CONTRATO DE TRASLADO DE DOMINIO
COMPRAVENTA 2248-2326
CONCEPTO Art. 2248 CCF Elementos ES UN CONTRATO TIPO (sus normas orientan lo que sucede en muchos otros contratos) CARACTERISTICAS Elementos 1.- Elementos personales: Vendedor- Comprador Bilateral Oneroso Principal Conmutativo o aleatorio 2.- Elementos de existencia: OBJETO Jurídico: El efecto que se busca (transmitir la propiedad de la cosa vendida y del precio). 2214 Material: LA COSA VENDIDA Corpórea o incorpórea, presente o futura, determinada o determinable (2015), se tiene que contar, pesar o medir (individualizarse). (2257), estar en el comercio, ser propia (2269) EL PRECIO DEBE SER CIERTO (fijado por las partes 2254 o por un tercero 2251- 2253) EN DINERO (MN, si se combina con otra cosa 50% dinero. 2250 Ejecución instantánea o Diferida (reserva de dominio, en abonos, a plazos) Formal Inmuebles Consensual Muebles Obligatorio cuando se tiene que traslada el dominio una vez cumplidos los pagos. Real
LA COMPRAVENTA SE PERFECCIONA (acuerdo en el precio y la cosa) 2249
OBLIGACIONES DE LAS PARTES 3.- Elementos de validez 2275-2281 OBLIGACIONES DE LAS PARTES VENDEDOR/COMPRADOR 1.- CAPACIDAD: Reglas generales Reglas especiales , creadas por la ley (causas de ilegitimación para comprar) Extranjeros , quienes intervienen en un juicio, personas que desempeñan una función de confianza. 2.- FORMALIDAD No se requiere salvo inmuebles. Transmitir Conservar Entregar Responder Pago Recibir Pagar
CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES Entrega de la cosa (2284-2292) Pago del precio (2294-2300) 1.- ENTREGA (real, jurídica y virtual) 2.-CONTENIDO (lo contratado, incluye frutos, rendimientos y títulos) 3.- LUGAR DE LA ENTREGA (el pactado) 4.- GASTOS E IMPUESTOS (Pactado/entrega -vendedor/ traslado- comprador ) 5.- RETENCION DE LA COSA (sin pago/plazos/insolvencia) 6.- MORA DEL COMPRADOR (paga gastos de conservación) 1.- CONFORME AL CONVENIO. 2.- LUGAR DEL PAGO (pactado/entrega de la cosa) 3.- TIEMPO DEL PAGO (pactado/contado/ entrega de la cosa) 4.- GENERACIÓN DE INTERESES (2296) 5.- RETENCION DEL PRECIO (2299) 6.- INCUMPLIMIENTO DEL PAGO DEL PRECIO (2300)
MODALIDADES DEL CONTRATO CLAUSULA DE NO VENTA 2301 PACTO DE RETROVENTA 2302 DERECHO DE PREFERENCIA OTORGADO AL VENDEDOR 2303/2307 COMPRAVENTA DE COSAS FUTURAS, COMPRAVENTA DE ESPERANZA 2309, 2792 Y 2703 COMPRAVENTA EN ABONOS 1949 COMPRAVENTA CON RESERVA DE DOMINIO 2312-2314 VENTAS JUDICIALES 2323-2324 EFECTOS DE LA RESCISION DE LA VENTA 2311
ENCABEZADO DECLARACIONES
CLAUSULAS
CLAUSULAS
JURISDICCION CIERRE FIRMAS
PARA ELABORAR UN CONTRATO
Declaraciones o antecedentes Rubro o proemio Nombre del contrato Nombre de las personas El carácter de las personas que celebran Declaraciones o antecedentes Propósito: Presentar datos de legal existencia y datos de representantes. Identificar los bienes Explicar el motivo que mueve a las partes Servirá para ayudar a la interpretación de la voluntad de las partes en caso de duda. Aseguran la buena fe.
Cláusulas Contenido obligacional del contrato. Ponerlas en un orden de importancia. (esenciales, naturales, accidentales y las de estilo) La 1ª objeto jurídico del contrato. Deben ser claras. Orden lógico. Numerar las clausulas. Poner titulo Evitar clausulas inútiles Cierre del contrato lugar, fecha de la firma, firma de los otorgantes, testigos
PERMUTA 2327-
CONCEPTO Art. 2327 CCF Elementos CLASIFICACION 1.- Elementos personales: Permutante Traslativo de dominio 2.- Elementos de existencia: Principal CONSENTIMIENTO OBJETO JURIDICO Obligación de dar (transmitir propiedad y entregar cosa) OBJETO MATERIAL dos cosas se aplican las normas de las obligaciones de dar no seria permuta si una cosa se cambia por un servicio. Bilateral Oneroso Conmutativo o aleatorio Consensual
OBLIGACIONES DE LAS PARTES 3.- Elementos de validez OBLIGACIONES DE LAS PARTES PERMUTANTES 1.- CAPACIDAD: Reglas generales Reglas especiales , creadas por la ley (causas de ilegitimación para comprar) Extranjeros , quienes intervienen en un juicio, personas que desempeñan una función de confianza. 2.- FORMALIDAD No se requiere salvo inmuebles. Se les considera como vendedores. Transmitir la propiedad Obligaciones del comprador (recibir la cosa y pago de gastos)
Ejercicio ARMANDO Y JESUS han pactado intercambiar el equipo de cómputo de aquel por una videocámara de éste. Le piden a usted que redacte las cláusulas medulares de este contrato. ¿Cuáles cláusulas redactaría usted?
