Foro Internacional “Autonomías Indígenas Originarias” La Paz, 9-10 diciembre 2009 AUTONOMIAS TERRITORIALES INDIGENAS EN TIERRAS BAJAS Centro de Estudios.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
LEY 1715 MODIFICADO POR LEY 3545 D.S (REGLAMENTO)
Advertisements

CARTAS ORGÁNICAS MUNICIPALES
Bases conceptuales de los derechos de los pueblos indígenas
DESCENTRALIZACIÓN Y ASAMBLEA CONSTITUYENTE
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES
Autonomías, y Referéndum Autonómico.
UNIDAD IV PUNTO 3 LOS MUNICIPIOS (Casagne – Pg.448 y subs)
LA AUTONOMÍA REGIONAL LMAD. Art 37. (LA AUTONOMÍA REGIONAL)
Estrategias transversales del PDHDF
PROPIEDAD, TERRITORIO, SOCIEDAD Alejandro DIEZ HUTADO PUCP.
PROYECTO PLANETA PAZ LINEAMIENTOS PARA UNA PROPUESTA DE POLÍTICA PÚBLICA PARA EL MUNDO RURAL   BORRADOR Carlos Salgado Araméndez Director Planeta Paz.
La POLÍTICA de la FAO sobre Pueblos Indígenas y Tribales
INSTITUTO DE INVESTIGACION Y DESARROLLO NITLAPAN Equipo de Gestión Ambiental Programa de investigación. Managua,24 de Julio, 2013.
DERECHOS Y CULTURA DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS Y AFROMEXICANO EN LA NUEVA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO.
ANTECEDENTES La Descentralización en Bolivia implementada en 1995 ha mostrado entre otros resultados, las siguientes limitaciones: Ausencia de nivel de.
Gestión Ambiental Descentralizada para Gobiernos Locales
Determinantes sociales de la salud de los pueblos indigenas de las Americas Hacia el logro de la equidad en las Americas en un contexto de reconomiento.
(La segunda República)
Derechos Fundamentales de los pueblos indígenas
La participación ciudadana en Latinoamérica, Un punto de vista desde la Toolkit Foundation La Reforma Política desde la Ciudadanía, Una Garantía para.
Sistema Regional de Planificación
Juan Pablo Chumacero Noviembre 2012 Cartagena - Colombia Estrategias tecnológicas para la gestión comunal de los derechos de propiedad sobre la tierra.
Los Pueblos Indígenas como sujetos de derechos colectivos
ORGANIZACIÓN DEL ESTADO Y ÁREAS PROTEGIDAS LOCALES Saucedo Borenstein – Derecho & Medio Ambiente Saucedo Borenstein Derecho, & Medio Ambiente.
La Estrategia de Confrontación al Proyecto de Constitución del MAS
Jorge Agudo González Profesor Titular de Derecho Administrativo
II Encuentro Regional Andino: “Interculturalidad y Acceso a la Justicia” “PROPUESTAS NORMATIVAS SOBRE LA JUSTICIA INDÍGENA” Luís Alberto Arratia Jiménez.
DEMOCRACIA REPRESENTATIVA, PARTICIPATIVA Y COMUNITARIA EN BOLIVIA.
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA 1991
CONVENIO 169 DE LA O.I.T. SOBRE PUEBLOS INDIGENAS Y TRIBALES EN PAISES INDEPENDIENTES 1989 (Ratificado por Bolivia en 1991)
Jhenifer Mojica Florez Abogada consultora en derecho agrario
30 de Mayo de Reformulación del marco normativo forestal Viceministerio de Biodiversidad, Recursos Forestales y Medio Ambiente Dirección General.
