PROGRAMA DE ALIMENTACIÓN EN LA TRANSICIÓN PARA HOGARES

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Transcripción de la presentación:

PROGRAMA DE ALIMENTACIÓN EN LA TRANSICIÓN PARA HOGARES VÍCTIMAS DE DESPLAZAMIENTO A NIVEL NACIONAL Anteproyecto de Presupuesto 2016 Abril 2015

Anteproyecto Presupuesto 2016 Marco normativo Programa de alimentación en la transición para hogares víctimas de desplazamiento a nivel nacional Proyección de la población a atender Variación 2016 vs 2015 Anteproyecto 2016

Marco Normativo

Ley 1448 de 2011 “ Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones” Artículo 65. Atención humanitaria de transición. Es la ayuda humanitaria que se entrega a la población en situación de Desplazamiento incluida en el Registro Único de Víctimas que aún no cuenta con los elementos necesarios para su subsistencia mínima (…) Parágrafo 1º. El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar deberá adelantar las acciones pertinentes para garantizar la alimentación de los hogares en situación de desplazamiento. De igual forma, la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas y los entes territoriales adoptarán las medidas conducentes para garantizar el alojamiento temporal de la población en situación de desplazamiento.

Decreto 4800 de 2011 “Por el cual se reglamenta la Ley 1448 y se dictan otras disposiciones”. Artículo 106. Entidades responsables: (…) el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, en el marco de las competencias asignadas por Ley, deben garantizar la entrega de ayuda humanitaria a las víctimas de desplazamiento forzado, a través de la implementación de parámetros de atención de acuerdo con las condiciones de vulnerabilidad producto de la afectación del hecho victimizante y las circunstancias de tiempo, modo y lugar del mismo, en las etapas de urgencia, emergencia y transición. Artículo 114. Responsables de la oferta de alimentación en la transición. El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar debe implementar (...) un programa único de alimentación para los hogar es en situación de desplazamiento que continúan presentando niveles de vulnerabilidad relativos a este componente, y no han logrado suplir dicha necesidad a través de sus propios medios o de su participación en el sistema de protección social, y para grupos especiales que por su alto nivel de vulnerabilidad requieren de este apoyo de manera temporal.

Decreto 4800 de 2011 Artículo 115. Componentes de la oferta de alimentación. El programa que se desarrolle para este fin debe garantizar el acceso de la población destinataria a los siguientes componentes: Entrega de alimentos según la composición del grupo familiar, para lo cual el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar debe diseñar una estrategia que garantice una adecuada distribución, con enfoque diferencial. Seguimiento a los hogares, con el fin de evaluar al estado de nutrición de sus miembros, en especial de aquellos de mayor vulnerabilidad: niños, niñas y adolescentes, adultos mayores, madres gestantes y lactantes y personas con discapacidad. Desarrollo de estrategias de orientación y fortalecimiento de hábitos alimenticios dentro del hogar.

Decreto 2569 de 2014 Mediante el cual se reglamentan los artículos 182 de la Ley 1450 de 2011, 62, 64, 65, 66, 67 Y 68 de la Ley 1448 de 2011, se modifican los artículos 81 y 83 del Decreto 4800 de 2011, se deroga el inciso 2°del artículo 112 del Decreto 4800 de 2011 Articulo 5. Componentes de la AH. En la etapa de transición, el componente de alimentación será entregado de acuerdo con la normatividad vigente por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o quien haga sus veces, (…). En todo caso, y de acuerdo con las disposiciones legales establecidas, este esquema de entrega podrá ser modificado según se considere necesario. Artículo 16. Efectos de la identificación de carencias en el componente de alimentación. identificación carencias en el componente alimentación produce los siguientes efectos: Parágrafo 2º. En casos de hogares en que se identifiquen carencias leves en el componente de alimentación, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar entregará la atención humanitaria de transición correspondiente a ese componente.

Decreto 2569 de 2014 Hasta la vigencia 2014, el modelo de atención de ayuda humanitaria fijó tres montos de ayuda humanitaria con base en la conformación del hogar los cuales estaban entre $270.000 y $1.050.000. Con el Decreto 2569 del 2014, pretende pasar del asistencialismo a la inclusión social, estableciendo criterios y procedimientos para la entrega de la ayuda humanitaria. Fija los montos de la Ayuda Humanitaria en Transición dependiendo de: tiempo de desplazamiento del hogar, la composición del hogar de hasta 5 personas y un monto de ayuda humanitaria promedio por hogar al año de $254.100, así: Fuente: Datos suministrados UARIV/ Cálculos propios PATHD . SRD. Dirección de Protección. Abril 2015

