El tipo agravado del delito de tráfico ilícito de drogas

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
PROYECTOS PARA FORTALECER LA CÁRITAS
Advertisements

Responsabilidad penal de las personas jurídicas
NORMATIVA INTERNACIONAL.
Colisión de Derechos Teoría del Derecho.
IMPLICANCIA LEGAL EN EL CUIDADO DE ENFERMERÍA
APRENDIZAJE ESCOLAR.
Conferencia en el Woodrow Wilson Center 30 de marzo, 2012.
LECCIÓN 16 UNIDAD Y PLURALIDAD DELICTIVA
UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES”
DILIGENCIAS POLICIALES EN EL NCPP
DESCONCENTRACIÓN ADMINISTRATIVA
ORGANIZACION ETAPA 3.
El dominio de la organización como criterio de autoría mediata
Principios y Elementos para una Legislación Nacional.
“Curso Taller Interanual 2013 de Actualización de Coordinadores de PIT-UNAM” Conceptualización, revisión y actualización de los PAT Yolanda L. Gómez Gutiérrez.
Concurso IDEAL – concurso REAL – concurso aparente
Inmaculada Giráldez Ramírez Subdirectora de Tratamiento
LAS NOTAS CONDICIONANTES DE LA COMPETENCIA DEL ACTO ESTATAL
Delito de Tráfico Ilícito de Drogas – Tipo Base Abril 2009
DELITOS DE OMISIÓN Y VIOLENCIA EN LOS CENTROS ESCOLARES*
Francisco Carruitero Lecca
En este Día mundial exhortamos a:
EN ESTA DÉCIMO SEXTA CLASE PRETENDO EXPLICAR:
Seguridad del País ¿Cuál es la función potencial del Inspector del Programa de Control de Inyección Subterránea ( UIC)?
LOS TIPOS ATENUADOS DE TRAFICO ILICITO DE DROGAS
LA ORALIDAD EN LAS ETAPAS PREVIAS AL JUICIO
ANÁLISIS DE PUESTOS.
ORDENAMIENTO JURIDICO Y DECISIÓN JUDICIAL
DERECHO PENAL I CÓDIGO:
Intercambio de archivos P2P. ¿Cómo funciona el P2P? A través de un programa informático específico de P2P, cada vez que el usuario accede a la red, comparte.
ASPECTOS LEGALES DE LA INFORMACIÓN
EN ESTA DÉCIMO TERCERA CLASE PRETENDO EXPLICAR LOS SIGUIENTES TEMAS: EL RESTO DE LAS CAUSAS DE JUSTIFICACIÓN EXCESO EN LAS CAUSAS DE JUSTIFICA-CION Y –
LA POSESION NO PUNIBLE Ivan Quispe Mansilla.
DEFINICIÓN, OBJETO, CARACTERÍSTICAS Y TITULARIDAD
ECONOMÍA DE LA SALUD INTRODUCCIÓN.
Factores de departamentalización
Deber de justicia penal
La Multitud Delincuente
PARTICIPACION CRIMINAL
TRAFICO ILICITO DE DROGAS
EL CONCEPTO DE RESPONSABILIDAD
LOS ACTORES DE LA COOPERACION JUDICIAL EN EUROPA: EUROJUST SECRETARIA TECNICA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO ESPAÑA.
TEORÍA DEL DELINCUENTE
BUENAS PRÁCTICAS Y MODELOS RESPETUOSOS DE DERECHOS HUMANOS
CONCEPTO DE EMPRESA “La empresa es una organización social que realiza un conjunto de actividades y utiliza una gran variedad de recursos (financieros,
{ De los delitos de corrupción en las transacciones comerciales internacionales.
TESIS AISLADA CXVII/2015 (10a.)
VALORES BÁSICOS DE ENFERMERIA
PLAN DE OPERACIONES ESTUDIO TECNICO.
ACCION DE TUTELA Art. 86 de la Constitución de 1991.
TIPICIDAD Y ATIPICIDAD Mtro. Jorge Martínez Cruz
Existencia de una serie de derechos que surgen como consecuencia de la situación particular de la enfermedad. LA ENFERMEDAD ES UN SITUACION ESPECIAL EN.
TESIS iii: DERECHO BURSATIL
Unidad 7: Participación de los trabajadores en la empresa
Unidad 3,c) IMPUTABILIDAD DE LOS ACTOS VOLUNTARIOS.
LA CULPABILIDAD: EL PUNTO DE PARTIDA La confirmación de que la conducta es típica y antijurídica no asegura todavía la punibilidad. Para ello el sujeto.
DERECHO PENAL I CÓDIGO: PARTE GENERAL Luis Yshií Meza TEMA XIII NÚMERO DE HORAS: 04 NÚMERO DE CRÉDITO: 04.
Universidad San Martín de Porras
EMPRENDIMIENTO SOCIAL
“DESCRIPCIÓN DEL DELITO DE MIGRACIONES Y TRATA DE PERSONAS, CAUSAS PROCESALES QUE SE INVESTIGAN, DELITOS CONEXOS Y DESAFÍOS A FUTURO COMO PAÍS” UNIDAD.
EL CONTENIDO DE LA CONSTITUCIÓN
COMUNICACIÓN SOCIAL.
PRESUPUESTOS DE CULPABILIDAD DE LA PERSONA JURÍDICA: CRITERIOS DE IMPUTACIÓN Jesús Caballero Klink Fiscal Superior Comunidad de Madrid
Semblanza del Articulo 16 y 17 constitucional.
UNIVERSIDAD LATINA DE PANAMA
Actos preparatorios Arts. 17 y 18 - La conspiración - La proposición - La provocación Se fundamenta en la especial peligrosidad que encierra la implicación.
METODOLOGÍA PARA LA ENTREGA DE CASOS COMPLEJOS ELEMENTOS CLAVES PARA LA PRESENTACIÓN JURÍDICA DE CASO METODOLOGÍA PARA LA ENTREGA DE CASOS COMPLEJOS ELEMENTOS.
DERECHO PENAL INTERNACIONAL
El tipo agravado del delito de tráfico ilícito de drogas Iván Quispe Mansilla.
Dra. Claudia M Alvarado H. Abg. Maracaibo, Maracaibo, REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD PRIVADA DR. RAFAEL BELLOSO CHACIN. ESCUELA.
Transcripción de la presentación:

