¿QUÉ ES LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA?

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Transcripción de la presentación:

¿QUÉ ES LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA? Ficha 1 ¿QUÉ ES LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA? hace referencia al conjunto de acciones o iniciativas que pretenden impulsar el desarrollo local y la democracia participativa a través de la integración de la comunidad al ejercicio de la política. Está basada en varios mecanismos para que la población tenga acceso a las decisiones del gobierno de manera independiente sin necesidad de formar parte de la administración pública o de un partido político. ¿PORQUÉ ES IMPORTANTE EL CIUDADANO? La Constitución Política de Colombia de 1991 nos dio, a todos los ciudadanos, la posibilidad de participar e intervenir activamente en el control de la gestión  pública.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA LA PARTICIPACIÓN CIUDADA  Es un proceso social, la ejercen los ciudadanos, todos y todas somos sujetos de la participación por ente tenemos derecho a hacer control social MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA QUE SON: Son instrumentos que la constitución política y la ley otorgan para promover la participación en las decisiones que afectan la comunidad. ACCIONES DE PARTICIPACIÓN Derecho de petición, Acción de tutela, acción de habeas corpus, Acción de habeas data, Acción contra la violencia intrafamiliar, Acción de cumplimiento, Acción popular.

QUE ES UN DERECHO DE PETICIÓN Derecho que tiene toda persona para presentar solicitud, ante las autoridades para tener de esta una pronta solución sobre lo solicitado. QUEJA O RECLAMO Solicitud verbal o escrita que se presenta ante un servidor publico, con el fin de requerir la intervención en un asunto concreto, en un termino no mayor a quince (15). 4

¿QUÉ DEBE TENER UN DERECHO DE PETICIÓN? Ficha 2 ¿QUÉ DEBE TENER UN DERECHO DE PETICIÓN? Todo Derecho de Petición debe contener la siguiente información: 1. Nombre e Identificación del Peticionario, el Representante o su apoderado. 2. Dirección del Peticionario (A donde recibirá la respuesta). 3. Nombre de la Entidad o del funcionario a quien se dirige. 4. Objeto de la petición y las razones que la respaldan. 5. Listado de los documentos que sustentan la petición. 6. Firma del Peticionario. * La respuesta al derecho de petición será enviada al ciudadano, a la dirección que haya dejado para envío de correspondencia

¿EN QUÉ TÉRMINO SE DEBE RESPONDER? El derecho de Petición en interés general o particular debe resolverse dentro de los QUINCE (15) días hábiles siguientes a la fecha de su recepción. El derecho de Petición de información o Solicitud de copias de documentos que no haga parte de expedientes deberá resolverse dentro de los DIEZ (10) días hábiles y el peticionario asumirá el costo respetivo. Cuando el derecho de petición es sobre solicitud de copias y certificaciones de expedientes deberá resolverse en un plazo no mayor a TRES (3) días. Cuando se trate de una solicitud de consulta en relación con la materia a cargo de la entidad, ésta se deberá resolver dentro de un término máximo de TREINTA (30) días hábiles. Cuando se trate de una solicitud de información de los congresistas, ésta se deberá resolver dentro de un término máximo de 5 días calendario, siguientes a la fecha de su recepción.

IMPOSIBIIDAD DE CONTESTAR LA PETICIÓN En el caso de no poder responder el derecho de petición dentro del plazo por ley establecido, se le informará por escrito al peticionario, detallando los motivos y señalando la fecha en la cual se resolverá. ¿CÓMO SE PRESENTAN LAS QUEJAS? Toda queja debe contener la siguiente información? 1. Nombre, identificación y dirección del que presenta la queja. (dónde recibirá la respuesta). 2. Nombre de la entidad o del funcionario contra quien se dirige la queja. 3. Objeto de la queja y los motivos que la sustenta. 4. Pruebas documentadas, testimoniales o cualquier otra que sustenta la queja. 5. Firma del Quejoso. EN QUÉ TÉRMINO DEBEMOS TRAMITAR UNA QUEJA? Las quejas, Reclamos y Denuncias se resolverán dentro de los QUINCE (15) días hábiles siguientes a su recibo, exceptuando aquellas que requieran de un PROCESO DISCIPLINARIO, las cuales serán atendidas en los Términos previstos en el Código único disciplinario de cada institución.

