“FONDO DE GARANTÍAS” La Paz, Septiembre de 2011. FINALIDAD DEL FONDO DE GARANTÍAS  Finalidad del Fondo de Garantías: Otorgar Garantías a nivel nacional,

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Transcripción de la presentación:

“FONDO DE GARANTÍAS” La Paz, Septiembre de 2011

FINALIDAD DEL FONDO DE GARANTÍAS  Finalidad del Fondo de Garantías: Otorgar Garantías a nivel nacional, a las Entidades Financieras Elegibles EFE, con el fin que éstas a su vez, respalden parcialmente el saldo deudor a capital de los créditos otorgados a las Micro y Pequeñas Unidades(MyPU) Productivas.  Destino de Garantía: El destino es garantizar créditos para capital de operaciones y/o capital de inversiones para actividades productivas o de transformación, comercialización y servicios, siempre y cuando estas dos últimas estén relacionadas con actividades productivas o de transformación.  Actividades Económicas a ser Garantizadas Producción Primaria Transformación Comercialización Servicios Infraestructura Productiva

 Plazo Máximo de las Garantías.- El plazo máximo de las operaciones de financiamiento garantizadas estará en función del destino de los créditos: Capital de operación hasta tres (3) años. Capital de inversiones hasta siete (7) años.  Tasa de Cobertura.- La tasa de cobertura es hasta el cincuenta por ciento (50%) del saldo deudor de capital de la operación de financiamiento.  Monto Máximo.- El monto máximo de las operaciones de financiamiento otorgadas por las EFE y que pueden ser garantizadas por el FG será de Trescientos Cincuenta Mil 00/100 Bolivianos (Bs ) El monto máximo a ser garantizado por el FG es de Ciento Setenta y Cinco Mil 00/100 Bolivianos (Bs ) CONDICIONES DE OTORGAMIENTO DE GARANTÍAS

OPERATIVA DEL FG: PROCESO DE SOLICITUD DEL LG ENTIDAD FINANCIERA 1RO. SOLICITA LG 3RO. COMUNICA SOBRE ELEGIBILIDAD Y LG ASIGNADO 2DO EVALUA ENTIDAD FINANCIERA Emite Informe Legal en base a la documentación adjunta a la solicitud. Emite Informe Riesgos en base al Modelo de elegibilidad en sus dos componentes: Cualitativa Cuantitativa 4TO. SUSCRIBEN CONTRATO MARCO ELEGIBLE

DOCUMENTACION LEGAL PARA ESTABLECER LA ELEGIBLILIDAD Documentación legal Resolución de Directorio o instancia equivalente que autorice la participación en el Fondo de garantías y la suscripción de los contratos. Fotocopia Licencia de Funcionamiento ó Certificado de Adecuación. Copias de los documento de constitución y sus correspondientes modificaciones. Copia de los Estatutos Sociales. Copia del Poder del Representante Legal. Fotocopia de las Políticas de Créditos y Reglamento de Créditos. Organigrama institucional. Fotocopia simple del Número de Identificación Tributaria - NIT. Copia de los Informes Financieros Auditados de las tres últimas gestiones. Copia del Informe de Calificación emitida por las Calificadoras de Riesgo de las tres últimas gestiones, cuando corresponda.

DOCUMENTACION PARA ESTABLECER LA ELEGIBILIDAD ESTABLECER LA ELEGIBILIDAD Información estadística de los últimos doce meses Estado de Situación Patrimonial de la entidad financiera, conteniendo la siguiente desagregación: Cartera vigente, vencida y en ejecución (incluyendo carteras reprogramadas y reestructuradas) Previsiones por incobrabilidad de cartera de acuerdo a la desagregación de cartera. Resultado Neto de Gestión. Información estadística de su cartera de créditos conteniendo la siguiente desagregación: Desagregación de cartera de acuerdo a tipo de crédito, destino de crédito por actividad económica y departamento, estratificación de crédito por monto, por tecnología crediticia (banca comunal, grupos solidarios, créditos individuales, créditos asociativos) Cobertura de Red de Agencias en el área rural y urbana por departamento, cuando corresponda.

CONTRATO MARCO DE PARTICIPACIÓN Objeto: Establecer las condiciones de participación de la EFE en el FG y el uso del LG asignado y de las garantías otorgadas, determinando al mismo tiempo los derechos y las obligaciones de la EFE y del FG. Partes: El contrato debe ser aprobado y suscrito por : a) BDP como Fiduciario b) EFE como Participante. Anexos: Los anexos de este contrato serán: a) Glosario y Abreviaciones b) Subrogación de Cartera c) Contrato de Uso del Portal d) Contrato de Servicio de Cobranza e) Reglamento Operativo El contrato debe ser suscrito ante notaría de fe pública.

