Reflexiones 6 diálogos de Saberes y Aprendizajes de la Convención sobre los Derechos del Niño Análisis del Cumplimiento de las Observaciones Generales.

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Transcripción de la presentación:

Reflexiones 6 diálogos de Saberes y Aprendizajes de la Convención sobre los Derechos del Niño Análisis del Cumplimiento de las Observaciones Generales del Comité de Derechos del Niño en Costa Rica Buenos días, antes de hacer mi presentación y como organización co-organizadora quiero dar nuestro sincero agradecimiento al Diputado don Humberto Vargas, al Diputado don Fabricio Alvarado por habernos acogido en la Asamblea Legislativa y apoyar esta importante celebración. A Ana Teresa León en su calidad de Presidenta Ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia que nos ha dado el apoyo en todo este proceso y a Rigoberto Astorga de UNICEF Costa Rica que gracias a ellos ha sido posible que contemos con la presencia de la valiosa presencia de la Señora Sara Oviedo, Vice-Presidenta del Comité de Derechos del Niño y a Sara por sacar de tu apretada agenda un espacio para compartir con nosotros en Costa Rica tus reflexiones y celebrar 25 aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño. Queremos compartir con ustedes de manera muy sucinta algunos aspectos relevantes del proceso de Análisis de cumplimiento en Costa Rica de las Observaciones Generales elaboradas por el Comité de los Derechos del Niño en el marco del los 6 Diálogos de Saberes y Aprendizajes de la Convención que organizamos junto a la Defensoría de los Habitantes, el PANI, ULATINA, UNED y UNICEF Costa Rica. Este proceso resultó muy positivo a que aportó una mirada diferente de analizar la Convención, las obligaciones y su implementación y a la vez mostró la gran capacidad profesional, institucional y técnica que cuenta Costa Rica y que debemos potenciarla mas hacia un objetivo común y articulador que los niños, niñas y adolescentes gocen y ejerzan plenamente todos sus derechos humanos sin discriminación alguna en Costa Rica.

OG 14 “El Interés Superior del Niño” Primer Diálogo OG2 El papel de las Instituciones OG 5 Medidas Generales de Aplicación de la Convención OG 16 Obligaciones del Estado para que empresas actúen a favor de los derechos de los NNA OG 14 “El Interés Superior del Niño” 1º. OG- 2.-El Papel de las Instituciones de DDHH independientes. Se señala que las instituciones de DDHH nacionales independientes, deben centrarse en la promoción y protección de los derechos humanos y constituyen un elemento clave de los sistemas nacionales de protección integral de NNA. El Comité ha reconocido en sus diferentes informes el papel que juega la Defensoría de los Habitantes en la promoción, protección y defensa de los derechos humanos en particular de los niños, niñas y adolescentes y ha hecho señalamiento de los diferentes procesos que el país ha venido teniendo en el marco de contar con una defensoría de la Niñez y de la Adolescencia. La OG2 nos invita a reflexionar y a trabajar como país sobre el significado de independencia cuando de monitoreo, seguimiento y verificación del Cumplimiento de los diferentes Tratados Internacionales de Derechos Humanos y en particular el de la Convención sobre los Derechos del Niño. No solo desde instancias de derechos humanos sino desde las Organizaciones Sociales y Observatorios nacionales.   2º. OG- 5.