Tema 11 11 tema. Modificación de la prestación laboral.

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Transcripción de la presentación:

Tema tema. Modificación de la prestación laboral

1. LA MOVILIDAD FUNCIONAL def. => variac ión en el contenido de la actividad a realizar por el trabajador (funciones) por decisión empresario Tipos: interna (dentro grupo): Externa (fuera grupo) Rasgos:1. no causal,2, permanente 3.decisión empresario efectos.: efectiva decisión, salario requisitos. 1 causal, 2. por tiempo imprescindible, 3. sin daño dignidad, 4.dentro titulacion Efectos. Garantía salarial 2. cambio no justifica despido Tipos: 1.Funciones inferiores descendente a.Por imprevisibilidad, b. comunicación representantes 2. Ascendente funciones superiores: 6 meses en 1 año / 8 meses en 2 años Trabajador => derecho a reclamar 1. ascenso 2. cobertura de vacante 3. diferencias salariales. Otros instrumentos : Doble posibilidad: a. Por mutuo acuerdo b. Falta de acuerdo => modificación sustancial de condiciones de trabajo

Tabla de la movilidad funcional tipoprocedimientocausasduraciónLímites Movilidad funcional interna (dentro del Grupo) Decisión unilateral del empresario No son necesariospermanentederivadas de la titulación Sin vulnerar derechos del trabajdor Movilidad funcional externa Decisión unilateral del empresario Razones técnicas o de la organización transitoriaderivadas de la titulación Sin vulnerar derechos del trabajador

Movilidad geográfica Def  alteración del lugar de residencia que implica cambio de residencia del trabajador excluidos movilidad Tipos 1.Cambios dentro municipio 2. Servicios centro móviles o itinerantes Traslados =cambio permanente o definitivo Requisitos: razones económicas, técnica. organizativas o de producción por contrataciones referidas a la actividad empresarial Basta mejora (no solución, ni única) Tipos: 1-Colectivo = toda plantilla ( empresa = + de 5 trab.) - 90 días afecta: 10 trab => emp. = >100 trab. 10% => emp. = 100/300 trab. 30 trab. => emp. = >300 trab. Procedimiento: Periodo de consultas Efectivo desde decisión o acuerdo Prioridad representantes 2. Individual => resto situaciones Procedimiento:decisión emprersario Incorporación (30 días) efectivo desde decisión 3. acciones trabajador 1. optar por extinción cto. de trabajo Indemnización: 20 días salario /año tope: 12 meses) 2. impugnar acuerdo/decisión empresarial ante jurisdicción social Posible extinción con indemnización(45 días/año tope= 42 meses) plazo ; 20 días 3. traslados colectivos => posible conflicto colectivo 4. Acuerdo = NULO  impugnación 5. Económicos: dº a compensación gastos originados por traslado a.15 días (minimo) b.Sobre causas efectos y con buen fe c.Notificación Autoridad laboral d.sin acuerdo decisión empresario Desplazamientos = modificación no definitiva por razones técnicas, económicas,… si dura mas 3 meses preaviso = 5 días más 12 meses 3 años = traslado Derechos: a.gastos viaje y dietas. B. 4 días permiso cada 3 meses. C. Posible impugnación

3. LA MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO Concepto. => atendiendo a 2 criterios 1. a quienes afecta y por cuanto tiempo. 2. por el contenido. Modificaciones sustanciales (trascendentes)=> ley lista abierta (ejemplos) ; jornada, horario, turnos, sistema de remuneración sistema de trabajo y rendimiento, funciones (fuera del art. 39) Modificación sustancial = No cualquier cambio=> aquellos realmente significativos (concepto indeterminado) Sobre horario, los turnos, sistema de retribución y sistema de rendimiento  pactados en convenio Colectivo estatutario  SOLO por acuerdo TIPOS Por origen Individual o colectivo de la consdición a modificar Individual => si por cto. o acuerdo individual = Colectivo => si por convenio colectivo o pacto de empresa Afecta total empresa y al menos 5 trabajadores Precisión: no modificación colectiva ( a efectos procedimiento) Cuando; 1. afectan a funciones y horario de trabajo 2. en 90 días afecten a menos de: - 10 trabajadores en empresas = menos 100 trab. -10% de los trabajadores en empresas =100/300 trab. -30 trabajadores en empresas = trab. REQUISITOS. Probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción Se entenderán que concurren => finalidad mejorar respuesta empresa(optimizando recursos)o mejor respuesta exigencias del mercado. Ley 35/2010  modificación de esta parte del texto del art.41. Procedimiento INDIVIDUAL; A. decisión unilateral empresario => efectiva por sí misma. B. notificación 30 días antes (trabajadores afectados y representantes de los trabajadores) Cautela; decisiones por debajo de 90 días sin nuevas causas si superan límite numérico => en fraude de ley = nulas y sin efecto.

COLECTIVO 1. Periodo consultas con representantes de los trabajadores No menor de 15 días. Contenido: sobre causas, posibilidad evitar y medidas de atenuación. Sobre fundamento y consecuencias de la medida. Deber de negociar de buena fe, para llegar a un acuerdo. (aprobación por mayoría de representantes trabajadores Acuerdo =/= no Consideración Convenio Col. 2. Comunicación a trabajadores afectados => decisión o acuerdo. 2 novedades Ley 35/2010 a- Procedimiento en caso de no representación legal  trabajadores doble opción designación en 5 días desde inicio período de consultas: comisión de un máximo de 3 miembros elegidos democráticamente comisión de 3 miembros designados por sindicatos más representativos(  empresario atribuir representación a las organizaciones empresariales b. empresario y representación de trabajadores  acordar sustitución periodo de consultas por procedimiento de mediación o arbitraje EFECTOS 1. decisión efectiva 2. Acciones trabajador; a. trabajador perjudicado => cambio (horario, jornada, turnos) =>puede rescindir cto. Indemnización; 20 días salario/año antigüedad tope 9 meses. Sin perjuicio art. 50. a LET b. impugnación => decisión empresario (o acuerdo con representantes) Valorar razones de modificación. Sin perjuicio de efectividad de la decisión 3. en caso de modificación colectiva sin acuerdo => Conflicto colectivo (paraliza las reclamaciones individuales) acuerdo => impugnable por los no firmantes. Impugnación también por nulidad