Artículo 75, párrafo 1, inciso a), LGSMIME Artículo 298, fracción I, CEEM* Instalar la casilla, sin causa justificada, en lugar distinto al señalado por.

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UBICACIÓN, RECORRIDOS Y EXAMINACIÓN DE CASILLAS
Transcripción de la presentación:

Artículo 75, párrafo 1, inciso a), LGSMIME Artículo 298, fracción I, CEEM* Instalar la casilla, sin causa justificada, en lugar distinto al señalado por el Consejo Electoral correspondiente. * Código Electoral del Estado de México.

UBICACIÓN DE LAS CASILLAS Los Consejos Electorales determinan los lugares para ubicar las casillas y realizan la publicación correspondiente (encarte). Si hay cambios respecto del lugar designado para instalar la casilla, ello se debe publicar en el encarte. Encarte debe contener los datos en forma correcta.

¿DÓNDE DEBEN INSTALARSE? a) Fácil y libre acceso para los electores.

¿DÓNDE DEBEN INSTALARSE? b) Lugares que propicien la instalación de canceles y mamparas (elementos modulares) que garanticen el secreto en la emisión del voto.

¿Dónde no deben instalarse? c) No ser casas habitadas por servidores públicos de confianza, federales, estatales o municipales, ni por candidatos registrados en la elección de que se trate.

¿Dónde no deben instalarse? d) No ser establecimientos fabriles, templos o locales destinados al culto, o locales de partidos políticos.

¿Dónde no deben instalarse? e) No ser locales ocupados por cantinas, centros de vicio o similares.

¿Dónde deben instalarse? Para instalar las casillas se preferirán los locales ocupados por escuelas y oficinas públicas, si reúnen los requisitos legales.

BIEN JURÍDICO TUTELADO Certeza: propiciar la instalación de la casilla y que los electores conozcan la ubicación del lugar al que deben acudir el día de la jornada electoral, a emitir su sufragio.

ELEMENTOS QUE DEBEN ANALIZARSE a) Demostrar que la casilla se instaló en lugar diferente al autorizado (hipótesis): Coincidencia o no en domicilio señalado en encarte y el asentado en documentación electoral. No se asentó domicilio completo. Diferente denominación del lugar (identificación del lugar con elementos distintos). No señalamiento del lugar en que se ubicó la casilla.

ELEMENTOS QUE DEBEN ANALIZARSE b) Que no existió una causa que justificara ese cambio. Causas justificadas: No exista el local indicado en el encarte. El local se encuentre cerrado o clausurado. Se advierta, al momento de la instalación de la casilla, que se pretende realizar en lugar prohibido por la ley. Artículo 206 del Código Electoral del Estado de México.

ELEMENTOS QUE DEBEN ANALIZARSE Condiciones del local no permitan asegurar la libertad o el secreto del voto o el fácil y libre acceso de los electores, o bien, no garanticen la realización de las operaciones electorales en forma normal. En este caso, será necesario que los funcionarios y representantes de partidos presentes tomen la determinación de común acuerdo Consejo Electoral disponga cambio de ubicación por causa de fuerza mayor o caso fortuito. Artículo 206 del CEEM

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR CASO FORTUITO: Proveniente de la naturaleza; se produce con independencia de la voluntad del hombre (imprevisible o habiéndose previsto no se puede evitar). FUERZA MAYOR: Procedente de una persona; suceso inevitable o que proviene de una acción legal o ilegal de persona distinta al obligado (inevitable).

ELEMENTOS QUE DEBEN ANALIZARSE c) Que se provocó confusión en el electorado respecto del lugar al que debía acudir a votar y, por ello, no emitió su sufragio. Si se cambió la ubicación de la casilla, no existió causa justificada y se creó confusión al electorado = nulidad. Si se cambió la ubicación de la casilla, sin causa justificada, pero votó un número considerable de ciudadanos = no nulidad.

¿Qué se necesita para estudiar esta causal? Encarte. Actas de jornada electoral. Actas de escrutinio y cómputo. Hoja de incidentes. Fe de hechos elaborada por fedatario público. Inspección judicial.