CONTENIDO DEL CONTRATO MARCO DE PARTICIPACIÓN Resumen del Contenido El Contrato Marco contiene principalmente: Generalidades del Fondo de Garantías. Vigencia del Contrato (Indefinido) Asignación del LG y habilitación. Condiciones de Cobertura del Fondo de Garantías. Instrumentación de la garantía (Fianza Individual). Características Generales de las Operaciones de Financiamiento de las EFE a la MyPU Productivas. Obligaciones del BDP y de la EFE. Riesgo Crediticio. Pago de la Garantía. Causales de rechazo de la solicitud de pago. Subrogación de parte del Fondo de Garantías de la Cartera Garantizada. Recuperación de la cartera en mora y servicio de cobranza. Comisiones por uso de la Garantía. Extinción de la Garantía.

ENTIDAD FINANCIERA ELEGIBLE 3RO. SOLICITA GARANTÌA 4TO. ENVÍA FIANZA INDIVIDUAL ENVÍA COMISIÓN 4TO APROBACION DE LA GARANTÍA Validación de la solicitud Emisión de la Fianza Individual inmediatamente Generación de la comisión quincenalmente 5TO. PAGO COMISIÓN OPERATIVA DEL FG: PROCESO DE SOLICITUD DE LA GARANTÍA MyPU PRODUCTIVA 1RO SOLICITA CREDITO 2DO. EVALUA CAP.PAGO Y GARANTÍAS

SOLICITUD DE LA GARANTÍA  La EFE podrá solicitar garantías para sus operaciones de financiamiento mediante: el Portal del Fondo de Garantías, siempre y cuando la EFE esté conectada en línea; o mediante el envío de correo electrónico, cuando la EFE no cuente con un adecuado servicio de Internet o en caso de contingencia.  En ambos casos, la EFE podrá remitir solicitudes individuales o en lote.  Los formatos usados, para solicitar garantías, son los correspondientes a los usados en el sistema CIRC de la ASFI o en línea mediante el uso de formularios electrónicos.  La EFE, al momento de solicitar la cobertura de las garantías emitidas por el Fondo de Garantías, con calidad de declaración jurada, debe registrar la información cifrada de las operaciones financieras que son otorgadas a las MyPU Productivas.  La EFE sólo podrá utilizar el LG asignado para garantizar operaciones de financiamiento de acuerdo a los siguientes límites establecidos por sectores: producción primaria agropecuaria, silvicultura, caza y pesca hasta 50%, sector de transformación hasta el 35% y comercialización - servicios hasta el 15% del LG asignado.

RIESGO CREDITICIO  Corresponde a la EFE realizar la correcta evaluación de: Riesgo, Solvencia de sus clientes, Capacidad de pago, Viabilidad de su actividad productiva,  La EFE debe verificar las fuentes de repago del financiamiento y de realizar el control y seguimiento de la operación de financiamiento, de acuerdo a sus políticas, reglamentos y procedimientos internos de la EFE.  La EFE debe cumplir tanto con su normativa interna respecto al análisis y evaluación del riesgo crediticio, como con las regulaciones de la ASFI emitidas al respecto.

FIANZA INDIVIDUAL  La garantía del FG será instrumentada e individualizada a través de una “Fianza Individual” FI, emitida por el Fiduciario con cargo al Patrimonio Autónomo Fiduciario.  La FI tendrá los datos necesarios para la individualización de la garantía y la operación de financiamiento otorgado por la EFE a favor de la MyPU Productiva, así como el monto de la garantía otorgada.  La FI constituye un documento de reconocimiento unilateral de obligación de parte del Fondo de Garantías que permite cubrir parcialmente el saldo deudor de capital de una operación de financiamiento otorgada por la EFE a la MyPU Productiva.

COMISIÓN POR USO DE LA GARANTÍA  Comisión por uso de la Garantía.- Como contraprestación a la garantía otorgado por el Fondo de Garantías se cobrará una “Comisión de Uso de Garantía” de manera anual sobre el saldo de capital de la operación de financiamiento garantizada.  Moneda.- Será en moneda nacional y calculada desde la fecha de emisión de la Fianza Individual.  Pago de la Comisión.- La Comisión debe ser pagada por la EFE de manera anual y anticipada durante toda la vigencia de la Garantía.  La EFE, actuará como Agente de Retención para efectos fiscales, toda vez que el Fondo de Garantías, estructurado a través de un Fideicomiso, no cuenta con personalidad jurídica propia.  No se realizará devolución de la Comisión de uso de Garantías si la operación financiera garantizada es pagada en su totalidad con anticipación.  La mora en el pago de las comisiones por parte de la EFE por un periodo mayor a treinta (30) días calendario producirá la extinción automática de la Fianza Individual.

