado entre 16 y 30 años inscritos en Lanbide. Contrato Laboral para la Formación.

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Transcripción de la presentación:

FP DUAL

CARACTERÍSTICAS BÁSICAS DEL PROGRAMA SON LAS SIGUIENTES: Alumnado entre 16 y 30 años inscritos en Lanbide. Contrato Laboral para la Formación y el Aprendizaje. El trabajo realizado por el alumno en la empresa debe estar estrechamente relacionado con el perfil profesional del ciclo formativo.

El alumnado que participe en el programa está exento del módulo de FCT. Los proyectos contemplan generalmente un primer curso del ciclo formativo en el propio centro educativo y un segundo curso de formación en alternancia, soportado en un contrato laboral de 1 año de duración. La evaluación se comparte entre el centro y la empresa.

ARTICULO.1 OBJETIVO  Resolución de 21 de enero de 2014, del vice- consejero de Formación Profesional, por la que se hacen públicos los procedimientos y plazos para la presentación de proyectos de formación profesional dual en régimen de alternancia por parte de centros públicos de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

2. FINALIDAD Y AMBITO DE APLICACIÓN  La finalidad del programa es posibilitar a los jovenes la obtención de un titulo de Formación Profesional, a través de un proceso de aprendizaje que se desarrolla de manera compartida entre el centro de formación y en la empresa

Se dirige a centros que cuenten con jóvenes que están matriculados en las enseñanzas conducentes a la obtención de un titulo de Técnico o Técnico Superior de formación profesional, para que presenten proyectos que posibiliten que el alumnado realice su aprendizaje en régimen de alternancia entre el centro y una empresa.

3.MODALIDADES DEL PROGRAMA  Los programas de formación dual estarán basados en la modalidad de contrato para la formación y el aprendizaje.

4. CARACTERITICAS GENERALES La actividad formativa inherente al programa será, la menos, la necesaria para la obtención de un titulo de formación profesional de grado medio o superior. Deberá garantizarse que la duración total del programa permita al alumnado alcanzar, al menos, los resultados de aprendizaje contenidos en los diferentes módulos profesionales del titulo, así como los aspectos de formacion de especialización acordados con la empresa.

La formacion profesional dual en regimen de alternancia se desarrollara mediante la coparticipación de centro de formacion y empresas. En el centro de formacion la actividad sera impartida por profesorado de las especialidades o titulación establecidas en la normativa correspondiente.

El trabajo realizado por el alumnado en la empresa debe estar estrechamente relacionado con el perfil del ciclo formativo y con las especializaciones programadas. Las actividades de enseñanza-aprendizaje en el centro deben adaptarse a la alternancia para permitir que la diversidad de aprendizaje en el empresa y en el centro de formacion se integren adecuadamente.

Los procesos de enseñanza-aprendizaje en régimen implica necesariamente un seguimiento diferente al de la formacion presencial convencional: Se designara un tutor/a del centro que acompañara al alumno/a y a la empresa para mantener el lazo entre la experiencia profesional y el programa y su recorrido formativo.

ARTICULO 5. CARACTERÍSTICAS PARTICULARES  El alumnado participante en este programa mantendrá simultáneamente una relación con un centro de formacion por su matriculación en un ciclo formativo y una relación laboral con una empresa sustentada en un contrato de trabajo para la formacion y el aprendizaje.

 La actividad laboral de los y las estudiantes que participen en el programa se sustenta en el contrato para la formacion y el aprendizaje regulado en el articulo 11.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo. Contaran con plenos derechos laborales y de protección social.

 Los aspectos concretos relativos a la identificación de alumnado y de la empresa, los calendarios, jornadas y horarios en el centro y en la empresa, se reflejan en el documento anexo al contrato de trabajo.  El alumnado que participe en un programa basado en el contrato de formacion y el aprendizaje estará exento total o parcialmente del modulo de Formacion en Centro de Trabajo( FCT)

ARTÍCULO 6: REQUISITOS DE LOS PROYECTOS Alumnos/ as matriculados en un ciclo formativo de FP en un centro publico de la Comunidad Autónoma Vasca. Edades comprendidas entre los 16 y 30 años en el momento de la suscripción del contrato. Podrán ser propuestos para tomar parte en este programa:

Para optar a bonificaciones de las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social el alumnado participante deberá cumplir los requisitos exigidos por la normativa laboral que regula el contrato para la formacion y el aprendizaje. Para optar a las ayudas de Lanbide – Servicio vasco de Empleo el alumno/a deberá estar inscrito en dicho servicio como demandante de empleo. Para optar a la ayudas los centros de Producción deberán estar radicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco. La vice consejería de Formacion Profesional podrá autorizar proyectos con centros ubicados fuera respetando en todo caso la previsión contemplada en el punto 1 de articulo 6 de la Orden ESS/2518/2013, de 26 de Diciembre,

 Para el desarrollo del programa de formacion en régimen de alternancia, el centro solicitante debe garantizar la presencia y el seguimiento del mismo por parte de un tutor o tutora en el centro docente y un tutor/a en la empresa.

