CONVENIO INTERNACIONAL 102 (OIT) PRESTACIONES MINIMAS

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Transcripción de la presentación:

CONVENIO INTERNACIONAL 102 (OIT) PRESTACIONES MINIMAS TURIN, OCTUBRE 2008

Convenios sobre seguridad social CIT 102 – normas mínimas CIT 118 – igualdad de trato CIT 157 – conservación de derechos adquiridos CIT 144 - Participación

Convenio 102 (1952) 44 Ratificaciones en total No lo ratificaron: Uruguay Paraguay Colombia Honduras República Dominicana Argentina (*)

Convenio 102 (1952) Lo ratificaron: Ecuador Bolivia Perú Venezuela Brasil (*)

Importancia de su ratificación: Convenio 102 (1952) Importancia de su ratificación: Por su contenido: Reglas claras. 9 Ramas (prestaciones) Prevé la participación de los trabajadores.

Importancia de su ratificación: Por su contenido: Reglas claras. 9 Ramas (prestaciones), “estableciendose un piso que protege a los beneficiarios de posibles crisis” Principio de igualdad de trato entre nacionales y extranjeros Financiación solidaria – impuestos o contribuciones – los que menos tienen pagan menos Participación en la gestión de representantes de las personas protegidas.

Ramas de Prestaciones Asistencia Médica Prestaciones Económicas de Enfermedad Prestaciones por Desempleo Prestaciones por Vejez Prestaciones por Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional Prestaciones Familiares Prestaciones por Maternidad Prestaciones por Invalidez Prestaciones por Sobrevivencia

Flexibilidad.

Convenio modular Ramas - 3 ramas de las 9 una que sea desempleo, vejez, accidente de trabajo, invalidez o sobrevivencia. Porcentaje de personas 50% de los asalariados trabajadores, o al 20% de los residentes.

Convenio modular Ingresos mínimos. Porcentaje mínimo del ingreso anterior o un monto mínimo determinado en relación con el nivel de salarios del país Período mínimo Duración mínima de atención de la contingencia

Articulo 3º Podrá acogerse, total o parcialmente, todo País Miembro cuya economía y recursos médicos sean poco desarrollados. Estos Países reducirán su cobertura mínima al 50% de los asalariados de empresas industriales que tengan por lo menos 20 trabajadores más el cónyuge y los hijos.-

I. Prestación Asistencia Médica Enfermedad Asistencia médica en general Los especialistas médicos Productos farmacéuticos La internación Embarazo Parto Consecuencia de ambos (Salud de la Madre) Beneficiarios Grupo A

II. Prestación Monetaria de Enfermedad Duración Durante toda la contingencia Podrá limitarse a 26 semanas Podrá no pagarse los 3 primeros días Por art 3, se puede reducir a 13 semanas Monto mínimo de la prestación Lo que establecen en las tablas del convenio TABLA Beneficiarios Grupo C

III. Prestación Desempleo La imposibilidad de obtener un empleo estando apto para trabajar Beneficiarios Grupo B Requerimiento Tiempo mínimo de aportación. Duración De 13 a 26 semanas en 1 año. Monto mínimo de la prestación

Personas Comprendidas: IV. Prestación Vejez Llegar a la vejez en las mejores condiciones de vida Objetivo Cubrir a todos los residentes una vez alcanzado los 65 años de edad con excepciones (pueden ser más) Consiste en el pago de una suma de dinero periódica. El monto de dicha partida se establece de acuerdo a un cálculo previsto por el convenio También genera el derecho si reúne una cantidad de trabajo mínimo 30 años de actividad para los trabajadores 20 años de residencia Personas Comprendidas: Grupo C

V. Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional Incapacidad para trabajar Pérdida de la capacidad para tener un ingreso Los perjuicios que tiene la viuda para mantener los ingresos Consiste en la Asistencia médica en general, odontológica, internación domiciliaria u hospitalaria, especialistas, y medicamentos (para que el trabajador se recupere (REHABILITACIÓN) para que se reintegre al trabajo. Una partida periódica de dinero según tablas del convenio. Personas Comprendidas: Grupo B parte 1 y 3 Benef

VI. Prestaciones Familiares Tener hijos a cargo Es un prestación económica. Su pago es periódico Se tiene que cumplir con condiciones que el convenio prevé Se relaciona con: Un mínimo en el trabajo Un mínimo de residencia en el país Monto de la prestación 3% salario trabajador art. 66 x nº de hijos de asalariados 1,5% salario x nº de hijos de todas los residentes Personas Comprendidas: Grupo C Benef

VII. Prestaciones Maternidad Embarazo Parto Consecuencia de ambos (Salud de la Madre) Tipo de Prestación Asistencia medica pre y pos parto. Tiene que garantizar el reintegro de la trabajadora a su actividad. Prestación Económica previo período de calificación. Puede limitarse a 12 semanas o mientras la trabajadora no pueda reintegrase a la actividad Existen otros convenios referidos a este tema (3.103, 183) Personas Comprendidas: Asalariadas o cónyuges Grupo C Benef

VIII. Prestación Invalidez Es una prestación económica Se paga en forma periódica Se prevén condiciones diferente para la Población Asalariada y los Residentes Asalariados según arts. 65 y 66 Residentes según art. 67 Personas Comprendidas: Grupo C Benef

IX. Prestación de Sobrevivientes Es una partida económica para la viuda y los hijos. La prestación consiste en el pago de una suma de dinero que será distinto según que se considere a los efectos de determinar los montos si son asalariados o residentes Al determinar el monto de la prestación se tienen en cuenta los ingresos de la viuda. Duran todo el transcurso de la contingencia o hasta ser sustituída por una prestación vejez

Resumen Es el convenio más importante ratificado por 44 países. Divide a la Seguridad Social en 9 prestaciones (excluye vivienda , educación, etc.) Establece mínimos flexibles, modulares, no rígidos. Tiene que cumplir con 3 prestaciones y dentro de ellas por lo menos 1 de la III a la VII Tiene que cubrir un % mínimo de personas Compromiso de cubrir 50% de asalariados o 20% de residentes Garantiza de esas 3 contingencias un % mínimo del ingreso anterior Exige una duración mínima de las prestaciones Establece el principio de igualdad entre nacionales y extranjeros pudiendo exigir reciprocidad. Exige en el Art.. 71 financiación solidaria y colectiva, por impuestos, contribuciones o ambos. No recarga a las personas más necesitadas. Establece que la administración o gestión de la Seguridad Social debe estar a cargo de instituciones públicas o reglamentadas por ellas, y en este caso con la participación de los protegidos o beneficiarios

Estrategias para su cumplimiento Conformar equipos en cada uno de los países, integrando a todas las centrales (*) Establecer redes entre los países (Centrales Sindicales) de América Latina. Una herramienta que consideramos imprescindible fortaleces es Solicomm. Es fundamental su utilización en este tema como en todos los relacionados con la Seguridad Social. Campaña por la ratificación (Folletos, Afiches, etc). Alcance Regional, Sub Regional y Regional. Involucrando a la CSI y a las CCS de las diferentes regiones (Centro América, Andina y Cono Sur) Campaña intencional por la ratificación (América Latina) Combinar la movilización por el convenio 102 con la ratificación por el convenio 144. Realizar actividades con la participacion de todos las centrales de AL hacia la conferencia de la OIT