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7ma. Clase de Emprendimiento

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Presentación del tema: "7ma. Clase de Emprendimiento"— Transcripción de la presentación:

1 7ma. Clase de Emprendimiento
Desarrollado por: Guillermo Verdugo Bastias

2 Objetivos Listar las obligaciones legales para la constitución de una empresa.

3 Primero es definir el tipo de empresa

4 FIGURAS LEGALES Es importante que usted conozca las figuras legales disponibles en Chile para tomar la mejor decisión respecto del tipo de empresa que necesita constituir. Esto dependerá de su estrategia de negocios, de la dimensión de los aportes de capital, del número de socios involucrados, del perfil del inversionista, entre otros elementos. Como puede ver, su Plan de Negocios cobra importancia desde el primer paso

5 Persona Natural Una persona natural es una persona humana que ejerce derechos y cumple obligaciones a título personal. Al constituir una empresa como persona natural, la persona asume a título personal todos los derechos y obligaciones de la empresa. Eso implica también que la persona es personalmente responsable para las deudas u obligaciones que puede tener la empresa

6 Persona jurídica Al constituir una empresa como persona jurídica, es la empresa y no el dueño quien asume todos los derechos y las obligaciones de la empresa. Lo que implica que las deudas u obligaciones que pueda tener la empresa se limitan sólo a los bienes que la empresa tiene a su nombre. En este caso, la empresa tiene su propio RUT. La persona jurídica puede ser formada por una o más personas naturales o jurídicas. “Puede estar conformada por una o más personas, quienes no ponen en riesgo su patrimonio, debido a que sólo deben responder por el monto aportado”.

7 Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.)
Una persona natural puede realizar actividades comerciales bajo la figura de la Empresa Unipersonal. El empresario opera con su RUT personal y responde ilimitadamente sobre los compromisos adquiridos por el negocio, es decir, incluso con sus bienes particulares

8 Microempresa Familiar (MEF)
La Microempresa Familiar es una empresa que pertenece a una o más personas naturales que realizan sus actividades empresariales en la casa habitación en que residen. Las labores profesionales, oficios, comercio, pequeñas industrias o talleres, artesanía o cualquier otra actividad lícita que se realizan en ese domicilio, son entonces, de prestación de servicios o de producción de bienes. Sin embargo, la ley excluye aquellas actividades consideradas peligrosas, contaminantes y molestas. 

9 Requisitos Que la actividad económica que constituye su giro se ejerza en la casa habitación Quien desarrolle la actividad sea legítima(o) ocupante de las casa habitación familiar (casa propia, arrendada, cedida) Que en ella no trabajen más de cinco trabajadora(e)s extraña(o)s a la familia. Que sus activos productivos (capital inicial efectivo) - sin considerar el valor del inmueble en que funciona - no excedan las UF 

10 Sociedad Una sociedad corresponde a la asociación de personas naturales o jurídicas dedicadas a una actividad comercial de la que se persigue un lucro o ganancia que se reparte entre los participantes o socios, de acuerdo a la proporción de sus aportes y a la naturaleza de la sociedad.

11 Sociedad Anónima Sociedades Anónimas Abiertas Son aquellas donde se hace oferta pública de sus acciones y transan en la Bolsa. Deben inscribirse en el Registro Nacional de Valores y están sometidas a la fiscalización de la Superintendencia de Valores y Seguros. Deben tener 500 o más accionistas (el número de socios es ilimitado), los cuales tienen una responsabilidad limitada al monto de sus acciones. Es una persona jurídica conformada por accionistas que reúnen un capital común. Cada socio accionista responde hasta el monto de dinero que aportó, lo que implica que su responsabilidad es limitada. Sociedades Anónimas cerradas En este caso la responsabilidad de los socios también es limitada, pero no están reguladas por la Superintendencia de Valores y Seguros.

12 Sociedad de Responsabilidad Limitada SRL
Es una sociedad que se caracteriza porque los socios responden limitadamente por el monto de capital. Los socios pueden ser nacionales o extranjeros, personas naturales o jurídicas, sin que su número pueda ser inferior a dos ni superior a cincuenta. Este tipo de sociedad es administrada por todos los socios de común acuerdo, lo que implica que todas las decisiones deben ser tomadas por unanimidad

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14 Pasos para constituir una empresa
legalizar ante notario un borrador de la escritura redactado por un abogado o solicitado en la misma notaría Paso 1 Escritura pública El Extracto de la Escritura Pública debe ser públicado en el Diario Oficial Paso 2 Publicación Diario Oficial Para acreditar la existencia de la sociedad o de la E.I.R.L., Paso 3 Inscripción en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces Este proceso no es obligatorio pero sí muy útil. Consiste en llevar a la notaría todos los documentos hasta ahora obtenidos. Paso 4 Protocolización hacer la inscripción en el Rol Único Tributario y la declaración de Inicio de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos Paso 5 Inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos

15 Paso 1 Escritura Publica

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17 Paso 2: Inscripción en el diario oficial
El Extracto de la Escritura Pública debe ser públicado en el Diario Oficial. El representante legal, el apoderado o los socios de la empresa tienen un plazo de 60 días desde la fecha de la Escritura Pública para públicar el extracto en el Diario Oficial Diríjase a la oficina del Diario Oficial en la región Metropolitana, ubicada en Doctor Torres Boonen 511, Providencia. Horario de atención: de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas, y de 15:00 a 17:30 horas.

18 Paso 3: Inscripción Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces
Inscripción en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces Para acreditar la existencia de la sociedad o de la E.I.R.L., el representante legal o los socios deberán llevar al menos dos copias del extracto de la escritura pública al Conservador de Bienes Raíces del domicilio de la sociedad, de manera de inscribirlo en el Registro de Comercio Morandé 440, Santiago  (56-2)  Lunes a Viernes de 8:30 a 15:00 hrs.

19 Paso 4: Protocolización
Este proceso no es obligatorio pero sí muy útil. Consiste en llevar a la notaría todos los documentos hasta ahora obtenidos para que se genere un archivo que dé cuenta de los trámites efectuados y para mayor seguridad se guarda una copia en la misma notaría.

20 Paso 5: Inicio de actividades en SII
la inscripción en el Rol Único Tributario y la declaración de Inicio de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos.

21 Costos Tramite Costos Plazo Legal Lugar
Escritura Publica y protocolización 1 UTM, sin costo si el capital es inferior a UF 5000 No tiene Plazo Notaría Inscripción Registro Comercio del Conservador de bienes raíces Valor base $ aumentado en 0,2% del Capital ($ a $70.00 aprox. ) 60 días desde la fecha de la escritura pública Conservador de bienes raíces de la comuna Publicación en el diario oficial 1 UTM o cero para empresas cuyo capital es inferior a UF 5.000 60 días desde la fecha de la escritura pública Diario Oficial, ubicado en Agustinas 1269, Santiago. En regiones se puede dirigir a Agencias Regionales o Agentes Comisionistas.


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