JORNADA FEIM – CONFEMADERA – M.I.T.Y.C. ANTONIO BALLESTER SÁNCHEZ

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
REFORMA DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
Advertisements

Síntesis de las medidas fiscales para la reforma y su aplicación.
Fiscalidad de la I+D+i CDI de la FGUAM Los días 4, 5 y 6 de mayo de 2009 Curso de formación.
PRESENTACIÓN PROYECTOS I+D+i TEMPORADA
La aplicación de Regimenes Especiales para las PYMEs, aspectos Técnicos – Jurídicos Montevideo - Uruguay Octubre 2008.
EL MARCO JURIDICO DE LA HACIENDA PUBLICA EL SALVADOR
Agencia Tributaria Cesión de información a las Administraciones Públicas por correo seguro - Internet Departamento de Organización,
RENTAS LIQUIDAS.
UD. 12 GESTIÓN FISCAL 1. EL SISTEMA TRIBUTARIO ESPAÑOL
INCENTIVOS FISCALES A LA INVESTIGACIÓN, DESARROLLO E INNOVACIÓN
1 Cheque Innovación Qué es el cheque innovación 2.Quién puede solicitar un cheque 3.Con quién contratar 4.Proyectos subvencionables con ainia.
INCENTIVO TRIBUTARIO PARA LA INVERSIÓN PRIVADA EN I+D (LEY )
BONIFICACIÓN POR ACTIVIDADES DE I+D+i DEL PERSONAL INVESTIGADOR
VALORACIÓN DE LA REFORMA TRIBUTARIA. Restricción del perímetro de vinculación Se considerarán personas o entidades vinculadas las siguientes: b) Una entidad.
1. MARCO TRIBUTARIO ESPAÑOL. JUSTIFICACIÓN DEL SISTEMA TRIBUTARIO
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES CIERRE 2009 CIERRE 2009Y NOVEDADES 2010.
EL TRATAMIENTO FISCAL DE LA I+D+i Febrero, Un análisis de los incentivos fiscales en el IS ³ Contenido: m Libertad de amortización gastos y elementos.
II JORNADAS DE EMPLEO VERDE Y GASTRONOMÍA ECOLÓGICA EN LA BAHÍA DE CÁDIZ TRÁMITES PARA LA CREACIÓN DE UNA EMPRESA 24/10/2013.
DR. BARROS BORGOÑO 384, PISO 3º PROVIDENCIA – SANTIAGO – CHILE Teléfono: (56 2) ATM CHILE & CONSULTORES ATM CHILE PROYECTO DE LEY REFORMA TRIBUTARIA.
MUESTRARIOS TEXTILES, DEDUCCIONES FISCALES 16 de mayo de 2007
Pág. 1 VALORACIÓN DE LA REFORMA TRIBUTARIA Reforma del Impuesto sobre Sociedades. Deducciones. Incentivos fiscales y el régimen de PYME. Ignacio Quintana.
Curso Gerente Pequeño Comercio
EMPRESAS, SOCIEDADES Y OTROS ENTES PUBLICOS Aspectos presupuestarios y contables PROVINCIA DE SANTA FE.
TIPOLOGIA SOCIEDADES.
Decreto 3048 de 2013 Por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto 1828 de 2013 y se dictan otras disposiciones. Autorretencion del CREE y costos.
Pág. 1 VALORACIÓN DE LA REFORMA TRIBUTARIA Reforma del Impuesto sobre Sociedades. Líneas generales Eduardo Abad Juan Cobo de Guzmán GarriguesEY Abogados.
INGRESOS Es todo hecho económico que sea susceptible de producir un incremento neto del patrimonio en el momento de su ocurrencia. El origen de los Ingresos.
Emisión, entrega y conservación Cálculo y confección de facturas
Inauguración de la Exposición en el Museo de la Ciudad, y presentación Concurso de Ideas. Convocatoria Concurso de Ideas “Reinventar Móstoles Centro”.
1. EL PROCESO DE FACTURACIÓN
SOBRECOSTOS TRIBUTARIOS AL COMERCIO EXTERIOR
Sociedades Extranjeras
INSTITUTOINTERNACIONAL INSTITUTO INTERNACIONAL SAN TELMO 1 Cierre Fiscal Novedades Tributarias 2011/2012.