DONACION 2332-
1.- Elementos personales: 2.- Elementos de existencia: CONCEPTO art. 2332 CLASIFICACION ELEMENTOS Principal Traslativo de dominio Instantáneo Unilateral Gratuito Consensual Formal 1.- Elementos personales: Donante- Donatario 2.- Elementos de existencia: Consentimiento –complejo- (2340-2346) Objeto: JURIDICO.- Transmisión de la propiedad de la cosa o derecho donado. MATERIAL.- la cosa o derecho donado. Excluidos: La prestación gratuita del servicio, el préstamo de uso gratuito, la remisión de una deuda y la no aceptación de una herencia. Todos estos son actos gratuitos en favor de otro pero no transmiten la propiedad. LIMITACIONES: a)b. presentes , b)no cosas futuras, c)no totalidad del patrimonio, d)en donación universal (deben reservarse bienes para vivir/ para cubrir deudas)
Menores, emancipados, no natos. ELEMENTOS 3.- Elementos de validez CAPACIDAD (2340) Menores, emancipados, no natos. 2) FORMALIDAD (por escrito en la mayoría de los casos) Muebles (verbal- escrito- Escritura Publica) Inmuebles (igual que la compraventa) ESPECIES DE DONACION Puras y condicionadas Onerosas Remuneratorias Entre vivos- mortis causa Entre consortes Antenupciales Inoficiosas 2348-2375 Perjudican el cumplimiento de la obligación que tenga el donante de proporcional alimentos. Para proteger al acreedor se deben reducir o revocar en la proporción necesaria. Si el donatario asume la obligación, no procede la revocación o reducción.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES DONANTE 2351 Dar, conservar, entregar DONATARIO 2353-2355 Aceptar, recibir, cumplir con la carga, no incurrir en ingratitud, restituir la cosa (total, parcial o el valor) si se revoca o reduce la donación (inoficiosa/ingratitud, responder de deudas del donante (bien donado esta gravado)
CONSECUENCIAS DE LA REVOCACION 2362-2365 REVOCACIÓN Deja sin efectos el acto jurídico Solo en los casos señalados por la ley. 2338 Por sobrevivencia de hijos 2359-2360 Por ingratitud 2370 Condiciones: 2359 Legalmente hechas/ no tuviere hijos cuando la hizo/que le hayan sobrevenido hijos viables/plazo de 5 años/si el donante muere y no ejerció es irrevocable. Si no se revoca y es inoficiosa, deberá reducirse a menos que el donatario asuma la obligación. Sera automática si nace un hijo póstumo. Condiciones: 2370 Por delito contra el donante, su honra, bienes o su familia. Si rehúsa ayudar al donante si ha venido a pobreza (según el valor de lo donado). Menor de 200 pesos Antenupcial Entre consortes Remunerativa NO SE PUEDE REVOCAR 2361 Restituir bienes Su valor Los frutos son del donatario CONSECUENCIAS DE LA REVOCACION 2362-2365
ACCIONES DE RECOVACIÓN Y REDUCCIÓN PROCESO DE REDUCCION O REVOCACIÓN Donante-hijo póstumo 5 años No se transmite por herencia No renunciar anticipadamente 2359, 2367, 2366 REDUCCION POR INOFICIOSIDAD Acreedores alimentarios ( 2367) REVOCACION POR INGRATITUD Prescribe al año de ser conocida por el donante. No renunciar anticipadamente. No se puede ejercer contra herederos (donante-donatario). Salvo que se hubiere ejercido en vida. 2372-2374 PROCESO DE REDUCCION O REVOCACIÓN 2376-2383 Gradual Muebles (el valor que tenían al tiempo de ser donados) Inmuebles : Si se pueden dividir (se hará en especie) Si no se pueden dividir reducción mayor a la mitad (el donatario recibe el resto en dinero) reducción menor a la mitad (el donatario paga el resto) Los frutos (solo desde el momento en que fue demandado)