El tipo agravado del delito de tráfico ilícito de drogas Iván Quispe Mansilla Abril 2009

Elementos comunes de las agravantes Deben cumplirse todos los elementos del tipo base (296) Tipo alternativo, abierto, de progresión delictiva Bien jurídico : salud pública (bien intermedio con función representativa). Delito de peligro abstracto (daño potencial): dificil actos preparatorios, formas de imperfecta ejecución, consumación anticipada. 2. Mayor afectación de la salud pública. En algunos casos concurren otros bienes jurídicos.

Penalidad : de 15 a 25 años de privación de la libertad. Aspecto problemático: ley supone igual desvalor para todas las conductas agravadas.

1. Agente comete el hecho abusando de la función pública La agravante se funda en la deslealtad con la causa pública y la mayor facilidad y trascendencia para la difusión de drogas en su entorno.

2. Agente tiene profesión de educador Agravante se funda en la la trascendencia pública y social de la actividad docente, en la mayor cercanía y autoridad frente a grupos de estudiantes. Requiere título profesional de educador.

3. Agente se desempeña como educador en cualquier nivel de enseñanza. Similar al supuesto anterior, no es determinante el título sino la posición funcional como educador.

4. Agente ejerce profesión sanitaria (médico, farmacéutico, químico, odontólogo, u otro) La agravante se funda en la trascendencia pública y social de la actividad sanitaria, como en la mayor facilidad de acceso a las sustancias típicas que tienen los profesionales sanitarios.

5. Hecho cometido en interior o inmediaciones de establecimiento de enseñanza Se funda en que hay mayor capacidad de difusión de la droga porque la oferta se puede hacer llegar a un mayor número de personas. Centro de enseñanza: todo centro educativo, con independencia del tipo de estudiantes, mayores o menores de edad. “Inmediaciones”: (in)determinación. Interpretación en orden a la afectación del bien jurídico.

6. Hecho cometido en interior o en inmediaciones de centro asistencial El fundamento radica en que la oferta se dirige a quienes están en situación de inferioridad para decidir o no el consumo: personas con problemas físicos o psíquicos. Ej. casas de acogida, centros de reposo, centros de rehabilitación, etc)

7. Hecho cometido en interior o inmediaciones de centro de salud La agravación se funda en razones similares a las de los centros asistenciales. El lugar está referido aquí específicamente a centros de asistencia sanitaria: hospitales, clínicas, centros ambulatorios, etc.

8. Hecho cometido en interior o inmediaciones de recinto deportivo La agravante se funda en el carácter público de los espacios aptos para acoger gran cantidad de personas, donde podría difundirse la droga en mayor magnitud.

9. Hecho cometido en interior o inmediaciones de lugar de detención o de reclusión. Bien jurídico adicional : infracción de mecanismos de control en esos recintos. Se afecta la salud de personas sujetas a especiales condiciones de privación de libertad. Abarca centros de detención preventiva o de reclusión : comisarías, establecimientos penales, centros de detención transitorios, etc.

