ATENTADO: Artículo 550: Son reos de atentado los que acometan a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o empleen fuerza contra ellos, los.

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Transcripción de la presentación:

ATENTADO: Artículo 550: Son reos de atentado los que acometan a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o empleen fuerza contra ellos, los intimiden gravemente o les hagan resistencia activa también grave, cuando se hallen ejecutando las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas.

BIEN JURÍDICO PROTEGIDO Principio de autoridad (dignidad de la Función Pública). Criterio Tradicional. Buen funcionamiento de servicios y funciones públicas. Criterio reciente. Un solo delito de atentado (aunque haya varios agentes). Los resultados lesivos se castigan aparte.

ELEMENTOS OBJETIVOS 1º Carácter de autoridad, agente o funcionario. - LO 2/86 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. - Seguridad Privada: 555. 2º Ejercicio de funciones públicas: - Ejercicio efectivo. - “Con ocasión” del mismo. - La cuestión del “abuso del agente”: * Pierde la protección reforzada. * El abuso ha de ser grave (notoria extralimitación).

ELEMENTOS OBJETIVOS 3º Acto Típico: a) Acometimiento / empleo de fuerza: * Embestida, ataque, agresión. * Puñetazo, patada, bofetada, empujón fuerte. * Lucha, arrojar piedras. * Disparos. * Aunque no llegue a consumarse (cócteles molotov, piedras).

ELEMENTOS OBJETIVOS 3º Acto Típico: b) Intimidación grave: * Acto formal de iniciación del ataque. * Movimiento revelador del propósito agresivo. * Anuncio de mal inminente (coacción anímica). * Encañonar.

ELEMENTOS OBJETIVOS 3º Acto Típico: b) Resistencia activa grave: * Conducta activa de enfrentamiento y empleo de fuerza.

ELEMENTOS SUBJETIVOS 1º Conocimiento del carácter del sujeto pasivo: - El uniforme es requisito suficiente, no necesario. - Arts. 2 y 4 LOFCS. 2º Elemento subjetivo del injusto: - Denigrar, ofender o desconocer el principio de autoridad. - Se presume, salvo prueba en contrario. - Si falta, no habrá atentado. Dolo divergente.

RESISTENCIA Y DESOBEDIENCIA GRAVE Artículo 556. Los que, sin estar comprendidos en el artículo 550, resistieren a la autoridad o sus agentes, o los desobedecieren gravemente, en el ejercicio de sus funciones, serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año.

CARACTERÍSTICAS Tipificación NEGATIVA. Exclusión de los meros FUNCIONARIOS. Resistencia pasiva, pero GRAVE. Criterios de distinción 550/556: Actividad / pasividad. Art. 8.4º Código Penal. Prevalece el 550. Jurisprudencia: Prevalece el 556.

CRITERIOS DE DISTINCIÓN ENTRE LA RESISTENCIA DE LOS ARTS. 550 y 556. Conducta activa / conducta pasiva. Art. 8.4º del Código Penal: gana el 550. Jurisprudencia: gana el 556. Principio de proporcionalidad. Excluir del 550 conductas de menor entidad. En el 556 cabe resistencia activa NO GRAVE.

DESOBEDIENCIA Orden de la autoridad o agente: Terminante, directa, expresa. Impone al sujeto conducta activa o pasiva. Conocimiento real por el obligado. Requerimiento formal por el agente: No es preciso apercibimiento de incurrir en delito (pero es conveniente). Negativa voluntaria, obstinada, contumaz. GRAVEDAD (para distinguir la falta del 634). Supuestos excluidos: fuga post-delictiva. Ha de ser “huida limpia”.

FALTA Y DELITO DE DESOBEDIENCIA: Orden de la autoridad o agente: Terminante, directa, expresa. Impone al sujeto conducta activa o pasiva. Conocimiento real por el obligado. Requerimiento formal por el agente: No es preciso apercibimiento de incurrir en delito (pero es conveniente). Negativa voluntaria, obstinada, contumaz. GRAVEDAD (para distinguir la falta del 634). Supuestos excluidos: fuga post-delictiva. Ha de ser “huida limpia”.

CONCLUSIONES: 1º Es ATENTADO (al 99%): 2º Es FALTA del art. 634: - Ataque con armas (de fuego, blancas, piedras, etc). - Ataque “espontáneo” del acusado. 2º Es FALTA del art. 634: - Palabras injuriosas. Amenazas “de farol”. 3º Es RESISTENCIA / DESOBEDIENCIA 556: - Todo lo demás. Categoría supletoria.