Ficha 3 QUÉ ES UNA ACCIÓN DE TUTELA Es un mecanismo constitucional para la protección de los derechos fundamentales y colectivos cuando ellos se encuentren en eminente amenaza y vulneración. La acción de tutela se presenta ante un juzgado de reparto, el tiempo que tiene el funcionario para resolver es DIEZ días ¿QUÉ ES UNA ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO? Es un mecanismo que se utiliza cuando la petición fue negada. no ha sido resuelta en el tiempo estipulado en la norma o se incumple con lo dispuesto en el fallo.

QUÉ ES UNA ACCIÓN POPULAR? Ficha 4 QUÉ ES UNA ACCIÓN POPULAR? Son los medios procesales mediante el cual los ciudadanos pueden proteger sus derechos e intereses colectivos. CUALES SON LOS DERECHOS COLECTIVOS: Los relacionados con el patrimonio, el espacio público. La seguridad y salubridad publica, la moral administrativa, el medio ambiente, la libre competencia económica y otros de similar naturaleza. La puede interponer todas las personas pueden hacerlo por si mismo o por quien actué en su nombre .

la Iniciativa Legislativa: Es el derecho político de un grupo de ciudadanos de presentar proyecto de acto legislativo y de ley ante el Congreso de la República, de ordenanza ante las asambleas departamentales, de acuerdo ante los concejos municipales o distritales y de resolución ante las juntas administradoras locales, y demás resoluciones de las corporaciones de las entidades territoriales, de acuerdo con las leyes que las reglamentan, según el caso, para que sean debatidos y posteriormente aprobados, modificados o negados por la corporación pública correspondiente..

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Ficha 5 MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Consagrados en el Artículo 103 de la Constitución Política de Colombia, desarrollado por la ley134 de 1994. Estatuto de los Mecanismos de Participación Ciudadana. Voto: Es un mediante el cual que el pueblo puede ejercer el derecho al sufragio. El voto es, ante todo, un acto personal y de voluntad política; además, es un derecho y un deber de todos los ciudadanos. Referendo: Es una iniciativa del gobierno o de los ciudadanos de someter a referendo un proyecto de ley de reforma constitucional que el mismo congreso incorpora en la ley Plebiscito: Es el pronunciamiento del pueblo convocado por el Presidente de la República, mediante el cual apoya o rechaza una determinada decisión del Ejecutivo. La Consulta Popular: Mecanismo a través del cual se hace al pueblo una consulta de carácter general sobre un asunto de trascendencia nacional, departamental, distrital, municipal, por parte del presidente, alcalde o gobernadores. El Cabildo Abierto: Es la reunión pública de los concejos distritales, municipales o de las juntas administradoras locales, en la cual los habitantes pueden participar directamente con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad. La Revocatoria del Mandato: Es un derecho político, por medio del cual los ciudadanos dan por terminado el mandato que le han conferido a un gobernador o a un alcalde.

ACCION DE HABEAS CORPUS Es el derecho que tiene toda persona a pedir a un juez su libertad, cuando haya sido capturado o retenido ilegalmente, por cualquier autoridad sin que la ley lo autorice. El tiempo para interponer la acción es de 36 horas

QUIEN PUEDE SOLICITAR LA ACCION El detenido, su abogado, el personero municipal, la procuraduría, la defensoría del pueblo. ANTE QUE AUTORIDADES SE PUEDE INTERPOER LA ACCION: Ante los Jueces penales, Municipales y del circuito , Jueces civiles, laborales Administrativo. QUE TIEMPO TIENE EL JUEZ PARA RESOLVER LA ACCION: En el termino de 36 horas

ACCION DE HABEAS DATA Es el derecho que tiene todo ciudadano a estar informado sobre los datos que se maneja de él en las entidades publicas o privadas. (el derecho al buen nombre) Este recurso legal suele ser muy importante en lo referente a la información financiera.