7. Características de los proyectos  Con carácter general, los proyectos contemplan un primer curso del ciclo formativo y un segundo de formacion en régimen de alternancia entre el centro y la empresa.  La duración de la formacion desarrollada en el centro deberá respetar, al menos, las horas atribuidas cada módulo y no podrá rebasar las horas atribuidas.  El alumno/a deberá compartir periodos de estancia en la empresa con otros en el centro de formacion.  Podrán incluirse estancias de formacion en centros tecnológicos o de I+D+I bajo la coordinación y dependencia de la empresa en base al contrato firmado.

 Los proyectos deberán finalizarse dentro de las fechas reguladas por el calendario escolar.  Para el desarrollo del programa de formacion en régimen de alternancia, el centro solicitante debe garantizar la presencia y el seguimiento del mismo por parte de un tutor o tutora en el centro docente y un tutor/a en la empresa.

ARTICULO 8. PRESENTACIÓN Y GESTIÓN DE LOS PROYECTOS. Los centros de Formación Profesional podrán presentar sus proyectos en colaboración con empresas con capacidad de contratar en la ocupación(es) de referencia del titulo de formacion profesional para el cual se haya matriculado el alumno/a. El responsable del centro debera asegurarse que la empresa cuenta con los medios necesarios para que se de un correcto proceso de aprendizaje. Los directores/as de los centros deberán presentar los proyectos en las fechas fijadas.

ARTICULO 9. SELECCIÓN DEL ALUMNADO La selección se realizara en base a unos criterios previamente establecidos. Los alumnos/as mayores de edad, o es su caso, los tutores legales, tendran derecho a la adecuada información y orientación sobre los proyectos: Finalidad. Empresa, puesto y actividades a desempeñar. Calendario y horarios. Terminos de contratacion. Normas internar de la empresa.

Para poder continuar en el programa, el alumnado deberá superar en la convocatoria establecida la totalidad de los módulos profesionales del ciclo formativo correspondientes al primer curso. Por faltas de asistencia o de puntualidades injustificadas. En caso de exclusión o abandono voluntario, el alumno/a deberá reintegrarse, si lo desea, a un grupo ordinario para la continuidad de sus estudios. Otras

ARTICULO 11. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y PROYECTOS Los directores/as del centro: Deberán presentar las solicitudes dentro de los plazos establecidos y contener la siguiente información. Identificación del: Centro Ciclo formativo Empresa Alumno/a Horas anuales del contrato ( en caso de contratos de formación y aprendizaje)

Junto con la solicitud deberá presentarse un documento proyecto con: Nombre del titulo de FP + perfil profesional + módulos profesionales y unidades que lo componen. Identificación del alumnado participantes y datos de las empresas Identificación de los diferentes tutores ( centro + empresa) Identificación del puesto de trabajo. Duración horaria total. Calendario y distribución horaria. Programación para el alumnado acordado con la empresa. Programación de la formacion especifica. Plan detallado de atención al alumnado por parte de sus tutores. Procedimiento de evaluación. Previsión en caso de renuncia. Compromiso escrito y firmado por el alumnado.

ARTICULO 12. TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA  Todos los tramites se realizaran a través de :

ARTICULO 14. PLAZOS Y LUGARES Comienzo: Dia siguiente de publicación de la resolucion hasta 30/4/2014. Instrucciones en: Tramites posteriores en:

 Cuando el proyecto de formacion en régimen de alternancia abarque mas de un curso académico, el alumno deberá superar todos los módulos correspondiente al primer curso en el momento previsto para la evaluación del grupo al que pertenezca, para poder continuar cursando el segundo curso en la modalidad de alternancia, de acuerdo con lo indicado en el articulo 10 de esta resolución. ARTICULO 16. EVALUACIÓN DEL ALUMNADO

 La evaluación del alumnado en los módulos realizados íntegramente en el centro educativo será realizada por el profesorado de dichos módulos.  La evaluación será responsabilidad tanto del profesorado correspondiente como del tutor/a de la empresa.

ARTICULO 17. EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA  La dirección de Formacion y Aprendizaje realizara el seguimiento de los proyectos aprobados.  Inspección educativa realizara el seguimiento del desarrollo de los programas.  Al finalizar los proyectos se elaborará una memoria informativa por parte de los centros.