LAS RAMAS DEL DERECHO.

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Transcripción de la presentación:

LAS RAMAS DEL DERECHO

La gran división tradicional del derecho distingue entre el Derecho Público y el Derecho Privado, conocida ya desde el antiguo Derecho Romano. Según la definición de Ulpiano, contenida en el Digesto de Justiniano, el Derecho Público hace referencia “al estado de la cosa pública de Roma”, mientras que el Derecho Privado, se refiere “al interés de los particulares”.

El derecho publico por tanto hace referencia a la estructura y organización estatal, y a las relaciones del estado con los particulares, cuando ejerce su acción investido de imperium, o sea en un plano de jerarquía superior, por ejemplo, cuando impone un impuesto.

En el derecho Público las partes de la relación no están en plano de igualdad. O sea, una de ellas está subordinada al poder de la otra. Por ejemplo, cuando el estado en ejercicio de la función pública integra la relación. En el derecho laboral, se considera que el empleador posee la autoridad necesaria, para imponer al trabajador ciertas condiciones laborales, a las cuales el trabajador debe subordinarse.

En los casos en los que el estado actúa no como órgano de poder, sino en un plano de igualdad jurídica, por ejemplo si constituyen una empresa, intervienen las normas de Derecho Privado. En éste, predomina más la libertad de las partes, dentro de los límites legales, para establecer las condiciones de la relación.

En lineas generales cuando valores superiores de justicia se hallan involucrados, y el estado impone ciertas pautas a la que los sujetos del derecho deben ajustarse estaríamos en el ámbito del Derecho Público, integrado por las siguientes ramas: Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, derecho Penal, Derecho Procesal, Derecho Laboral y Derecho Tributario.

El Derecho Constitucional, Regula la forma del Estado, la organización y atribuciones de los poderes públicos y el régimen de garantía individuales y sociales. Sus principales fuentes son la Constitucion Politica, leyes de rango constitucional (interpretatativas y modificatorias), leyes orgánicas constitucionales, fallos del tribunal constitucional

El Derecho Administrativo, Es la rama del Derecho público que regula la organización y el funcionamiento de los servicios públicos y reglamenta los derechos y obligaciones de sus funcionarios. Sus contenidos

1º La organización administrativa: La administración pública como función del Estado, se ejerce mediante órganos que reciben el nombre de servicios públicos. Una organización de personas y bienes creadas por él Estado y sometida a un régimen jurídico, especial de Derecho público que tiene por objeto satisfacer de manera regular y continua una necesidad pública. 2º Régimen jurídico del personal y del patrimonio de la organización, estatuto administrativo. 3º Medios relacionales: Instrumentos jurídicos mediante los cuales la administración pública se relaciona con los administrados.

El Derecho Penal, comprende las normas que regulan las conductas punibles de los habitantes, aquellas que se consideran delictivas, para las cuales las normas jurídicas tienen prevista una sanción. La tipicidad de las normas penales es un rasgo característico, ya que para que una conducta sea susceptible de sanción penal, debe coincidir plenamente con la descripta por la norma, sin poder aplicarse la analogía

El Derecho Procesal. Es el conjunto de reglas referentes a la organización y atribución de los Tribunales de Justicia, a la forma de hacer valer la acción en juicio y a la manera de solicitar a los tribunales su intervención en asuntos de jurisdicción voluntaria. (Derecho procesal orgánico y Derecho procesal funcional) Derecho procesal orgánico. Organización y atribuciones de los Tribunales de Justicia Derecho procesal funcional. Estudia los procedimientos a través de los cuales se actúa ante los Tribunales de Justicia, tanto en materias contenciosas como voluntario.

El Derecho Laboral es el que se refiere a las relaciones entre los patrones y sus empleados, fijando sus deberes y derechos recíprocos, así como la protección de la parte más débil de la relación: el trabajador. Regulan tambien el régimen sindical y las relaciones de empresarios y trabajadores con el Estado.

Derecho Individual del Trabajo: Se preocupa del contrato individual de trabajo, que es aquel por el cual el empleador y trabajador se obligan recíprocamente, este a prestar sus servicios personales bajo dependencia y subordinación y aquél a pagar por estos servicios una remuneración determinada. Dº Colectivo del Trabajo: Estudia los sindicatos negociación colectiva y en general las asociaciones de trabajadores y empleadores.

En general se acepta que es una rama del Derecho privado, sin embargo parte de sus normas e instituciones son de orden público y esto consiste que la autonomía de la voluntad se encuentra fuertemente limitada, con la presencia de Derechos otorgados al trabajador y que este no puede renunciar (licencias médicas, sueldo mínimo, descanso laboral) Sus normas pretenden proteger a la parte que se estima es económicamente más débil (el trabajador). Está en constante formación y modificación,

Derecho Tributario.- Señala la forma, condición y requisitos en que los individuos deben contribuir pecuniariamente a cubrir las necesidades del Estado. Sus conceptos fundamentales son:   Fisco: Él Estado ejerciendo una actividad económica para satisfacer una necesidad pública.

Tributo: Es un vínculo jurídico que nace con motivo de ocurrir los hechos contemplados en la ley y en virtud del cual una persona debe entregar al estado ciertas sumas de dinero para la satisfacción de necesidades colectivas.  Hecho gravado: Consiste en el antecedente que la ley señala como necesario para el nacimiento de una obligación tributaria.

DERECHO PRIVADO El Derecho Civil, regula las relaciones entre particulares, ya sean personas físicas o jurídicas, o el propio estado, cuando no lo hace en ejercicio de su poder como autoridad pública. Es la más utilizada entre las ramas del derecho ya que comprende las relaciones patrimoniales, personales, de vecindad, de familia, de derecho sucesorio, etc.

El Derecho Comercial, o Mercantil, se encarga de regular la actividad de los comerciantes, y sus relaciones comerciales, denominadas actos de comercio.

En general entre el Derecho Público y el Derecho Privado, importante distinción en cuanto a la esfera de libertad que cada uno concede u otorga: Derecho Público. Un principio de legalidad “Se puede hacer solo aquello que esté permitido”   Derecho Privado. Se inspira en el principio de autonomía de la voluntad “Se puede hacer todo lo que no esté prohibido” (esfera de libertad más amplia)

El Derecho Interno o Nacional es el conjunto de normas que rigen dentro del territorio de un Estado y se aplica a sus habitantes.

Derecho Internacional 1.- Derecho Internacional Público Conjunto de normas jurídicas que rigen las relaciones entre estados soberanos y entre estos y otros sujetos, con personalidad internacional. Sujetos: Estado soberano; organizaciones internacionales; entes con personalidad internacional (Cruz Roja)

Es un Derecho de base consuetudinaria y convencional, ya que la mayoría de sus normas está en la costumbre jurídica y en los tratados convencionales. Los estatutos de la Corte Internacional de Justicia (La Haya) contemplan las siguientes fuentes: Convenciones Internacionales (tratados) reconocidos por los estados litigantes;

La costumbre como prueba de una practica generalmente aceptada como Derecho; Los principios generales del Derecho de las naciones civilizadas Decisiones judiciales (Jurisprudencia); Los fallos de un tribunal arbitral; La doctrina

2.-Derecho Internacional Privado Es el conjunto de normas jurídicas que tiene por objeto resolver conflictos de legislación de Estado soberanos diferentes, igualmente aplicables a un caso entre particulares en que exista un factor internacional.(domicilios en diferentes países, o hechos acaecidos en diferentes estados.)