Ejemplo ENCARTE HOJA DE LA JORNADA ELECTORAL ACTA DE ESCRUTINIO Y CÓMPUTO Ubicación: Auditorio Municipal, calle Zaragoza s/n, Magdalena de los Reyes, Tianguistenco, Estado de México c.p. 52650. Localidad: La Magdalena Domicilio: Zaragoza s/n La Magdalena de los Reyes

ACTA FINAL DE ESCRUTINIO Y CÓMPUTO ACTA DE LA JORNADA ELECTORAL Ejemplo CASILLA ENCARTE ACTA FINAL DE ESCRUTINIO Y CÓMPUTO ACTA DE LA JORNADA ELECTORAL OBSERVACIONES 289B Calle Luna #32, fracc. Jardines de Cuernavaca, Cuernavaca, C.P. 62360. Calle de Luna # 25, Jardines de Cuernavaca. Calle de Luna #289, Jardines de Cuernavaca En las actas no se hace valer incidente alguno

ACTA FINAL DE ESCRUTINIO Y CÓMPUTO ACTA DE LA JORNADA ELECTORAL Ejemplo CASILLA ENCARTE ACTA FINAL DE ESCRUTINIO Y CÓMPUTO ACTA DE LA JORNADA ELECTORAL OBSERVACIONES 289B Calle Luna #32, fracc. Jardines de Cuernavaca, Cuernavaca, C.P. 62360. Calle de Luna # 25, Jardines de Cuernavaca. Calle de Luna #289, Jardines de Cuernavaca En las actas no se hace valer incidente alguno Casilla sí se instaló en lugar autorizado, aunque existan discrepancias o diferencias de datos. Porcentaje de participación ciudadana en la casilla fue de 68.53% y en el municipio fue de 63.32% = no hubo confusión en el electorado respecto del lugar en donde se instaló la casilla.

ACTA DE JORNADA ELECTORAL D.F. 2006 CASILLA ENCARTE ACTA DE JORNADA ELECTORAL ACTA DE INCIDENTES 50 B Calle Jazmín No. 17 COLONIA: Tlatilco, C.P. 02826 REFERENCIA: Entre Av. Jardín y Av. Tlatilco. Jazmín No. 17, Colonia Tlatilco. 17:50 hrs. A causa de la lluvia se tuvo que cambiar ubicación de casilla, de común acuerdo con representantes de partidos y funcionarios de mesa directiva, el cual se realizó a las 18:00 hrs. 173 C1 Av. San Pablo Xalpa No. 434, Edificio 12 C. COLONIA: U. H. San Pedro Xalpa, C.P. 02210. REFERENCIA: Área Común (a un costado del edificio 10 C) entre eje 5 norte (Av. Deportivo Reynosa). Avenida San Pedro Xalpa, No. 434, Edificio 12-C, Colonia U. H. San Pedro Xalpa, C.P. 02210. 17:30 hrs. Se tuvo que meter al edificio C-11 porque comenzó a llover. 313 B Calle Laminadores No. 305 COLONIA: Monte Alto, C.P. 02630. REFERENCIA: Entre Calle 8 y Calle Hidalgo. Calle 8, No. 659, Colonia Monte Alto. 8:00 hrs. Nos cambiamos de ubicación porque la casa autorizada están en construcción.

ACTA DE JORNADA ELECTORAL D.F. 2006 CASILLAS ENCARTE ACTA DE JORNADA ELECTORAL ACTA DE INCIDENTES 1044 C1 Escuela Primaria “Fuerte de Loreto”, calle año 1779 s/n. COLONIA: Ticomán, C.P. 07330 REFERENCIA: Esquina Avenida Río de los Remedios. Río de los Remedios y año de 1779, Colonia la laguna Ticomán. 9:00 hrs. En el Acta de Incidentes se escribió mal la dirección oficial de la casilla, oficialmente la dirección es: Escuela Fuerte de Loreto, calle año 1779 s/n, Colonia Ticomán, C.P. 07330. De igual manera se equivocó llenado de AJE. 1858 C1 Retorno 2 de Av. Sur 12C- 7 COLONIA: Agrícola Oriental, C.P. 08500 REFERENCIA: Entre Av. Sur 12-C y Av. Sur 16. Retorno 2 de Avenida Sur 12C- 7, Colonia Agrícola Oriental. 17:00 hrs. Cambio de domicilio de casilla, de la casa 7 a la 11 sobre la misma acera por lluvia.