UN ESTADO COMUNITARIO CON VIVIENDA PARA TODOS República de Colombia.
DERECHOS POLÍTICOS DE PUEBLOS INDÍGENAS
LEGISLACION ETNICA por: José Santos Caicedo
AUTONOMIA INDIGENA ORIGINARIA DE LA MARKA CHAYANTA La Paz, diciembre 2009.
Programas Maestros de Desarrollo Portuario Conforme a la Ley de Puertos (vigente), los programas maestros de desarrollo portuario: Deben formar parte.
TALLER PLURALISMO JURÍDICO Ley Nº 073 de Deslinde Jurisdiccional
La Reforma Agraria de 1953 Antes de 1953 Bolivia fue hasta 1953 uno de los países latinoamericanos donde el régimen feudal de la tierra se mantuvo con.
Mecanismo de participación, poder de negociación
DIFERENCIA EN CONSTITUCION DE Y 1.991
Prof. Aleyda Amakara Leyva Chévez
CONCEPTOS, SIMILITUDES Y DIFERENCIAS QUE DEBEMOS CONOCER
El Desarrollo local: Oportunidades, desafíos y problemas para la gestión pública. Dr. Alejandro Villar.
“Estructura Estatal y Régimen Autonómico”
LEY ORGÁNICA DEL PODER POPULAR.
Sobre la definición de política cultural
AUTONOMÍAS EN BOLIVIA Realidad Eco. Y Social de Bolivia
GESTION MUNICIPAL EN EL DERECHO INMOBILIARIO Y URBANISTICO
Formas de ejercicio de la democracia
VISION REGION CARIBE COLOMBIANA
PARTICIPACION CIUDADANA
Estado colombiano.
AUTONOMIAS EN BOLIVIA Lic.: Franklin Sandi Materia : Gestión Pública Estudiante: Juan Pablo Pardo Zenteno.
GOBIERNO REGIONAL AUTÓNOMO DEL ATLÁNTICO NORTE SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES SAM- GRAAN AUTONOMÍA REGIONAL Y EL PAPEL DE LOS GOBIERNOS TERRITORIALES.
Ley de minorías: los grupos étnicos frente a la ley
COLECTIVO DE COORDINACIÓN DE ACCIONES SOCIO AMBIENTALES.
PRINCIPALES DISPOSICIONES PROGRAMA DE FORMACIÓN DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO ESTATUTO DE CIUDADANÍA JUVENIL.
1.Convenio 169 de la OIT – Ley 1257 de 1991 A la consultad informada y oportuna (Art. 6.1.a) A participar libremente en la adopción de decisiones (Art.6.1.b)
PARTICIPACION SOCIAL PROMOVIDA POR LA PARTICIPACION POPULAR Y EL DIALOGO NACIONAL BoliviaBolivia.
¿QUÉ ES TIERRA Y TERRITORIO?
CONTROL FISCAL Sheryl Nayibe Saiz Elvia Sandino Cristian Hernandez
COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS
La Asamblea Nacional Decretò La Ley de los Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas Publicas Gaceta Oficial Nº Fecha 20 -agosto-2002.
“Importancia de la gestión ambiental local en el marco del proceso de descentralización”
ESTADO, GOBIERNO, ADMINISTRACIÓN Y POLÍTICAS PÚBLICAS.
ALGUNAS PRECISIONES CONCEPTUALES Qué es el ordenamiento. Definir un orden bajo unos criterios específicos. Implica distribuir, clasificar, disponer, estructurar,
Foro Internacional “Autonomías Indígenas Originarias” La Paz, 9-10 diciembre 2009 AUTONOMIAS TERRITORIALES INDIGENAS EN TIERRAS BAJAS Centro de Estudios.
Transcripción de la presentación:

Foro Internacional “Autonomías Indígenas Originarias” La Paz, 9-10 diciembre 2009 AUTONOMIAS TERRITORIALES INDIGENAS EN TIERRAS BAJAS Centro de Estudios Jurídicos e Investigación Social CEJIS

PROCESO HISTORICO EN LAS TIERRAS BAJAS Jesuítico-Misional: introducción de patrones organizativos y productivos, autonomía relativa con cogobierno indígena – clerical. La República: exterminio y negación de lo indígena, expropiación de sus tierras y RRNN. El Estado post 52: de asimilacionista, conversión de los pueblos indígenas con practicas colectivas en campesinos con derechos individuales. Estado Plurinacional: planteamiento de los derechos colectivos como pueblo (en proceso)

Ruptura de la territorialidad de los pueblos indígenas Implantación de figuras administrativas estatales de control y dominio de los territorios conquistados. (Subprefecturas, Alcaldías, Cantones, Corregimientos, etc.). Instauración de nuevos mandos políticos y religiosos. Liderazgos, conocimientos y creencias de los pueblos indígenas desplazados. Implantación de nuevas relaciones económicas basadas en patrones productivos extractivistas y de saqueo de los RRNN. Relaciones sociales de explotación de la mano de obra indígena (desplazamientos forzados, servidumbre y esclavitud). Pérdida y desestructuración territorial.

Acción del Estado El exterminio sustentado en una visión darwinista de las castas dominantes (no se los exterminó por que el tributo indigenal constituía el excedente que sostenía al nuevo Estado) Exclusión y asimilación (proyecto del nacionalismo revolucionario, consolidación del modelo capitalista de los derechos individuales) Reconocimiento precario de derechos (el saneamiento agrario como una acción desigual y respuesta parcial a las demandas territoriales)

EL PLANTEAMIENTO POLITICO La reconstitución física, política, económica, social y cultural de los territorios usurpados: Autogobierno (A.I.O.C.) Modelo económico alternativo Opción de un modelo de vida propio acorde a la diversidad cultural Ejercicio de la justicia comunitaria Seguridad jurídica (SAN-TCO)

Los 90’ en las Tierras Bajas Ley de Participación Popular: democratizó el municipio, descentralizó recursos, estableció un referente para el desarrollo local. Ley Forestal 1700: Reconoció el uso y aprovechamiento exclusivo de los RRFF en TCO. Ley INRA: Abrió la posibilidad de titular los territorios indígenas vía TCO, reconoció los derechos patrimoniales a la tierra y los RRNN, estableció el catastro rural municipal.

Los 90’ en las Tierras Bajas Ley de Participación Popular: Consolidó el poder de las oligarquías locales en el manejo político, económico y administrativo del municipio, con raros ejemplos de acceso para los PP.II. Ley Forestal 1700: Otorgó recursos y poderes de control y fiscalización al municipio, además de facultades para constituir ASL, a partir de los grupos de pirateros y motosierristas locales. Ley INRA: Con un proceso “al revés” desconfiguró muchas unidades socioculturales, sirvieron para formalizar la estructura inequitativa de tenencia de tierras, aunque muchos territorios lograron consolidar grandes superficies con pocos 3°, replanteando escenarios locales y regionales. El saneamiento fue el gran escenario de lucha reivindicativa con perspectiva autonómica

Territorios indígenas en la Chiquitanía

TCO Com. Dem. Pob. Dem. Has. Dem. Has. Mensurado en Pericias No. de Terceros en Pericias Has. para Terceros en Pericias No. de Terceros para Consolidar Has. de Terceros para Consolidar Has. Potencial para la TCO Año Titulo Titulado Cavineño Multiétnico I 18s/d Lomerio TOTAL , , , , ,87 RESULTADOS DE SANEAMIENTO EN TIERRAS COMUNITARIAS DE ORIGEN

Base constitucional de las Autonomías Indígenas Territoriales (TCO) Artículo 269 I. Bolivia se organiza territorialmente en departamentos, provincias, municipios y territorios indígena originario campesinos. Artículo 289. La autonomía indígena originaria campesina consiste en el autogobierno como ejercicio de la libre determinación de las naciones y los pueblos indígena originario campesinos, cuya población comparte territorio, cultura, historia, lenguas, y organización o instituciones jurídicas, políticas, sociales y económicas propias. Artículo 290. I. La conformación de la autonomía indígena originario campesina se basa en los territorios ancestrales, actualmente habitados por esos pueblos y naciones, y en la voluntad de su población, expresada en consulta, de acuerdo a la Constitución y la ley. Artículo 291. I. Son autonomías indígena originario campesinas los territorios indígena originario campesinos, y los municipios, y regiones que adoptan tal cualidad de acuerdo a lo establecido en esta Constitución y la ley.

