Dr. Rubén Miguel Rubiolo

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Transcripción de la presentación:

Dr. Rubén Miguel Rubiolo DERECHO DE REGISTRO E INSPECCIÓN: ASPECTOS CONFLICTIVOS QUE VULNERAN SU NATURALEZA Dr. Rubén Miguel Rubiolo

Derecho de Registro e Inspección y Tasas Similares CARACTERÍSTICAS Derecho = Tasa (Terminal 6 SA c/Municip. Pto. Gral. San Martín-CSJSFe- 26/12/96) Recurso tributario (creado por Ley) Efectiva prestación de un servicio público (carácter retributivo) Carácter coactivo (no precio) Divisible (particularizado respecto del obligado) 03/11/2006 Dr. Rubén Miguel Rubiolo

Dr. Rubén Miguel Rubiolo TASAS PRINCIPIOS QUE DEBEN RESPETARSE Proporcionalidad Razonabilidad Derecho de propiedad Capacidad contributiva 03/11/2006 Dr. Rubén Miguel Rubiolo

Derecho de Registro e Inspección y Tasas Similares ALGUNOS ASPECTOS CONFLICTIVOS LOCAL HABILITADO Vs. ACTIVIDAD ALÍCUOTAS DIFERENCIALES SEGÚN SUJETOS APLICACIÓN ART. 35 CONVENIO MULTILATERAL AGENTES DE RETENCIÓN 03/11/2006 Dr. Rubén Miguel Rubiolo

Derecho de Registro e Inspección y Tasas Similares EFECTIVA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Ley 23548 Régimen Transitorio de Coparticipación Federal de Impuestos Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento y sus leyes de adhesión (Ley 11123 S.Fe) Constituciones Provinciales (Salta) Jurisprudencia Cía Química S.A.c/Municip. S.M.Tucumán-CSJN-05/09/89 Nazario Parra e Hijos SRL c/Municip.Gral.Pueyrredón-CSJBA-16/03/71 Massalin Particulares c/Pcia.Tierra del Fuego s/declaratoria de inconstitucionalidad-CSJN- 27/03/06 03/11/2006 Dr. Rubén Miguel Rubiolo

Derecho de Registro e Inspección y Tasas Similares EFECTIVA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EXISTENCIA DE LOCAL HABILITADO SUSTENTO TERRITORIAL 03/11/2006 Dr. Rubén Miguel Rubiolo

Derecho de Registro e Inspección y Tasas Similares EFECTIVA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Ley 23548 Régimen Transitorio de Coparticipación Federal de Impuestos Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento y sus leyes de adhesión (Ley 11123 S.Fe) Constituciones Provinciales (Salta) Jurisprudencia Cía Química S.A.c/Municip. S.M.Tucumán-CSJN-05/09/89 Nazario Parra e Hijos SRL c/Municip.Gral.Pueyrredón-CSJBA-16/03/71 Massalin Particulares c/Pcia.Tierra del Fuego s/declaratoria de inconstitucionalidad-CSJN- 27/03/06 03/11/2006 Dr. Rubén Miguel Rubiolo

Derecho de Registro e Inspección y Tasas Similares GRAVAMEN SOBRE EL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD SIN LOCAL HABILITADO Ausencia de servicios divisibles prestados Financiamiento de servicios indivisibles Desproporción = No razonabilidad Jurisprudencia Gas Natural Ban SA c/ Municip. La Matanza- CFSMartín- Sala I- 21/09/00 Pelikan Arg. SA c/Municip. Córdoba”- CCACba.-29/05/00 Massalin Particulares c/ Pcia.Tierra del Fuego- CSJN-27/03/06 Municip. Concordia c/ Electrolux s/ ejec.fiscal -JFConcordia -19/09/06 General Motors de Argentina SRL c/Municip. Villa María- JFBell Ville- 28/09/06 03/11/2006 Dr. Rubén Miguel Rubiolo

Dr. Rubén Miguel Rubiolo Doctrina emanada de “Unilever de Argentina S.A. c/Municipalidad de Río Cuarto s/ acción declarativa”- CSJN- 06/09/2005 Superposición con Impuesto Sobre los Ingresos Brutos Violación Ley Coparticipación Federal N° 23548 y Pacto Federal Agravio directo a la Constitución Nacional genera supone habilita implica Competencia de la Justicia Federal Aplicación Tasa sobre ejercicio actividad sin local habilitado 03/11/2006 Dr. Rubén Miguel Rubiolo

Derecho de Registro e Inspección y Tasas Similares Comisión Arbitral Convenio Multilateral Resolución 39/2006 “John Deere c/Municip. de Victoria” 13/09/06 Sustento territorial =/= local establecido Es posible carecer de local y quedar sujeto a la potestad tributaria porque el gravamen recae sobre la actividad La existencia de un gasto en la jurisdicción supone haber desarrollado parte de la actividad en ella == sustento territorial 03/11/2006 Dr. Rubén Miguel Rubiolo