Programa de alimentación en la transición para hogares víctimas de desplazamiento a nivel nacional

Objetivos Especificos Programa alimentación en la transición para hogares víctimas de desplazamiento a nivel nacional Objetivo General OBJETIVO GENERAL: Brindar alimentación en forma temporal a Hogares Victimas del Conflicto Armado en situación de desplazamiento, contribuyendo a la garantía, restablecimiento y mejoramiento en las condiciones de vida para alcanzar el goce efectivo de sus Derechos OBJETIVOS ESPECIFICOS: Atender la solicitud de los Hogares Victimas del desplazamiento para la asistencia alimentaria en la transición, garantizando su subsistencia mínima. Desarrollar un esquema de acompañamiento, orientación y fortalecimiento familiar a los beneficiarios del Programa. Objetivos Especificos

Cadena de Valor

Ruta operativa El esquema operativo general del Proyecto de Atención Alimentaria en la Transición a las Familias Víctimas del Conflicto Armado en Condición de Desplazamiento a Nivel Nacional contempla las siguientes etapas:   RECEPCIÓN, MEDICIÓN DE CARENCIAS Y REMISIÓN DE LAS SOLICITUDES REALIZADAS POR LA UARIV. a. Recepción solicitud b. Remisión a la UARIV para la caracterización c. Reingresa solicitudes avaladas por la UARIV 2. ENTREGA DE LA ASISTENCIA ALIMENTARIA A LOS HOGARES VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO EN SITUACIÓN DE DESPLAZAMIENTO Recepción solicitudes de la UARIV caracterizadas Validación de información por medio de cruces de base de datos y asignación de turno Consolidación y programación de pago de la ayuda humanitaria Remisión de listado de beneficiarios de la ayuda humanitaria al Banco 3. ACOMPAÑAMIENTO A LOS HOGARES DESPLAZADOS QUE HAN RECIBIDO LA AYUDA HUMANITARIA

Proyección de la población a atender

Población atendida 2013-2014 Durante los años 2013 y 2014 el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF atendió a 535.513 hogares por un valor de $357.305.452.500. Para el año 2015 se estima atender a 504.000 hogares y en el 2016 a 633.326 hogares respectivamente.   En la tabla siguiente se muestra el comportamiento histórico de atención a los hogares desplazados clasificados en etapa de transición en el ICBF:

Fuente: Cálculos PATHD. SRD. Dirección de Protección. Abril 2015 Proyección de población a atender Para el año 2015, la proyección de solicitudes con carencias leves en alimentación planeada por la UARIV con base en el Decreto 2569 del 2014, espera una disminución en la cantidad de solicitudes de ayuda humanitaria que se enviarán al ICBF, en donde el universo esperado de solicitudes para el 2015 y 2016 serían de 900.000 solicitudes con un porcentaje del 56% para 2015, esto corresponde a 504.000 con carencias leves en alimentación respectivamente: Fuente: Cálculos PATHD. SRD. Dirección de Protección. Abril 2015 A partir del 01 de Mayo de 2015 los hogares objeto de nuestra atención se pagaran de acuerdo con los criterios del Decreto 2569 de 2014, cada hogar hace una solicitud anual en la que se programaran los pagos a los que tenga derecho durante el año, motivo por el cual el número de solicitudes avaladas es igual a los hogares atendidos. Año/ Recibidas Avaladas Colocadas Pagadas Hogares Atendidos No. Solicitudes 2015* 900.000 504.000 394.376 2016*

Explicación Presupuesto 2015 Fuente: Datos suministrados UARIV/ Cálculos propios PATHD . SRD. Dirección de Protección. Abril 2015

Anteproyecto 2016 Fuente: Datos suministrados UARIV/ Cálculos propios PATHD . SRD. Dirección de Protección. Abril 2015

Variación 2016 Vs 2015

Fuente: Cálculos PATHD. SRD. Dirección de Protección. Abril 2015 Anteproyecto 2016 NOMBRE SOLICITADO 2016 VIGENTE 2015 VARIACIÓN % INVERSIÓN PROGRAMA ALIMENTACIÓN EN LA TRANSICIÓN A POBLACION VÍCTIMA $207.596.423.937 $180.000.000.000 15,33% ACOMPAÑAMIENTO A LOS HOGARES - APD $20.600.000.000 $20.000.000.000 3,00% RECURSOS PROPIOS   0.00 $60.000.000.000  -100% TOTAL VARIACIÓN $228.146.423.937 $260.000.000.000 -12,25% Fuente: Cálculos PATHD. SRD. Dirección de Protección. Abril 2015

GRACIAS!