Los regímenes aduaneros Definición Clasificación Procedimientos Comunes Declaración Aduanera y documentos exigibles
Regímenes Aduaneros Definición. Art 65 CAUCA III Diferentes destinaciones a que pueden someterse las mercancías que se encuentran bajo control aduanero, de acuerdo con los términos de la declaración presentada ante la Autoridad Aduanera. Cfr. Art.109 LGA y art. 107 RECAUCA
Las mercancías siempre van a estar sometidas a Si un régimen aduanero es una destinación entonces Las mercancías siempre van a estar sometidas a un régimen aduanero ¿Por qué esto puede ser importante?
Clasificación de los regímenes Art 67 CAUCA III Definitivos: Importación Exportación Sus modalidades Temporales o suspensivos: Tránsito aduanero Importación temporal con reexportación en el mismo Estado Admisión temporal para perfeccionamiento activo Depósito de Aduanas o Depositario Aduanero Exportación Temporal con reimportación en el mismo Estado Exportación Temporal para perfeccionamiento pasivo Liberatorios Zonas Francas Reimportación y Reexportación Podrán establecerse otros regímenes aduaneros que cada país estime conveniente para el desarrollo económico
Clasificación de los regímenes Art. 110 LGA Definitivos Importación Exportación Sus modalidades Temporales Tránsito Aduanero Nacional e Internacional Transbordo Tránsito por Vía Marítima o Aérea Depósito Fiscal Servicio de Reempaque y Distribución en Depósito Fiscal Importación y Exportación Temporal Provisiones de a bordo
Liberatorios de Pago de Tributos Aduaneros Zona Franca Reimportación en el mismo estado Reexportación De perfeccionamiento Perfeccionamiento Activo Exportación Temporal para el Perfeccionamiento Pasivo Devolutivo de Derechos
Procedimientos comunes a cualquier régimen aduanero Examen Previo. Art. 84 LGA, Art. 251 RLGA Lo puede efectuar el declarante o su representante legal Previo a la solicitud de un régimen Reconocimiento para efectuar una declaración correcta. En la declaración deberá anotarse que fue realizado
Examen Previo Participación del depositario. Art. 252 RLGA Brindar facilidades Participar del proceso Levantamiento de un acto Comunicar a la aduana las diferencias El depositario deberá dejar constancia de lo encontrado
Examen Previo Extracción de Muestras. Art. 253 RLGA Fines: Requisitos no arancelarios Inscripción o Autorización de ingreso Determinar su correcta clasificación Sujeto al pago de tributos Cantidades estrictamente necesarios Depositario deberá ejercer control sobre el proceso
Consultas Técnicas Confrontar art.86 LGA y art.255 RLGA Consulta por escrito Persona con interés directo o legítimo Aplicación de reglamentos técnicos, tarifas vigentes, criterios arancelarios y de valoración aduanero Criterio motivado del interesado. El dictamen se limita al caso concreto consultado, pero si vinculante para casos idénticos y similares Sin efectos sobre datos inexactos u omisos No interrumple plazos ni procedimientos