Aplicación artículo 35 Convenio Multilateral En las actividades sujetas al Convenio: Límite: los municipios podrán gravar con el DReI sólo la parte de ingresos brutos atribuidos a la jurisdicción provincial Forma de distribución: Si hay acuerdo interjurisdiccional: en función del mismo Si no lo hay: según las normas del Convenio Locales: Si las normas legales vigentes en los municipios y comunas sólo permiten la percepción del DReI si hay local, esas jurisdicciones podrán gravar en conjunto el 100 % del monto atribuible a la Provincia 03/11/2006 Dr. Rubén Miguel Rubiolo

Derecho de Registro e Inspección ROSARIO ALÍCUOTAS DIFERENCIALES ASPECTOS CONTROVERTIDOS 03/11/2006 Dr. Rubén Miguel Rubiolo

Derecho de Registro e Inspección ROSARIO ORDENANZA IMPOSITIVA COMERCIOS MAYORISTAS EMPRESAS CON CASA CENTRAL O SUCURSALES EN LA PCIA. DE SANTA FE: 6,5 POR MIL EMPRESAS CON CASA CENTRAL O SUCURSALES EN OTRAS PROVINCIAS: 8,5 POR MIL 03/11/2006 Dr. Rubén Miguel Rubiolo

Derecho de Registro e Inspección ROSARIO ORDENANZA IMPOSITIVA GRANDES ESTABLECIMIENTOS (SHOPPINGS, SUPERMERCADOS, etc.) QUE OCUPEN MÁS DE 1.200 M2 : CON CASA CENTRAL EN ROSARIO: 9 POR MIL CON CASA CENTRAL FUERA DE ROSARIO: 15 POR MIL 03/11/2006 Dr. Rubén Miguel Rubiolo

Derecho de Registro e Inspección ROSARIO ORDENANZA IMPOSITIVA CADENAS DE ESTABLECIMIENTOS DE VTAS. MINORISTAS QUE PERTENEZCAN A UN MISMO CONTRIBUYENTE O GRUPO ECONÓMICO (Dto. 2130/2006: electrodomésticos y/o artículos de electrónica): CON CASA CENTRAL EN ROSARIO: 9 POR MIL CON CASA CENTRAL FUERA DE ROSARIO: 15 POR MIL 03/11/2006 Dr. Rubén Miguel Rubiolo

Derecho de Registro e Inspección ROSARIO ORDENANZA IMPOSITIVA VENTA MAYORISTA DE MEDICAMENTOS DE USO HUMANO: CON CASA CENTRAL EN ROSARIO: 30 POR MIL CON CASA CENTRAL FUERA DE ROSARIO: 33 POR MIL 03/11/2006 Dr. Rubén Miguel Rubiolo

Derecho de Registro e Inspección ROSARIO ORDENANZA IMPOSITIVA PROPÓSITOS EXTRAFISCALES FAVORECER A LAS EMPRESAS LOCALES INDUCIR A EMPRESAS DE OTRAS JURISDICCIONES A RADICAR SU ADMINISTRACIÓN EN ROSARIO MAYORES COSTOS PARA EL CONTRIBUYENTE PARA LOS CONSUMIDORES O PROVEEDORES 03/11/2006 Dr. Rubén Miguel Rubiolo

Derecho de Registro e Inspección ROSARIO Proveedor Consumidor MAYOR COSTO POR DIFERENCIA ALÍCUOTA 03/11/2006 Dr. Rubén Miguel Rubiolo

Derecho de Registro e Inspección ROSARIO ORDENANZA IMPOSITIVA PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES EN PUGNA: IGUALDAD PROPORCIONALIDAD RAZONABILIDAD NO CONFISCATORIEDAD 03/11/2006 Dr. Rubén Miguel Rubiolo

Derecho de Registro e Inspección ROSARIO PRINCIPIO DE IGUALDAD Igualdad de tratamiento frente a igualdad de situaciones o circunstancias En condiciones análogas deberán imponerse gravámenes idénticos a los contribuyentes 03/11/2006 Dr. Rubén Miguel Rubiolo

Derecho de Registro e Inspección ROSARIO PRINCIPIO DE IGUALDAD El legislador está facultado para establecer o formar categorías, siempre que tales clasificaciones no revistan el carácter de arbitrarias o estén inspiradas en un propósito manifiesto de hostilidad contra determinadas personas o grupos de personas, o importe un indebido privilegio personal o de grupo (“Arnaudo de Zehnder, Ana M.”-CSJN-23/06/83) 03/11/2006 Dr. Rubén Miguel Rubiolo

