1. PRODUCTOS Y SERVICIOS FINANCIEROS BÁSICOS

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1.
Transcripción de la presentación:

Unidad 7 Cobros y pagos al contado

1. PRODUCTOS Y SERVICIOS FINANCIEROS BÁSICOS

Las cuentas corrientes Son contratos entre dos partes: El titular de la cuenta, persona física o jurídica que deposita una cantidad de dinero a la otra parte. Una entidad financiera, que se encarga de la gestión y custodia de estos depósitos. De depósito: el cliente ingresa dinero y puede retirarlo con total libertad. De crédito: el banco pone a disposición del cliente una cantidad de dinero, de la que puede disponer, a cambio de una comisión y el compromiso de su restitución en el plazo fijado. Tipos

Las cuentas corrientes – Clasificación Por su titularidad Individuales Individuales con personas autorizadas Conjunta y titularidad mancomunada Conjunta de titularidad indistinta Según el devengo de intereses Cuentas corrientes sin intereses Cuentas corrientes con intereses Cuentas con interés Recíproco No recíproco

Tarjetas de crédito y de débito Funciones: Retirada de efectivo en cajeros automáticos. Medio de pago en establecimientos autorizados. Tarjeta de crédito: Permite al usuario realizar pagos, con independencia del efectivo del que se disponga en la cuenta, cargando normalmente al final de cada mes el importe total de los pagos realizados durante ese período de tiempo. Tarjeta de débito: Al realizar el pago se carga inmediatamente el importe en la cuenta, la cual debe tener saldo suficiente.

2. NORMATIVA MERCANTIL

Derecho mercantil Rama del ordenamiento jurídico que tiene por objeto específico regular el sector de la actividad humana constituido por el comercio. Agrupa, por tanto, las normas rectoras del intercambio de bienes y servicios. Código de comercio: Contiene las principales normas de la actividad comercial. Ley 19/1985, Cambiaria y del Cheque: Regula la letra de cambio, el pagaré y el cheque Ley 16/2009, de servicios de pago: Aprobada para adaptar la legislación española a la normativa comunitaria sobre servicios de pago en el mercado exterior. Normas y procedimientos bancarios: Normalización de criterios para la gestión de documentos de cobro y pago por parte de las entidades financieras.

3. DOCUMENTOS DE COBRO Y PAGO

El recibo Documento que acredita el pago de una deuda, en la cantidad y manera expresadas en el mismo.

MATRIZ RECIBO El recibo Número de recibo Nombre o razón social del pagador Importe del pago en letra MATRIZ RECIBO Concepto u objeto de pago Lugar y fecha Firma y sello del acreedor Importe del pago en número

Recibo domiciliado

Recibo domiciliado – Supuestos de devolución El pago ha sido autorizado por el deudor El deudor dispone de 8 semanas para ordenar la devolución del recibo (artículo 34 Ley 16/2009 de Servicios de Pago) El pago no ha sido autorizado por el deudor El deudor dispone de 13 meses para ordenar la devolución del recibo (artículo 29.2 Ley 16/2009 de Servicios de Pago)

El cheque Documento mercantil por el que una persona (librador) ordena a una entidad financiera (librado) pagar una determinada cantidad de dinero a la orden de un tercero o beneficiario.

El cheque – anverso Denominación “cheque” Nombre del Librado Cuenta que abonará el pago Denominación “cheque” Importe en número y en letras Lugar y fecha de emisión Firma del librador

ENDOSO El cheque – reverso Conforme y registrado en la cuenta corriente y valedero hasta ................ inclusive por euros, ………………… ……………………………………………… …………………………………… Madrid, ………..de…………….201_ Banco…………………………………. Agencia nº……………………………. ………………………………………… Por poder

AVAL El cheque – reverso Conforme y registrado en la cuenta corriente y valedero hasta ................ inclusive por euros, ………………… ……………………………………………… …………………………………… Madrid, ………..de…………….201_ Banco…………………………………. Agencia nº……………………………. ………………………………………… Por poder

El cheque TIPOS Cheque al portador Cheque nominativo Cheque no a la orden Cheque cruzado general Cheque cruzado especial Cheque cruzado especial para abonar en cuenta Cheque conformado Cheques de viajes Cheques de ventanilla

4. DOMICILIACIÓN BANCARIA

DOMICILIACIÓN BANCARIA Es el adeudo en cuentas de depósito o en cuentas corrientes, abiertas en una entidad financiera, de los pagos que adeudan las empresas o los particulares. DOMICILIACIÓN BANCARIA Banco/Caja: ___________________________________________________ Sucursal: _____________________________________________________ Dirección: ___________________________________________________________ C.P.: ______________ Población: ________________________________________ Ruego tomen nota, de que hasta nuevo aviso, deberán adeudar en la cuenta los cargos correspondientes a ________________________________________________________________________________ Abierta a nombre de: ________________________________ ________ a ____ de __________________ de 20___ El titular Fdo.: _____________________________ Código Entidad Código Sucursal D.C. Número de Cuenta