Nuestra solución Deducciones Fiscales/ Certificación de Proyectos de I+D+i e Informe Motivado Contexto general Grupo SCA, consciente de la importancia.
Coordinación Fiscal Antecedentes.
Acceso a Ciclo Formativo Superior. Acceso directo. El requisito académico que da acceso directo para cursar la formación profesional específica de grado.
CREACIÓN DE NUESTRA EMPRESA
 Las personas jurídicas  Los contribuyentes que ejerzan actividades económicas, cuando satisfagan rentas en el ejercicio de sus actividades  Las personas.
14/04/2004www.sefade.es1 PLANIFICACION TRIBUTARIA PARA EMPRENDEDORES/AS. NOVEDADES FISCALES. SEFADE S.C.L. ECONOMISTAS ASESORES FISCALES CENTRO DE DESARROLLO.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Elena Lamothe Blázquez Gemma Ramírez Pino
Proyecto de Ley Foral de Simplificación administrativa para la puesta en marcha de actividades económicas Pamplona, 29 de junio de 2009 Gobierno de Navarra.
1. EL CICLO CONTABLE.
Nueva Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades
CONCEPTOS Y ELEMENTOS BASICOS DE LA CONTABILIDAD FINANCIERA
IMPUESTOS A LOS INGRESOS
REGIMEN OPERACIONES VINCULADAS
JORNADA INFORMATIVA FEDERACIONES Y CLUBS DEPORTIVOS CUESTIONES FISCALES, CONTABLES Y LEGALES 22 Mayo 2015.
Obligaciones fiscales de la empresa: IRPF e IS
2.1 LEGISLACIÓN MERCANTIL
UNIDAD 5: EL SISTEMA TRIBUTARIO
1 SOCIEDADES LABORALES U NA F ORMA I NNOVADORA D E C REAR E MPLEO ASPECTOS LEGALES.
Principales modificaciones en materia fiscal introducidas por el Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria,
TALLER “Oportunidades de financiación” Incentivos Fiscales por I+D+i Alicante 18 Noviembre 2013 Vanessa Izquierdo Calidad, Medio Ambiente, PRL e I+D+i.
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES CIERRE 2010 CIERRE 2010 Y NOVEDADES 2011.
Buenas noches.
NUEVO MODELO CÁMARA DE COMERCIO DE SORIA. Algunos proyectos destacados de la Cámara Proyectos para 2011 Distribución presupuestaria Cámara de Comercio.
Hahn Ceara.
Fomento de las Pymes Innovadoras
SOCIEDAD LIMITADA NUEVA EMPRESA
XXVIII Jornadas Latinoamericanas de Derecho Tributario Impacto de BEPS en un país no OECD (PERU) David de la Torre Delgado.
Impuesto sobre Sociedades
RESERVA CAPITALIZACIÓN RESERVA NIVELACIÓN
¿QUÉ ES EL RÉGIMEN DE BUENOS CONTRIBUYENTES? El Régimen de Buenos Contribuyentes (En adelante Régimen), fue creado para los contribuyentes y/o responsables.
4. Bases jurídicas y económicas del sector. Normativa en cultura II República ( ): cultura como concepto de ordenación de los fines del Estado.
UNIDAD 7 “FISCALIDAD”.
Jornada Técnica de Contratación
SUBVENCIONES A EMPRESAS. PROYECTO EMPRESARIAL: “Tipos” de Proyectos: → INICIAR ACTIVIDAD ECONÓMICA → ACTUALIZAR LA EMPRESA → INCREMENTAR LA COMPETITIVIDAD.
FAB Foro Argentino de Biotecnología Comisión de Presupuesto y Hacienda - Honorable Senado de la Nación 20 de Septiembre de 2005 Proyecto.
Jornada de actualización de régimen jurídico y control interno de las subvenciones El régimen jurídico de las subvenciones: elementos objetivos y subjetivos.
Transcripción de la presentación:

