La Sinfonía Incompleta: La reforma al Sistema de Salud de Colombia Chernichovsky, Dov, Ph.D. Ben Gurion University of the Negev, Israel. Guerrero, Ramiro,

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Transcripción de la presentación:

La Sinfonía Incompleta: La reforma al Sistema de Salud de Colombia Chernichovsky, Dov, Ph.D. Ben Gurion University of the Negev, Israel. Guerrero, Ramiro, Ph.D. Centro de Estudios en Protección Social y Economía de la Salud – PROESA. Martínez, Gabriel Conferencia Interamericana de Seguridad Social “Programa de Alto Gobierno: Perspectivas de la Salud en Colombia” Bogotá. October 4, 2012

Los autores agradecen a la Conferencia Inter- Americana de Seguridad Social, con base en México, por iniciar este informe, al Banco Mundial por su apoyo y al Centro de Estudios en Protección Social y Economía de la Salud (PROESA). El contenido y puntos de vista aquí expresados son de la responsabilidad exclusiva de los autores.

Part I: El Paradigma Emergente: Objetivos & Principios

Objetivos

Principios

A. Derecho a la atención médica 1.El derecho universal a un conjunto general de beneficios médicos “básicos” (BMB). 2.La elegibilidad y el derecho de acceder a estos beneficios se basa, principalmente, en el estado de salud y en las condiciones e indicaciones médicas y no varía por situación laboral, lugar de trabajo, filiación política o nivel de aportes monetarios que hubiera realizado la persona o se han hecho en su nombre.

B. Financiamiento 3. Los aportes para financiar el BMB son obligatorios y normalmente se relacionan con los ingresos, pero no necesariamente toman la forma de impuestos del estado; algunos o todos los aportes, incluyendo ‘empleadores’, pueden tomar la forma de aportes a la Seguridad Social en Salud, destinados a la atención de la salud de las personas. Al igual que en el caso de los impuestos, estos aportes son universalmente obligatorios y no se puede optar por no participar.

B. Financiamiento (2) 4.El derecho a los beneficios basados en las necesidades,, se sincroniza con los aportes obligatorios, ajenos a cualquier necesidad, mediante la integración de éstos en un fondo común en el nivel nacional. 5.Los aportes obligatorios constituyen el presupuesto de salud para financiar los beneficios. 6.El papel que desempeña el empleador en el sistema de salud, se limita principalmente a actuar como agente recolector. 7.Se puede disponer de financiamiento privado, de gastos de bolsillo y de seguro médico voluntario, a menudo regulados, para pagar beneficios adicionales al BMB.

C. Asignación y Administración de Fondos Públicos (Fund-Holding) 8. La distribución de los recursos integrados en el fondo común se entrega a las administradoras de fondos públicos (fund-holders), las cuales pueden ser tanto monopsonios públicos no competitivos, como planes competitivos 9. La distribución de los recursos integrados en el fondo común, habitualmente se realiza mediante un mecanismo universal de ajuste de riesgo (capitación).

D. Provisión de Servicios de Salud 10. La atención médica es brindada por prestadores públicos, privados y sin fines de lucro, que dependiendo de los acuerdos, son contratados por las administradoras de fondos públicos, competitivas o no competitivas, o por un organismo público, en su capacidad de administrador de fondos públicos. Los prestadores de servicios participantes, deben aceptar a todos los pacientes, conforme a las disposiciones del plan o de la administradora de fondos públicos.

E. Regulación – Gobierno 11. El estado regula el mercado (además de lo que se menciona anteriormente), principalmente en lo que se refiere a calidad de la atención de salud y precios de insumos médicos. Una de las normas más importantes se refiere a que la afiliación debe ser abierta. Cuando sea aplicable, los planes deben mantener la afiliación abierta y deben aceptar a todos los solicitantes que deseen cambiar de plan, durante períodos establecidos.

Colombia’s Version Colombia adoptó la variante de “pagador único” del PE conforme a la cual, el financiamiento de los beneficios combina los aportes obligatorios con impuestos generales y la administración basada en la competencia regulada (Chernichovsky, Donato, Leibowitz et al., 2012).

