ENCUENTRO REGIONAL 2012 BUENOS AIRES
PROPUESTA DE DISCRIMINACIÓN DE GASTOS Y TRIBUTOS
Consulta: ¿Es factible discriminar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la facturación al sólo efecto que el adquirente conozca la incidencia de los impuestos? N OTA DE A.C.A.R.A. DEL 01/08/97 A LA A.F.I.P.
En cuanto a la posibilidad que en las Facturas pueda discriminarse el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, cabe destacar que si bien este tributo integra el Precio Neto Gravado a que se refiere el artículo 10 de la Ley del I.V.A., en dicha norma como en su reglamentación no existen disposiciones que prohíban su discriminación. R ESPUESTA DE AFIP DEL 08/09/97
Firmado por: Cont. Púb. Adolfo José GARCIA Director Dirección Asesoría Técnica. R ESPUESTA DE A FIP DEL 08/09/97
En relación con el Modelo de “Anexo de Gastos” le hacemos saber que siempre resulta promisoria toda acción -de parte de los proveedores de productos y servicios en el mercado- que tienda a cumplimentar con el deber de información a los consumidores (Ley ) y a transparentar las relaciones entre proveedores y consumidores. El Anexo de Gastos remitido no amerita observación alguna por parte de esta autoridad de aplicación, en la medida en que refleje exactamente los gastos, cargos y/o comisiones que se pacten con los compradores para la entrega de las unidades; y siempre que, adicionalmente –y no en relación estricta a los gastos de entrega de las unidades- se suministre toda otra información relevante para el consumidor, relacionada con la transacción de consumo de que se trate, y que permita mejorar su elección de compra, respetando el deber de información y sus intereses económicos, como prevé nuestra propia Constitución Nacional. María Guadalupe RAMIREZ CELLERINO Directora de Defensa de Consumidor
C ONCEPTOS QUE NO INTEGRAN EL M ARGEN C OMISIONAL CONCEPTOIMPORTE 1-FLETE $ ………… SEGURO DE TRANSPORTE $ ………… HONORARIOS DE GESTORÍA $ ………… PREENTREGA $ ………… TRIBUTOS LOCALES (INGRESOS BRUTOS-TASAS MUNICIPALES) (monto) $ …………...- SUBTOTAL $ ………… IVA $ ………… TASAS, ARANCELES (CERTIFICACIÓN DE FIRMA, POR INSCRIPCIÓN INICIAL, INSCRIPCIÓN DE PRENDA, EXPEDICIÓN DE CÉDULA, EXPEDICIÓN DE TÍTULO, TRÁMITE DE ALTA IMPOSITIVA, EXPEDICIÓN DE PLACAS DE IDENTIFICACIÓN METÁLICAS) Y GRAVÁMENES NACIONALES, PROVINCIALES Y MUNICIPALES (NO GRAVADO POR IVA) $ …………...- TOTAL $ …………...-
Art No integran el precio neto gravado a que se refiere el artículo 10 de la Ley, los tributos que, Tengan como hecho imponible la misma operación gravada (IVA e ISIB no tienen el mismo hecho imponible). Se consignen en la factura por separado y en la medida en que sus importes coincidan con los ingresos que en tal concepto se efectúen a los respectivos fiscos. D ECRETO R EGLAMENTARIO L EY IVA
DISCRIMINACION DE IMPUESTOS LOCALES
T ASA EFECTIVA
DISCRIMINACION DE IMPUESTOS LOCALES Comprobación caso I: x 4,30%= IMPUESTO FACTURADO Comprobación caso II: x 5,80%= IMPUESTO FACTURADO
Ley /12 Junio/2013 : el valor aproximado de la totalidad de los tributos federales, estaduales y municipales deberá constar en la factura al consumidor. Se prevén multas, suspensión de actividades e inhabilitación. “El 74% de los brasileños no saben cuánto pagan de impuestos en bienes y servicios que compran.” SITUACIÓN EN BRASIL
U.I.F.: Obtención de Medida Cautelar. Decreto 814/2001. Impuesto a los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias. OTRAS GESTIONES REALIZADAS POR ACARA
Provincia de Buenos Aires: alícuota del 3,5% para venta de automotores O Km. Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Venta Directa. Santa Fe: se mantiene alícuota del 3,5% para los contribuyentes locales. Extraña Jurisdicción: 4,5%. OTRAS GESTIONES REALIZADAS POR ACARA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES LEY
0km: 3,5% Usados: 0% Comisiones: 8% INGRESOS BRUTOS Venta de autos, camionetas y utilitarios usados, excepto en comisión Venta de vehículos automotores usados n.c.p. excepto en comisión Venta de autos, camionetas y utilitarios, nuevos exceptos en comisión Venta de vehículos automotores nuevos n.c.p., excepto en comisión Venta en comisión de autos, camionetas y utilitarios nuevos Venta en comisión de vehículos automotores, nuevos n.c.p Venta en comisión de autos, camionetas y utilitarios usados Venta en comisión de vehículos automotores usados.