10. Agente vende drogas a menores de edad. Bien jurídico adicional: salud individual del menor, o cierta “indemnidad” del menor. La agravante se funda en la mayor indefensión de los menores y mayor propensión a incitarse al consumo a no iniciados. Cabe error sobre la condición de menor (apariencia física, edad límite)

11. Agente utiliza a menores de edad para la venta o emplea a una persona inimputable. Se entiende un especial reproche de la instrumentalización de menores o inimputables. Sin embargo, técnicamente es un supuesto de autoría mediata del tipo base, lo que hace dificil encontrar fundamento a la agravante.

12. Hecho es cometido en calidad de integrante de una organización Se funda en la mayor capacidad de vulneración a la salud pública que implica una estructura organizada, en cuanto a pervivencia del propósito criminal como a neutralización de la acción estatal. Organización: Pluralidad de sujetos Capacidad de neutralización de la persecución estatal Actuación coordinada, distribución de papeles

Planes preconcebidos Jerarquización, basta mínima. Posibilidad de desarrollar plan delictivo independiente de individuos (empresa criminal) Blanqueo de dinero Medios idóneos (dinero, logística) Poder corruptor Amplio espacio geográfico, conexiones internacionales Estabilidad y continuidad temporal: relativa a acreditar mínima estructura. No hay responsabilidad objetiva, debe atribuirse una conducta típica al sujeto.

“Pertenencia” excluye intervención episódica. Se infiere de indicios: ej. “Entrada de la droga a un buque, cantidad, dinero implicado, instrucciones durante la negociación recibidas del exterior, ponen de manifiesto un despliegue ejecutivo que necesariamente implica organización”

13. Hecho es cometido por 3 o más personas Supuesto introducido ante las dificultades de acreditar la existencia de organización. Acuerdo plenario 3-11-2005-CJ-116, 30-9-05. No basta la sola concurrencia de 3 o más, por prohibición de responsabilidad objetiva. Cada sujeto debe conocer que intervendrán 3 incluido él. Debe existir decisión conjunta del hecho en sus rasgos esenciales, sin perjuicio de la concreta actuación material.

El Acuerdo plenario 003-2008/CJ-116 Establece criterios para considerar o no al “burrier” en la agravante. De la serie de actos que involucra la conducta de tráfico, el “burrier” sólo realiza uno: trasladar instrumentalmente los bienes delictivos (transporte). El “burrier” es ajeno al núcleo de personas, integradas o no a la organización criminal, que lo captaron e hicieron posible el acto de transporte.

Desde los términos amplios que contiene el tipo base, todos los concertados en actos de tráfico, incluido el transporte, son autores. Basta el acuerdo previo, con independencia del rol a ejecutar. Pero, por razones de razonabilidad y proporcionalidad, no puede considerárseles a todos, sin más, en la agravante. Se requiere un nexo más intenso y efectivo del agente (“burrier”) con los demás coautores en el acto de transporte y de tráfico, en general.

No basta, pues, el transporte ocasional y a título individual, sino debe denotar un vínculo más intenso y reforzado con los propietarios de la droga o quienes juegan un rol más relevante en la operación delictiva.

Enunciación de criterios, actos adicionales que comportarían la agravante: haber obtenido la droga poder ubicar autónomamente a los destinatarios de la droga. Realizar otras fases, concomitantes, funcionales y de aportación no reemplazable al transporte. Realizar actos de intermediación. Realizar actos de guarda previa o almacenaje. Realizar actos de aportación e personas o bienes.

14. Cantidad mayor de droga Cuantum legal mínimo 20 kilos pasta básica de cocaína 10 kilos de clorhidrato de cocaína 5 kilos de latex de opio o 500 gramos de derivados 100 kilos de marihuana o 2 kilos de derivados 15 gramos de éxtasis conteniendo MDA (metilendioxitanfetamina), MDMA (Metilendioximetanfetamina), Metanfetamina o análogas.

La agravante se funda en el mayor peligro para la salud pública que representa la cantidad, pues alcanzaría a un mayor número de personas. Las cantidades están referidas a droga pura, no se consideran adulterantes.

Supuesto de mayor agravación en tráfico ilícito de drogas Mayor desvalor de la acción del jefe, dirigente o cabecilla de una organización dedicada al tráfico de drogas. También para el agente de tráfico de drogas que financia actividades terroristas. Penalidad : de 25 a 35 años

Sentencia Tijuana R.N.828-2007 Jefe y Dirigente , igual que Cabecilla, no son meros ejecutantes. Jefe y dirigente mandan a otras personas, tienen el papel principal o superior de la organización. Jefe es plaza suprema. Jefe o dirigente fundan o refundan la asociación delictiva. Manejan el capital y controlan la organización, adoptan las decisiones e instrucciones fundamentales.

Cabecilla interviene en lineas operativas de mando, controla acciones ejecutiva de los integrantes o coordina actividades sectoriales

Preguntas?