DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LA SEGURIDAD SOCIAL

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Transcripción de la presentación:

DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LA SEGURIDAD SOCIAL INSCRIPCIÓN EMPRESA VARIACION DATOS Y CESE ACTIVIDAD APERTURA CENTRO TRABAJO INSCRIPCIÓN TRABAJADOR AUTÓNOMO AFILIACIÓN TRABAJADOR ALTA TRABAJADOR BAJA TRABAJADOR

INSCRIPCIÓN DE LAS EMPRESAS Física Jurídica Pública Privada Antes de contratar a un trabajador debe inscribirse obligatoriamente en la Seguridad Social Empresario: persona Inscripción: Requisito previo e indispensable antes de contratar. Única para todo el estado español ¿Dónde?: Tesorería Territorial de la Seguridad Social de la donde esté el domicilio del empresario, o centro de trabajo. Administraciones o agencias de la Seguridad Social de la provincia

Documentación necesaria 1. Impreso de inscripción por triplicado: TA6 2. Empresa: persona física: NIF, Pasaporte. 3. Empresa: persona jurídica: Fotocopia escritura de constitución. NIF representante legal de la misma. Póliza de accidentes de trabajo por triplicado a elegir entre: - INSS - Mutualidad de accidentes de trabajo 5. Alta IAE. 6. Alta trabajadores contratados.

Variación datos y cese actividad El empresario está obligado a comunicar a la Seguridad Social todas las variaciones que se produzcan en los datos que declararon en su momento a la Seguridad Social Plazo para comunicar cualquier variación: 6 días naturales desde que se produzca Cambio de Mutua de accidentes de trabajo: 10 días antes del cambio Cese efectivo de la actividad: 6 días naturales desde que se produzca, en la Dirección provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o agencia de la Seguridad Social que corresponda, con los partes de baja de los trabajadores

Apertura del centro de trabajo ¿Quién lo hace?: El empresario. ¿Cuándo?: 30 días siguientes al inicio de actividad ¿Dónde?: Dirección provincial Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Documentación: Datos empresa Datos centro de trabajo Datos plantilla Datos de la actividad de la empresa No comunicación Falta leve. Falta grave si la empresa se dedica a una actividad calificada como peligrosa, insalubre o nociva.

INSCRIPCIÓN DE TRABAJADORES AUTONOMOS Trabajador autónomo: trabajador por cuenta propia que realiza de forma habitual una actividad económica a titulo lucrativo y no sujeto a contrato de trabajo Documentación a aportar Impreso modelo TA.0521/1 por triplicado Fotocopia IAE Fotocopia NIF Cooperativas: Certificado registro general de cooperativas. Profesionales: Certificado colegio profesional Agricultura: Certificado cámara agraria,

AFILIACIÓN DE LOS TRABAJADORES Es obligatoria y única para el trabajador Ante la Tesorería de la Seguridad Social que corresponda el centro de trabajo. Antes de iniciar la actividad. Petición de la empresa Porque no lo haga el empresario. Ante la Tesorería Seguridad Social de la provincia. Instancia del trabajador FORMAS Lo realiza la inspección de trabajo cuando se comprueba que no se ha afiliado al trabajador De oficio Documentación: Impreso oficial TA1

ALTA DE LOS TRABAJADORES Se hace antes de iniciar la relación laboral. Si se hace fuera de plazo tiene efectos desde el día de la presentación. Se hace a nombre de cada trabajador Dónde: En la dirección provincial de la tesorería territorial de la Seguridad Social. Documentación: Modelo oficial TA2 Gastos: Para el empresario supone pagar la cuota patronal a la Seguridad Social por cada trabajador.

BAJA DE LOS TRABAJADORES Se realiza cada vez que un trabajador termina una relación laboral Plazo para comunicar la baja o variación de datos del trabajador, se comunica a la Seguridad Social en el plazo de 6 días naturales desde que se produzcan Documentación: Modelo TA2