-Medidas Generales de Aplicación de la CDN. Esta OG nos especifica las obligaciones que recaen en las instituciones para garantizar una adecuada implementación de la Convención. En Costa Rica la Convención dio origen a toda una gama de normas en favor de NNA; sin embargo tenemos como país una deuda pues falta la transformación institucional y cultural que de vía a que se convierta algo práctico, especialmente para los sectores más vulnerables de NNA. En ese sentido, la OG 5 nos hace examinarnos ya que como país debemos desarrollar un debate y una profunda reflexión acerca de la nueva institucionalidad que es necesaria para efectivamente poner en práctica los derechos humanos y las responsabilidades que regula la Convención. 3º. OG- 16.-Obligaciones del Estado para que empresas actúen en favor de los derechos de NNA. Costa Rica maneja un discurso progresista favorable a la vigencia de los DDHH de NNA. Se muestra a un Estado proactivo que actuaría en favor de una cultura empresarial que respete y favorezca la materialización de los DDHH de NNA y no que les visualice como meros objetos de consumo. Sin embargo la OG 16 nos señala que este discurso pareciera desconocer que el Estado Social de Derecho se ve seriamente disminuido frente al crecimiento del rol del mercado en la sociedad, donde se mmuestra una intencionalidad estatal frente al empresariado que pareciera desconocer las reglas de juego que impone el modelo económico actual, que cada vez más asfixia la intervención del Estado para hacer posible la materialización de esos derechos humanos que se promueven. 4º. OG-14.-“El Interés Superior del Niño.” Según el magistrado de la Sala Constitucional, la observación general referida al Principio del Interés Superior del Niño es un texto sólido, que incluye características de los Derechos Humanos, como su carácter Universal y su transnacionalidad, dado que se colocan por encima de la soberanía de los Estados. Como principio es un enunciado normativo genérico; tiene como función servir de guía en la elaboración de normas y políticas, en la ejecución y aplicación. Es un principio muy útil pues ayuda a la interpretación sistemática y holística. El principio de Interés Superior del Niño tiene una doble naturaleza, es principio y es derecho sustantivo; como principio sirve de guía, como derecho obliga a que los derechos del niño sean tomados como primordiales. Este principio es un derecho paraguas, regula lo que no está regulado; su lesión se puede reclamar de manera directa y sumaria en el recurso de amparo. También es derecho procesal, es norma procesal. El magistrado de la Sala Constitucional Paul Rueda, sostiene la hipótesis de que cualquier proyecto de ley que no cumpla con el interés Superior del Niño, deviene en vicio de inconstitucionalidad insubsanable.

Segundo Diálogo OG12 El derecho de los NNA a ser escuchados OG 11 El Derecho de los NNA indígenas OG 9 Derechos de los NNA con discapacidades OG 6 La migración de NNA no acompañados 1º. OG- 12. El derecho de NNA a ser escuchados/as. Quedó en el evento bastante claro, que el derecho de NNA a ser escuchados, conlleva implicaciones y condiciones para su real aplicación y cumplimiento. Pues este derecho está íntimamente ligado al reconocimiento de los NNA como cuidadanos/as, al principio o derecho de participación, al derecho a opinar, a expresarse, a la libertad de pensamiento, conciencia y religión (entendido como opción de creer o no creer) y está ligado al principio del interés superior del niño y de la no-discriminación. No se trata de que los NNA solo puedan hablar con las personas adultas, se trata ante todo de que sus opiniones sean realmente tenidas en cuenta en las decisiones que se toman, y especialmente cuanto estas decisiones les afectan y les interesan. Así el ser escuchados/as o participantes, se concreta en ser parte de, formar parte de, tomar parte de. Al relacionar estos derechos con lo que se planteó después en el 5º Dialogo (Obs. Gral. 1: propósitos de la educación…), cuando se muestra la crisis de un sistema educativo piramidal y autoritario- siendo el sistema educativo una buena muestra de lo que ocurre en la sociedad- queda la percepción de que aún falta mucho camino por recorrer en la vigencia plena y práctica de estos DDHH.   2º.OG-11.