El Sistema a. Leyenda: i. EPS- Entidades Promotoras de Salud – Plans (e.g. Organizaciones Para el Mantenimiento de la Salud) ii. IPS – Instituciones Prestadoras de Servicios – Medical Care Providers. iii. DHS – Autoridad de Servicios de Salud – Departamental Health Service (Autoridad Independiente)

Principio del Paradigma EmergenteDesviación de Colombia 1. El derecho a un conjunto común de beneficios médicos “básicos” (BMB) es universal. -El Régimen Privilegiado no se encuentra integrado al sistema universal previsto para el RC. -Las poblaciones cubiertas tienen derechos desiguales. 2. La elegibilidad y el derecho de acceso a estos beneficios se basan principalmente en las condiciones e indicaciones médicas y no varían por situación laboral, lugar de trabajo, filiación política, o el nivel de los aportes que hubiera realizado la persona o que se hubieran realizado en su nombre. -El derecho y la elegibilidad varían por ingresos/situación laboral, así como por nivel y tipo de aporte. 3. Los aportes para financiar los BMB son obligatorios y habitualmente están relacionadas con el ingreso, pero no necesariamente toman la forma de impuestos estatales; algunas o todos los aportes, incluidos las que realizan los empleadores, pueden tomar la forma de aportes a la seguridad social en salud y destinarse a la atención a la salud. Los aportes obligatorios son universales y no se puede optar por no participar. -Los afiliados del Régimen Excluido optan por no participar por diferentes razones, entre las cuales se encuentra la falta de vigilancia del cumplimiento de la obligación de realizar aportes que tienen los trabajadores auto empleados y la gente de niveles económicos más altos que opta por no trabajar. Lo más importante es que podría haber muchos afiliados del RS que tienen capacidad para realizar aportes a la seguridad social y evaden al sistema. Los principios del Paradigma Emergente y la Desviación de Colombia de los mismos

Principio del Paradigma EmergenteDesviación de Colombia 4. Las necesidades basadas en el derecho se sincronizan con los aportes obligatorios, los cuales son ajenos a cualquier necesidad (presente o esperada), mediante un fondo común de dichos aportes, que a su vez, se distribuyen en el nivel nacional, habitualmente mediante un mecanismo general de capitación ajustado por riesgo. La integración del fondo común en el nivel nacional puede ser virtual. -Las diferentes fuentes de financiamiento, los impuestos nacionales y locales, más los aportes obligatorios de empleados y empleadores, se integran en un fondo común en el nivel nacional, únicamente en el caso del RC, no en el del RS. 5. Los aportes obligatorios conforman el presupuesto de salud para financiar los beneficios. - La TUTELA y otros fallos afectan de manera importante los esfuerzos por reducir costos y la disciplina presupuestaria. 6. El papel que desempeña la dirección en el sistema de salud se limita principalmente a actuar como agente recolector.

Principio del Paradigma EmergenteDesviación de Colombia 7. Se dispone de financiamiento privado, gastos de bolsillo, y seguro médico voluntario, a menudo regulados, para el pago de beneficios adicionales a los BB. -No se regulan los seguros privados de tal forma que complementen el financiamiento público y el programa de beneficios (por ejemplo, libre afiliación y tarificación general en el caso de los subsidios cruzados). 8. Los recursos integrados en el fondo común se distribuyen a las administradoras de fondos públicos, las cuales pueden ser tanto monopsonios públicos como administradoras de planes competidoras. La organización del modelo de administración de fondos públicos refleja la filosofía del sistema, en lo que se refiere a la competencia, la viabilidad de dicha competencia, la política y las prioridades en materia de salud. -Básicamente, existen dos clases de administradoras de fondos públicos (que se diferencian por régimen del sistema, no por funcionalidad o clase de medicamento o por la viabilidad de un modelo de competencia regulada). 9. La distribución del fondo común de recursos habitualmente se realiza mediante un mecanismo general ajustado por riesgo (de capitación). -Se utilizan diferentes mecanismos de asignación para los diferentes regímenes. Los principios del Paradigma Emergente y la Desviación de Colombia de los mismos