Base constitucional de las Autonomías Indígenas Territoriales (TCO) Artículo 293. I. La autonomía indígena basada en territorios indígenas consolidados y aquellos en proceso, una vez consolidados, se constituirá por la voluntad expresada de su población en consulta en conformidad a sus normas y procedimientos propios como único requisito exigible. II. Si la conformación de una autonomía indígena originario campesina afectase límites de distritos municipales, el pueblo o nación indígena originario campesino y el gobierno municipal deberán acordar una nueva delimitación distrital. Si afectase límites municipales, deberá seguirse un procedimiento ante la Asamblea Legislativa Plurinacional para su aprobación, previo cumplimiento de los requisitos y condiciones particulares que señale la Ley. III. La Ley establecerá requisitos mínimos de población y otros diferenciados para la constitución de autonomía indígena originario campesina. IV. Para constituir una autonomía indígena originario campesina cuyos territorios se encuentren en uno o más municipios, la ley señalará los mecanismos de articulación, coordinación y cooperación para el ejercicio de su gobierno.

Conclusiones La NCPE incorpora como una unidad territorial a los Territorios Indígenas Originarios, sin subordinación y con competencias específicas. La NCPE abre puertas importantes para el acceso a la autonomía territorial, aplicando normas y procedimientos propios. La Ley Marco de Autonomías y Descentralización y otras normas, reglarán el proceso de acceso y estructuración de las A.I.

Conclusiones La NCPE trata las A.I. territoriales desde una perspectiva municipalista. La NCPE pone por lo menos tres requisitos para el acceso a la A.I. territorial: – Referéndum, controlado por la CDE, para la entrada en vigencia de los estatutos después de la elaboración colectiva y el control constitucional. – Negociación con municipio en caso de afectación de límites distritales. – Realización de proceso ante la ALP, definido por Ley, en caso de superación de límites municipales.

Sin embargo … El municipio es el resultado de un intento estatal de control territorial, construido sobre sus centros urbanos, donde consolidaron el dominio las élites locales que reproducen relaciones de marginación política, exclusión social, explotación económica y dominación cultural. Muchos de los pueblos indígenas de las tierras bajas plantearon sus demandas en sus territorios constituidos a partir de la expulsión de los centros urbanos municipales generando un contrapeso al poder blancoide del “pueblo”. Por tanto las autonomías con base en la jurisdicción municipal corren el riesgo de heredar éstas lógicas patrimoniales de manejo del poder, o perderlo en algún momento.

Es que … La concepción de las autonomías indígenas en base a sus territorios forma parte de ese proceso endógeno que busca reconstituirse en los espacios que todavía ocupan para ejercer su autogobierno bajo lógicas que no se podrían procesar desde la visión municipalista.

Aunque … Reivindicar Autonomías Indígenas con base en su jurisdicción municipal en Tierras Bajas pueden tener las siguientes ventajas: -Reconstituir territorios sin consolidación territorial, o con propiedad territorial muy dispersa (caso San Miguel de Velasco o Charagua). -Embolsar espacios territoriales que quedaron fuera de los territorios y con importante población autoidentificada como indígena (Caso TIM I, Movima) -Paso estratégico previo a la constitución de una futura región indígena.

DESAFÍOS Político Jurídico: Estructuras de gobierno, normativa propia y derechos propios v.s. estructuras institucionales republicanas de exclusión y subordinación política. Económica y ambiental: Modelo económico alternativo acorde con la visión del pueblo v.s. el modelo económico extractivista, dominante en la región. Socio cultural: Reproducción de relaciones sociales y culturales propias v.s. relaciones servidumbrales y de homogeneización hacia una cultura “oficial”. Técnico administrativa: Habilidades y destrezas para la gestión de las competencias constitucionales v.s. visiones eminentemente “técnicas” y “burócratas de la A.I.

¡¡CHAPIÉ!!!