-Los Derechos de NNA indígenas. La exposición mostró ampliamente como el cumplimiento de la Convención, cuando se trata de NNA indígenas, compromete nuevas dimensiones respecto a las que se abordan cuando se trata de los NNA en general. El análisis de esta OG junto al análisis de la situación de los NNA indígenas en el país, muestran que queda un gran reto para el Estado y la sociedad, cómo hacer que haya políticas sociales que respondan a sus intereses y derechos, pero también cómo esas políticas e intervenciones se acercan a las comunidades como diálogo, como oportunidades, sin imponerse y sin violentar su cultura, sus prácticas e intimidades. Les urgen recursos para acceder realmente a los derechos, y especialmente a salud, educación y recreación y queda mucho por el reconocimiento de sujetos de derechos. 3º. OG-9.-Derechos de NNA con discapacidades. Es muy impactante constatar que el problema de la discapacidad (nótese que no habla de capacidades especiales), se encuentra localizado geográficamente en un 80% en los países pobres, con malos o nulos servicios de salud. Es decir es una consecuencia directa de la desigualdad y la pobreza. Si por la etapa de la vida en que se encuentran, los NNA son vulnerables, quienes sufren discapacidad son aún más vulnerables a todo tipo de abuso. Se plantea que en Costa Rica el 10.4% de NNA padecen de discapacidad, y de ellos el 57% tienen necesidades básicas insatisfechas. Los servicios para este sector se encuentran en la capital no así en las demás provincias. Se planteó que el Modelo Social de la Discapacidad debe acogerse en Costa Rica, superando los de prescindencia y médico/rehabilitador. 4. OG-6.- La migración de NNA no acompañados. Costa Rica cuenta con un marco jurídico nacional e internacional aplicable, y cuenta con un protocolo que se sigue en Costa Rica, donde en el 2014 se han atendido 4 casos de refugio y 29 de personas menores de edad no acompañadas. La Dirección Nacional de Migración, la mayoría de estos casos los remitió al PANI. (21) Sin embargo el escenario de migración ilegal masiva vivida este año en donde se vieron afectados se siguen viendo mas de 60,000 NNA, mostró que los contextos violentos y adversos y de exclusión social total fuerzan a estos NNA a huir de su contexto pese a los riesgos que se presente y reflejó que los Sistemas Nacionales de Protección Integral son frágiles y deben reforzarse y revisarse.

Tercer Diálogo OG10 Los derechos de las Personas adolescentes en la Justicia Penal Juvenil La especialización de la Justicia Penal Juvenil La defensa del derecho a la imagen de personas adolescentes en procesos judiciales 1º. OG- 10. Los derechos de las personas adolescentes en la Justicia Penal Juvenil. Costa Rica cuenta con avances importantes en este campo pero también importantes carencias en el programa de ejecución de sanciones penales juveniles que es crucial para lograr el propósito de la inclusión/reinserción. La reflexión mostró un sistema de Justicia Penal Juvenil desequilibrado y endurecido, es decir que no se cumple el principio esencial de la justicia para adolescentes: el uso de la prisión como último recurso y por el menor tiempo posible.   El esfuerzo llevado de varios años hecho por DNI Costa Rica, la Defensa Pública y el Patronato Nacional de la Infantil, al utilizar la vía del recurso de amparo ante la Sala Constitucional, hizo que hoy el país cuente con una jurisprudencia muy sólida que afirma categóricamente: que en todo el proceso penal juvenil, todas las personas adolescentes gozan de la protección absoluta del derecho a su imagen, identidad y confidencialidad.

