Topicos Legales de Comercio Exterior

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Transcripción de la presentación:

Topicos Legales de Comercio Exterior Daniela Flores Veronica Hidalgo

MARAMAR S.A. Maramar S.A. es una empresa ecuatoriana dedicada a la comercialización y al desarrollo de productos Acuícolas y del Mar, cuyo principal enfoque es satisfacer las expectativas del mercado de hoy en día con la excelencia en la calidad de sus productos.

Para Importar: Se rigen bajo el régimen DIEZ, Importación a Consumo. En el COPCI (Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones) bajo los siguientes artículos: Articulo 147 (Capitulo VII) , el cual estipula que “ Es el régimen aduanero por el cual las mercancías importadas desde el extranjero o desde una Zona Especial de Desarrollo Económico pueden circular libremente en el territorio aduanero, con el fin de permanecer en el de manera definitiva, luego del pago de los derechos e impuestos a la importación, recargos y sanciones, cuando hubiere lugar a ellos, y del cumplimiento de las formalidades y obligaciones aduaneras” Articulo 120 (Capitulo VIII), el cual estipula que “Es el régimen aduanero de ingreso definitivo de las mercancías al país cuyos procedimientos para su aplicación serán establecidos por el Director General de Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. Las mercancías ingresadas bajo este régimen podrán circular libremente en el Territorio Ecuatoriano una vez satisfecha la obligación tributaria aduanera”

La importación que ellos realizan es de salmón es decir un producto perecible el cual debe salir el mismo día que llega la carga unas cuantas horas después, es por ello que utilizan el DESADUANAMIENTO DIRECTO según el Artículo 94 “ Previa solicitud del consignante o consignatario o del agente de aduana, el sistema informático del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador permitirá el desaduanamiento directo de las siguientes mercancías: Medicinas y alimentos que requieran de condiciones ambientales especiales para su conservación o mantenimiento”

Para Exportar: Se rigen bajo el régimen CUARENTA, Exportación Definitiva. En el COPCI (Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones) bajo los siguientes artículos: Artículo 154. “ Es el régimen aduanero que permite la salida definitiva de mercancías en libre circulación fuera del territorio aduanero comunitario o una Zona Especial de Desarrollo Económico ubicada dentro del territorio aduanero ecuatoriano, con sujeción a las disposiciones establecidas en el presente Código y en las demás normas aplicables. Artículo 158. “Es el régimen aduanero que permite la salida definitiva de mercancías en libre circulación fuera del territorio aduanero ecuatoriano o una Zona Especial de Desarrollo Económico, con sujeción a las disposiciones establecidas en la normativa legal vigente”.