ACTA DE JORNADA ELECTORAL D.F. 2006 CASILLAS ENCARTE ACTA DE JORNADA ELECTORAL ACTA DE INCIDENTES 3860 C1 Alonso Mariscal antes (Boulevard Benito Juárez) Mz. 134, L.1026. COLONIA: Ampliación Miguel Hidalgo, C.P. 14250. REFERENCIA: Entre calle Jesús Lecuona y calle Ignacio Ramírez. Alonso Mariscal Mz. 134, L. 1026, Colonia Ampliación Miguel Hidalgo. Debido a lluvia se tuvo que cambiar la ubicación de la casilla en unos cuantos metros. 4899 B C. José María Correa No. 17 COLONIA: Vista Alegre, C.P 06860. REFERENCIA: Escuela Primaria “Escuela Progreso”, entre Calzada de Chabacano y Juan A. Mateos. Ramón Fable No. 59, Col. Vista Alegre, C.P. 06860. Por falta de espacio para instalar casillas locales y federales, según AJE. Votó el 68.30% de los electores.

ACTA DE JORNADA ELECTORAL D.F. 2006 CASILLAS ENCARTE ACTA DE JORNADA ELECTORAL ACTA DE INCIDENTES 5326 C1 Calle Oriente 164, No. 46 COLONIA: Moctezuma 2ª Sección., C.P. 15530. REFERENCIA: Entre Norte 5 e Iztacihuatl. Calle Oriente 168, No. 32, Colonia Moctezuma, 2ª Sección. 8:00 hrs. Cambio de casilla de Oriente 164 a Oriente 168. “En el local había perros muy bravos y por seguridad de los votantes se reubicó la casilla”, según AJE. Votó el 68.06% de los electores.

Ejemplo 1 C2 Algodonales 17, Granjas Coapa, Tlalpan CASILLA LUGAR AUTORIZADO PARA INSTALACIÓN (ENCARTE) LUGAR EN QUE SE INSTALÓ LA CASILLA COINCIDENCIA CAUSA JUSTIFICADA OBSERVACIONES 1 C2 Algodonales 17, Granjas Coapa, Tlalpan Arenal 20, Granjas Coapa, Tlalpan NO Casilla se ubicó en lugar distinto sin causa justificada. DETERMINANCIA TOTAL DE CIUDADANOS CON DERECHO A VOTAR TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON PORCENTAJE DE CIUDADANOS QUE VOTARON EN CASILLA PORCENTAJE MEDIO DE VOTACIÓN OBTENIDO EN EL DISTRITO CONCLUSIONES Confusión en electorado. Anular 750 145 19.33% 33%

Ejemplo 1 C2 Algodonales 17, Granjas Coapa, Tlalpan CASILLA LUGAR AUTORIZADO PARA INSTALACIÓN (ENCARTE) LUGAR EN QUE SE INSTALÓ LA CASILLA COINCIDENCIA CAUSA JUSTIFICADA OBSERVACIONES 1 C2 Algodonales 17, Granjas Coapa, Tlalpan Arenal 20, Granjas Coapa, Tlalpan NO Casilla se ubicó en lugar distinto sin causa justificada. DETERMINANCIA TOTAL DE CIUDADANOS CON DERECHO A VOTAR TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON PORCENTAJE DE CIUDADANOS QUE VOTARON EN CASILLA PORCENTAJE MEDIO DE VOTACIÓN OBTENIDO EN EL DISTRITO CONCLUSIONES No se causó confusión 750 300 40% 33%

JURISPRUDENCIA INSTALACIÓN DE CASILLA EN LUGAR DISTINTO. NO BASTA QUE LA DESCRIPCIÓN EN EL ACTA NO COINCIDA CON LA DEL ENCARTE, PARA ACTUALIZAR LA CAUSA DE NULIDAD. Tesis S3ELJ 14/2001.

Tesis Relevantes INSPECCIÓN JUDICIAL. ES IDÓNEA PARA ACREDITAR LA UBICACIÓN DE LAS CASILLAS. Tesis S3EL 091/2002. INSTALACIÓN DE CASILLA. QUÉ DEBE ENTENDERSE POR CONDICIONES DIFERENTES A LAS ESTABLECIDAS POR LA LEY (Legislación de Baja California Sur). Tesis S3EL 092/2002. INSTALACIÓN DE CASILLA. SU ASENTAMIENTO FORMAL EN EL ACTA, NO ES UN REQUISITO DE EXISTENCIA (Legislación del Estado de Jalisco). Tesis S3EL 027/2001.