Principio del Paradigma EmergenteDesviación de Colombia 10. La atención médica la brindan prestadores públicos, prestadores privados y prestadores sin fines de lucro, los cuales, conforme a lo acordado, son contratados de diferentes formas por las administradoras de fondos públicos tanto competitivas como no competitivas, o por un organismo público en su capacidad de administradora de fondos públicos. Los prestadores participantes deben aceptar a todos los pacientes de acuerdo con las disposiciones del plan o de las administradoras de fondos públicos. -La integración vertical entre las EPS y las IPS o prestadores, es uno de los aspectos regulatorios que no han sido resueltos. 11. El estado regula el mercado (además de lo que se sugiere anteriormente), principalmente en lo que respecta a la calidad de la atención a la salud, los precios de los insumos médicos y las inversiones. Una de las más importantes reglamentaciones se refiere a la libre afiliación. Cuando sea pertinente, las EPS deben mantener abierta la afiliación; durante determinados períodos ellos deben aceptar a todos los solicitantes que deseen cambiar de EPS. -La reglamentación de los precios de insumos médicos no es efectiva. - Hay una falta de regulación efectiva de las inversiones en el sistema. - No existe una clara reglamentación de los prestadores qu e brindan servicios a afiliados de diferentes regímenes, con objeto de evitar la discriminación y la transferencia de costos. Los principios del Paradigma Emergente y la Desviación de Colombia de los mismos

PartII: Reflections on Key Issues The nature of the public discussion The POS The equalization of baskets The Tutela Financial sustainability System organization and management Population health and preventive care Governance of EPS Vertical integration Public private mix Regulation

Acerca de la Naturaleza de la Discusión Se habla mucho sobre la igualdad de las canastas. Se habla poco sobre la integración del sistema. Hay un exceso de energías políticas y recursos invertidos en las Tutelas.

El POS  Dimensiones del derecho a los beneficios: 1.Cobertura de la población; 2.Tipo o categoría médica incluida; 3.Tipo de atención o tratamiento médico All are subject to the same budget

El POS (2)  Por consiguiente se requieren: I.Criterios de inclusión positivos, en el caso de la primera dimensión, tales como, los requisitos para participar en el POS y descartar con el tiempo todos los criterios no relacionados con la salud, de acuerdo con el principio No. 1 del Paradigma Emergente. II.Criterios de exclusión negativos, en el caso de la segunda dimensión, como lo que se menciona anteriormente, por ejemplo, en lo que respecta a la cirugía estética. III.Listados de servicios incluidos, en el caso de la tercera dimensión, donde se especifiquen de manera explícita las tecnologías y los tipos de tratamiento incluidos en las diferentes categorías de atención, a las cuales se tiene derecho. IV.Adaptar el concepto commom practice V.Tomar la “imagen” del 2012 e iniciar el cambio de la tecnologia en forma progresiva VI.Realizar acuerdos con las cortes

Basket Equalization: Needs a Credible Solution

Aumento anual requerido en la canasta del RS per cápita (no estandarizado) por aumento anual en la canasta del RC y años que faltan para la unificación de las canastas Años para ajustar Variación porcentual en la canasta contributiva 0.0%1.0%2.0%3.0%4.0%5.0% 156%57%58%59%60%61% 228%29%30%31%32%33% 319%20%21%22%23%24% 414%15%16%17%18%19% 511%12%13%14%15%16% 69%10%11%12%13%14% 78%9%10%11%12%13% 87%8%9%10%11%12% 96%7%8%9%10%11% 106%7%8%9%10%11%

Aumento anual al presupuesto público requerido para la unificación de las canastas (incluye todas las aportaciones obligatorias) Años para ajustar Variación porcentual en la canasta contributiva 0.0%1.0%2.0%3.0%4.0%5.0% %195.2%196.6%198.1%199.6%201.1% %141.4%142.4%143.5%144.5%145.6% %126.9%127.9%128.8%129.8%130.8% %120.3%121.2%122.1%123.0%124.0% %116.5%117.3%118.2%119.1%120.1% %114.0%114.9%115.7%116.6%117.5% %112.3%113.1%114.0%114.9%115.8% %111.0%111.8%112.7%113.5%114.4% %110.0%110.8%111.7%112.5%113.4% %109.2%110.0%110.9%111.8%112.6% Comentario: Se presume que toda la población de entre 0 y 18 años de edad y toda la población de 65 años de edad y mayores ya tienen acceso al POS. El Régimen Especial se incluye de forma “neutral”; se agregan a la población a cubrir, pero el presupuesto que se les asigna en el POS se incluye en el presupuesto público.