JORNADA FEIM – CONFEMADERA – M.I.T.Y.C. ANTONIO BALLESTER SÁNCHEZ La nueva deducción por muestrarios de la industria del mueble y de la madera en el Impuesto sobre Sociedades. JORNADA FEIM – CONFEMADERA – M.I.T.Y.C. 2 de marzo de 2010 ANTONIO BALLESTER SÁNCHEZ ANTONIO BALLESTER/MIGUEL ÁNGEL MOLINA

PRESENTACIÓN Y OBJETIVO El objetivo de esta ponencia es abordar desde un punto de vista práctico la nueva deducción por muestrarios incorporada en el artículo 35 del TRLIS con efecto desde 2008. En la presentación se abordan los aspectos más importantes a tener en cuenta de cara a la aplicación de la nueva deducción en el Impuesto sobre Sociedades. Al mismo tiempo esta sesión pretende ser un foro de debate en el que se puedan plantear las dudas surgidas en la aplicación de la nueva normativa. Por último, se expone sucintamente la incidencia de las medidas tributarias contenidas en el A.L.E.S. (Anteproyecto de Ley de Economía Sostenible) para el sector de la madera y del mueble.

MARCO NORMATIVO ART. 35 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. (Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo) LEY 4/2008, DE 23 DE DICIEMBRE, por la que se suprime el Impuesto sobre el Patrimonio, y se introducen otras modificaciones en la normativa tributaria. LEY 35/2006 DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Real Decreto 1432/2003 de 21 de noviembre, por la que se regula la emisión por el Ministerio de Ciencia y Tecnología de informes motivados relativos al cumplimiento de requisitos científicos y tecnológicos.

INTRODUCCIÓN Hasta el ejercicio fiscal 2007 sólo tenían la consideración de muestrarios a efectos de la deducción por IT en el IS los del sector textil. En el ejercicio 2008 se ha ampliado a los sectores del calzado, curtido, marroquinería, juguete, mueble y madera. (Ley 4/2008) El Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (RD Leg 4/2004, de 5 de marzo) establece en su artículo 35 importantes deducciones fiscales con el fin de incentivar actividades de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica, tipificando la realización de muestrarios de los sectores textil, calzado, curtido, marroquinería, juguete, mueble y de la madera como actividad de “innovación tecnológica” “ Se considerará innovación tecnológica […] los muestrarios textiles, de la industria del calzado, del curtido, de la marroquinería, del juguete, del mueble y de la madera. (Art. 35.2.a) TRLIS)

DEFINICIÓN DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA Se considera innovación tecnológica la actividad cuyo resultado sea un avance tecnológico en la obtención de nuevos productos o procesos de producción o mejoras sustanciales de los ya existentes. Se consideran como “nuevos” aquellos productos o procesos cuyas características o aplicaciones, desde el punto de vista tecnológico difieran sustancialmente de los existentes con anterioridad.

CONCEPTO DE MUESTRARIO El muestrario podemos decir, a efectos prácticos, que está constituido por toda actividad de diseño, fabricación e inmortalización de “nuevos productos” que se realiza como medio de presentación para la comercialización de la producción industrial. Según la R.A.L.E. por “muestrario” debemos entender, la colección de mercaderías. Según el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, se entiende por muestrario el resultado de las actividades realizadas para el desarrollo de un conjunto de prototipos potencialmente convertibles en un nuevo producto.

APLICACIÓN DE LA DEDUCCIÓN FISCAL La deducción prevista en el artículo 35 del TRLIS se practica sobre la cuota íntegra ajustada, es decir, la cuota íntegra minorada por las deducciones para evitar la doble imposición y las bonificaciones previstas en el artículo 33 del TRLIS. Ello puede originar un considerable “ahorro fiscal” para aquellas sociedades mercantiles que hayan obtenido un resultado contable antes de impuestos, positivo. En el caso de que la cuota íntegra ajustada no pueda absorber la totalidad de la deducción acreditada, la sociedad dispone de un plazo de 15 años para poder practicar la deducción. (Art. 44.1)

PARÁMETROS DE LA DEDUCCIÓN (I) La base de la deducción estará formada por los gastos que se puedan imputar, como los de personal directo del departamento de diseño, gastos de fabricación de los prototipos del catálogo, gastos de pruebas o ensayos, gastos de inmortalización del catálogo, gastos de servicios externos, gastos de publicidad, etc. La norma puntualiza que dichos gastos deben de estar directamente relacionados con dichas actividades, se apliquen efectivamente a la realización de los muestrarios y que consten específicamente individualizados por proyectos. La base de la deducción se minorará en el 65% del importe de las subvenciones recibidas y relacionadas con el proyecto.

PARÁMETROS DE LA DEDUCCIÓN (II) El porcentaje de deducción aplicable a los períodos impositivos de 2008 y siguientes es del 8% de los gastos efectuados en el período por este concepto. De acuerdo con el artículo 35 del TRLIS, el importe de la deducción no podrá exceder del 35% de la cuota íntegra minorada en las deducciones para evitar la doble imposición y las bonificaciones. No obstante, el límite se elevará al 50% cuando el importe de la deducción exceda del 10% de la cuota íntegra ajustada. Las cantidades correspondientes a la deducción no deducidas en un ejercicio podrán aplicarse en las liquidaciones de los períodos impositivos que concluyan en los 15 años inmediatos y sucesivos.