La realidad de la atención de los NNA víctimas de violencia Cuarto Diálogo OG13 El derecho de los Niños a la no violencia OG 8 El Derecho de los NNA indígenas La realidad de la atención de los NNA víctimas de violencia Buenas prácticas 1º. OG- 13. El derecho de NNA a la no violencia. Al analizar esta OG 13 se mostró un panorama de mucha violencia contra NNA en Costa Rica. Se señaló que al PANI le llegan una multitud de denuncias y casos que rebasan completamente los recursos humanos y materiales para dar una respuesta integral. Se indicó que actualmente al PANI le apuesta a hacer frente a estas violencias, con una amplia gama de intervenciones favoreciendo especialmente la prevención y la prohibición explicita, y desarrollando mecanismos eficaces. 2º.OG-8.-Los Derechos de NN a ser protegidos contra castigos corporales y otros tratos crueles o degradantes. La OG nos invita a revisar los avances hemos hasta ahora como páis en este campo y los retos que nos quedan y sobre todo nos ayuda a mirar de manera mas holística el abordaje del castigo corporal o físico y cuenta tres párrafos centrales orientadores para su conceptualización que debemos todas las instituciones y las organizaciones y todos quienes trabajan en este campo debe tenerla presente, revisarla y tomarla en cuenta.   3º. Realidad en la atención de violencia contra NN. Se nos presentó una cruda mención de casos de violencia contra NN, los cuales muestran el panorama nacional y la respuesta que el Estado da a través del HNN. Aquí rescatamos dos cosas, que los casos presentamos muestran la necesidad de revisar la definición de violencia que se centra en la agresión física y psíquica y que la realidad dice que hay que utilizar una definción más amplia para poder dar una respuesta integral. Con el análisis que se hizo cabe preguntarse que pasa con la atención de la Violencia en personas adolescentes? Porqué parece no se les está atendiendo de manera integral? ¿Es discriminación o es en razón de la especialización, si esto último sería que faltaría un HNA (hospital nacional para adolescentes?) En el 6to debate se logró profundizar un poco sobre la atención en salud de las personas adolescentes, cuando se habla de la OG 15 y la OG6 pero queda el debate abierto de la respuesta como país a la violencia contra adolescentes. 4. Buenas prácticas frente a las recomendaciones del Informe Mundial contra la Violencia contra NNA. Se presentaron como buenas prácticas contra la violencia hacía NNA, el Núcleo sobre violencia que da seguimiento a la Recomendación 2 para que Costa Rica cuente con un marco jurídico y político integral para atender toda forma de violencia hacia los NNA. Así como se conoció una excelente propuesta de reestructuración del Sistema Nacional de Protección que merece continuar con su análisis como país. Un dato para cerrar este cuarto diálogo y es que en el mes de septiembre pasado en los medios se señala que el Hospital Nacional de Niños registra atención de casos en el 2014 con un incremento del 28%. 1.970 NN en 10 meses.(La Nación)

Quinto Diálogo OG17 El Derechos de los NNA al juego, descanso y recreación OG 7 Los Derechos de los Niños en la Primera Infancia OG 1 Los Propósitos de la Educación La Realidad del derechos a una educación de calidad: avances y retos 1º. OG- 17. El derecho de NNA al juego, descanso y recreación. El análisis de la OG 17 nos pemitió reforzar la importancia del juego y la recreación para el crecimiento y formación de los NNA. Sin embargo también nos mostró que como país también tenemos mucho camino por recorrer en este campo y que debemos de invertir en el esparcimiento y la oferta lúdica, recreativa y de libertad y seguridad en el uso del espacio publico como parte del fortalecimiento en el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes y sobre todo hacerlo sin discriminación alguna donde cualquier NNA en cualquier parte del país pueda ejercer estos derechos humanos. 2º.OG-7.-Los Derechos de NN en la primera infancia. En el análisis de la OG7 nos permitió que Costa Rica ha hecho diversos esfuerzos para invertir en la primera infancia desde las diferentes administraciones, pero sin embargo queda aun mucho por recorrer y que las instancias responsables desde lo público y lo privado deben conocer y trabajar el marco orientador y clarificador de que nos da la OG7- 3º. OG-1.-Derechos de NNA a la educación. Con el análisis realizado se muestra una serie de elementos que serían indicadores de que a pesar de los esfuerzos que se han hecho, presupuestarios, más los cambios impulsados por la anterior administración (de la propuesta artística y estética), el sistema educativo es un gran reto a repensar: pues “fue diseñado en el siglo XIX, opera con educadores/as del siglo XX y estamos en el siglo XXI”. En ese análisis se hace una crítica fuerte y abiertamente al sistema por ser jerarquizado y autoritario. Se mostró también avances en la cobertura pero muestra indicadores de falta de calidad y pertinencia. Y se coincide que el derecho a una educación de calidad debe convertirse en un gran tema nacional que conduzca al rediseño del sistema.