Repuestos: Reparaciones: INGRESOS BRUTOS Ingresos inferiores a $ ,5% Ingresos superiores a $ % 5031Venta al por mayor de partes, piezas y accesorios de vehículos automotores. 5032Venta al por menor de partes, piezas y accesorios de vehículos automotores Venta de motocicletas y de sus partes, piezas y accesorios, excepto en comisión Ingresos inferiores a $ % si supera $ Ingresos superiores a $ % 5022Reparación de cámaras y cubiertas, amortiguación, alineación de dirección 5023Instalación y reparación de lunetas y ventanillas, alarmas, cerraduras, radios… 5024Tapizado y retapizado 5025Reparaciones eléctricas, del tablero e instrumental; reparación de baterías 5026Reparación y pintura de carrocerías; colocación y reparación de guardabarros… 5029Mantenimiento y reparación del motor n.c.p.; mecánica integral Mantenimiento y reparación de motocicletas
10‰ Compraventa de automotores nuevos 0% Compraventa de automotores nuevos, con destino a Contratos de Leasing 30‰ Compraventa de automotores usados 10‰ Compraventa de automotores usados respaldada por factura de venta emitida por agencias o concesionarios que sean contribuyentes en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y estén inscriptos como habitualistas. 12‰ Constitución de Prendas Transferencia y endoso de prendas SELLOS
Automóviles, rurales, autoambulancias y autos fúnebres (modelos-año 2013 a 2002 inclusive: Ejemplo IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES $ (5000*4,66%)= $3622
Camiones, camionetas, pick-ups y jeeps IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES Modelos – año 2013 a 2002 inclusive con valuación fiscal asignada 1,5% Modelos sin valuación fiscal asignada S/escala Se establece una bonificación anual del 20% para vehículos bajo la modalidad de Leasing
Se encuentran exentos del pago del Impuesto a los automotores, Art. 243-i) Los comerciantes habitualistas por las cuotas del impuesto correspondiente a los vehículos usados registrados a su nombre, cuyos vencimientos se produzcan dentro del período comprendido desde la adquisición de unidad hasta su reventa o hasta un plazo de 90 días, el que fuere anterior. Art. 3- “Para todos los plazos establecidos en días en el presente Código y en toda norma que rija la materia a la cual éste sea aplicable, se computarán únicamente los días hábiles, salvo que surja lo contrario.” L EY AÑO 2013
Nota Arba del Instructivo a todas las Dependencias de Arba haciéndole saber las siguientes instrucciones: COMERCIANTE HABITUALISTA
1. El trámite deberá iniciarse vía web Opción: Alta de Trámite - Código Fiscal Automotor, el cual validará contra las bases de ISIB, que la CUIT posea los códigos de actividades El sistema validará que la “Fecha Hasta” incorporada para la exención sea igual a aquella que contemple 60 días corridos contados desde la “Fecha Desde” consignada. Se debería modificar la cantidad de días a 90 días hábiles
INCREMENTO DE LA MULTA AUTOMÁTICA POR LA FALTA DE PRESENTACIÓN DE DECLARACIÓN JURADA $300 O $600 (antes $200 o $400) SE PROCEDERÁ A INTIMAR EL PAGO DEL TRIBUTO QUE RESULTE ADEUDADO CUANDO SE COMPUTE IMPORTES IMPROCEDENTEs: a. Retenciones o percepciones b. Pagos a cuenta c. Saldos a favor d. Alícuotas que no correspondan con las establecidas en la Ley Impositiva PODRÁ EJECUTAR POR VÍA DE APREMIO Y SIN PREVIA INTIMACIÓN DE PAGO, LA DEUDA POR GRAVÁMENES, INTERESES Y MULTAS NO ABONADAS EN LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS Y RESULTANTES DE : a) Resolución definitiva b) Decisión del tribunal Fiscal que determine la obligación impositiva debidamente notificada c) Declaración jurada d) Liquidación administrativa e) Padrones de contribuyentes CONSIDERACIONES ADICIONALES- S ANCIONES
Inspecciones a agentes de recaudación por no actuar como agente de retención y percepción Acuerdo plenario Nº20 INSPECCIONES Y TEMAS VARIOS
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
0km: 3,5%- (antes 3%-3,75%-4%) Usados: 1,5% Comisiones: 5,5% I MPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS - PROYECTO Venta de autos, camionetas y utilitarios usados, excepto en comisión Venta de vehículos automotores usados n.c.p. excepto en comisión Venta de autos, camionetas y utilitarios, nuevos exceptos en comisión Venta de vehículos automotores nuevos n.c.p., excepto en comisión Venta en comisión de autos, camionetas y utilitarios nuevos Venta en comisión de vehículos automotores, nuevos n.c.p Venta en comisión de autos, camionetas y utilitarios usados Venta en comisión de vehículos automotores usados.
I MPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS - EXENCIONES
Repuestos: Reparaciones: I MPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS - PROYECTO Ingresos inferiores a $ ,5% Ingresos superiores a $ % 5031Venta al por mayor de partes, piezas y accesorios de vehículos automotores. 5032Venta al por menor de partes, piezas y accesorios de vehículos automotores 50411Venta de motocicletas y de sus partes, piezas y accesorios, excepto en comisión Ingresos inferiores a $ % Ingresos entre $ y $ ,75% Ingresos superiores a $ % 5022Reparación de cámaras y cubiertas, amortiguación, alineación de dirección 5023Instalación y reparación de lunetas y ventanillas, alarmas, cerraduras, radios… 5024Tapizado y retapizado 5025Reparaciones eléctricas, del tablero e instrumental; reparación de baterías 5026Reparación y pintura de carrocerías; colocación y reparación de guardabarros… 5029Mantenimiento y reparación del motor n.c.p.; mecánica integral Mantenimiento y reparación de motocicletas
VENTA DIRECTA
Alícuota especial del 7% para, Ventas directas por parte de las Terminales Automotrices De Autos, Camionetas, Utilitarios Nuevos Vehículos Automotores nuevos N.C.P. V ENTAS D IRECTAS
Exclusiones Estado Nacional, Provincial o Municipal y el Gobierno de la Ciudad de Bs.As. y sus Reparticiones Autárquicas y Descentralizadas. Representaciones diplomáticas. V ENTAS D IRECTAS
1% POR LA COMPRAVENTA DE AUTOMÓVILES 0KM 3% POR LA COMPRAVENTA DE AUTOMÓVILES USADOS (ANTES ERA 2%) 1,5% COMPRADOR SEA UN HABITUALISTA SELLOS
SIRCREB Padrón de riesgo fiscal AGIP
INGRESOS BRUTOS ALÍCUOTAS
PROVINCIAVEHÍCULOS NUEVOS VEHÍCULOS USADOS COMISIONES 1 BUENOS AIRES 3,50%0%8% 2 CAPITAL FEDERAL 3%-3,75%-4%0%5,50% 3 CATAMARCA 3% 5% 4 CHACO 3% 4,10% 5 CHUBUT 3% 4,60% 6 CORDOBA 3,5%/4,75%4,00%5,4% 7 CORRIENTES 2,50%4,10% 8 ENTRE RIOS 3,5%5% 9 FORMOSA 3% 10 JUJUY 2,50% 5% 11 LA PAMPA 2,50%4,10% 12 LA RIOJA 2,50% 4,10% INGRESOS BRUTOS NACIONAL
PROVINCIAVEHÍCULOS NUEVOS VEHÍCULOS USADOS COMISIONES 13 MENDOZA 4%3,50%4,50% 14 MISIONES 3%-3,9% 5% 15 NEUQUÉN 3% 5% 16 RIO NEGRO 3% 5% 17 SALTA 3% 5% 18 SAN JUAN 3% 5% 19 SAN LUIS 4,20% 4,90% 20 SANTA CRUZ 3,50% 5% 21 SANTA FE 3.5%3,50%4,50% 22 SGO. DEL ESTERO 3% 5% 23 TIERRA DEL FUEGO 3%4,50% 24 TUCUMAN 3,50% 5% INGRESOS BRUTOS NACIONAL
1. CHACO 2. CHUBUT 3. LA PAMPA 4. LA RIOJA 5. MENDOZA 6. MISIONES 7. NEUQUEN 8. RIO NEGRO 9. SALTA 10. SAN LUIS 11. SANTA CRUZ 12. SANTIAGO DEL ESTERO SELLOS - E XTRAÑA J URISDICCIÓN