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Complejo Educativo Católico “Juan XXIII”.

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Presentación del tema: "Complejo Educativo Católico “Juan XXIII”."— Transcripción de la presentación:

1 Complejo Educativo Católico “Juan XXIII”.
Estudios Sociales y Cívica 2° General “B”

2 Mecanismos de participación democrática

3 Integrantes: Fredy Javier Contreras Jimmy Alexander Figueroa
Douglas Mario Martínez Diego Fernando Palma

4 Introducción: En la siguiente presentación les daremos a conocer lo que son los mecanismos de participación democrática. Explicaremos ¿qué es participación democrática? según la constitución y sus reformas.

5 Objetivo General: Que los alumnos de 2° general “B” logren obtener el concimiento de lo que son los “ Mecanismos de Participación Democrática en El Salvador”, por medio de la siguiente exposición.

6 Qué es Participación Democrática según la Constitución:
El Voto El voto es un mecanismo de participación ciudadana por medio de la cual los individuos de una nación ejercer su derecho al sufragio. El voto además es un deber de los ciudadanos y un acto personal.

7 El voto puede ser: · Público. · Verbal. · Secreto. · Escrito. · Gestual.

8 El Plebiscito El plebiscito es convocado por el Presidente para comunicarle al pueblo decisiones trascendentales que se van a tomar sobre el país. La manera para convocar un plebiscito debe estar sujeto a normas que cada Gobierno debe seguir: El Presidente debe informar al Congreso cuando va a convocar el plebiscito, las razones para realizarlo y la fecha fijada para que se lleve a cabo la votación . Esta votación debe ser no antes de un mes y no después de cuatro meses de haber sido convocado el plebiscito. Es importante tener en cuenta que la fecha de la votación no puede, coincidir con la de otras elecciones. .

9 El Referendo: El referendo es un mecanismo de participación ciudadana que se utiliza para aprobar un proyecto de ley, de ordenanza, que ha sido negado por la entidad competente para hacerlo cumplir. Con un referendo se busca ejecutar proyectos que le interesan a la comunidad. Para que el referendo salga adelante es necesario tener el respaldo de por lo menos el 10% de los ciudadanos del censo electoral . La tarjeta electoral debe contar con una pregunta en la que los ciudadanos ratificaran o derogaran la norma que se somete al referendo. Para responder el ciudadano tendrá como opciones "Sí" o "No" y otra para marcar "Voto en blanco". El referendo es aprobado cuando el pueblo haya respondido un 50% de manera positiva.

10 La Consulta Popular La consulta popular es un mecanismo de participación ciudadana por el cual se convoca al pueblo para decida sobre algún aspecto importante . La consulta popular puede ser]: Nacional Departamental

11 El cabildo abierto es un mecanismo de participación ciudadana que se presenta en municipios, distritos, localidades, comunas o corregimientos. Cada uno de estos territorios está representado por concejos municipales, que durante sesiones ordinarias , deben dedicar mínimo dos sesiones a las peticiones que el pueblo quiere que sean analizadas. En un cabildo abierto, es necesario nombrar un vocero que se encargue de exponer la solicitud, pues generalmente acude una gran cantidad de gente. El Cabildo

12 La revocatoria al mandato
Es un derecho político,´por medio del cual los ciudadanos pueden dar por terminado el mandato de un gobernador o a un alcalde.

13 Reformas de participación democrática:
ARTICULO 103. Son mecanismos de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato. La ley los reglamentará. El Estado contribuirá a la organización, promoción y capacitación de las asociaciones profesionales, cívicas, sindicales, comunitarias, juveniles, benéficas o de utilidad común no gubernamentales, sin detrimento de su autonomía con el objeto de que constituyan mecanismos democráticos de representación en las diferentes instancias de participación, concertación, control y vigilancia de la gestión pública que se establezcan.

14 ARTICULO 104. El Presidente de la República, con la firma de todos los ministros y previo concepto favorable del Senado de la República, podrá consultar al pueblo decisiones de trascendencia nacional. La decisión del pueblo será obligatoria. La consulta no podrá realizarse en concurrencia con otra elección.

15 ARTICULO 105. Previo cumplimiento de los requisitos y formalidades que señale el estatuto general de la organización territorial y en los casos que éste determine, los Gobernadores y Alcaldes según el caso, podrán realizar consultas populares para decidir sobre asuntos de competencia del respectivo departamento o municipio.

16 ARTICULO 106. Previo el cumplimiento de los requisitos que la ley señale y en los casos que ésta determine, los habitantes de las entidades territoriales podrán presentar proyectos sobre asuntos que son de competencia de la respectiva corporación pública, la cual está obligada a tramitarlos.

17 Páginas web recomendadas:

18 Conclusión: Los mecanismos de participación democrática son elementales para que en una nación la democracia se haga efectiva y se pueda así tener un mejor país, es decir que los ciudadanos sean libres de participar en cualquier evento político.

19 “Gracias por la atención prestada”.
!Que Dios derrame abundantes bendiciones!


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