Equalization: The Issue of Real Resources Need of about 17,000 more physicians Need of about 11,000 more hospital beds The risks of inflation in prices

About the TUTELA It appears that the court does not make a distinction – between the right to health and the right to medical care – Entitlement and eligibility By the apparent logic of the Tutela, everything that contributes to health – nutrition, housing, running water, safe roads, etc. -- should be guaranteed by the state

About Financial Sustainability Financial envelop: – 8%-10% of the GDP – About 80% public Resources available to the public system – Up to the above share of the product – 5-10% of private funding – Growth of the product New resources to the system should be used for – System reform and basket equalization (with minimal change in the POS) Use regulated private insurance for increassing benefits beyond the POS

About System Organization and Management El sistema salud debe ser “regionalizado” –departamentalizado. La asignación de fondos debe ser de acuerdo a las necesidades locales Separar la administración (gobierno) de la gestión del presupuesto  Autoridades departamentales de salud En lugares donde la competencia no sea viable, puede existir una DHS o una EPS que se encargue de la administración de fondos públicos y sea responsable del cuidado terapéutico de la población EPS-Centros de costos locales

Los principios de organización y administración de ambos regímenes son inconsistentes

El Sistema a. Leyenda: i. EPS- Entidades Promotoras de Salud – Plans (e.g. Organizaciones Para el Mantenimiento de la Salud) ii. IPS – Instituciones Prestadoras de Servicios – Medical Care Providers. iii. DHS – Autoridad de Servicios de Salud – Departamental Health Service (Autoridad Independiente)

About Population Health and Preventive care Separar las responsabilidades de financiamiento y administración de fondos públicos del cuidado terapéutico, de aquellas destinadas a la promoción de salud y cuidado preventivo de la población. En principio las EPS son responsables del cuidado terapéutico y las DHS de la promoción y prevención de la salud de la población. Prestación por aseguramiento voluntario especialmente donde no existen EPS.

El Sistema a. Leyenda: i. EPS- Entidades Promotoras de Salud – Plans (e.g. Organizaciones Para el Mantenimiento de la Salud) ii. IPS – Instituciones Prestadoras de Servicios – Medical Care Providers. iii. DHS – Autoridad de Servicios de Salud – Departamental Health Service (Autoridad Independiente)

About Governance of EPS Limitar el aseguramiento privado de las EPS. Tener representantes de los clientes y del estado en los consejos de las EPS como parte de sus acuerdos de gobierno.

About Vertical Integration Limitar la integración vertical entre EPS e IPS Por que: – Rendición de cuentas a los Pagadores de impuestos y los clientes – Máxima elección del cliente – Limitar el poder de monopolio de las IPS y poder de monopsonio de las EPS, tanto entre estas, como entre estas y los clientes. – Costeo marginal de la atención. – Hace mas facil la responsabilidad (accountability) en la sistema – Disminuir el riesgo financiero en el sistema

About public private mix Separación del seguro privado y el financiamiento de salud del financiamiento público y los acuerdos de provisión.

About Regulation Managed competition = regulated competition Basic regulatory needs for a competitively managed / regulated market – Regulation of medical input prices – Regulation of medical investments notably hospitals

El Sistema a. Leyenda: i. EPS- Entidades Promotoras de Salud – Plans (e.g. Organizaciones Para el Mantenimiento de la Salud) ii. IPS – Instituciones Prestadoras de Servicios – Medical Care Providers. iii. DHS – Autoridad de Servicios de Salud – Departamental Health Service (Autoridad Independiente)

Referencias Chernichovsky, D. (1995a). Health System Reforms in Industrialized Economies; An Emerging Paradigm. In The Milbank Quarterly Vol. 73: Chernichovsky, D. (1995b). What Can Developing Economies Learn from Developed Economies? In Health Policy Vol. 32: Chernichovsky, D. (2002). Pluralism, Choice, and the State in the Emerging Paradigm in Health Systems. In The Milbank Quarterly Vol. 80: Chernichovsky, D., Donato, R., Leibowitz, A. (2012). What Can the U. S. Learn from it Allies?. (Processed)

Muchas Gracias