Sexto Diálogo OG15 Derecho del niño al mas alto nivel posible de salud OG 4 La salud y el desarrollo de los adolescentes en el contexto de la CDN Salud sexual y reproductiva: avances y retos OG 3: VIH/SIDA y los derechos del Niño OG 15: Derecho del niño al mas alto nivel poible de salud En el análisis de la OG 15 se señalan muchos avances como país los retos que se tienen que enfrentar sobre todo en la atención en zonas más alejdas con condiciones de pobreza y que se muestra indicadores de mayor fecundidad entre 15 y 19 años mujeres con menor educación y mas pobres. Así como se señala los niveles de violencia que afecta a la población menor de edad precisamente a los niños más pequeños. Se reconoce que se cuentan con limitaciones en la aplicación de los principios a nivel local, señala que muchas veces el personal de salud hace interpretaciones administrativas por encima de las interpretaciones de la convención. Se menciona que otro reto es tomar en cuenta la opinión de las personas menores de edad ya que independientemente del esfuerzo y de las políticas claras e inclusivas, no se está interpretando a nivel local las necesidades. Indica que se tienen diferencias importantes en la atención del servicio de salud, ya que depende de cómo visualiza el funcionario la situación. Y se reconoce que la ley debe cumplirse y que no se está cumpliendo el artículo 41 de la convención. 2. OG 4: La salud y el desarrollo de los adolescentes en el contexto de la CDN Se presenta la importancia de identificar a los adolescentes como jóvenes no como niños. “el adolescente no es ni un niño grande ni un adulto grande”. Se menciona que la capacidad de entendimiento y de anteceder las consecuencias por parte de los adolescentes es mucho menor a lo que se imaginaba. Por lo que debe de haber un replanteamiento de cómo se habla, como se escuchan y la función de guía de los padres y la función de guía social. Se insiste en que hay que diferenciar la adolescencia, no es niñez ni es etapa adulta. Se deben hacer servicios diferenciados. Los servicios de salud están desarrollados para menores de 12 años y después brinca para adultos, no hay para adolescentes. Debe haber servicios amigables. La gente no protesta para que se hagan servicios amigables para los adolescentes. 3. Salud sexual y reproductiva: retos y avances en Costa Rica Se señala que en cuanto al derecho a la igualdad en CR la sociedad es homofóbica, hay transfobia, hay estigma por el VIH, por la desigualdad de género y hay adultocentrismo. En cuanto al derecho de todas las personas en participación en políticas públicas sobre sexualidad, enfatiza que en CR esto no se da, menos para los adolescentes. Se debe combatir la violencia sexual, violencia basada en género, violencia contra los heteresexuales. Las mujeres, mujeres adolescentes y grupos sexualmente diversos siguen siendo víctimas de violencia. El derecho a la intimidad y privacidad y a la libertad y autonomía en materia de sexualidad y reproducción, no se está dando en los adolescentes, es necesario como páis como avanzamos en este ese sentido. 4. OG3: VIH/SIDA y los derechos del Niño El análisis señala que el VIH es más agresivo en niños que en adultos, sin terapia antirretroviral más de la mitad de los niños mueren antes de los dos años si nacen con VIH. Enfatiza que el tema de VIH a pesar de que existan pruebas científicas sobre la amplitud de los efectos de la epidemia existen otras variables que están ajenas a esa, como el interés popular, señala que el VIH es un tema que ya paso de moda y el interés político y el compromiso fuctúa de administración en administración. Como país tenemos importantes retos: Generar información científica. Desarrollar Programas de educación integral en la sexualidad. Velar por el buen funcionamiento de las políticas públicas. Robustecer políticas públicas, incorporar más activamente el derecho de las personas menores de edad, para que sus intereses sean considerados de forma primordial. No asumir de forma implícita que las leyes contienen a la población, niñez y adolescencia.