POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Audiencias en el Sistema Penal Acusatorio
Advertisements

PARTICIPACION DE ELEMENTOS DE SEGURIDAD PÚBLICA EN PROCESAMIENTO DE UN SITIO RELACIONADO A UN POSIBLE EVENTO DELICTIVO O SITIO DE HALLAZGO.
DETENCIÓN LEGAL Y USO ADECUADO DE LA FUERZA
¿QUE HACER? EN CASOS DE SOSPECHA O CERTEZA DE MALTRATO INFANTIL GRAVE O ABUSO SEXUAL EN CASOS DE CRISIS : DETECCIÓN DE PORTE DE ARMAS BLANCAS Y OTROS.
DILIGENCIAS POLICIALES EN EL NCPP
Iniciativa de reforma al Código Penal, al Código de Procedimientos Penales, a la Ley que Regula la Ejecución de Sanciones Penales y a la Ley Orgánica del.
REFORMA PROCESAL PENAL
Lesiones Gabriela Carrera Sánchez Dr. Eduardo Franco Loor
EL ARRESTO CIUDADANO Y LA JUSTICIA COMUNAL EN EL PERU.
NCPP LA DETENCION ( Artículo Nº 259 ) Detención Policial
ROL DE LOS SUJETOS PROCESALES
ESCUELA DE ESPECIALIZACION Y PERFECCIONAMIENTO PARA OFICIALES.
ATROPELLO.
POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR
POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR
Comunicar a la central de radio el procedimiento que va a tomar. Tomar contacto con las víctimas de agresión. Dar atención médica en presencia de la ambulancia.
ROBO A VEHICULOS SUSTRAER UNA COSA MEDIANTE LA VIOLENCIA, O FUERZA CON EL ANIMO DE APROPIARSE.
POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR ASALTO Y ROBO A MANO ARMADA
ADULTOS MAYORES O PERSONAS DE TERCERA EDAD
PROCEDIMIENTOS POLICIALES EN CASO DE ROBO A DOMICILIOS Y APREHENSION
LENGUAJE JURIDICO Abog. Ivana Montserrat.
APUNTES SOBRE EL EJERCICIO DE LA DEFENSA EN LA ESFERA PENAL 1. INTRODUCCIÓN: 1.1. En la reacción del imputado frente al ejercicio del ius puniendi estatal.
POLICÍA NACIONAL DEL ECUADOR TRATA DE PERSONAS. DELITO DE TRATA DE PERSONAS La trata de personas es una forma moderna de esclavitud y una violencia de.
PRESENTACIÓN & PENAL DE LOS ALUMNOS RESPONSABILIDAD CIVIL
POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR
PROCEDIMIENTO ESTÁNDAR EN UN ACCIDENTE DE TRANSITO
REFORMA DEL COPP Y LAS ACTUACIONES POLICIALES
DEL ECUADOR PROCEDIMIENTOS POLICIALES
El convenio se aplica a: Las infracciones a las leyes penales.
CIERRE DE LA INVESTIGACIÓN.
Dra. Doris Ma. Arias Madrigal
PROCEDIMIENTO POLICIAL EN UN SINIESTRO.. SINIESTRO. En el campo del derecho y de los seguros, un siniestro es un accidente o daño que puede ser indemnizado.
LA VIOLENCIA SOBRE LA MUJER (Violencia de Género) MEDIDAS DE PROTECCION VALORACION POLICIAL DEL RIESGO Y CONTROL DE LAS MEDIDAS Huancayo, 4 de junio 2012.
Prof. Juan Carlos Gutiérrez C.
DELITO FLAGRANTE CON DIPLOMÁTICOS.
LA VIOLENCIA SOBRE LA MUJER (Violencia de Género) MEDIDAS DE PROTECCION VALORACION POLICIAL DEL RIESGO Y CONTROL DE LAS MEDIDAS.
SBTE. EFRAIN SAMANIEGO OCHOA XVI CURSO DE ASCENSO A TENIENTES.
ALUMNO: JUAN LORENCES DICIEMBRE/2013
PENAL II Realizado por: Valeria Astudillo Profesor: Dr. Eduardo Franco Loor.
Juzgados de Familia COMPETENCIA: 1.- art 8 n°9 ley :
POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR PROCEDIMIENTO POLICIAL: VIOLACIÓN
Si existen detenidos.- Se procederá siempre que sea posible a la detención de las personas sospechosas de haber perpetrado el delito. Se debe realizar.
EL CONTROL ESTATAL COLOMBIANO
Mecanismos de Protección de los Derechos Humanos en Colombia
MARGARITA CARRILLO ENFERMERA ESPECIALISTA
Artículo El que causa a otro daño grave en el cuerpo o en la salud, será reprimido con pena privativa de libertad.
NUEVO CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES
ACCIÓN CONSTITUCIONAL
LENGUAJE JURIDICO. EL PROCESO PENAL Investigación Penal Preparatoria Investigación Penal Preparatoria Juicio Sentencia Ejecución.
Lección 8 El imputado. Art. 74 Persona a quien se lo sindica como autor o participe del H. P. (hecho) Persona a quien se lo sindica como autor o participe.
Art El que, a sabiendas, mata a su ascendiente, descendiente, natural o adoptivo, o a una persona con quien sostiene o haya sostenido una relación.
 Kleber Monlezun Cunliffe  Marco Antonio Lillo de la Cruz  Lmoabogados S.A.   Miraflores 113, oficina 81, Santiago.
Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones. Integrantes:  Carlos Portilla  Iván Maldonado.
CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN
EL USO ADECUADO DE LAS ESPOSAS
DERECHOS HUMANOS: GARANTIAS CONSTITUCIONALES
LA FEDERACION Y LAS ENTIDADES FEDERATIVAS ESTABLECERAN EN EL AMBITO DE SUS RESPECTIVAS COMPETENCIAS, UN SISTEMA INTEGRAL DE JUSTICIA PARA LOS ADOLESCENTES,
Unidad nº 6 Derechos Humanos. Artículo 1 CADH. Obligación de Respetar los Derechos 1. Los Estados Partes en esta Convención se comprometen a respetar.
IMPUTADO – DERECHOS DEL IMPUTADO (Art. 60 CPP)
PRESENTACIÓN DEL CIRCUITO. ACTIVACIÓN CARABINEROS DE CHILE (Zona de Prevención y Protección de la Familia)
PRINCIPIOS RECTORES Y GARANTIAS PROCESALES EN EL DERECHO PENAL “LIBERTAD” PRESENTADO POR: GERMAN D. CASTAÑO JARAMILLO.
DISPOSICIONES CONSTITUCIONALES
EL PAPEL DE LA POLICIA PREVENTIVA COMO PRIMER RESPONDIENTE EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO Puebla de Zaragoza, Pub.. Noviembre, 2015.
REPÚBLICA DEL PARAGUAY. Fiscalía General del Estado.
“DESCRIPCIÓN DEL DELITO DE MIGRACIONES Y TRATA DE PERSONAS, CAUSAS PROCESALES QUE SE INVESTIGAN, DELITOS CONEXOS Y DESAFÍOS A FUTURO COMO PAÍS” UNIDAD.
¿Por que la toma NO es Delito? TOMA Medida de fuerza que consiste en la ocupación de un lugar sin el consentimiento de su dueño, con el Objeto de obtener.
Conozca sus derechos Qué hacer si ICE llega a su puerta.
LIBERTAD PERSONAL Y DETENCION PREVENTIVA Abg. Yusvely Mayor C.I. V
COMPETENCIA ES LA APTITUD QUE TIENE UN ÓRGANO JUDICIAL PARA EJERCER LA JURISDICCIÓN. SE TRATA DE UNA LIMITACIÓN A LA JURISDICCIÓN DEL JUEZ. SE JUSTIFICA.
Estructura del Proceso Penal Facilitador: Douglas O. Cruz Bonilla Diplomado de Legislación en Salud Consejo Superior de Salud Pública.
Transcripción de la presentación:

POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR ESCUELA DE ESPECIALIZACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DE OFICIALES.

PROCEDIMIENTO POLICIAL Al momento de llegar al lugar de los hechos, el agente de policía deberá de proceder con la mayor de las cautelas, verificar todo lo sucedido. Se procede a realizar una verificación y acordonamiento de la zona y a proteger las evidencias que hayan quedado en el lugar de los hechos, hasta que llegue el personal de criminalística. Recabar todos los datos posibles para posterior dar toda la información posible recopilada en el lugar para que la central de radio pida se realice un operativo con el resto de unidades

- En caso de que los presuntos infractores de la ley se encuentren en el lugar de los hechos se deberá acordonar el lugar para así proceder a su neutralización haciendo uso progresivo de la fuerza y respetando los derechos que tenemos todas las personas, a continuación se realizara un registro corporal en busca de armas o evidencias de lo sucedido, de ahí se esposara de manera adecuada y se dará a conocer sus derechos constitucionales que los dictamina el estado.

En el caso de existir detenidos se los trasladara de inmediato hasta las dependencias de la Policía Judicial, en donde el agente de policía, deberá tomar contacto con el Sr. Fiscal de turno a quien se le proporcionara toda la información sobre los hechos ocurridos y de las evidencia existentes, con la finalidad de que el agente fiscal de turno exponga el caso ante el juez competente (juez de turno), y se abalice la detención del presunto infractor y bajo que cargos. Posterior se tomó contacto con el médico legista de la fiscalía, para que se realice un examen médico del detenido en el que se constata el estado físico y las condiciones en las que el presunto infractor se encuentra, posterior se deberá de obtener un certificado de antecedentes personales del o de los detenidos y verificar en la brigada de capturadores de la P.J. si tienen boletas de captura o causas pendientes ante la justicia.

BASE LEGAL CPE. Art. 77.- En todo proceso penal en que se haya privado de la libertad a una persona, se observarán las siguientes garantías básicas: 3. Toda persona, en el momento de la detención, tendrá derecho a conocer en forma clara y en un lenguaje sencillo las razones de su detención, la identidad de la jueza o juez, o autoridad que la ordenó, la de quienes la ejecutan y la de las personas responsables del respectivo interrogatorio. 4. En el momento de la detención, la agente o el agente informará a la persona detenida de su derecho a permanecer en silencio, a solicitar la asistencia de una abogada o abogado, o de una defensora o defensor público en caso de que no pudiera designarlo por sí mismo, y a comunicarse con un familiar o con cualquier persona que indique.

C.P. Art. 550.- El que, mediante violencias o amenazas contra las personas o fuerza en las cosas, sustrajere fraudulentamente una cosa ajena, con ánimo de apropiarse, es culpable de robo, sea que la violencia tenga lugar antes del acto para facilitarlo, en el momento de cometerlo, o después de cometido para procurar su impunidad. C.P. Art. 551.- El robo será reprimido con prisión de uno a cinco años y con reclusión menor de tres a seis años en los casos en que se perpetre con violencia contra las personas, tomando en consideración el valor de las cosas robadas. C.P. Art. 552.- El máximo de la pena establecida en el artículo anterior, se aplicará al responsable si concurre alguna de las siguientes circunstancias: 1a.- Si las violencias han producido heridas que no dejen lesión permanente; 2a.- Si el robo se ha ejecutado con armas, o por la noche, o en despoblado, o en pandilla, o en caminos o vías públicas

C.P. Art. 601.- Es pandilla la reunión de tres o más personas, con una misma intención delictuosa, para la comisión de un delito. C.P. Art. 602.- Se comprende por la palabra arma toda máquina, o cualquier otro instrumento cortante, punzante o contundente que se haya tomado para matar, herir o golpear, aún cuando no se haga uso de el.

Art. 162.- Delito flagrante.- Es delito flagrante el que se comete en presencia de una o más personas o cuando se lo descubre inmediatamente después de su supuesta comisión, siempre que haya existido una persecución ininterrumpida desde el momento de la supuesta comisión hasta la detención, así como que se le haya encontrado con armas, instrumentos, el producto del ilícito, huellas o documentos relativos al delito recién cometido. No se podrá alegar persecución ininterrumpida si han transcurrido más de veinticuatro horas entre la comisión del delito y la detención.

GRACIAS