DEDUCCIÓN POR MUESTRARIOS. EJEMPLO PRÁCTICO (I) A continuación se expone de forma resumida y simplificada un caso práctico que permite apreciar la incidencia y el ahorro fiscal que puede suponer en la cuota del impuesto esta nueva deducción. La sociedad FÁBRICA DE MUEBLE MODERNO, S.L., tributa en el régimen general del Impuesto sobre Sociedades y su resultado contable del ejercicio 2009, coincidente con su base imponible, ha sido de 150.000 euros de beneficio. Durante el año 2009 ha elaborado un muestrario de sus productos de mueble y madera en el que ha incurrido en los siguientes gastos: Factura del diseñador -----------------------------------------------------------------------30.000 euros. Factura de la agencia de publicidad………………………………………………………………....25.000 euros. Coste del personal afecto en exclusiva al departamento de diseño y creación…….. .20.000 euros. Coste de los materiales aportados………………………………………………………………….. 14.000 euros. Factura empresa de artes gráficas por ejecución y desarrollo del muestrario………. 15.000 euros. Total de costes……………………………………………………………………………..104.000 euros. La sociedad ha percibido una subvención para la elaboración del muestrario de 10.000 euros.

EJEMPLO PRÁCTICO (II) Total base deducción por innovación tecnológica 104.000 – (65% x 10.000)= 97.500 Deducción generada 2009: 97.500 euros x 8% = 7.800 euros LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES EJERCICIO 2009 Resultado contable. Base Imponible………………. 150.000 Cuota íntegra (30%)……………………………………….45.000 Deducción por IT…………………………………………….(7.800) Cuota líquida………………………………………………….37.200 (24%) ANTONIO BALLESTER/MIGUEL ÁNGEL MOLINA

APLICACIÓN E INTERPRETACIÓN DE LA DEDUCCIÓN POR MUESTRARIOS (I) EL Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades en su artículo 35.4 regula la posibilidad (opcional) de obtener mayor seguridad jurídica en la aplicación de la deducción a través de los siguientes mecanismos: i) Informe motivado emitido por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio o por un organismo adscrito a éste, relativo al cumplimiento de los requisitos científicos y tecnológicos. (Informe vinculante para AEAT) ii) Presentar una consulta cobre la interpretación y aplicación de la presente deducción. La contestación será vinculante para la AEAT. iii) Solicitud a la AEAT de la adopción de acuerdos previos de valoración de los gastos e inversiones correspondientes a proyectos de I+D o de IT. Dicho informe tendrá carácter vinculante para la AEAT.

APLICACIÓN E INTERPRETACIÓN DE LA DEDUCCIÓN POR MUESTRARIOS (II) El mecanismo del “informe motivado” se configura como el sistema más ágil y seguro en caso de una eventual comprobación administrativa. Real Decreto 1432/2003, de 21 de noviembre, por el que se regula la emisión por el Ministerio de Ciencia y Tecnología de informes motivados relativos al cumplimiento de requisitos científicos y tecnológicos, a efectos de la aplicación e interpretación de deducciones fiscales por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica. Dicho mecanismo consiste en obtener un “informe motivado” del Ministerio de Industria vinculante para la Agencia Tributaria. La agilidad viene dada debido a su tramitación telemática y a la participación de entidades externas (entidades de certificación)

APLICACIÓN DE LA DEDUCCIÓN POR MUESTRARIOS (III) El procedimiento de actuación (opcional) es el siguiente: 1º. Solicitud de certificación del muestrario. 2º. Certificación del Muestrario. 3º. Solicitud del Informe Motivado. 4º. Aplicación de la deducción fiscal en la declaración del IS.

CONCLUSIONES El legislador a través de la reforma legislativa operada mediante la Ley 4/2008, de 23 de diciembre, ha querido ampliar al sector de la madera y del mueble los incentivos fiscales que se venían aplicando a otros sectores económicos por el desarrollo de proyectos de investigación e innovación. El Real Decreto –ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, ha suprimido el límite temporal de aplicación de la deducción por investigación desarrollo e innovación que conforme a la Ley 35/2006 únicamente iba a permanecer hasta el ejercicio 2011. El futuro de la deducción, ha quedado, por tanto, expedito.

MEDIDAS TRIBUTARIAS A.L.E.S. (I) IRPF Deducción por inversión en vivienda habitual. Concepto de rehabilitación para la deducción en vivienda habitual. Nueva deducción por obras de mejora de la vivienda habitual

MEDIDAS TRIBUTARIAS A.L.E.S. (II) IVA Tipo reducido (7%) para las prestaciones de servicios de obras de rehabilitación energética, uso eficiente del agua y accesibilidad. IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES Deducción por IT. Mayor límite para las deducciones por inversión. Deducción por inversiones medioambientales. ITPAJD -Operaciones societarias.

LA NUEVA DEDUCCIÓN POR MUESTRARIOS Gracias por su atención.