La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente es un órgano administrativo desconcentrado, con autonomía técnica y operativa, dependiente de la Secretaría.

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Transcripción de la presentación:

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente es un órgano administrativo desconcentrado, con autonomía técnica y operativa, dependiente de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Nació el 4 de junio de 1992, fecha en la que el Diario Oficial de la Federación publicó el Reglamento Interior de la entonces Secretaría de Desarrollo Social, que la crea. ANTECEDENTES

La Profepa tiene como tarea principal incrementar los niveles de observancia de la normatividad ambiental, a fin de contribuir al desarrollo sustentable. Entre sus atribuciones se encuentran: vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales; salvaguardar los intereses de la población; y brindar asesoría en asuntos de protección y defensa tanto del ambiente como de los recursos naturales. ¿QUÉ HACE?

Cuenta con cuatro Subprocuradurías: Subprocuraduría de Recursos Naturales Subprocuraduría de Auditoría Ambiental Subprocuraduría de Inspección Industrial y Subprocuraduría Jurídica Además, opera a través de 32 delegaciones en todo el país. ESTRUCTURA

Verifica el cumplimiento de las disposiciones legales relacionadas con los Bosques, la Flora y Fauna Silvestres, Pesca, Zona Federal Marítimo Terrestre, las Playas y los Terrenos Ganados al Mar o cualquier otro depósito de aguas marítimas y las Áreas Naturales Protegidas. Está facultada para establecer mecanismos, instancias y procedimientos administrativos que le permitan el logro de tales objetivos. RECURSOS NATURALES

Realiza tareas de Inspección, a fin de supervisar que el aprovechamiento de los recursos naturales que efectúan los particulares, las empresas, las agrupaciones sociales y aún las propias autoridades y entidades del gobierno, los lleven a cabo de una manera lícita. Verifica la legalidad y cumplimiento de las licencias, permisos y autorizaciones emitidas a todos aquellos que ejercen una actividad de extracción, captura, colecta, comercio, transporte o explotación permitida. Premisa: el derecho de aprovechar y disfrutar los recursos naturales en México, conlleva la obligación de hacerlo con base en el Derecho. RECURSOS NATURALES

AUDITORÍA AMBIENTAL Promueve y vigila la correcta aplicación del Programa Nacional de Auditoría Ambiental (PNAA). Pueden incorporarse de manera voluntaria las empresas, instituciones públicas y todas aquellas actividades humanas que por su naturaleza pudieran impactar de manera negativa al entorno. Objetivo: corregir deficiencias, mejorar su desempeño ambiental y disminuir los daños a la ecología. Terminado el procedimiento, la empresa u organismo en cuestión recibe un Certificado.

Vigila el cumplimiento de la legislación, reglamentación y normatividad ambientales, aplicables a establecimientos industriales, de servicios y comerciales, en los rubros de competencia federal. Son: Atmósfera; Residuos Peligrosos (industriales, biológico infecciosos y prestadores de servicios); Actividades Altamente Riesgosas; e Impacto Ambiental. Verifica que los propios generadores y operadores de las fuentes de contaminación cumplan con sus obligaciones ecológicas, con base en los ordenamientos vigentes, cuyo propósito es responsabilizarlos en forma directa. INSPECCIÓN INDUSTRIAL

Su misión es asegurar el cumplimiento de la ley ambiental, con el fin de prevenir y controlar la emisión de sustancias que dañan a la naturaleza. Y Contribuir a la restauración del entorno mediante la inspección de las fuentes potencialmente contaminantes, la identificación de infracciones, la notificación de sanciones, el ordenamiento de las medidas correctivas con sus plazos de cumplimiento y la verificación de su acatamiento. INSPECCIÓN INDUSTRIAL

Se encarga de garantizar que todos los ciudadanos cumplan con la Ley en materia Ambiental. Acciones: procedimientos administrativos; denuncia penal ante el Ministerio Público Federal; y querellas ante esa misma autoridad. Sin embargo, es también una instancia conciliadora; revisa los convenios de la dependencia con quienes han sido sancionados, a fin de conmutar las penas aplicadas por acciones que beneficien al entorno ecológico. Pueden ser para remediar el Ambiente o para compensar. JURÍDICA

Celebra acuerdos con estados y municipios, con países u organismos del extranjero, relacionados con el trabajo que desarrolla la PROFEPA. JURÍDICA

Ser una institución fuerte y confiable que en su tarea de aplicar la Ley Ambiental responda al ideal de justicia que la población demanda. Antes que imponer sanciones, promover una verdadera cultura ecológica y lograr los más altos índices de cumplimiento de los ordenamientos en la materia. Visualiza una sociedad en la que cada uno de sus miembros sea guardián de una amable convivencia entre el ser humano y la naturaleza. VISIÓN

Procurar la Justicia Ambiental, a través del estricto cumplimiento de la Ley, a fin de desterrar impunidad, corrupción, indolencia y vacíos de autoridad. Involucrar en esta lucha a todos los sectores de la sociedad y a los tres niveles de gobierno, bajo los más puros principios de equidad y de justicia. MISIÓN

Contener la destrucción de nuestros recursos naturales y revertir el deterioro ambiental. Garantizar el pleno acceso de la sociedad a la impartición de una justicia ambiental pronta y expedita. Lograr la participación decidida, informada y responsable de los ciudadanos y de sus organizaciones, en la vigilancia e inducción del cumplimiento de la Ley Ambiental. Fortalecer la presencia de la Procuraduría y ampliar su cobertura territorial, con criterio federalista. OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

Construir una institución moderna y eficiente, bajo criterios de honestidad, transparencia y confiabilidad, que permitan crear una nueva imagen ante la sociedad.

FUNCIÓN BÁSICA Hacer cumplir las leyes en materia ambiental