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Publicada porRicardo Salcido Modificado hace 9 años
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Posadas – Marzo/2009 LEY 26.476 – R.G.2537/09 (AFIP) Moratoria – Regularización de empleo – Exteriorización de Capitales
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Posadas – Marzo/2009 TITULO I REGULARIZACION DE IMPUESTOS Y SEGURIDAD SOCIAL
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Posadas – Marzo-09 Que se regulariza: Todos los períodos fiscales vencidos e infracciones cometidas al 31/12/2007
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Incluye obligaciones en curso de discusión administrativa o judicial, y el acogimiento a éste régimen produce la suspensión de las acciones penales. Posadas – Marzo-09
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Cómo se formaliza el trámite y pago: Adhesión al régimen mediante clave fiscal. Pago de contado mediante VEP Plan de facilidades ingresando 6% del monto, y el saldo en 120 cuotas (Is.0.75% mensual). Posadas – Marzo-09
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PLAZOS DE ACOGIMIENTO DESDE EL 01-03-2009 HASTA EL 31/08/2009 INCLUSIVE
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Extinsión de la acción penal por pago total, en la medida en que no exista sentencia firme. Exención de sanciones y Multas que no estén firmes al 24-12- 2008. Exención y /o condonación de los Intereses resarcitorios y punitorios : Acogimiento desde al 01/03 al 30/04 condona el Interés que supere el 30% del capital adeudado. Que beneficios incluye el régimen
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Acogimiento desde el 01/05/2009 hasta el 30-06-2009 condona interés que supere el 40% del capital adeudado. Acogimiento desde el 01/07/2009 hasta el 31-08-2009 condona interés que supere el 50% del capital adeudado.
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CONCEPTOS QUE NO PUEDEN INCLUIRSE Aportes y contribuciones al Sistema Nacional de OBRAS SOCIALES. Aportes y contribuciones del Servicio Doméstico. Deudas e infracciones aduaneras. IVA por prestaciones de servicios al exterior.
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Posadas – Marzo/2009 TITULO II REGULARIZACION Y PROMOCION DEL EMPLEO
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Que se regulariza Trabajadores no registrados, diferencias de haberes y /o fechas de ingreso : hasta el 11/2008.
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Cómo se formaliza el trámite Clave fiscal en Mis Facilidades Ley 26476 TITULO II. Presentación de DDJJ Original o Rectificativas. Las obligaciones se cancelan de contado mediante vep o por plan en hasta 120 cuotas con interes anual del 6%.
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Que beneficios incluye el régimen Hasta 10 trabajadores extinción total de deuda de aportes y contribuciones. A partir del Trabajador Nro. 11 paga aportes y contribuciones con Interés que no supere el 20% del capital. También tendrán el beneficio de reducción de contribuciones por 24 meses, así como las nuevas incorporaciones. A los fines de la seguridad social se computa hasta 60 meses de Servicio.
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CONDICIONES PARA EL BENEFICIO Los empleadores mantendrán los beneficios de esta ley mientras mantengan la plantilla de personal.
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ARTICULO 11 INCISO D Los trabajadores incluídos en la regularización prevista en el presente régimen tendrán derecho a computar sesenta (60) meses de servicios con aportes o la menor cantidad de meses por las que se los regularice, a fin de cumplir con los años de servicios requeridos por la Ley 24.241 y sus modif. Para la obtención de la PBU y para el beneficio del desempleo previsto en el ART. 113 de la Ley 24.013.
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PLAZOS PARA REGULARIZAR LAS RELACIONES LABORALES DENTRO DE LOS 180 DIAS CORRIDOS CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA DE LA REGLAMENTACION DEL PRESENTE TÍTULO.
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Posadas – Marzo/2009 TITULO III EXTERIORIZACION DE CAPITALES
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Que se regulariza Tenencia de bienes y moneda nacional o extranjera, no declarada, tanto en el pais como en el exterior al 31/12/07.
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Como se formaliza el trámite Declaración Jurada Informativa de Bienes. Determinación del Impuesto Especial por DDJJ. Generada mediante opción Mis facilidades – Ley 26476 – titulo III. Pago del impuesto especial de contado:
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Porcentajes Por bienes del exterior que no se transfieren al país: 8% Según destino de los fondos : Transferencia al país: 8%
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Porcentajes Suscripción de Títulos 3% Viviendas nuevas / inversiones: 1%.
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LIBERACION DEL PAGO DE LOS IMPUESTOS OMITIDOS. LIBERACION DE TODA ACCION CIVIL, COMERCIAL, PENAL TRIBUTARIA, ADMINISTRATIVA Y PROFESIONAL. EXENCION DEL IMPUESTO AL CHEQUE ORIGINADO EN LA TRANSFERENCIA QUE SE EXTERIORICE Y DEMAS MOVIMIENTOS. Qué beneficios incluye el régimen
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CONCEPTOS QUE NO PUEDEN INCLUIRSE LOS MONTOS DE DINERO PROVENIENTES DE CONDUCTAS ENCUADRADAS EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 6 DE LA LEY 25246 (LAVADO DE ACTIVOS).
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ITEM MUY RELEVANTE LA LEY EN UN PARRAFO SEPARADO INVITA TEXTUALMENTE A LAS PROVINCIAS Y MUNICIPIOS: A ADHERIR A ÉSTE RÉGIMEN, ADOPTANDO EN EL ÁMBITO DE SUS RESPECTIVAS JURISDICCIONES LA MISMA MEDIDA PREVISTA CON RELACION A SUS IMPUESTOS Y TASAS.
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MUCHAS GRACIAS
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