OPERATIVA DEL FG: PROCESO DE SOLICITUD DE PAGO DE LA GARANTÍA ENTIDAD FINANCIERA ELEGIBLE 3RO. SOLICITA PAGO GARANTÌA 4TO. EMITE EL PAGO 4TO ANALIZA SOLICITUD DE PAGO DE LA GARANTÍA Verifica cumplimiento de condiciones para el pago. Verifica la existencia de documentación adjunta para solicitud de pago. 5TO. RECUPERACION CARTERA SUBROGADA MyPU PRODUCTIVA 1RO INCUMPLE CON PAGO 2DO. REALIZA ACCIONES DE COBRANZA MyPU PRODUCTIVA

RECHAZO DEL PAGO El FG podrá rechazar la solicitud de pago en los siguientes casos: Cuando la MyPU Productiva no se constituya en sujeto de garantía. Cuando exista inconsistencia en la información remitida para el pago de la garantía, el documento de Fianza Individual, el Contrato de Financiamiento. Cuando el documento de Fianza Individual no se encuentre vigente. Cuando la EFE no haya comunicado que la operación de financiamiento sujeta a reclamo fue reprogramada. Cuando la operación de financiamiento sujeta a reclamo no cuente con el análisis y evaluación de la operación de financiamiento. Cuando la EFE no haya suscrito y remitido el anexo de Subrogación de Cartera. Cuando no se pueda evidenciar las acciones de cobranza extrajudicial realizadas por la EFE.

SUBROGACION  Al momento del pago de la garantía la EFE deberá enviar el Anexo de Subrogación llenado con los datos de la operación de financiamiento y debidamente firmado.  La subrogación surte efecto el momento del pago de la garantía, y a partir de ello, la EFE compartirá con el Fondo de Garantías, todos los derechos en contra de la MyPU Productiva emergentes del Contrato de Financiamiento.  La subrogación podrá comprender los privilegios, garantías, seguro de desgravamen, frutos vencidos y todos los demás derechos accesorios, siempre y cuando exista un remanente una vez que la EFE efectivice el cobro por las obligaciones contraídas por la MyPU Productiva debido a su operación de financiamiento.

COBRANZA DE LA CARTERA  El FG podrá recuperar el porcentaje que le corresponda de la cartera subrogada por la vía extrajudicial o judicial, de manera directa o indirecta a través de la misma EFE.  En caso que la recuperación se realice a través de la EFE, entrará en vigencia el Anexo “Contrato Servicios de Cobranza”, que especificará las condiciones de servicio por cobranza de esta cartera, detallando entre otras, la comisión por la prestación de este servicio, calculado sobre la cartera efectivamente recuperada para el Fondo de Garantías.  La EFE informará sobre el seguimiento y estado de los procesos legales que le fueren encomendados, de manera mensual.

EXTINCIÓN DE LA GARANTÍA La garantía se extingue en los siguientes casos: La operación de financiamiento garantizada es pagada en su totalidad (por cumplimiento del plan de pagos o prepago). El Fondo de Garantías pague la garantía otorgada a solicitud de la EFE. La operación financiera garantizada es reprogramada. La operación financiera garantizada es novada o condonada. Por mora en al Comisión por el Uso de la Garantía por un período superior a los treinta (30) días calendario. Si la EFE, luego de la suspensión temporal o definitiva del LG, y sin justificación, no remite información de la cartera garantizada por el Fondo de Garantías. Cuando el Fondo de Garantías identifique por si o a través de terceros que el uso de los recursos no fue utilizado para las actividades económicas señaladas en los Reglamentos.

Respaldar y otorgar garantías otorgadas. Generar las Fianzas Individuales (FI). Pagar dentro de los plazos, porcentajes y condiciones establecidas en la Fianza Individual, previo el cumplimiento de las formalidades establecidas para el cobro en los Reglamentos. PRINCIPALES OBLIGACIONES DEL FONDO DE GARANTÍAS

Mantener en todo momento, las condiciones de Elegibilidad. Presentar al Fiduciario información periódicamente. Efectuar la evaluación de la viabilidad de los proyectos de sus clientes, verificar la existencia de fuentes adecuadas de repago del crédito. Evaluar y aprobar las operaciones de financiamiento a favor de las MyPU Productiva. Controlar, verificar y documentar la correcta utilización de los recursos otorgados la MyPU Productiva garantizada por el Fondo de Garantías, bajo sanción de extinción anticipada de la garantía. En el caso de realizarse la solicitud de pago de la garantía, adjuntar toda la documentación e información detallada en los Reglamentos. En el caso de pago de la garantía, la EFE deberá subrogar la cartera a favor del Fondo de Garantías el porcentaje correspondiente. Realizar las acciones de cobranza de la cartera subrogada. PRINCIPALES OBLIGACIONES DE LA EFE