Aspectos significativos a tener en cuenta INICIO DE LA ACTIVIDAD PROFESIONAL.

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Transcripción de la presentación:

Aspectos significativos a tener en cuenta INICIO DE LA ACTIVIDAD PROFESIONAL

06/07/2012* Todos los conceptos aqui detallados son meramente informativos ya que se debe analizar cada caso en particular 2 de 12 INSCRIPCION EN AFIP Iva Ganancias Autónomos Régimen simplificado Responsable Inscripto (régimen general) Monotributo

06/07/2012* Todos los conceptos aqui detallados son meramente informativos ya que se debe analizar cada caso en particular 3 de 12 Régimen simplificado Monotributo Conceptos e impuestos comprendidos: a) Impuesto al valor agregado. b) Ganancias c) Seguridad social (Aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) d) Obra social (Aporte al Sistema Nacional del Seguro de Salud)

06/07/2012* Todos los conceptos aqui detallados son meramente informativos ya que se debe analizar cada caso en particular 4 de 12 Los profesionales universitarios que por esa actividad se encontraren obligatoriamente afiliados a uno o más regímenes provinciales para profesionales (por ejemplo: aporte a la Caja del Arte de Curar) no están obligados a pagar el componente previsional. Cabe aclarar que aquellos profesionales que agreguen a la actividad profesional una actividad comercial como por ejemplo la Compra-Venta de productos veterinarios (medicamentos, vacunas, alimentos, accesorios, entre otros) deberán abonar la totalidad del impuesto, es decir tanto el componente impositivo como el previsional, con independencia del aporte a la Caja Profesional.

06/07/2012* Todos los conceptos aqui detallados son meramente informativos ya que se debe analizar cada caso en particular 5 de 12 Formalidades RECATEGORIZACIONES cuatrimestrales considerando ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados en los 12 meses inmediatos anteriores DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA para los monotributistas que resulten empleadores y todos aquellos que se encuentren en la categoría F o superior

06/07/2012* Todos los conceptos aqui detallados son meramente informativos ya que se debe analizar cada caso en particular 6 de 12 Categorización - Valores actualizados vigentes a partir del 1° de julio de 2012 Locaciones y/o prestaciones de servicios CATEGORÍA INGRESOS BRUTOS MAGNITUDES FÍSICAS ALQUILERES DEVENGADOS CUOTA MENSUAL APORTE AUTÓNOMOS / OBRA SOCIAL TOTAL SUPERFICIE AFECTADA ENERGÍA EL É CTRICA CONSUMIDA ANUALMENTE BHasta $ Hasta 30 m2Hasta KWHasta $ 9.000$ 39$ 257$ 296 CHasta $ Hasta 45 m2Hasta KWHasta $ 9.000$ 75$ 257$ 332 DHasta $ Hasta 60 m2Hasta KWHasta $ $ 128$ 257$ 385 EHasta $ Hasta 85 m2Hasta KWHasta $ $ 210$ 257$ 467 FHasta $ Hasta 110 m2Hasta KWHasta $ $ 400$ 257$ 657 GHasta $ Hasta 150 m2Hasta KWHasta $ $ 550$ 257$ 807 HHasta $ Hasta 200 m2Hasta KWHasta $ $ 700$ 257$ 957 IHasta $ Hasta 200 m2Hasta KWHasta $ $ 1.600$ 257$ 1.857

