SISTEMA DE GARANTÍA DE ORIGEN Y ETIQUETADO DE LA ELECTRICIDAD

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Transcripción de la presentación:

SISTEMA DE GARANTÍA DE ORIGEN Y ETIQUETADO DE LA ELECTRICIDAD JORNADA SOBRE PERSPECTIVA ACTUAL Y EVOLUCIÓN DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES EN ESPAÑA 11 Diciembre 2007 Luis Jesús Sánchez de Tembleque Subdirector de Regímenes Especiales

1.- Base normativa Directiva 2004/8/CE: Cogeneración de Alta Eficiencia Artículo 5: “Garantía de origen de la electricidad de cogeneración de alta eficiencia” Los EEMM garantizarán (…) que el origen de la electricidad producida a partir de la cogeneración de alta eficiencia pueda identificarse (…). Los EEMM velarán por que dicha garantía de origen de la electricidad permita a los productores demostrar que la electricidad que venden ha sido producida mediante cogeneración de alta eficiencia y se expida siempre que así lo solicite el productor. Directiva 2001/77/CE: Energías Renovables Artículo 5: “Garantía de origen de la electricidad generada a partir de fuentes de energía renovables” Los EEMM harán lo necesario para que el origen de la electricidad generada a partir de fuentes de energía renovables pueda garantizarse como tal (…) Asimismo, velarán por que se expidan a tal efecto, previa solicitud, garantías de origen. Es importante diferenciar claramente las garantías de origen (atributo ambiental) de los certificados comercializables (sistema de apoyo)

1.- Base normativa Directiva 2003/54/CE: Normas comunes en el mercado de la electricidad (etiquetado) Artículo 3, apartado 6: “Obligaciones de servicio público y protección del cliente”. Los suministradores de electricidad deberán indicar en sus facturas e información promocional: La contribución de cada fuente energética al mix de generación de la empresa durante el año anterior Fuentes de información en las que esté disponible información sobre el impacto en el medio ambiente al menos en cuanto a las emisiones de CO2 y los residuos radiactivos derivados de la electricidad producidos por la mezcla global de combustibles de la empresa durante el año anterior.

2.- Aspectos a considerar Técnico Gestión coordinada del sistema (OS) Imposibilidad de distinguir la procedencia una vez vertida la energía a la red Opciones de adquisición de energía: A tarifa: En el mercado: Omel Bilateral Comercial Tarifa regulada Energía consumida + perdidas = Energía producida (hora) Prec.Mercado + Peaje La Garantía de Origen revela el atributo ambiental al consumidor (etiqueta) Diferenciación de productos (dinamiza el mercado) Ambiental Energía consumida + perdidas = Energía producida (año)

3.- La OM ITC 1522/2007 y art. 110 Bis RD 1955/2000 Expedición, transferencia y cancelación Sistema de Anotaciones en Cuenta de Garantía de Origen: Página Web CNE GdO GdO PRODUCTORES Empresas COMERCIALIZADORAS CONSUMIDORES Expedición Transferencia Cancelación CNE CNE CNE

3.- La OM ITC 1522/2007 y art. 110 Bis RD 1955/2000 Estructura Objeto, Ámbito de aplicación, Definiciones, Concepto Organismo responsable: CNE Procedimiento: Solicitud, Expedición, Transferencia, Importación, Exportación, Cancelación. Sistema de anotaciones en cuenta a través de la web de la CNE Separación contable Verificación e inspección de instalaciones Los suministradores han de informar a los consumidores de la mezcla global de generación y de la mezcla particular de comercialización, una vez asignadas las garantías expedidas, así como de los impactos ambientales asociados. Efectos: Diciembre 2007: Entrada en vigor Enero 2008: Solicitud de Expedición, Transferencia, Importación, Exportación y Cancelación GdO 2007 Marzo 2008: web CNE: información mix producción (general) y mix comercialización (por comercializador) en 2007, e impactos ambientales Abril 2008: Información en las facturas de los consumidores

4.- La Circular CNE 2/2007, de 29 de noviembre Sistema de Garantía de Origen Objeto, Definiciones, Concepto de GdO Sistema de Garantía de Origen: Publicidad y actualización de las GdO mediante Sistema de Anotaciones en Cuenta en la Página Web de la CNE. Se entregarán resguardos acreditativos automáticos. Solicitudes de (formularios en la Web): Expedición, Exportación, Transferencia, Cancelación (titulares o sus representantes) Transferencia, Importación, Cancelación (comercializadores o sus representantes) Desistimiento (por el solicitante) GdO año n (solicitudes desde 1 de enero hasta 31de enero año n+1, salvo transf. y redención 15 de marzo n+1) Medios: Soporte papel en Registro de Entrada ó Registro Telemático con firma electrónica Funcionamiento: Expedición, Transferencia, Importación, Exportación, Cancelación (redención, revocación, caducidad), Denegación de solicitudes, Rectificación de errores Verificación de información y medidas. Inspección de instalaciones Efectos: Diciembre 2007: Entrada en vigor Enero 2008: Solicitud de Expedición, Transferencia, Importación, Exportación y Cancelación GdO 2007 Enero 2008: Solicitud de Expedición GdO 2004, 2005 y 2006 (se cancelarán cuando se expidan)

5.- La Circular CNE X/2008, de X de enero Sistema de Etiquetado Objeto, Concepto Obligaciones de información: Distribuidores y Comercializadores, del mix general de generación y del mix particular de comercialización, una vez asignadas las garantías expedidas, así como de los impactos ambientales asociados Obtención de información: Mix de producción, adquisiciones comercializadores: REE Emisiones específicas CO2: CIEMAT Residuos alta actividad: CSN Método de cálculo: Mix de Producción – GdO = Mix de comercialización Formato de Etiquetado Accesibilidad de la información: Página Web CNE Efectos: Abril 2008: Web CNE: información mix producción (general) y mix comercialización (por comercializador) en 2007, e impactos ambientales Abril 2008: Información en las facturas de los consumidores

5.- La Circular CNE X/2008, de X de enero Ejemplo

5.- La Circular CNE X/2008, de X de enero Ejemplo B

Fin de la presentación www.cne.es

Ejercicio práctico: Mix de generación, GdO y mix comercialización sin GdO

Ejercicio práctico: Distribución mis comercialización final