QUIE LO PUEDE SOLICITAR Lo puede solicitar la persona, o otra persona con autorización. COMO SE HACE VALER: Mediante un derecho de petición a la entidad sea publica o privada. o una acción de tutela, cuando la entidad no da contestación o solución, al derecho de petición.

GRACIAS Presentado por ALYS STELLA OROZCO PULIDO (Psicóloga Social Comunitaria) CONTACTO: sicoalys@hotmail.com yoescribomucho@hotmail.com CEL. 3124377020

INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN CIUDADA Qué son las instancias de participación ciudadana? Son espacios de interlocución permanente, con diferentes niveles de incidencia, entre la ciudadanía y entre ésta y la Administración, respecto a temas específicos de la gestión pública, creados por una norma nacional, regional o local. Conjunto de acciones mediante las cuales los ciudadanos pueden incidir en las decisiones relacionadas con el manejo de los asuntos públicos.  

  Con el fin de aumentar la efectividad, transparencia, corresponsabilidad, gobernabilidad, cooperación y la garantía de los derechos ¿QUIÉNES LAS CONFORMAN? Hay dos posibilidades: la primera, que sean conformadas por miembros representantes de la sociedad civil; la segunda, mixtas, que involucran representantes de la sociedad civil y de la administración según su nivel.

¿CÓMO SE CONFORMAN?  La Constitución Política de Colombia de 1991 en su Artículo 103 fundamenta las instancias de participación, en el marco de un Estado democrático y participativo de derecho: La administración nacional, departamental, distrital o local reglamenta la conformación de cada instancia mediante actos administrativos.

Para la representación de la sociedad civil, la administración realiza procesos de elecciones o de representación de sectores por consenso y cuando la instancia cuenta con participantes de entidades, éstas definen el mecanismo de delegación. QUIENES PARTICIPAN? La organización social, comunitaria, vecinal y territorial ha sido un componente fundamental en la producción de nuestras ciudades y en la definición del uso del espacio

¿PARTICIPACIÓN PARA QUÉ ¿PARTICIPACIÓN PARA QUÉ? La ciudadanía por su parte debe ser responsable al actuar en las instancias de participación, ejerciendo sus derechos y asumiendo sus obligaciones, contribuyendo a crear condiciones para que prevalezcan relaciones de respeto y cercanía con la autoridad.

En las ciudades del nuevo milenio, la organización y la participación de la ciudadanía son consideradas un recurso muy importante, un capital social para que todos contribuyamos corresponsablemente a mejorar la calidad de vida y demostrar que con democracia se vive mejor. 

QUE TIPOS DE INSTANCIAS DE PARTICIPACION HAN SIDO CREADAS QUE TIPOS DE INSTANCIAS DE PARTICIPACION HAN SIDO CREADAS? TEMA O POBLACIO SEGÚN TERRITORIO PLANEACION, CULTURA, MEDIO AMBIENTE, SALUD: Comité de participación comunitaria COPACO Asociaciones de usuarios en salud. SERVICIOS PUBLICOS, INTEGRACIÓN SOCIA: consejo de política social ATENCIÓN A DESASTRES: Comité local de emergencia CONTROL SOCIAL: Comité de desarrollo y control social , Veedurías ciudadanas

DERECHOS HUMANOS, EDUCACIÓN, PAZ Y SEGURIDAD VIVIENDA, DEPORTES, VIOLENCIAS INTRAFAMILIAR, NIÑEZ, JOVENES, ADULTES, ADULTO MAYOR, GENEROS, Comisión consultivos de mujer y géneros, Consejo consultivo LGBTI, ETNIAS, POBLACIÓN EN CONDICIÓN DE DESPLAZAMIENTO, POBLACIÓN EN CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD, ENTRE OTROS.

A PARTICIPAR SE APRENDE PARTICIPANDO