06/07/2012* Todos los conceptos aqui detallados son meramente informativos ya que se debe analizar cada caso en particular 7 de 12 Resto de actividades CAT. INGRESOS BRUTOS MAGNITUDES FÍSICAS ALQUILE RES DEVENGA DOS CTDAD EMPL. CUOTA MENSUAL APORTE AUTÓNOMO S/ OBRA SOCIAL TOTAL SUPERFICIE AFECTADA ENERGÍA EL É CTRICA CONSUMIDA ANUALMENTE BHasta $ Hasta 30 m2Hasta KWHasta $ $ 39$ 257$ 296 CHasta $ Hasta 45 m2Hasta KWHasta $ $ 75$ 257$ 332 DHasta $ Hasta 60 m2Hasta KWHasta $ $ 118$ 257$ 375 EHasta $72.000Hasta 85 m2Hasta KW Hasta $ $ 194$ 257$ 451 FHasta $ Hasta 110 m2 Hasta KW Hasta $ $ 310$ 257$ 567 GHasta $ Hasta 150 m2 Hasta KW Hasta $ $ 405$ 257$ 662 HHasta $ Hasta 200 m2 Hasta KW Hasta $ $ 505$ 257$ 762 IHasta $ Hasta 200 m2 Hasta KW Hasta $ $ 1.240$ 257$ JHasta $ Hasta 200 m2 Hasta KW Hasta $ $ 2.000$ 257$ K Hasta $ Hasta 200 m2 Hasta KW Hasta $ $ 2.350$ 257$ L Hasta $ Hasta 200 m2 Hasta KW Hasta $ $ 2.700$ 257$ 2.957

06/07/2012* Todos los conceptos aqui detallados son meramente informativos ya que se debe analizar cada caso en particular 8 de 12 Responsable Inscripto Impuesto al Valor Agregado (IVA): Alícuota general 21% Impuesto a las Ganancias: Para personas físicas se tributa del 14% al 35% sobre los ingresos netos anuales. En el caso de sociedades el tributo es del 35%.

06/07/2012* Todos los conceptos aqui detallados son meramente informativos ya que se debe analizar cada caso en particular 9 de 12 Situación especial Autónomos: se entenderá como trabajador por cuenta propia o autónomo, aquel que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ella a contrato de trabajo y aunque utilice el servicio remunerado de otras personas, sea o no titular de empresa individual o familiar.

06/07/2012* Todos los conceptos aqui detallados son meramente informativos ya que se debe analizar cada caso en particular 10 de 12 Provinciales - Provincia de Santa Fe Ingresos Brutos La provincia de Santa Fe establece la EXENCIÓN para las profesiones liberales no organizadas bajo la forma de empresa (Art. 160 inc l), las que deberán inscribirse solicitando el reconocimiento de la exención. La Res. 180/88, vigente a la fecha, define la profesión liberal como aquellas regladas por ley, que requieren matriculación o inscripción en los respectivos Colegios o Consejos Profesionales... La Administración Provincial de Impuestos, para los monotributistas que resulten alcanzados, tiene prevista la exención correspondiente a los primeros TRES ANTICIPOS, contados desde la fecha de iniciación de actividades. (Art. 160 inc s). Al í cuota b á sica 3,50% Guarder í a de animales 4,50% Ley provincial : Caja de los Profesionales del Arte de Curar Ley provincial 6718 (Farmacia Veterinaria): Los establecimientos comerciales dedicados a la venta de productos y medicamentos veterinarios deberán poner al frente del mismo a un Regente o Director Técnico Médico Veterinario Matrícula Profesional: regulada por el Colegio de Médicos Veterinarios de cada jurisdicción.

06/07/2012* Todos los conceptos aqui detallados son meramente informativos ya que se debe analizar cada caso en particular 11 de 12 Municipales Ciudad de Santa Fe Derecho de Registro e Inspección La Municipalidad de Santa Fe tiene prevista la EXENCIÓN para “el ejercicio de profesiones liberales, cuando no estén organizadas en forma de empresa” (Art. 44 inc. 5 Ordenanza ) y se realice en forma exclusiva, es decir sin combinarla con una actividad comercial. Deberán realizar la INSCRIPCIÓN con la Solicitud del reconocimiento de exención. Para los que no resulten exentos, también tiene prevista la exención por TRES MESES para los monotributistas que inicien actividades en tanto cumplimenten en tiempo y forma los requisitos para su inscripción y habilitación. (Art. 44 inc. 13 Ordenanza ). En general la alícuota a aplicar es del 6 por mil para actividades comerciales y de servicios que no tengan previsto otro tratamiento especial Habilitación: en caso de tener local

06/07/2012* Todos los conceptos aqui detallados son meramente informativos ya que se debe analizar cada caso en particular 12 de 12 Organización Administrativa Registro de Ingresos y Egresos Movimiento de Fondos Movimiento de Bancos Muchas gracias por su atención CPN - Magister Alejandro Paillet Estudio Paillet y Asoc. SRL