Derecho de Registro e Inspección ROSARIO PRINCIPIO DE IGUALDAD Las facultades del legislador son amplias y discrecionales, de modo que el criterio de oportunidad o acierto con que se ejerzan es irrevisable, siempre que las distinciones sean razonables y respondan a una finalidad económica o social 03/11/2006 Dr. Rubén Miguel Rubiolo

Derecho de Registro e Inspección ROSARIO ALÍCUOTAS DIFERENCIALES SE FUNDAN EN LA EXISTENCIA DE UNA MAYOR CAPACIDAD CONTRIBUTIVA ? 03/11/2006 Dr. Rubén Miguel Rubiolo

CAPACIDAD CONTRIBUTIVA “Aún siendo la tasa una contraprestación por los servicios requeridos, el Estado en ejercicio de soberanía tributaria, puede efectuar una recaudación que tenga en cuenta la capacidad contributiva del particular, según todos los elementos que considere conveniente para medirla, no excluyéndose la consideración del valor del servicio prestado” (Banco de la Nación Argentina c/Municipalidad de San Rafael- CSJN- 16/05/56) 03/11/2006 Dr. Rubén Miguel Rubiolo

Derecho de Registro e Inspección ROSARIO DESTINO ESPECÍFICO DE LA RECAUDACIÓN Desde 01/01 al 31/05/02: Fondo Compensador del Transporte Ord. 7099/00 Desde 01/06/02 al 31/12/04: 50 % Subsidio Atención Emergencia Alimentaria de la Secretaría de Promoción Social 50 % Fondo de Provisión Insumos para el Área de Salud de la Secretaría de Salud 03/11/2006 Dr. Rubén Miguel Rubiolo

Derecho de Registro e Inspección ROSARIO “El producto de las tasas no debe tener un destino ajeno al servicio que constituye el presupuesto de la obligación” (Modelo de Código Tributario para América Latina) 03/11/2006 Dr. Rubén Miguel Rubiolo

Derecho de Registro e Inspección ROSARIO “Es irrazonable cargar sobre determinados contribuyentes la supuesta manutención de servicios indiscriminados que benefician a toda la comunidad, consagrando así una manifiesta iniquidad” (“Banco de la Nación Argentina c/Municipalidad de San Rafael”-CSJN- 16/05/56 y “Cía. Swift de la Plata” 11/10/61) 03/11/2006 Dr. Rubén Miguel Rubiolo

Derecho de Registro e Inspección ROSARIO “El exceso de esa razonable y prudente proporcionalidad estaría indicando que el concepto de tasa va dirigida, en realidad, a atender necesidades distintas de las que se tuvieron en cuenta al establecer el servicio señalado como presupuesto de hecho imponible de la obligación tributaria, de modo que se impondría a determinados sujetos –bajo pretexto de una prestación personalizada- la asunción de gastos que por su naturaleza deberían estar a cargo de la generalidad de los contribuyentes, lo que determinaría entonces su inconstitucionalidad por resultar contrario a los principios de igualdad y razonabilidad –que incluye la adecuada proporcionalidad- (art. 28 C.N.)” (“Gas Natural Ban c/ Municipalidad de La Matanza”, Cámara Federal de San Martín- Sala I- 21-09-00) 03/11/2006 Dr. Rubén Miguel Rubiolo

Derecho de Registro e Inspección ROSARIO “Massalin Particulares c/Pcia. Tierra del Fuego s/acción declarativa de inconstitucionalidad.”-CSJN- 27/03/06 Tasa verificación legalidad cigarros y cigarrillos Sujetos: importadores Destino: Obras Puerto Caleta La Misión Falta de vinculación de la tasa con el sujeto pasivo (iniquidad) Falta de razonabilidad y proporcionalidad entre costo y servicio. El destino no puede ser distinto al financiamiento del servicio Viola Ley 23548: es un impuesto interno para financiar obras y afecta sistema de coparticipacíón. Cuestión constitucional Falta prestación servicio (constatado por escribano) 03/11/2006 Dr. Rubén Miguel Rubiolo

Dr. Rubén Miguel Rubiolo CONCLUSIONES Municipios: recursos acordes a las responsabilidades sociales transferidas Recursos propios: respeto de los principios y garantías constitucionales Nuevo régimen definitivo de coparticipación de los recursos federales y provinciales Actualización del Convenio Multilateral Creación de Convenios intermunicipales en base a un modelo consensuado Efectivización de las autonomías municipales y reordenamiento del sistema tributario de cada provincia Nuevo régimen tributario que coordine adecuadamente las potestades de los tres niveles de Estado 03/11/2006 Dr. Rubén Miguel Rubiolo